El Pliego de Bases y Condiciones en su Apartado . ESPECIFICACIONES TECNICAS Y SUMINISTROS REQUERIDOS, punto 2. Plan de Entrega (Bienes) refiere: Es de hasta 15 dias corridos contados a partir de la recepcion de la orden de compra por parte del proveedor (sic).
Ahora bien, en relación a los plazos descritos más arriba, es importante considerar la coyuntura actual por la que se atraviesa a nivel global por la presente pandemia del COVID 19, que tiene como consecuencia una planificación de fabricación distinta en atención a las muy altas demandas de equipos de esta índole y atrasos en los fletes internacionales que como resultado generan dilaciones en las importaciones, por lo que se solicita a la Convocante analice la posibilidad de ampliar el plazo de entrega a 90 (noventa) días calendarios posteriores a la recepción de la Orden de Compra.
El Pliego de Bases y Condiciones en su Apartado . ESPECIFICACIONES TECNICAS Y SUMINISTROS REQUERIDOS, punto 2. Plan de Entrega (Bienes) refiere: Es de hasta 15 dias corridos contados a partir de la recepcion de la orden de compra por parte del proveedor (sic).
Ahora bien, en relación a los plazos descritos más arriba, es importante considerar la coyuntura actual por la que se atraviesa a nivel global por la presente pandemia del COVID 19, que tiene como consecuencia una planificación de fabricación distinta en atención a las muy altas demandas de equipos de esta índole y atrasos en los fletes internacionales que como resultado generan dilaciones en las importaciones, por lo que se solicita a la Convocante analice la posibilidad de ampliar el plazo de entrega a 90 (noventa) días calendarios posteriores a la recepción de la Orden de Compra.
El Pliego de Bases y Condiciones no hace referencia a la presentación de Copia del Registro Sanitario de los bienes ofertados, en este sentido solicitamos a la Convocante se sirva en analizar agregar el citado requerimiento solicitando la constancia de mesa de entrada al Registro, esto teniendo en cuenta la Resolución DNVS DG N° 012/2020 donde se autorizan las actividades de fabricación, importación, distribución y comercialización de Dispositivos Médicos, Materiales Cortopunzantes y Equipos de protección Individual hasta el 31/12/2020, en el marco de la declaración de estado de emergencia en todo el territorio del Paraguay a causa del COVID-19 , a las empresas habilitadas por la autoridad sanitaria que hayan iniciado el trámite de solicitud de certificado de registro sanitario... https://www.mspbs.gov.py/dependencias/dnvs/adjunto/e25f1c-RESOLUCIONDNVS012.pdf.
El Pliego de Bases y Condiciones no hace referencia a la presentación de Copia del Registro Sanitario de los bienes ofertados, en este sentido solicitamos a la Convocante se sirva en analizar agregar el citado requerimiento solicitando la constancia de mesa de entrada al Registro, esto teniendo en cuenta la Resolución DNVS DG N° 012/2020 donde se autorizan las actividades de fabricación, importación, distribución y comercialización de Dispositivos Médicos, Materiales Cortopunzantes y Equipos de protección Individual hasta el 31/12/2020, en el marco de la declaración de estado de emergencia en todo el territorio del Paraguay a causa del COVID-19 , a las empresas habilitadas por la autoridad sanitaria que hayan iniciado el trámite de solicitud de certificado de registro sanitario... https://www.mspbs.gov.py/dependencias/dnvs/adjunto/e25f1c-RESOLUCIONDNVS012.pdf.
En las Especificaciones técnicas, donde dice
TCPL (Ciclado por tiempo y controlado por presión), nTCPL y Volumen Garantizado, ó
PLV y PLV+VG, ó
PC y PC+VG, ó
VC+ y ventilaciones con volumen objetivo en modo neonatal, VNI en modo neonatal con manejo de fugas, o
VCV, VCV-ACV, o
VCV-SIMV, VCV-SIMV-PS, o
APVG, APVG-ACV, o
APVG-SIMV, APVG-SIMV-PS.
