REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION
En el punto Nº 8 - REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION Experiencia requerida, se solicita: Demostrar la experiencia en dispositivos médicos varios con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, dentro de los últimos: 5(cinco) (20152016201720182019) años.
Sobre el monto equivalente del 50% como mínimo del monto total ofertado, consideramos que en las condiciones del llamado se convierte en una exigencia muy alta que no condice que los objetivos del pliego que se enmarcan en una urgencia impostergable por la pandemia del COVID 19 que impone condiciones especiales y requieren flexibilizar las exigencias para tener un proceso de contratación eficiente y con resultados, por lo que solicitamos reducir la exigencia del porcentaje de facturación actualmente requerida que es equivalente al 50% y también incluir la experiencia del año actual 2020 para de esa manera:
- Favorecer la participación de más oferentes, que permita a su vez mayor competitividad en precios, factor que beneficia a la convocante.
- Por tratarse de una Adquisición por urgencia por la pandemia COVID 19, asegurar la provisión de bienes (insumos médicos/hospitalarios) ampliando la participación de oferentes y obtener de manera oportuna el suministro pretendido.
- Permitir que mayor cantidad oferentes puedan calificar para la modalidad de abastecimiento simultáneo, ya que se puede prever que en estas circunstancias un solo proveedor no estaría en condiciones de abastecer plenamente a las necesidades de la convocante.
27-07-2020
07-08-2020
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION
En el punto Nº 8 - REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION Experiencia requerida, se solicita: Demostrar la experiencia en dispositivos médicos varios con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, dentro de los últimos: 5(cinco) (20152016201720182019) años.
Sobre el monto equivalente del 50% como mínimo del monto total ofertado, consideramos que en las condiciones del llamado se convierte en una exigencia muy alta que no condice que los objetivos del pliego que se enmarcan en una urgencia impostergable por la pandemia del COVID 19 que impone condiciones especiales y requieren flexibilizar las exigencias para tener un proceso de contratación eficiente y con resultados, por lo que solicitamos reducir la exigencia del porcentaje de facturación actualmente requerida que es equivalente al 50% y también incluir la experiencia del año actual 2020 para de esa manera:
- Favorecer la participación de más oferentes, que permita a su vez mayor competitividad en precios, factor que beneficia a la convocante.
- Por tratarse de una Adquisición por urgencia por la pandemia COVID 19, asegurar la provisión de bienes (insumos médicos/hospitalarios) ampliando la participación de oferentes y obtener de manera oportuna el suministro pretendido.
- Permitir que mayor cantidad oferentes puedan calificar para la modalidad de abastecimiento simultáneo, ya que se puede prever que en estas circunstancias un solo proveedor no estaría en condiciones de abastecer plenamente a las necesidades de la convocante.
El oferente deberá remitirse a lo establecido en la Adenda 2.
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CONSULTA ITEM N° 7 EQ VOLUMÉTRICO DE INFUSIÓN IV MACROGOTER.
Solicitamos a la convocante la actualización en el precio referencial del ítem n° 7 atendiendo a que el precio puesto se encuentra desfasado en referencia a los precios existentes actualmente en el mercado local, los altos costos de logística y el aumento considerable en el costo de adquisición del mismo. Es por ello que el precio sugerido es de Gs. 18.700 por unidad.-
28-07-2020
07-08-2020
CONSULTA ITEM N° 7 EQ VOLUMÉTRICO DE INFUSIÓN IV MACROGOTER.
Solicitamos a la convocante la actualización en el precio referencial del ítem n° 7 atendiendo a que el precio puesto se encuentra desfasado en referencia a los precios existentes actualmente en el mercado local, los altos costos de logística y el aumento considerable en el costo de adquisición del mismo. Es por ello que el precio sugerido es de Gs. 18.700 por unidad.-
El oferente deberá remitirse a los precios modificados en el SICP.
