Requisitos de Infraestructura y Recursos
TALLER- MECANICO
Dimensiones del Área de Taller: deberá contar con una superficie cubierta mínima de 1.800 m2 (mil ochocientos metros cuadrados amurallados) y dimensión del techado mínimo de 700 mts.
Están pidiendo demasiado en las dimensiones del terreno solicitamos que bajen a 900 como mínimo ya que es limitante esto para las medianas empresas
Listado de equipos propios, no tercerizados, teniendo en cuenta que los equipos aeroportuarios deben estar operativos las 24 horas del día y los 365 días del año.
*Los requerimientos de infraestructura con relación específicamente a los metros cuadrados solicitados se encuentran suficientemente justificados, teniendo en cuenta que los equipos aeroportuarios son de gran envergadura, por ejemplo: elevadores de carga, camión de desagote y otros. En el caso de que uno de los equipos deban ser trasladados hasta el taller de la empresa contratada, por la complejidad de la reparación o mantenimiento correctivo, esta debe poseer una infraestructura mínima, la cual se encuentra en este PBC.
TORNERIA -RECTIFICADORA
1 Torno de Paralelo 2 metros de bancada x 660 cm de volteo como mínimo.(pedimos que sea tercerizado ya que no todo los días se reparan motores)
1 Rectificadora de Cilindro como mínimo. (Pedimos que sea tercerizado ya que no todo los días se reparan motores)
1 Rectificadora de interior de bancada. (Pedimos que sea tercerizado ya que no todo los días se reparan motores)
1 Rectificadora y alineadora de brazos y bujes. (Pedimos que sea tercerizado ya que no todo los días se reparan motores)
1 Rectificadora de cigüeñal(pedimos que sea tercerizado ya que no todo los días se reparan motores)
1 Cepilladora de superficie plana. (Pedimos que sea tercerizado ya que no todo los días se reparan motores)
1 Banco para montaje y desmontaje para cilindro hidráulico. (Pedimos que sea tercerizado ya que no todo los días se reparan motores)
1 Banco de prueba de sistemas hidráulicos. (Pedimos que sea tercerizado ya que no todo los días se reparan motores)
Todos los repuestos a ser utilizados en los trabajos de mantenimiento y reparaciones deberán ser nuevos y originales de las marcas correspondientes a los vehículos y/o maquinarias. En caso de que los repuestos originales ya no existan en plaza o ya no se fabriquen, se podrán utilizar repuestos paralelos previa autorización del Administrador del Contrato.
Deberá contar con un sistema de protección contra incendios en todas sus instalaciones, extintores, bolsas de arena, sistema de detección de humo, carteles indicadores.
Contar con una Póliza de Seguro contra RIESGOS VARIOS/TODO RIESGO OPERATIVO (CAPITAL MINIMO ASEGURADO DE Gs. 2.500.000.000) (pedimos que sea un monto menos a 700.000.000 ya que el pedido es demaciado)
Contar con 15 personas como mínimo inscriptas en el Instituto de Previsión Social con antigüedad mínima de 6 meses, de manera a justificar que la empresa posee personal suficiente y calificado acorde a la infraestructura y servicios solicitados. (pedimos que sea 7 como mínimos)
Debe contar con un Ingeniero Automotriz; adjunto título expedido por Instituciones Educativas avaladas por el Ministerio de Educación y Cultura. (pedimos que sea un Ing. El jefe de taller ya que un mecanico con varios cursos y con 20 años de experiencia cumple con los conocimientos)
*Con relación a la cantidad mínima de personal, se encuentra justificada de la siguiente forma (personal mínimo según necesidad técnica):
Mecánicos: 3 (horario diurno) 2 (horario nocturno)
Operadores de Maquinas: teniendo en cuenta la complejidad de las maquinarias a ser utilizadas y a Ia especialización de cada una, es decir, la capacitación de cada personal para la utilización de cada una de ellas, se necesita mínimamente: 5 (horario diurno) 2 (horario nocturno)
Personal Administrativo: 1 persona.
