en donde el PBC y el Dictamen aprobado solicita en el punto "Unidad de disco duro: Disco duro 1Tb mínimo", solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar si se estarán aceptando Notebook que cumplan con un disco duro SATA normal de 1TB o el tipo de disco solicitado debe de ser tipo SDD?, de manera a ofertar correctamente.
en donde el PBC y el Dictamen aprobado solicita en el punto "Unidad de disco duro: Disco duro 1Tb mínimo", solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar si se estarán aceptando Notebook que cumplan con un disco duro SATA normal de 1TB o el tipo de disco solicitado debe de ser tipo SDD?, de manera a ofertar correctamente.
Atendiendo su consulta, se informa que las Especificaciones Técnicas estan establecidas en base a las necesidades insitucionales de la Corte Suprema de Justicia, por tal motivo fue establecido en el PBC la capacidad minima de disco duro, no se detalla el tipo de disco por lo que se puede ofertar cualquiera de las dos opciones planteadas.
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En el pliego de bases y condiciones. Especificaciones Técnicas, NOTEBOOK CON SOFTWARE, licencias
Se solicita:
Licencias: Licencia de Windows 10 PRO de 64 bits en Español última versión, pre instalado y configurado con todas las actualizaciones y activaciones necesarias. Office standard OLP Gobierno en su última versión disponible, instalado y activado con su respectiva licencia. Todas la licencias deberán ser registradas a nombre de la Corte Suprema de Justicia. Exigido
Atendiendo a que en el apartado licencias, se indica: Todas la licencias deberán ser registradas a nombre de la Corte Suprema de Justicia. Solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar si la licenkcia de Windows 10 Pro solicitada también debe estar registrada a nombre de la Corte suprema, teniendo en cuenta que las licencias que vienen con los equipos de fábrica no pueden ser registradas a nombre del cliente, solo agregándole una licencia adicional del tipo OLP, que implica un costo adicional, de manera a ofertar correctamente y que este punto no se preste a confusión entre los oferentes.
13-11-2020
16-11-2020
En el pliego de bases y condiciones. Especificaciones Técnicas, NOTEBOOK CON SOFTWARE, licencias
Se solicita:
Licencias: Licencia de Windows 10 PRO de 64 bits en Español última versión, pre instalado y configurado con todas las actualizaciones y activaciones necesarias. Office standard OLP Gobierno en su última versión disponible, instalado y activado con su respectiva licencia. Todas la licencias deberán ser registradas a nombre de la Corte Suprema de Justicia. Exigido
Atendiendo a que en el apartado licencias, se indica: Todas la licencias deberán ser registradas a nombre de la Corte Suprema de Justicia. Solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar si la licenkcia de Windows 10 Pro solicitada también debe estar registrada a nombre de la Corte suprema, teniendo en cuenta que las licencias que vienen con los equipos de fábrica no pueden ser registradas a nombre del cliente, solo agregándole una licencia adicional del tipo OLP, que implica un costo adicional, de manera a ofertar correctamente y que este punto no se preste a confusión entre los oferentes.
Atendiendo su consulta, se informa que las Especificaciones Técnicas estan establecidas en base a las necesidades institucionales de la Corte Suprema de Justicia, por tal motivo fue establecido en el PBC que todas las licencias deban estar a nombre de la Corte Suprema de Justicia, todos los costos que esto genere deben estar incluidos en el precio ofertado.
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AUTORIZACIÓN DEL FABRICANTE, REPRESENTANTE O DISTRIBUIDOR, APOSTILLADA O CONSULARIZADA
En el PBC - REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION - 9.1. REQUISITOS DOCUMENTALES PARA EVALUAR EL PRESENTE CRITERIO - B) AUTORIZACIÓN DEL FABRICANTE, REPRESENTANTE O DISTRIBUIDOR., establece:
Para Representantes debe reunir los siguientes requisitos: Documentación expedida por el Fabricante que lo acredite como representante de la marca ofertada y, dichos documentos deben estar debidamente legalizados por el Consulado Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay. Los mismos deben ser originales o copias autenticadas por Escribano Público.
Para Distribuidor Autorizado debe reunir los siguientes requisitos: Documentación expedida por el Fabricante que lo acredite como distribuidor de la marca ofertada, para tal efecto debe presentar el documento original o copia autenticada por Escribano Público, y el mismo debe estar debidamente legalizado por el Consulado Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay.
Para Sub-Distribuidor debe reunir los siguientes requisitos: Documento original o copia autenticada por Escribano Público de la autorización del Fabricante extendida al Representante, Distribuidor y/o Resellers para el PARAGUAY Y/O AMERICA que lo nombra como representante, o distribuidor autorizado de la marca ofertada y en la cual lo autoriza a nombrar sub-distribuidores. Para tal efecto debe presentar el documento original o copia autenticada por Escribano Público, y el mismo debe estar debidamente legalizado por el Consulado Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay.