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CONSULTA CAPACIDAD TECNICA punto 9.1 Requisitos Documentales Inciso G Punto 2
Solicitamos a la convocante la modificación del requisito de referencia de la siguiente manera:
En caso que el oferente no sea el Fabricante del producto ofertado, deberá presentar Certificado de Buenas Practicas, emitido por la DNVS y además Documentación acreditando fehacientemente el cumplimiento de las normas de calidad en los procesos de producción BPF/GMP otorgada por la Autoridad Sanitaria competente en origen o certificado ISO/CE/UL/FDA/TUVF otorgado por la entidad certificadora en origen.
La Convocante debe considerar la Resolución S.G. N° 669/16 Por el cual se reglamenta el Artículo 4° inciso B) de la Ley N° 4659/12 Que implementa Procedimientos de seguridad y Mecanismos de Prevención de Riesgos para los Profesionales de la Salud y Pacientes, Estableciendo Normas Para la Obtención del Registro Sanitario de Productos Considerados Dispositivos Médicos, Material Cortopunzantes y Equipos de Protección Individual.; que, en su Art. 4 lista la documentación necesaria para la obtención del registro sanitario de dispositivos médicos y únicamente solicita, según reza : d) Documentación acreditando fehacientemente el cumplimiento de las normas de calidad en los procesos de producción BPF/GMP otorgada por la Autoridad Sanitaria competente en origen o certificado ISO/CE/UL/FDA/TUVF otorgado por la entidad certificadora en origen.
Se puede apreciar así que, las Certificaciones ISO/CE/UL/FDA/TUVF son consideradas de manera independiente por parte del organismo regulador (DNVS), como documentos válidos para acreditar la calidad del fabricante. Por lo tanto la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria no emite constancia alguna que avale la validez del Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación del Fabricante del país de origen, cuando éste ya haya acreditado de manera fehaciente el requisito a través del Certificado ISO/CE/UL/FDA/TUVF.
Nuestra autoridad sanitaria regula la obtención del registro sanitario y por lo tanto la comercialización de estos productos y acredita según lo anteriormente expuesto dicha documentación como válida, referente a los estándares de calidad para los mismo. Es por ello que apelamos a los buenos oficios de la convocante para dar lugar a lo solicitado en párrafos anteriores.
28-07-2020
07-08-2020
CONSULTA CAPACIDAD TECNICA punto 9.1 Requisitos Documentales Inciso G Punto 2
Solicitamos a la convocante la modificación del requisito de referencia de la siguiente manera:
En caso que el oferente no sea el Fabricante del producto ofertado, deberá presentar Certificado de Buenas Practicas, emitido por la DNVS y además Documentación acreditando fehacientemente el cumplimiento de las normas de calidad en los procesos de producción BPF/GMP otorgada por la Autoridad Sanitaria competente en origen o certificado ISO/CE/UL/FDA/TUVF otorgado por la entidad certificadora en origen.
La Convocante debe considerar la Resolución S.G. N° 669/16 Por el cual se reglamenta el Artículo 4° inciso B) de la Ley N° 4659/12 Que implementa Procedimientos de seguridad y Mecanismos de Prevención de Riesgos para los Profesionales de la Salud y Pacientes, Estableciendo Normas Para la Obtención del Registro Sanitario de Productos Considerados Dispositivos Médicos, Material Cortopunzantes y Equipos de Protección Individual.; que, en su Art. 4 lista la documentación necesaria para la obtención del registro sanitario de dispositivos médicos y únicamente solicita, según reza : d) Documentación acreditando fehacientemente el cumplimiento de las normas de calidad en los procesos de producción BPF/GMP otorgada por la Autoridad Sanitaria competente en origen o certificado ISO/CE/UL/FDA/TUVF otorgado por la entidad certificadora en origen.
Se puede apreciar así que, las Certificaciones ISO/CE/UL/FDA/TUVF son consideradas de manera independiente por parte del organismo regulador (DNVS), como documentos válidos para acreditar la calidad del fabricante. Por lo tanto la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria no emite constancia alguna que avale la validez del Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación del Fabricante del país de origen, cuando éste ya haya acreditado de manera fehaciente el requisito a través del Certificado ISO/CE/UL/FDA/TUVF.
