Con relación al Plazo de Entrega solicitamos respetuosamente extender el mismo a 45 días,
Con relación al Plazo de Entrega solicitamos respetuosamente extender el mismo a 45 días, teniendo en cuenta que se trata de una gran cantidad de equipos y el 90% de los proveedores no cuenta con esa cantidad en su stock, especialmente para negocios como la licitación de referencia que solicitan requerimientos específicos, obliga a incurrir en una importación, lo cual está asociado a plazos logísticos y de trámites aduaneros. De esta forma podrían dar la posibilidad a más oferentes de presentar su oferta. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
22-04-2020
23-04-2020
Con relación al Plazo de Entrega solicitamos respetuosamente extender el mismo a 45 días,
Con relación al Plazo de Entrega solicitamos respetuosamente extender el mismo a 45 días, teniendo en cuenta que se trata de una gran cantidad de equipos y el 90% de los proveedores no cuenta con esa cantidad en su stock, especialmente para negocios como la licitación de referencia que solicitan requerimientos específicos, obliga a incurrir en una importación, lo cual está asociado a plazos logísticos y de trámites aduaneros. De esta forma podrían dar la posibilidad a más oferentes de presentar su oferta. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
Plazo de Entrega (Plan de Entrega Bienes), aclaramos que; por la premura por adquirir los bienes especificados en el llamado en referencia, siendo para Instituciones Educativas, optamos por el plazo establecido en el PBC, esta urgencia obedece al Sistema implementado por el Ministerio de Educación y Cultura en referencia al desarrollo de clases en forma virtual por la Emergencia Sanitaria establecida en Paraguay.
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Con relación al precio referencial del ítem 1,
Con relación al precio referencial del ítem 1, solicitamos respetuosamente se revea dicho precio, considerando que el equipo requerido dentro del mercado tendría un precio referencial de aproximadamente 6.500.000 GS. (Computadoras Tipo 2 - Intermedia). Considerando que los costos de los equipos requeridos no están acordes a las respectivas EETT. Siendo así, los referenciales de la entidad, un precio menor a lo que realmente costaría en el mercado.
Con relación al precio referencial del ítem 1, solicitamos respetuosamente se revea dicho precio, considerando que el equipo requerido dentro del mercado tendría un precio referencial de aproximadamente 6.500.000 GS. (Computadoras Tipo 2 - Intermedia). Considerando que los costos de los equipos requeridos no están acordes a las respectivas EETT. Siendo así, los referenciales de la entidad, un precio menor a lo que realmente costaría en el mercado.
Precio referencial ítem 1, aclaramos que dicho precio está acorde al Precio de Mercado de esta Zona del país. Por esta razón hemos procedido a la carga como Precio Unitario Estimado para dicho Item.
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Con relación a la "Autorización del Fabricante, Representante o Distribuidor"
Con relación a la "Autorización del Fabricante, Representante o Distribuidor" donde el PBC indica que NO APLICA, Solicitamos respetuosamente que este punto sea solicitado y exigido sobre todo para los Items 1 y 3, "Demostrar Certificación en la fabricación por parte del fabricante y comercialización en los últimos 5 (cinco) años como mínimo del producto ofertado por parte del oferente o del distribuidor autorizado". Teniendo en cuenta que en el país solo un oferente fabrica los equipos en Paraguay, el resto importan y teniendo en cuenta que al tener el distribuidor la autorización de distribuir una línea de producto, por ende, sus canales están habilitados a comercializar bajo todas las normas de calidad y suministro extendidas desde el fabricante lo cual es un beneficio y un requisito indispensable para la convocante referente a la garantía.
22-04-2020
23-04-2020
Con relación a la "Autorización del Fabricante, Representante o Distribuidor"
Con relación a la "Autorización del Fabricante, Representante o Distribuidor" donde el PBC indica que NO APLICA, Solicitamos respetuosamente que este punto sea solicitado y exigido sobre todo para los Items 1 y 3, "Demostrar Certificación en la fabricación por parte del fabricante y comercialización en los últimos 5 (cinco) años como mínimo del producto ofertado por parte del oferente o del distribuidor autorizado". Teniendo en cuenta que en el país solo un oferente fabrica los equipos en Paraguay, el resto importan y teniendo en cuenta que al tener el distribuidor la autorización de distribuir una línea de producto, por ende, sus canales están habilitados a comercializar bajo todas las normas de calidad y suministro extendidas desde el fabricante lo cual es un beneficio y un requisito indispensable para la convocante referente a la garantía.