Serán considerados válidos los documentos apostillados como los documentos legalizados por el Consulado y el Ministerio de Relaciones Exteriores en conformidad a la Ley N° 4987/13 QUE APRUEBA EL CONVENIO SUPRIMIENDO LA EXIGENCIA DE LA LEGALIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS.
Con respecto a lo mencionado, solicitamos que el requisito del documento autorizaciones del fabricante apostillado o legalizado, sea considerado opcional, o en su defecto sea presentado a la firma del contrato de resultar adjudicado. Es importante considerar que por la situación de la pandemia ocasionada por el COVID-19, la emisión de este tipo de documentaciones tienen una demora importante de al menos 45 días para su emisión por parte de los respectivos fabricantes, y los plazos establecidos por la convocante para la presentación de la oferta, resulta irrisorio a los efectos del apostillado/legalización requerida. Vale mencionar que el hecho expuesto se encuentra dentro de los supuestos de fuerza mayor contemplados en el Pliego de Bases y Condiciones, Condiciones Contractuales, Punto 16. Fuerza Mayor el cual establece: Fuerza mayor: significa un evento o situación fuera del control del proveedor que es imprevisible, inevitable y no se origina por descuido o negligencia del mismo. Tales eventos pueden incluir sin que éstos sean los únicos guerra o revoluciones, incendios, inundaciones, EPIDEMIAS, RESTRICCIONES DE CUARENTENA . Lo cual se condice con lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud , esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley.
13-11-2020
16-11-2020
AUTORIZACIÓN DEL FABRICANTE, REPRESENTANTE O DISTRIBUIDOR, APOSTILLADA O CONSULARIZADA
En el PBC - REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION - 9.1. REQUISITOS DOCUMENTALES PARA EVALUAR EL PRESENTE CRITERIO - B) AUTORIZACIÓN DEL FABRICANTE, REPRESENTANTE O DISTRIBUIDOR., establece:
Para Representantes debe reunir los siguientes requisitos: Documentación expedida por el Fabricante que lo acredite como representante de la marca ofertada y, dichos documentos deben estar debidamente legalizados por el Consulado Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay. Los mismos deben ser originales o copias autenticadas por Escribano Público.
Para Distribuidor Autorizado debe reunir los siguientes requisitos: Documentación expedida por el Fabricante que lo acredite como distribuidor de la marca ofertada, para tal efecto debe presentar el documento original o copia autenticada por Escribano Público, y el mismo debe estar debidamente legalizado por el Consulado Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay.
Para Sub-Distribuidor debe reunir los siguientes requisitos: Documento original o copia autenticada por Escribano Público de la autorización del Fabricante extendida al Representante, Distribuidor y/o Resellers para el PARAGUAY Y/O AMERICA que lo nombra como representante, o distribuidor autorizado de la marca ofertada y en la cual lo autoriza a nombrar sub-distribuidores. Para tal efecto debe presentar el documento original o copia autenticada por Escribano Público, y el mismo debe estar debidamente legalizado por el Consulado Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay.
Serán considerados válidos los documentos apostillados como los documentos legalizados por el Consulado y el Ministerio de Relaciones Exteriores en conformidad a la Ley N° 4987/13 QUE APRUEBA EL CONVENIO SUPRIMIENDO LA EXIGENCIA DE LA LEGALIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS.
Con respecto a lo mencionado, solicitamos que el requisito del documento autorizaciones del fabricante apostillado o legalizado, sea considerado opcional, o en su defecto sea presentado a la firma del contrato de resultar adjudicado. Es importante considerar que por la situación de la pandemia ocasionada por el COVID-19, la emisión de este tipo de documentaciones tienen una demora importante de al menos 45 días para su emisión por parte de los respectivos fabricantes, y los plazos establecidos por la convocante para la presentación de la oferta, resulta irrisorio a los efectos del apostillado/legalización requerida. Vale mencionar que el hecho expuesto se encuentra dentro de los supuestos de fuerza mayor contemplados en el Pliego de Bases y Condiciones, Condiciones Contractuales, Punto 16. Fuerza Mayor el cual establece: Fuerza mayor: significa un evento o situación fuera del control del proveedor que es imprevisible, inevitable y no se origina por descuido o negligencia del mismo. Tales eventos pueden incluir sin que éstos sean los únicos guerra o revoluciones, incendios, inundaciones, EPIDEMIAS, RESTRICCIONES DE CUARENTENA . Lo cual se condice con lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud , esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley.
Atendiendo su consulta, se informa que las Especificaciones Técnicas estan establecidas en base al criterio institucional de la Corte Suprema de Justicia, por tal motivo fueron establecidos en el PBC las documentaciones requeridas.