Chofer: 1 persona
Total de Empleados: 15 (Quince).- (pedimos que sea 7 como mínimos)
POR LO QUE PARA ESTE LLAMADO SE ESTA VIOLENTANDO LA LEY DE 2051/03 art 34 donde dice que para la participación , contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, SERVICIOS u obras públicas, NO SE PODRAN EXIGIR A LOS PARTICIPANTES REQUISITOS DISTINTOS A LOS SEÑALADOS POR LA LEY, NI SE PODRAN ESTABLECER ELEMENTOS QUE NO RESULTEN TECNICAMENTE INDISPENSABLE. POR UN LADO Y POR OTRO SI ESTE LLAMADO SE ESTA DIRIGIDO AUN SOLO TALLER. REQUIRIENDO UN DOCUMENTOS QUE OTROS TALLERES POTENCIALES OFERENTES NO PODRAN TENER FACILMENTE, SE ESTARIA VIOLANDO EL ART 7 DE CONTRATACIONES PUBLICAS BAJO NINGUN SENTIDO EL PBC FOMENTA A LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS. TAMBIEN SE ESTARIA TRANSGREDIENDO Ley N° 4956 |
Defiende y promueve la libre competencia en los mercados. Sabemos cómo empresa dedicada al ramo que el argumento de la Institución siempre será que buscan lo mejor para los bienes de la institución, pero en caso de algún tipo de falla o falta al contrato existe distintos tipos de sanciones a las empresas que no cumplen, no es argumento válido a nuestro parecer , y sostenemos que TODO POTENCIAL OFERENTE DEBE TENER LO MISMO DERECHOS QUE LAS DEMAS EMPRESA EN PODER PARTICIPAR EN UNA LIBRE COMPETENCIA ASI LA INSTITUCION PODRA AHORRAR DINERO AL ESTADO CON MEJORES PRECIOS. Por lo tanto respetuosamente solicitamos que reconsideren este punto del PBC extraer este requisito seria de verdad FOMENTAR A UNA LIBRE Y LEAL COMPETECIA Y COMO EMPRESA QUE DA TRABAJO A FAMILIAS PARAGUAYAS NECESITAMOS EQUIDAD Y OPORTUNIDAD DE PARTICIPAR LIBREMENTE AL PROCESO EN CUESTION.
Requisitos de Infraestructura y Recursos
TALLER- MECANICO
Dimensiones del Área de Taller: deberá contar con una superficie cubierta mínima de 1.800 m2 (mil ochocientos metros cuadrados amurallados) y dimensión del techado mínimo de 700 mts.
Están pidiendo demasiado en las dimensiones del terreno solicitamos que bajen a 900 como mínimo ya que es limitante esto para las medianas empresas
Listado de equipos propios, no tercerizados, teniendo en cuenta que los equipos aeroportuarios deben estar operativos las 24 horas del día y los 365 días del año.
*Los requerimientos de infraestructura con relación específicamente a los metros cuadrados solicitados se encuentran suficientemente justificados, teniendo en cuenta que los equipos aeroportuarios son de gran envergadura, por ejemplo: elevadores de carga, camión de desagote y otros. En el caso de que uno de los equipos deban ser trasladados hasta el taller de la empresa contratada, por la complejidad de la reparación o mantenimiento correctivo, esta debe poseer una infraestructura mínima, la cual se encuentra en este PBC.
TORNERIA -RECTIFICADORA
1 Torno de Paralelo 2 metros de bancada x 660 cm de volteo como mínimo.(pedimos que sea tercerizado ya que no todo los días se reparan motores)
1 Rectificadora de Cilindro como mínimo. (Pedimos que sea tercerizado ya que no todo los días se reparan motores)
1 Rectificadora de interior de bancada. (Pedimos que sea tercerizado ya que no todo los días se reparan motores)
1 Rectificadora y alineadora de brazos y bujes. (Pedimos que sea tercerizado ya que no todo los días se reparan motores)
1 Rectificadora de cigüeñal(pedimos que sea tercerizado ya que no todo los días se reparan motores)
1 Cepilladora de superficie plana. (Pedimos que sea tercerizado ya que no todo los días se reparan motores)
1 Banco para montaje y desmontaje para cilindro hidráulico. (Pedimos que sea tercerizado ya que no todo los días se reparan motores)
1 Banco de prueba de sistemas hidráulicos. (Pedimos que sea tercerizado ya que no todo los días se reparan motores)
Todos los repuestos a ser utilizados en los trabajos de mantenimiento y reparaciones deberán ser nuevos y originales de las marcas correspondientes a los vehículos y/o maquinarias. En caso de que los repuestos originales ya no existan en plaza o ya no se fabriquen, se podrán utilizar repuestos paralelos previa autorización del Administrador del Contrato.