Nuestra autoridad sanitaria regula la obtención del registro sanitario y por lo tanto la comercialización de estos productos y acredita según lo anteriormente expuesto dicha documentación como válida, referente a los estándares de calidad para los mismo. Es por ello que apelamos a los buenos oficios de la convocante para dar lugar a lo solicitado en párrafos anteriores.
El oferente deberá remitirse a las condiciones establecidas el Pliego de Bases y Condiciones.
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CONSULTA CAPACIDAD TECNICA punto 9.1 Requisitos Documentales Inciso A Punto 2
Solicitamos a la convocante la modificación del siguiente requisito de referencia del PBC a: En el caso de que el Oferente no sea el Fabricante del Producto ofertado, el oferente deberá presentar: Copia Autenticada de la Resolución de Apertura vigente expedida por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, para comercializar Dispositivos Médicos.
Dicha solicitud nace en atención a que la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria ente regulador de los dispositivos médicos, NO emite tal habilitación para los fabricantes de origen extranjero.-
28-07-2020
07-08-2020
CONSULTA CAPACIDAD TECNICA punto 9.1 Requisitos Documentales Inciso A Punto 2
Solicitamos a la convocante la modificación del siguiente requisito de referencia del PBC a: En el caso de que el Oferente no sea el Fabricante del Producto ofertado, el oferente deberá presentar: Copia Autenticada de la Resolución de Apertura vigente expedida por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, para comercializar Dispositivos Médicos.
Dicha solicitud nace en atención a que la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria ente regulador de los dispositivos médicos, NO emite tal habilitación para los fabricantes de origen extranjero.-
El oferente deberá remitirse a lo establecido en la Adenda 2.
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CONSULTA ITEM N° 3 JERINGA DESECHABLE 5 CC C/AGUJA
Solicitamos a la convocante ampliar el rango de la aguja solicitada de la siguiente manera: Aguja 21x1. ¼ a 1. ½ Tal petición permitirá a la convocante contar con un mayor número de potenciales oferentes y por ende mejores ofertas en cuanto a precio y calidad.
28-07-2020
07-08-2020
CONSULTA ITEM N° 3 JERINGA DESECHABLE 5 CC C/AGUJA
Solicitamos a la convocante ampliar el rango de la aguja solicitada de la siguiente manera: Aguja 21x1. ¼ a 1. ½ Tal petición permitirá a la convocante contar con un mayor número de potenciales oferentes y por ende mejores ofertas en cuanto a precio y calidad.
El oferente deberá remitirse a las especificaciones técnicas establecidas el Pliego de Bases y Condiciones.
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CONSULTA ITEM N° 3 JERINGA DESECHABLE 5 CC C/AGUJA
En atención a la considerable variación (aumento) del dólar y la situación por el cual esta atravesando el mercado mundial a causa de la propagación del COVID-19, manifestamos que el costo de adquisición de este artículo ha sufrido un considerable aumento en comparación a años anteriores, es por ello que sugerimos a la convocante que el precio referencial sea de Gs. 420 por unidad.
Ya que los precios referenciales marcados, no reflejan el costo de adquisición del mismo en la actualidad.-
28-07-2020
07-08-2020
CONSULTA ITEM N° 3 JERINGA DESECHABLE 5 CC C/AGUJA
En atención a la considerable variación (aumento) del dólar y la situación por el cual esta atravesando el mercado mundial a causa de la propagación del COVID-19, manifestamos que el costo de adquisición de este artículo ha sufrido un considerable aumento en comparación a años anteriores, es por ello que sugerimos a la convocante que el precio referencial sea de Gs. 420 por unidad.
Ya que los precios referenciales marcados, no reflejan el costo de adquisición del mismo en la actualidad.-
El oferente deberá remitirse a los precios modificados en el SICP.
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CONSULTA ITEM N° 7 EQ VOLUMÉTRICO DE INFUSIÓN IV MACROGOTER.