Este punto es inentendible debido a la cantidad de opciones nombradas, entendemos en este punto que lo solicitado es el modo ventilatorio Volumen Garantizado, de manera a poder entender mejor este punto evitar confusiones que terminen afectando la funcionalidad final del equipo adquirido por la Convocante, solicitamos modificar este punto por Ventilación regulada por presión y con garantía en volumen manual o automática en asistida/controlada. (Volumen Garantizado o Autoflow o Similar). Esto permitirá una mejor interpretación de este punto y de esta manera facilitará la cotización de ofertas.
En las Especificaciones técnicas, donde dice
TCPL (Ciclado por tiempo y controlado por presión), nTCPL y Volumen Garantizado, ó
PLV y PLV+VG, ó
PC y PC+VG, ó
VC+ y ventilaciones con volumen objetivo en modo neonatal, VNI en modo neonatal con manejo de fugas, o
VCV, VCV-ACV, o
VCV-SIMV, VCV-SIMV-PS, o
APVG, APVG-ACV, o
APVG-SIMV, APVG-SIMV-PS.
Este punto es inentendible debido a la cantidad de opciones nombradas, entendemos en este punto que lo solicitado es el modo ventilatorio Volumen Garantizado, de manera a poder entender mejor este punto evitar confusiones que terminen afectando la funcionalidad final del equipo adquirido por la Convocante, solicitamos modificar este punto por Ventilación regulada por presión y con garantía en volumen manual o automática en asistida/controlada. (Volumen Garantizado o Autoflow o Similar). Esto permitirá una mejor interpretación de este punto y de esta manera facilitará la cotización de ofertas.
SE ACLARA QUE EL TERMINO SE REFIERE A LAS DISTINTAS MODALIDADES DE VENTILACIÓN CON VOLUMEN GARANTIZADO, AJUSTARSE AL PBC.-
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ESPECIFICACIONES TECNICAS
En las Especificaciones técnicas, donde dice Mecanismo de disparo o Trigger: seleccionable por presión o por flujo. Por presión deberá ser regulable de -0.5 a -15cm H2O y por flujo: 0.5 a 20 lpm o mejor. Solicitamos amablemente la modificación de este punto por Mecanismo de disparo o Trigger: seleccionable por presión o por flujo. Por presión deberá ser regulable de -0.5 a -15cm H2O y por flujo: 0.5 a 15 lpm o mejor. La modificación sugerida no afecta la funcionalidad del equipo, ya que el valor máximo solicitado para el Trigger es elevada, ya que sugiere un esfuerzo muy grande al paciente para que esta función se active. Esta modificación permitirá un mayor número de oferentes de equipos de Alta complejidad.
En las Especificaciones técnicas, donde dice Mecanismo de disparo o Trigger: seleccionable por presión o por flujo. Por presión deberá ser regulable de -0.5 a -15cm H2O y por flujo: 0.5 a 20 lpm o mejor. Solicitamos amablemente la modificación de este punto por Mecanismo de disparo o Trigger: seleccionable por presión o por flujo. Por presión deberá ser regulable de -0.5 a -15cm H2O y por flujo: 0.5 a 15 lpm o mejor. La modificación sugerida no afecta la funcionalidad del equipo, ya que el valor máximo solicitado para el Trigger es elevada, ya que sugiere un esfuerzo muy grande al paciente para que esta función se active. Esta modificación permitirá un mayor número de oferentes de equipos de Alta complejidad.
En las Especificaciones Técnicas solicitadas en este pliego, se pueden ver claramente varios puntos los cuales favorecen indefectiblemente a una sola marca y modelo en el mercado. Si bien algunos puntos fueron modificados como opcionales, existieron muchas recomendaciones que no fueron analizadas ni evaluadas por la Convocante, ya que según el PBC solicitan un Ventilador de Alta Complejidad, pero las EETT sugieren una Ventilador de Mediana o inclusive de Baja Complejidad, ya que no vemos funciones o mecanismos avanzados necesarios para el correcto cuidado de pacientes diagnosticados con COVID-19 en las terapias.
Otra de las recomendaciones y tal vez la más importante es que esta licitación es para la Adquisición de Ventiladores Pulmonares para la Dirección de Terapias Intensivas-Covid-19 sin embargo dentro de las especificaciones solicitan Ventiladores Pulmonares para pacientes Adultos, Pediátricos y Neonatales.