Deberá contar con un sistema de protección contra incendios en todas sus instalaciones, extintores, bolsas de arena, sistema de detección de humo, carteles indicadores.
Contar con una Póliza de Seguro contra RIESGOS VARIOS/TODO RIESGO OPERATIVO (CAPITAL MINIMO ASEGURADO DE Gs. 2.500.000.000) (pedimos que sea un monto menos a 700.000.000 ya que el pedido es demaciado)
Contar con 15 personas como mínimo inscriptas en el Instituto de Previsión Social con antigüedad mínima de 6 meses, de manera a justificar que la empresa posee personal suficiente y calificado acorde a la infraestructura y servicios solicitados. (pedimos que sea 7 como mínimos)
Debe contar con un Ingeniero Automotriz; adjunto título expedido por Instituciones Educativas avaladas por el Ministerio de Educación y Cultura. (pedimos que sea un Ing. El jefe de taller ya que un mecanico con varios cursos y con 20 años de experiencia cumple con los conocimientos)
*Con relación a la cantidad mínima de personal, se encuentra justificada de la siguiente forma (personal mínimo según necesidad técnica):
Mecánicos: 3 (horario diurno) 2 (horario nocturno)
Operadores de Maquinas: teniendo en cuenta la complejidad de las maquinarias a ser utilizadas y a Ia especialización de cada una, es decir, la capacitación de cada personal para la utilización de cada una de ellas, se necesita mínimamente: 5 (horario diurno) 2 (horario nocturno)
Personal Administrativo: 1 persona.
Chofer: 1 persona
Total de Empleados: 15 (Quince).- (pedimos que sea 7 como mínimos)
POR LO QUE PARA ESTE LLAMADO SE ESTA VIOLENTANDO LA LEY DE 2051/03 art 34 donde dice que para la participación , contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, SERVICIOS u obras públicas, NO SE PODRAN EXIGIR A LOS PARTICIPANTES REQUISITOS DISTINTOS A LOS SEÑALADOS POR LA LEY, NI SE PODRAN ESTABLECER ELEMENTOS QUE NO RESULTEN TECNICAMENTE INDISPENSABLE. POR UN LADO Y POR OTRO SI ESTE LLAMADO SE ESTA DIRIGIDO AUN SOLO TALLER. REQUIRIENDO UN DOCUMENTOS QUE OTROS TALLERES POTENCIALES OFERENTES NO PODRAN TENER FACILMENTE, SE ESTARIA VIOLANDO EL ART 7 DE CONTRATACIONES PUBLICAS BAJO NINGUN SENTIDO EL PBC FOMENTA A LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS. TAMBIEN SE ESTARIA TRANSGREDIENDO Ley N° 4956 |
Defiende y promueve la libre competencia en los mercados. Sabemos cómo empresa dedicada al ramo que el argumento de la Institución siempre será que buscan lo mejor para los bienes de la institución, pero en caso de algún tipo de falla o falta al contrato existe distintos tipos de sanciones a las empresas que no cumplen, no es argumento válido a nuestro parecer , y sostenemos que TODO POTENCIAL OFERENTE DEBE TENER LO MISMO DERECHOS QUE LAS DEMAS EMPRESA EN PODER PARTICIPAR EN UNA LIBRE COMPETENCIA ASI LA INSTITUCION PODRA AHORRAR DINERO AL ESTADO CON MEJORES PRECIOS. Por lo tanto respetuosamente solicitamos que reconsideren este punto del PBC extraer este requisito seria de verdad FOMENTAR A UNA LIBRE Y LEAL COMPETECIA Y COMO EMPRESA QUE DA TRABAJO A FAMILIAS PARAGUAYAS NECESITAMOS EQUIDAD Y OPORTUNIDAD DE PARTICIPAR LIBREMENTE AL PROCESO EN CUESTION.