Debido a que el punto mencionado es limitante y perjudicial al interés de la institución teniendo en cuenta que no permite la participación de posibles oferentes que tengan mejores precios y mejores características de lo actualmente solicitado en el PBC, por la necesidad de la institución de contar con equipos de alta gama sin que esto represente un sobrecosto, velando así por el gasto público y los recursos de la Gobernación. De modo a establecer criterios técnicos que se encuadren en prerrogativas de igualdad de competencia denegamos el pedido.
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AUTORIZACIÓN DEL FABRICANTE Y AUTORIZACIÓN DEL DISTRIBUIDOR
En el PBC, SECCIÓN I. DATOS DE LA LICITACIÓN (DDL), IAO 18.1 (a) “Se requiere Autorización del Fabricante, Representante o Distribuidor NO APLICA”. Solicitamos este punto sea modificado por “Se requiere Autorización de Fabricante, representante o Distribuidor: SI APLICA”, considerando que en las especificaciones técnicas según Plantilla: Computadoras Tipo 2 - Intermedia - Versión: 2, del ítem 1 de Especificaciones Técnicas del PBC, se requiere el siguiente punto “21 - Certificación y documentaciones requeridas: Certificación de calidad ISO 9001: 2008 o similar para todo el equipo en conjunto. Carta de distribución del Representante. Carta de Autorización del Fabricante. Catálogos y Especificaciones originales del Equipo ofertado. No serán aceptadas Certificaciones que cubran solo ensamblado”, de manera a evitar discrepancias en las solicitudes de documentaciones y teniendo en cuenta que tanto la Carta de distribución del Representante y la Carta de Autorización del Fabricante son documentos esenciales en los procesos de adquisición de equipos informáticos.
Teniendo en cuenta que los equipos informáticos son plantillas de especificaciones estandard de la MITIC y cualquier modificación a estas especificaciones debe ser autorizada por el órgano competente para evitar protestas o impugnaciones se solicita una aclaración sobre el punto en cuestión y se solicite ambos documentos como lo exige la MITIC
23-04-2020
23-04-2020
AUTORIZACIÓN DEL FABRICANTE Y AUTORIZACIÓN DEL DISTRIBUIDOR
En el PBC, SECCIÓN I. DATOS DE LA LICITACIÓN (DDL), IAO 18.1 (a) “Se requiere Autorización del Fabricante, Representante o Distribuidor NO APLICA”. Solicitamos este punto sea modificado por “Se requiere Autorización de Fabricante, representante o Distribuidor: SI APLICA”, considerando que en las especificaciones técnicas según Plantilla: Computadoras Tipo 2 - Intermedia - Versión: 2, del ítem 1 de Especificaciones Técnicas del PBC, se requiere el siguiente punto “21 - Certificación y documentaciones requeridas: Certificación de calidad ISO 9001: 2008 o similar para todo el equipo en conjunto. Carta de distribución del Representante. Carta de Autorización del Fabricante. Catálogos y Especificaciones originales del Equipo ofertado. No serán aceptadas Certificaciones que cubran solo ensamblado”, de manera a evitar discrepancias en las solicitudes de documentaciones y teniendo en cuenta que tanto la Carta de distribución del Representante y la Carta de Autorización del Fabricante son documentos esenciales en los procesos de adquisición de equipos informáticos.
Teniendo en cuenta que los equipos informáticos son plantillas de especificaciones estandard de la MITIC y cualquier modificación a estas especificaciones debe ser autorizada por el órgano competente para evitar protestas o impugnaciones se solicita una aclaración sobre el punto en cuestión y se solicite ambos documentos como lo exige la MITIC
Debido a que el punto mencionado es limitante y perjudicial al interés de la institución teniendo en cuenta que no permite la participación de posibles oferentes que tengan mejores precios y mejores características de lo actualmente solicitado en el PBC, por la necesidad de la institución de contar con equipos de alta gama sin que esto represente un sobrecosto, velando así por el gasto público y los recursos de la Gobernación. De modo a establecer criterios técnicos que se encuadren en prerrogativas de igualdad de competencia denegamos el pedido.