Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 ITEM 1 - SERVICIO DE FOTOCOPIADO E IMPRESION / TIPO 1. Por lo expuesto en la Ley 2051/03 Artículo 4°.- PRINCIPIOS GENERALES b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública .Ya que las especificaciones técnicas publicadas es especifico de la marca CANON RUNNER ADVANCE 715iFZ III , pudiéndose notal en el siguiente link: https://www.cla.canon.com/es_PA/app/pdf/brochures/bw_copiers/iRADV_715_III_Series_Brochure.pdf Solicitamos respetuosamente a la convocante sean aceptadas equipos con bandejas a partir de 500 hojas teniendo en cuenta que la diferencia es mínima y así dar igualdad de oportunidad para todas las marcas y no solo a la marca CANON. 24-11-2020 26-11-2020
2 ITEM 1 - SERVICIO DE FOTOCOPIADO E IMPRESION / TIPO 1. Por lo expuesto en la Ley 2051/03 Artículo 4°.- PRINCIPIOS GENERALES b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública .Ya que las especificaciones técnicas publicadas es especifico de la marca CANON RUNNER ADVANCE 715iFZ III , pudiéndose notal en el siguiente link: https://www.cla.canon.com/es_PA/app/pdf/brochures/bw_copiers/iRADV_715_III_Series_Brochure.pdf Solicitamos respetuosamente a la convocante sea impresoras con velocidad de procesador a partir de 5 GHz teniendo cuenta que la diferencia es mínima y así dar igualdad de oportunidad para todas las marcas y no solo a la marca CANON. 24-11-2020 26-11-2020
3 ITEM 2 - SERVICIO DE ESCANEO / TIPO 2 Solicitamos a la convocante que el sistema de arrastre en forma de" U "SEA OPCIONAL ya que es especifico de la marca CANON, teniendo en cuenta que favorece únicamente a la marca mensionanda dejando sin oportunidad de participar a las demás marcas del mercado. 24-11-2020 26-11-2020
4 Autorización del Fabricante Asunción, 24 de Noviembre de 2020 SEÑORES MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, U.O.C. Presente REF: LICITACIÓN POR CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 12/2020 “SERVICIO DE IMPRESIÓN, FOTOCOPIADO Y ESCANEADO” ID Nº 387872 Objeto: Realizar Consulta. Dicta el Pliego de Bases y Condiciones: DATOS DE LA LICITACIÓN. 15. Autorización del Fabricante Los productos a los cuales se le requerirá autorización del fabricante son los indicados a continuación: Los oferentes Deberán presentar documento escrito de respaldo del fabricante o representante regional o representante local Autorizando a la empresa a prestar el servicio técnico y el cambio de partes por garantía, el cual deberá contar con stock de repuestos. Como centro autorizado de Servicios de la marca C.A.S. Cuando la convocante lo requiera, el oferente deberá acreditarse la cadena de autorizaciones, hasta el fabricante, productor o prestador de servicios.. En tal sentido y con respecto a lo establecido en la Ley 2051/03 “De Contrataciones Públicas”, específicamente en su Artículo 4°.- PRINCIPIOS GENERALES el cual expone: La actividad de contratación pública se regirá por los siguientes principios: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Teniendo en cuenta de que existen muchos oferentes que NO poseen “EL PRIVILEGIO” de contar con las Autorizaciones de los fabricantes, ya que el grupo selecto de empresas que poseen dicho documento son las Importadoras de los equipos. Sin embargo, el hecho de no ser Importador – Representante de la marca, no significa que un proveedor no pueda realizar eficientemente el SERVICIO en cuestión, otro punto a tener en cuenta es que dicho llamado se trata de un servicio a ofrecer con equipos propios de los oferentes y ellos son responsables de su reparación y puesta a punto para realizar los servicios de IMPRESIÓN, FOTOCOPIADO Y ESCANEADO, no teniendo relevancia el si es o no representante de la marca. Tal situación se puede corroborar perfectamente con la ejecución del contrato vigente con el Ministerio de Desarrollo Social, como también con otras entidades públicas y privadas. Conforme a lo citado precedentemente, se solicita sus buenos oficios para NO APLICAR dicho requisito del Pliego de Bases y Condiciones, a través de una Adenda, logrando así mayor participación e igualdad de condiciones para los potenciales oferentes. Hago propicia la ocasión para saludarles cordialmente. 24-11-2020 26-11-2020
5 Con relación a las especificaciones técnicas para el TIPO 1, consultamos si podrían establecer que los equipos ofertados cuenten con Procesador de 1.2 GHz como mínimo, ya que, además de ser una mínima diferencia, cada fabricante establece las velocidades de procesamiento requeridas para el óptimo funcionamiento del equipo de impresión. Por ello, solicitamos se tengan en cuenta equipos con dicha velocidad de procesador que no afecta la productividad requerida y permite la participación de otros oferentes que no sean la marca CANON. 25-11-2020 26-11-2020
6 Con relación al tipo de Adjudicación del llamado, POR TOTAL consultamos respetuosamente considerar que el TIPO 2 sea separado entre impresoras por un lado y el escáner en otro lote distinto, considerando que son equipos de diferente índole y no todas las empresas proveen o prestan servicios a diferentes marcas y productos, lo cual representa una limitante para potenciales oferentes que no sean de la marca CANON, única que puede cumplir a cabalidad dicho requisito, en especial en donde el PBC, en el ANEXO B punto 15. Autorizacion del Fabricante, establece que el oferente debe ser CAS (Centro Autorizado de Servicios) para ambos ítems. La modificación PÓR LOTE beneficiaría a la entidad aumentando considerablemente la cantidad de oferentes con suficiente capacidad técnica para realizar el servicio, teniendo así la posibilidad de obtener los mejores precios del mercado como lo establece la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas, donde cita textualmente "no se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ellos se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas". 25-11-2020 26-11-2020
7 PARA EL TIPO 2, donde el PBC requiere "Modo Documentos Largos hasta 3000mm o superior" y "Sistema de arrastre en Modo U y línea recta", consideramos limitante para equipos CANON, pues son características exclusivas de la marca, no existiendo alguna otra en el mercado que cumpla con lo requerido. Siendo así, solicitamos sean aceptados equipos con capacidad de procesar documentos hasta A3, como solicitan en puntos anteriores en el mismo ítem y un sistema de arrastre en U como estándar; de modo a participar en igualdad de condiciones y en libre competencia, evitando así protestas al pliego. 25-11-2020 26-11-2020
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