Esto no hace más que una contradicción, teniendo en cuenta que los Ventiladores para pacientes Neonatales son más costosos que los Ventiladores Adulto/Pediátrico y la necesidad de ventiladores pulmonares es clara que es necesario para pacientes Adultos y pacientes Pediátricos.
Existen numerosos estudios que indican que los pacientes Neonatales diagnosticados con Covid-19 en su gran mayoría son asintomáticos y no necesitan de cuidados intensivos. Para confirmar esto es solo cuestión de revisar los datos emitidos por el propio Ministerio de Salud en sus Informes COVID-19, se puede apreciar la diferencia que existe entre la cantidad de pacientes Adultos y Pediátricos positivos al Covid-19 versus los pacientes Neonatales. Según los datos estadísticos emitidos en la página del Ministerio, hasta el día 25 de octubre, los casos positivos en pacientes de 0 a 9 años es de solo el 2%, y teniendo en cuenta que el período neonatal comprende solo las primeras 4 semanas de la vida de un bebé, el porcentaje de pacientes Neonatales dentro de esa estadística es mucho menor.
Ahora bien, según los mismos datos del Ministerio de Salud, vemos que la mayor cantidad de pacientes diagnosticados con Covid-19 comprenden entre 10 y 79 años. Considerando todo lo expuesto NO VEMOS LA NECESIDAD DE ADQUIRIR VENTILADORES PARA PACIENTES NEONATALES, si ventiladores para pacientes Adulto/pediátrico.
Sumando a todas estas inquietudes, el Plan de Entrega de estos equipos es de solo 15 días, por lo que para poder participar de esta licitación las empresas ya debieron haber importado estos equipos. ¿De ser así porque solicitan estas especificaciones? ¿Se estaría Limitando la cantidad de oferentes?
Sugerimos amablemente que la Convocante que solicite a las empresas proveedoras de estos dispositivos médicos la disponibilidad de los mismos y las especificaciones de estos equipos y solicitar a los Médicos Especialistas, los cuales terminaran utilizando estos equipos, que puedan evaluarlas para determinar cuáles serán las más adecuadas para su utilización dentro del marco de la contención para el COVID-19.
En las Especificaciones Técnicas solicitadas en este pliego, se pueden ver claramente varios puntos los cuales favorecen indefectiblemente a una sola marca y modelo en el mercado. Si bien algunos puntos fueron modificados como opcionales, existieron muchas recomendaciones que no fueron analizadas ni evaluadas por la Convocante, ya que según el PBC solicitan un Ventilador de Alta Complejidad, pero las EETT sugieren una Ventilador de Mediana o inclusive de Baja Complejidad, ya que no vemos funciones o mecanismos avanzados necesarios para el correcto cuidado de pacientes diagnosticados con COVID-19 en las terapias.
Otra de las recomendaciones y tal vez la más importante es que esta licitación es para la Adquisición de Ventiladores Pulmonares para la Dirección de Terapias Intensivas-Covid-19 sin embargo dentro de las especificaciones solicitan Ventiladores Pulmonares para pacientes Adultos, Pediátricos y Neonatales.
Esto no hace más que una contradicción, teniendo en cuenta que los Ventiladores para pacientes Neonatales son más costosos que los Ventiladores Adulto/Pediátrico y la necesidad de ventiladores pulmonares es clara que es necesario para pacientes Adultos y pacientes Pediátricos.
Existen numerosos estudios que indican que los pacientes Neonatales diagnosticados con Covid-19 en su gran mayoría son asintomáticos y no necesitan de cuidados intensivos. Para confirmar esto es solo cuestión de revisar los datos emitidos por el propio Ministerio de Salud en sus Informes COVID-19, se puede apreciar la diferencia que existe entre la cantidad de pacientes Adultos y Pediátricos positivos al Covid-19 versus los pacientes Neonatales. Según los datos estadísticos emitidos en la página del Ministerio, hasta el día 25 de octubre, los casos positivos en pacientes de 0 a 9 años es de solo el 2%, y teniendo en cuenta que el período neonatal comprende solo las primeras 4 semanas de la vida de un bebé, el porcentaje de pacientes Neonatales dentro de esa estadística es mucho menor.