Remitirse al PBC y a la Adenda 1. Los requerimientos de infraestructura con relación específicamente a los equipamientos del local del taller a ser contratado, son los mínimos, teniendo en cuenta que como administradores de los bienes públicos debemos garantizar que los equipos a ser reparados estén en locales adecuados y con todas las medidas de medidas de seguridad correspondiente. Con relación a los equipos mínimos solicitados se encuentran suficientemente justificados, teniendo en cuenta que los equipos aeroportuarios deben estar operativos 24 horas al día, los 7 días a la semana y los 365 días del año, solicitamos que los equipos sean propiedad de la empresa contratada y no tercerizados, teniendo en cuenta experiencias anteriores y como conocedores de nuestra necesidad, consideramos que existen situaciones donde los equipos necesitan mantenimientos URGENTES, a cualquier hora del día o la noche y muchas veces la empresa contratada responde con los técnicos, pero si se deben realizar rectificaciones de repuestos y/o reparaciones con tornos y otros, la empresa tercerizada generalmente no se encuentra disponible a cualquier hora del día o la noche por lo tanto el equipo queda fuera de servicio por muchas horas, trayendo pérdidas para la institución y generando un trastorno importante en las labores aeroportuarias, por lo tanto la empresa contratada debe poseer una infraestructura mínima, la cual se encuentra detallada en el PBC y como dijimos es la institución la que conoce sus necesidades y requerimientos y con relación a este punto se justificó plenamente del porqué de los requerimientos técnicos mínimos.
Los requerimientos se seguros contra todo riesgo es lo minimo que se puede exigir para resguardar los bienes de la institución y de un valor considerable, es más, cualquier daño o perdida de estos bienes no solo representa un daño material de los mismos, sino más bien un trastorno en las operaciones aeroportuarias, además como mencionáramos en párrafos anteriores que como administradores de los bienes públicos debemos garantizar que los equipos a ser reparados estén en locales adecuados y con todas las medidas de medidas de seguridad correspondiente y con los documentaciones básicas mínimas que permitan garantizar los bienes institucionales. Y este requerimiento no es un mero capricho técnico, sino que se haya contemplado en la legislación en materia de administración pública (Ley N° 1.535/99).
Con relación a la cantidad mínima de personal, se encuentra justificada de la siguiente forma (personal mínimo según necesidad técnica):
Operadores de Maquinas: teniendo en cuenta la complejidad de las maquinarias a ser utilizadas y a la especialización de cada una, es decir, la capacitación de cada personal para la utilización de cada una de ellas, se necesita mínimamente: 5 (horario diurno) 2
(horario nocturno)
Personal Administrativo: 1 persona.
Chofer: 1 persona
Total de Empleados: 15 (Quince).-
2
Pliego de Bases y Condiciones
Pág. Nº 22 - Experiencia requerida:
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar la experiencia en realización de servicio de mantenimiento de equipos TLD con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto máximo ofertado en la presente
licitación, de los: 3 últimos ejercicios fiscales años: 2018, 2019 y 2020. El porcentaje mencionado corresponde a la sumatoria de los años mencionados.
- Respetuosamente solicitamos a la Convocante extender la experiencia requerida no solo en mantenimiento de equipos TLD, dado que el PBC no solicita autorización del fabricante para la prestación del servicio requerido, sino también a servicios de mantenimiento y reparación de equipos utilizados para la elevación de cargas y/o de cintas transportadoras de cargas y/o de tractores en general puesto que dichos equipos o maquinarias también se encuentran incluidos en los ítems previstos en el PBC. Esta solicitud la realizamos rigiéndonos por el Art. 4º de la ley 2051/03, inciso (b) de Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, ESTÉ EN POSIBILIDAD DE PARTICIPAR SIN RESTRICCIÓN Y EN IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.
Tal solicitud la realizamos a efectos de que la Convocante revea su PBC en éste punto, sobre la base del citado artículo, para que todos los potenciales oferentes tengan los mismos derechos y la libre y leal competencia.
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar la experiencia en realización de servicio de mantenimiento de equipos TLD con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto máximo ofertado en la presente
licitación, de los: 3 últimos ejercicios fiscales años: 2018, 2019 y 2020. El porcentaje mencionado corresponde a la sumatoria de los años mencionados.
