solicitamos respetuosamente extender el mismo a 30 días, teniendo en cuenta que se trata de quipos de configuraciones especiales y el 90% de los proveedores no cuenta con esa cantidad en su stock. De esta forma podrían dar la posibilidad a más oferentes de presentar su oferta. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
solicitamos respetuosamente extender el mismo a 30 días, teniendo en cuenta que se trata de quipos de configuraciones especiales y el 90% de los proveedores no cuenta con esa cantidad en su stock. De esta forma podrían dar la posibilidad a más oferentes de presentar su oferta. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
BSDS!!!Me dirijo a usted a los efectos de responder a las consultas que fueran realizadas en relación
al proceso de adquisición de Proyectores, cámaras fotográficas y equipos informáticos.
Lo relativo al pedido de extensión del plazo no será posible, debido a que afectaría
el proceso de investigación que ya está calendarizado ente la UNI y el organismo
financiador, así como firmas de contratos de otros servicios relativos a los trabajos
de investigación.
2
Con relación al item 2 Proyector donde el PBC solicita "Tecnología 3LCD"
solicitamos respetuosamente a la convocante que tambien sea aceptado la "Tecnología DLP" teniendo en cuenta que la tecnología ofrecida al ser nueva tendencia, poseen mejor funcionamiento y calidad con las imágenes a la hora de proyectar gracias a la combinación de colores del espectro RGB y CMY de la tecnología DLP. Por esta razón consideramos que estamos ofreciendo una mejor tecnología al solicitado lo cual beneficiaría a la entidad y daría oportunidad a mayor cantidad de oferentes a presentar sus ofertas. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
04-11-2020
05-11-2020
Con relación al item 2 Proyector donde el PBC solicita "Tecnología 3LCD"
solicitamos respetuosamente a la convocante que tambien sea aceptado la "Tecnología DLP" teniendo en cuenta que la tecnología ofrecida al ser nueva tendencia, poseen mejor funcionamiento y calidad con las imágenes a la hora de proyectar gracias a la combinación de colores del espectro RGB y CMY de la tecnología DLP. Por esta razón consideramos que estamos ofreciendo una mejor tecnología al solicitado lo cual beneficiaría a la entidad y daría oportunidad a mayor cantidad de oferentes a presentar sus ofertas. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
En cuanto a la tecnología 3LCD, no se podrá modificar las especificaciones, las
cuales fueron hechas por los investigadores, que modificarlas implicaría retraso en
todo el proceso.- Ítem 2 proyector: no se podrá modificar las especificaciones establecidas en el
pedido inicial del llamado.
3
Con relación a la "Autorización del Fabricante,
Representante o Distribuidor" donde el PBC indica que NO APLICA, Solicitamos respetuosamente que este punto sea solicitado y exigido para el item 3 Notebook, de además "Demostrar Certificación en la fabricación por parte del fabricante y comercialización en los últimos 5 (cinco) años como mínimo del producto ofertado por parte del oferente o del distribuidor autorizado". Teniendo en cuenta que en el país solo un oferente fabrica los equipos en Paraguay, el resto importan y teniendo en cuenta que al tener el distribuidor la autorización de distribuir una línea de producto, por ende, sus canales están habilitados a comercializar bajo todas las normas de calidad y suministro extendidas desde el fabricante lo cual es un beneficio y un requisito indispensable para la convocante referente a la garantía.
Representante o Distribuidor" donde el PBC indica que NO APLICA, Solicitamos respetuosamente que este punto sea solicitado y exigido para el item 3 Notebook, de además "Demostrar Certificación en la fabricación por parte del fabricante y comercialización en los últimos 5 (cinco) años como mínimo del producto ofertado por parte del oferente o del distribuidor autorizado". Teniendo en cuenta que en el país solo un oferente fabrica los equipos en Paraguay, el resto importan y teniendo en cuenta que al tener el distribuidor la autorización de distribuir una línea de producto, por ende, sus canales están habilitados a comercializar bajo todas las normas de calidad y suministro extendidas desde el fabricante lo cual es un beneficio y un requisito indispensable para la convocante referente a la garantía.
Sobre autorización del fabricante: No podrá modificar las especificaciones del
llamado, dado que están realizados conforme a lo indicado por la normativa de la
DNCP.
4
ITEM 2 PROYECTOR
Teniendo en cuenta que nuestra empresa quiere ofertar en el mencionado item, solicitamos que sean aceptados equipos con 3.000 lumenes.