Entre la Gobernación del Ñeembucú, domiciliada en Avenida Mariscal López y calle 14 de Mayo de la Ciudad de Pilar, República del Paraguay, representada para este acto por el Gobernador Don LUIS FEDERICO BENÍTEZ CUEVAS, con cédula de identidad N° ________, denominada en adelante la contratante, por una parte, y, por la otra, la firma ____________, domiciliada en ___________________________________, República del Paraguay, representada para este acto por _________________________________, con cédula de identidad N° ________________, denominada en adelante el proveedor, identificadas en conjunto como LAS PARTES e, individualmente, PARTE, acuerdan celebrar el presente CONTRATO ABIERTO PARA PROVISIÓN DE ALMUERZO ESCOLAR, BAJO LA MODALIDAD DE ALIMENTOS PREPARADOS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DEL DEPARTAMENTO DE ÑEEMBUCÚ 2021-2022 (AD REFERENDUM-PLURIANUAL), el cual estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
El objeto del contrato es:
La provisión de insumos, la elaboración de los alimentos y la distribución de las raciones en las instituciones educativas, así como del retiro y la limpieza de todo lo utilizado, de manera diaria.
Los documentos contractuales firmados por las partes y que forman parte integral del contrato son los siguientes:
Los documentos que forman parte del contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o discrepancia entre los mismos, la prioridad se dará en el orden enunciado anteriormente.
El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente contrato está previsto conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria vinculado al Programa Anual de Contrataciones (PAC) con el ID Nº 388.696.
Otras consideraciones presupuestarias: Plurianual 2021-2022
El presente contrato es el resultado del procedimiento de Licitación Pública Nacional N° 03/2020 PROVISIÓN DE ALMUERZO ESCOLAR, BAJO LA MODALIDAD DE ALIMENTOS PREPARADOS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DEL DEPARTAMENTO DE ÑEEMBUCÚ 2021-2022 (AD REFERENDUM-PLURIANUAL) (COCINANDO), convocado por la Gobernación de Ñeembucú.
La adjudicación fue realizada según acto administrativo N°_______.
[Formato de tabla para contrato abierto - cantidades mínimas y máximas]
Nro. De Orden |
Nro. De Ítem/Lote |
Descripción |
Marca |
Procedencia |
Unidad de Medida |
Cantidad mínima |
Cantidad máxima |
Precio Unitario |
Monto mínimo |
Monto máximo |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Total: [sumatoria de columna de montos mínimos y sumatoria de columna de montos máximos]
El monto mínimo del presente contrato asciende a la suma de [_________________________] y el monto máximo es de [_______________]
El proveedor se compromete a proveer los bienes a la contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a las disposiciones del contrato.
La contratante se compromete a pagar al proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el precio del contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en las bases y condiciones.
El plazo de vigencia del presente contrato será:
Desde: la firma
Hasta: el 31 de diciembre de 2022
El Presente contrato es Plurianual durante los años 2021 y 2022.
La vigencia del presente Contrato durante el Ejercicio Fiscal 2022, está sujeta a la aprobación de la partida presupuestaria correspondiente al Presupuesto de la Gobernación de Ñeembucú en el Presupuesto General de la Nación PGN Ejercicio Fiscal 2022.
Los almuerzo/cenas deberán ser entregados dentro de los plazos establecidos en el Cronograma de Entregas del pliego de bases y condiciones.
La administración de éste contrato estará a cargo de:
la Secretaría Departamental de Educación y la Secretaría de Administración y Finanzas de la Gobernación de Ñeembucú.
La persona designada por la empresa para ser el nexo entre la misma y los productores de la agricultura familiar será:
obs.: a ser designada por la empresa adjudicada.
La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en el presente pliego de bases y condiciones, la cual se presentará a más tardar dentro de los diez (10) días calendarios siguientes a la firma del contrato.
El adjudicado deberá en el plazo de quince (15) días calendario desde la firma del presente contrato, presentar ante el administrador de contrato, la constancia o constancias de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, de todos los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19.
En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, se deberá remitir a la convocante la actualización de la mencionada declaración jurada, una vez finalizada la ejecución del presente contrato.
Las multas y otras penalidades que rigen en el presente contrato serán aplicadas conforme con lo establecido en las Condiciones Contractuales del presente pliego. Superado el monto equivalente a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la contratante podrá aplicar el procedimiento de rescisión de contratos de conformidad al Artículo 59 inc. c) de la Ley N° 2.051/2003 "De Contrataciones Públicas", caso contrario deberá seguir aplicando el monto de las multas que correspondan.
La rescisión del contrato o la aplicación de multas por encima del porcentaje de la Garantía de Cumplimiento del Contrato deberá comunicarse a la DNCP a los fines previstos en el artículo Nº 72 de la Ley N° 2051/2003 "De Contrataciones Públicas".
Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2051/2003 y en las condiciones contractuales del presente pliego de bases y condiciones.
Cualquier diferencia que surja durante la ejecución del contrato se dirimirá conforme a las reglas establecidas en la legislación aplicable y en las condiciones contractuales del presente pliego de bases y condiciones.
Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el contrato o la parte del mismo que sea afectada por la nulidad, quedará automáticamente sin efecto de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la DNCP, debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato.
EN TESTIMONIO de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de ___________________ República del Paraguay al día___________ mes___________ y año_____________.
Firmado por: _____________________________ en nombre de la Contratante.
Firmado por: _____________________________ en nombre del Proveedor.