Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Experiencia Requerida En el Pliego de Bases y Condiciones dice: Demostrar la experiencia en Provisión de Chalecos Antibalas con copia de contratos y/o facturas a Entidades públicas y/o privadas por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los años: 2017,2018,2019. Solicitamos respetuosamente a la convocante, si se puede agregar o considerar como experiencia la provisión de equipos similares como: Equipos de Seguridad, Chalecos Antibalas y Equipos Antimotines. Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas. 05-11-2020 12-11-2020
2 Plazo de entrega En el Pliego de Bases y Condiciones dice: Los bienes objeto de la presente licitación deberán ser entregados en su totalidad a los 30 (treinta) días posteriores a la firma del contrato, conforme a todas las especificaciones ofertadas. Solicitamos respetuosamente a la convocante, prorrogar el plazo de entrega de los productos a 90 (noventa) días como máximo, El pedido obedece a la situación actual de la pandemia COVID-19, teniendo en cuenta las demoras e imprevistos que se puedan presentar en las gestiones de importación. Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas. 05-11-2020 12-11-2020
3 PLAZO DE ENTREGAS Solicito a la Convocante en merito a la transparencia y libre concurrencia, aumentar el plazo de entrega a 60 días tal cual como fue establecido en la contratación anterior de Chalecos Antibalas ID: 344474 a través de la Adenda N°4. Mantener caprichosamente el plazo de 30 días solo acarreará inconvenientes para las partes ya que la Pandemia actual ha ralentizado todos los procesos de importación/exportación ya sea de materia prima y/o productos terminados. 09-11-2020 12-11-2020
4 PLAZO DE ENTREGAS Solicito a la Convocante en merito a la transparencia y libre concurrencia aumentar el plazo de entrega a 60 días tal cual como fue establecido en la contratación anterior de Chalecos Antibalas ID: 344474 a través de la Adenda N°4. Mantener caprichosamente el plazo de 30 días solo acarreará inconvenientes para las partes ya que la Pandemia actual ha ralentizado todos los procesos de importación/exportación ya sea de materia prima y/o productos terminados. 10-11-2020 12-11-2020
5 9.1. REQUISITOS DOCUMENTALES PARA EVALUAR EL PRESENTE CRITERIO ENSAYO EXPEDIDO POR INTN Solicitamos a la Convocante mencionar o indicar (si es que la tiene) el sustento legal y técnico para solicitar Presentar el Informe de Ensayo expedido por el Organismo Nacional de Inspección –departamento de Seguridad Industrial del I.N.T.N? La norma NIJ 0101.06, es una norma de los Estados Unidos de Norteamérica, aceptada y respetada por los organismos gubernamentales de todo el Mundo y mantiene una estricta auditoria constantemente para asegurar el cumplimiento de dicha norma por los fabricantes, bajo pena de quedar suspendida la certificación en caso de encontrarse chalecos que no cumpla con los estándares de la norma. El Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN), no es un laboratorio acreditado por el INSTITUTO NACIONAL DE JUSTICIA de los EE.UU. (NIJ), esto se puede comprobar fácilmente en la web de la Institución en las opciones del menú de Acreditaciones como también en Alianzas y Convenios en ninguna de las dos opciones se puede ver que tenga convenios y/o alianzas con el NIJ. El INTN carece de la infraestructura necesaria para realizar pruebas tan exigentes como lo requiere la norma NIJ 0101.06. Esta prueba no consiste simplemente de hacer disparos con armas de fuego (ni siquiera cuenta con cañones de probeta) a los paneles balísticos. (Ver la norma NIJ) Por lo tanto, en virtud a lo expresado más arriba solicito que la exigencia del ENSAYO DEL INTN sea retirada de los requisitos de las bases concursales. Exigir que el Chaleco cuente con la certificación del NIJ y al mismo tiempo un Ensayo del INTN, carecer de sentido lógico y practico, ya que la Certificación Internacional expedida por el NIJ es muy superior al ensayo del INTN, además representa una garantía real para el usuario por el reconocimiento mundial que tiene la norma NIJ. 10-11-2020 12-11-2020
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