Ahora bien, según los mismos datos del Ministerio de Salud, vemos que la mayor cantidad de pacientes diagnosticados con Covid-19 comprenden entre 10 y 79 años. Considerando todo lo expuesto NO VEMOS LA NECESIDAD DE ADQUIRIR VENTILADORES PARA PACIENTES NEONATALES, si ventiladores para pacientes Adulto/pediátrico.
Sumando a todas estas inquietudes, el Plan de Entrega de estos equipos es de solo 15 días, por lo que para poder participar de esta licitación las empresas ya debieron haber importado estos equipos. ¿De ser así porque solicitan estas especificaciones? ¿Se estaría Limitando la cantidad de oferentes?
Sugerimos amablemente que la Convocante que solicite a las empresas proveedoras de estos dispositivos médicos la disponibilidad de los mismos y las especificaciones de estos equipos y solicitar a los Médicos Especialistas, los cuales terminaran utilizando estos equipos, que puedan evaluarlas para determinar cuáles serán las más adecuadas para su utilización dentro del marco de la contención para el COVID-19.
Es totalmente improcedente el Sistema de Contrato abierto para la compra de Equipos, pues un oferente no puede stockearse por la cantidad maxima sin saber si se va ejecutar el 100%. Nunca se ha hecho un proceso con estas condiciones porque atentra contra el principio de Economia, el de Racionalidad, el de Igualdad de oportunidad. el llamado debe ser por el total o por Abastecimeinto simultaneo.. y si la convocante no sabe estimar las cantidades requeridas, entonces debe primar el criterio de racionalidad y hacer el llamado por la cantida minima. Solicitamos cambiar el sistema de contratacion a Abastecimiento Simultanea y a lo sumo por el total requerido, quedando pendiente una posible ampliacion de hasta el 20% en caso de necesitar mas cantidad de equipos.
Art. 38.- Sistema de abastecimiento simultáneo. El sistema de abastecimiento simultáneo es aquel que contempla el suministro de bienes, servicios u obras, por más de un proveedor o contratista como resultado de una misma licitación, en una misma partida de adjudicación. Este sistema será aplicable cuando sea conveniente por razones de economía y eficiencia o cuando se prevé, por razones de capacidad, que ningún Oferente podrá proveer la totalidad de los bienes. La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) establecerá las normas para la utilización adecuada de este sistema.
Es totalmente improcedente el Sistema de Contrato abierto para la compra de Equipos, pues un oferente no puede stockearse por la cantidad maxima sin saber si se va ejecutar el 100%. Nunca se ha hecho un proceso con estas condiciones porque atentra contra el principio de Economia, el de Racionalidad, el de Igualdad de oportunidad. el llamado debe ser por el total o por Abastecimeinto simultaneo.. y si la convocante no sabe estimar las cantidades requeridas, entonces debe primar el criterio de racionalidad y hacer el llamado por la cantida minima. Solicitamos cambiar el sistema de contratacion a Abastecimiento Simultanea y a lo sumo por el total requerido, quedando pendiente una posible ampliacion de hasta el 20% en caso de necesitar mas cantidad de equipos.
Art. 38.- Sistema de abastecimiento simultáneo. El sistema de abastecimiento simultáneo es aquel que contempla el suministro de bienes, servicios u obras, por más de un proveedor o contratista como resultado de una misma licitación, en una misma partida de adjudicación. Este sistema será aplicable cuando sea conveniente por razones de economía y eficiencia o cuando se prevé, por razones de capacidad, que ningún Oferente podrá proveer la totalidad de los bienes. La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) establecerá las normas para la utilización adecuada de este sistema.
En el pliego solicitan: "Con compresor o turbina integrada o externa que permita el uso del equipo sin alimentación de aire comprimido de la red del hospital. En caso de ofertar compresor o turbina externa deberá incluir UPS".