Solicitamos a la convocante la actualización en el precio referencial del ítem n° 7 atendiendo a que el precio puesto se encuentra desfasado en referencia a los precios existentes actualmente en el mercado local, los altos costos de logística y el aumento considerable en el costo de adquisición del mismo. Es por ello que el precio sugerido es de Gs. 18.700 por unidad.-
28-07-2020
07-08-2020
CONSULTA ITEM N° 7 EQ VOLUMÉTRICO DE INFUSIÓN IV MACROGOTER.
Solicitamos a la convocante la actualización en el precio referencial del ítem n° 7 atendiendo a que el precio puesto se encuentra desfasado en referencia a los precios existentes actualmente en el mercado local, los altos costos de logística y el aumento considerable en el costo de adquisición del mismo. Es por ello que el precio sugerido es de Gs. 18.700 por unidad.-
El oferente deberá remitirse a los precios modificados en el SICP.
48
ITEM N° 3
Atendiendo los diferentes factores que desde el inicio de la pandemia fueron desarrollándose como la alta demanda debido a la propagación del COVID-19, el alto costo de adquisición e inconvenientes en la logística para la importación de este tipo de producto, manifestamos que el precio referencial marcado por la convocante para el ITEM N° 3 JERINGA DESECHABLE 5cc se encuentra desactualizado, es por ello que sugerimos que el precio referencial sea de 480 gs por unidad. De manera a evitar declarar desierto dicho ítem, a causa de que las ofertas superen el 15% del referencial.-
Atendiendo los diferentes factores que desde el inicio de la pandemia fueron desarrollándose como la alta demanda debido a la propagación del COVID-19, el alto costo de adquisición e inconvenientes en la logística para la importación de este tipo de producto, manifestamos que el precio referencial marcado por la convocante para el ITEM N° 3 JERINGA DESECHABLE 5cc se encuentra desactualizado, es por ello que sugerimos que el precio referencial sea de 480 gs por unidad. De manera a evitar declarar desierto dicho ítem, a causa de que las ofertas superen el 15% del referencial.-
El oferente deberá remitirse a los precios modificados en el SICP.
49
ITEM N° 7
Se podría ajustar el precio referencial del producto EQ. VOLUMETRICO DE INSUFION IV MACROGOTER. Item 7, ya que el mismo no se ajusta a los precios existentes en el mercado actualmente. El precio referencial propuesto sería de 25.000 gs.-
Se podría ajustar el precio referencial del producto EQ. VOLUMETRICO DE INSUFION IV MACROGOTER. Item 7, ya que el mismo no se ajusta a los precios existentes en el mercado actualmente. El precio referencial propuesto sería de 25.000 gs.-
El oferente deberá remitirse a los precios modificados en el SICP.
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8. Experiencia Requerida
Con relación al ítem correspondiente a Demostrar la experiencia en dispositivos médicos varios con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, dentro de los últimos: 5 (cinco) (2015 -- 2016 - 2017 - 2018 - 2019) años. Solicitamos se habilite el periodo 2020 a fin de posibilitar la presentación de mayores oferentes con relación al principio de igualdad consagrado en la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y en el Art. 4° Ley N°2051/03 (principio general de igualdad y libre competencia) y así evitar LA LIMITACIÓN DE OFERENTES. Otras convocantes así lo entienden y en sendos llamados ya se han habilitado el periodo 2020 para presentación de facturaciones.
Con relación al ítem correspondiente a Demostrar la experiencia en dispositivos médicos varios con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, dentro de los últimos: 5 (cinco) (2015 -- 2016 - 2017 - 2018 - 2019) años. Solicitamos se habilite el periodo 2020 a fin de posibilitar la presentación de mayores oferentes con relación al principio de igualdad consagrado en la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y en el Art. 4° Ley N°2051/03 (principio general de igualdad y libre competencia) y así evitar LA LIMITACIÓN DE OFERENTES. Otras convocantes así lo entienden y en sendos llamados ya se han habilitado el periodo 2020 para presentación de facturaciones.