Representante o Distribuidor" Solicitamos respetuosamente que este punto sea solicitado y exigido también para los ITEM 5, 6 y 7, de además "Demostrar Certificación en la fabricación por parte del fabricante y comercialización en los últimos 5 (cinco) años como mínimo del producto ofertado por parte del oferente o del distribuidor autorizado". Teniendo en cuenta que en el país solo un oferente fabrica los equipos en Paraguay, el resto importan y teniendo en cuenta que al tener el distribuidor la autorización de distribuir una línea de producto, por ende, sus canales están habilitados a comercializar bajo todas las normas de calidad y suministro extendidas desde el fabricante lo cual es un beneficio y un requisito indispensable para la convocante referente a la garantía.
Representante o Distribuidor" Solicitamos respetuosamente que este punto sea solicitado y exigido también para los ITEM 5, 6 y 7, de además "Demostrar Certificación en la fabricación por parte del fabricante y comercialización en los últimos 5 (cinco) años como mínimo del producto ofertado por parte del oferente o del distribuidor autorizado". Teniendo en cuenta que en el país solo un oferente fabrica los equipos en Paraguay, el resto importan y teniendo en cuenta que al tener el distribuidor la autorización de distribuir una línea de producto, por ende, sus canales están habilitados a comercializar bajo todas las normas de calidad y suministro extendidas desde el fabricante lo cual es un beneficio y un requisito indispensable para la convocante referente a la garantía.
en el PBC se solicita "14 (catorce)" unidades para la Notebook tipo 2 intermedia y en la Pagina de la DNCP se visualiza 10 (diez) unidades. Solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar las cantidades requeridas de manera a ofertar correctamente.
en el PBC se solicita "14 (catorce)" unidades para la Notebook tipo 2 intermedia y en la Pagina de la DNCP se visualiza 10 (diez) unidades. Solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar las cantidades requeridas de manera a ofertar correctamente.
Se procederá a realizar las correcciones correspondientes
3
* Con relacion a las cantidades en el Ítem 6,
en el PBC se solicita "2 (dos)" unidades para la Notebook tipo 1 avanzada y en la Pagina de la DNCP se visualiza 1 (una) unidad. Solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar las cantidades requeridas de manera a ofertar correctamente.
en el PBC se solicita "2 (dos)" unidades para la Notebook tipo 1 avanzada y en la Pagina de la DNCP se visualiza 1 (una) unidad. Solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar las cantidades requeridas de manera a ofertar correctamente.
Se procederá a realizar las correcciones correspondientes
4
* Con relacion al Ítem 7 en el PBC
se solicita Computadora tipo 2 intermedia "Ver especificaciones en el SICP", pero en la Pagina de la DNCP no se logra visualizar la plantilla de las especificaciones técnicas, lo cual solo menciona "Computadoras personales (PC) torre", solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar en una Adenda el tipo de PC de Escritorio que se estaría requiriendo de manera a ofertar correctamente.
se solicita Computadora tipo 2 intermedia "Ver especificaciones en el SICP", pero en la Pagina de la DNCP no se logra visualizar la plantilla de las especificaciones técnicas, lo cual solo menciona "Computadoras personales (PC) torre", solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar en una Adenda el tipo de PC de Escritorio que se estaría requiriendo de manera a ofertar correctamente.
Se procederá a realizar las correcciones correspondientes
5
En el pliego de bases y condiciones, ítem 1 servidor de Virtualizacion, software de Virtualizacion, requerimientos generales, indican:
En el pliego de bases y condiciones, ítem 1 servidor de Virtualizacion, software de Virtualizacion, requerimientos generales, indican:
Las licencias deben ser Perpetuas Standard, para gobierno, no se aceptarán licencias tipo OEM.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que puedan ser aceptadas licencias perpetuas standard del tipo OEM ya que técnicamente no existe diferencias a nivel de funcionalidades en el hipervisor, se permiten actualizaciones y el soporte técnico es unificado a través del fabricante brindando un soporte técnico integral unificado que brindará soluciones integrales a la convocante, de esta manera se permitirá la mayor participación de potenciales oferentes en beneficio de la convocante. Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
18-11-2020
18-11-2020
En el pliego de bases y condiciones, ítem 1 servidor de Virtualizacion, software de Virtualizacion, requerimientos generales, indican:
En el pliego de bases y condiciones, ítem 1 servidor de Virtualizacion, software de Virtualizacion, requerimientos generales, indican:
Las licencias deben ser Perpetuas Standard, para gobierno, no se aceptarán licencias tipo OEM.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que puedan ser aceptadas licencias perpetuas standard del tipo OEM ya que técnicamente no existe diferencias a nivel de funcionalidades en el hipervisor, se permiten actualizaciones y el soporte técnico es unificado a través del fabricante brindando un soporte técnico integral unificado que brindará soluciones integrales a la convocante, de esta manera se permitirá la mayor participación de potenciales oferentes en beneficio de la convocante. Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
Nos mantenemos en lo solicitado en las Especificaciones Técnicas
6
CONSULTA SOBRE MULTAS
CONSULTA:
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección “Condiciones Contractuales”, Porcentaje de Multa, se establece que: “El valor del porcentaje de multas que será aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes será de: El valor de las multas será: 15 % por cada día de atraso en la entrega de los bienes.“ Al respecto, y considerando el porcentaje establecido como interés moratorio (0,0003%) por cada día de atraso en el pago por parte de la Contratante, solicitamos a la convocante la reducción del porcentaje de multa a ser aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes; estableciendo un porcentaje no superior al 0.5%, de manera a establecer y mantener en los términos y ejecución del correspondiente contrato el principio de reciprocidad entre las partes.
En forma complementaria, es importante considerar que por la situación de la pandemia COVID-19, desde el mes de marzo del corriente año, en nuestro país, nos encontramos ante la presencia de situaciones imprevistas que afectan todos los procesos de fabricación de equipos por parte de los fabricantes (situaciones excepcionales a nivel internacional), y en consecuencia conllevan a una extensión de los tiempos ordinarios de fabricación y/o plazos de envío a nuestro país (proceso de importación) o al retraso en las entregas de los bienes por parte del proveedor o contratista. Lo solicitado se cursa a los efectos de velar por la amplitud para la participación a oferentes consagrado en el artículo 20° de la Ley 2051/2003, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…”
CONSULTA:
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección “Condiciones Contractuales”, Porcentaje de Multa, se establece que: “El valor del porcentaje de multas que será aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes será de: El valor de las multas será: 15 % por cada día de atraso en la entrega de los bienes.“ Al respecto, y considerando el porcentaje establecido como interés moratorio (0,0003%) por cada día de atraso en el pago por parte de la Contratante, solicitamos a la convocante la reducción del porcentaje de multa a ser aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes; estableciendo un porcentaje no superior al 0.5%, de manera a establecer y mantener en los términos y ejecución del correspondiente contrato el principio de reciprocidad entre las partes.
En forma complementaria, es importante considerar que por la situación de la pandemia COVID-19, desde el mes de marzo del corriente año, en nuestro país, nos encontramos ante la presencia de situaciones imprevistas que afectan todos los procesos de fabricación de equipos por parte de los fabricantes (situaciones excepcionales a nivel internacional), y en consecuencia conllevan a una extensión de los tiempos ordinarios de fabricación y/o plazos de envío a nuestro país (proceso de importación) o al retraso en las entregas de los bienes por parte del proveedor o contratista. Lo solicitado se cursa a los efectos de velar por la amplitud para la participación a oferentes consagrado en el artículo 20° de la Ley 2051/2003, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…”