Solicitamos que este requerimiento sea OPCIONAL, ya que deja fuera de concurso a la mayoria de los potenciales oferentes, atentando contra la igualdad de oportunidad, aumenta el precio del equipos ( en contra del criterio de economia), sin una razon tecnica que obligue a la convocante a solicitar esa tecnologia, ya que todos los Hospitales regionales, Pabellones de Emergencia Covid 19, y demas unidades de terapia intensiva dependientes del Ministerio de Salud, cuentan con la provision de aire comprimido de grado medico asi como lo exige las normas de establecimientos de salud, y de ultima cuentan con balones para salvar cualquier contingencia eventual.. por tanto es un gasto superfluo y honeroso para la convocante.
En el pliego solicitan: "Con compresor o turbina integrada o externa que permita el uso del equipo sin alimentación de aire comprimido de la red del hospital. En caso de ofertar compresor o turbina externa deberá incluir UPS".
Solicitamos que este requerimiento sea OPCIONAL, ya que deja fuera de concurso a la mayoria de los potenciales oferentes, atentando contra la igualdad de oportunidad, aumenta el precio del equipos ( en contra del criterio de economia), sin una razon tecnica que obligue a la convocante a solicitar esa tecnologia, ya que todos los Hospitales regionales, Pabellones de Emergencia Covid 19, y demas unidades de terapia intensiva dependientes del Ministerio de Salud, cuentan con la provision de aire comprimido de grado medico asi como lo exige las normas de establecimientos de salud, y de ultima cuentan con balones para salvar cualquier contingencia eventual.. por tanto es un gasto superfluo y honeroso para la convocante.
En donde dice Volumen corriente exhalado y volumen corriente espontaneo, solicitamos permita cotizar equipos con medición del parámetro de Volumen Minuto Espontaneo como opción al Volumen Corriente Espontaneo, ya que la misma una característica de medición exclusiva de unos pocos fabricantes y limita la participación de potenciales oferentes, siendo que no se ve afectada la funcionalidad ni el precio referencial con esta petición.
En donde dice Volumen corriente exhalado y volumen corriente espontaneo, solicitamos permita cotizar equipos con medición del parámetro de Volumen Minuto Espontaneo como opción al Volumen Corriente Espontaneo, ya que la misma una característica de medición exclusiva de unos pocos fabricantes y limita la participación de potenciales oferentes, siendo que no se ve afectada la funcionalidad ni el precio referencial con esta petición.
En el punto 7. Indicadores de Cumplimiento de Contrato, se establece que las cantidades adjudicadas serán solicitadas en 1 (una) sola vez, con una frecuencia de 1 (una) sola entrega. Solicitamos a la convocante que las entregas sean parceladas, ya que es un contrato abierto, con cantidades mínimas y máximas.
En el punto 7. Indicadores de Cumplimiento de Contrato, se establece que las cantidades adjudicadas serán solicitadas en 1 (una) sola vez, con una frecuencia de 1 (una) sola entrega. Solicitamos a la convocante que las entregas sean parceladas, ya que es un contrato abierto, con cantidades mínimas y máximas.
En donde dice Resistencia del sistema respiratorio y Resistencia de la vía aérea de espiración máxima solicitamos a la convocante que el indicador Resistencia del sistema respiratorio sea opcional, y permita cotizar equipos con indicador de la Resistencia de la vía aérea inspiratoria. Este parámetro no modifica ni altera ni mejora el trabajo del ventilador para los pacientes y es exclusivo de cada fabricante siendo un limitante para la participación de mayores y mejores características con diferentes tipos de formas de cada fabricante. Entonces, sugerimos que el ítem quede de la siguiente manera: Resistencia del sistema respiratorio, o Resistencia inspiratoria y espiratoria de la vía aérea.
En donde dice Resistencia del sistema respiratorio y Resistencia de la vía aérea de espiración máxima solicitamos a la convocante que el indicador Resistencia del sistema respiratorio sea opcional, y permita cotizar equipos con indicador de la Resistencia de la vía aérea inspiratoria. Este parámetro no modifica ni altera ni mejora el trabajo del ventilador para los pacientes y es exclusivo de cada fabricante siendo un limitante para la participación de mayores y mejores características con diferentes tipos de formas de cada fabricante. Entonces, sugerimos que el ítem quede de la siguiente manera: Resistencia del sistema respiratorio, o Resistencia inspiratoria y espiratoria de la vía aérea.