- Respetuosamente solicitamos a la Convocante extender la experiencia requerida no solo en mantenimiento de equipos TLD, dado que el PBC no solicita autorización del fabricante para la prestación del servicio requerido, sino también a servicios de mantenimiento y reparación de equipos utilizados para la elevación de cargas y/o de cintas transportadoras de cargas y/o de tractores en general puesto que dichos equipos o maquinarias también se encuentran incluidos en los ítems previstos en el PBC. Esta solicitud la realizamos rigiéndonos por el Art. 4º de la ley 2051/03, inciso (b) de Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, ESTÉ EN POSIBILIDAD DE PARTICIPAR SIN RESTRICCIÓN Y EN IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.
Tal solicitud la realizamos a efectos de que la Convocante revea su PBC en éste punto, sobre la base del citado artículo, para que todos los potenciales oferentes tengan los mismos derechos y la libre y leal competencia.
REMITIRSE A ADENDA 1. Dada la complejidad, delicadeza de los equipos altamente sofisticados y la dependencia del funcionamiento del mismo para asistir al aeropuerto solicitamos a las empresas contar con experiencia en la realización de servicios de mantenimiento de equipos TLD y/o equipos similares de SERVICOS DE ASISTECIA EN TIERRA (SAT), y para demostrar esa experiencia deben ser adjuntados contratos y/o facturas y/o recepciones finales de los mismos, de los últimos ejercicios fiscales, de los años 2018, 2019 y 2020 y la sumatoria de los años, debe ser como mínimo el 50% del monto máximo ofertado.
Aclaro también que todos los equipos en este proceso de contratación, son de la marca TLD, y todos son de uso aeronáutico, no son tractores convencionales, así como hace referencia la consulta, son equipos SAT de (SERVICIO DE ASISTENCIA EN TIERRA)
Si bien entendemos los derechos de los oferentes a presentar propuestas, esto no puede llevar a la DINAC a dejar de lado el cuidado de los bienes públicos y como se demuestra todo lo solicitado es al solo efecto de resguardar los bienes de la institución, de terceros y por excelencia y lo más importante: REGUARDAR VIDAS HUMANAS. . Y este requerimiento no es un mero capricho técnico, sino que se haya contemplado en la legislación en materia de administración pública (Ley N° 1.535/99).
3
Pliego de Bases y Condiciones
Pág. N° 23 - Capacidad Técnica
TORNERIA RECTIFICADORA
Debe contar con un Ingeniero Automotriz; adjunto título expedido por Instituciones Educativas avaladas por el
Ministerio de Educación y Cultura
- Respetuosamente solicitamos a la Convocante extender la especialidad requerida en este apartado del PBC correspondiente a Ingeniero Automotriz a otras especialidades y tecnicaturas que también se encontrarían relacionadas con el objeto del servicio requerido que no solo se circunscribe a vehículos automotores sino que también a otros equipos de transporte y/o elevación de cargas así como de generación de energías. Tales especialidades, por ejemplo, serían: Ingeniero/Técnico Superior Automotriz o Ingeniero/Técnico Superior en Electricidad o Ingeniero/Técnico Superior en Mecánica o Ingeniero/Técnico Superior en Electromecánica o Ingeniero/Técnico Superior Industrial.
La presente solicitud la realizamos a efectos de que la Convocante revea su PBC en éste punto, sobre la base que al momento de establecer éstos requisitos se deberían de prever cuestiones de índole más general que posibiliten la mayor participación y cumplimiento de potenciales oferentes, pero asegurando siempre el mejor de los servicios. Nuestro pedido se basamenta en lo establecido en el Art. 34º de la ley 2051/03, que expresa entre otros:
Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u obras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Por consiguiente, las Convocantes se abstendrán de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley, salvo lo dispuesto por el Título Quinto.
Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante. Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
Debe contar con un Ingeniero Automotriz; adjunto título expedido por Instituciones Educativas avaladas por el
Ministerio de Educación y Cultura
- Respetuosamente solicitamos a la Convocante extender la especialidad requerida en este apartado del PBC correspondiente a Ingeniero Automotriz a otras especialidades y tecnicaturas que también se encontrarían relacionadas con el objeto del servicio requerido que no solo se circunscribe a vehículos automotores sino que también a otros equipos de transporte y/o elevación de cargas así como de generación de energías. Tales especialidades, por ejemplo, serían: Ingeniero/Técnico Superior Automotriz o Ingeniero/Técnico Superior en Electricidad o Ingeniero/Técnico Superior en Mecánica o Ingeniero/Técnico Superior en Electromecánica o Ingeniero/Técnico Superior Industrial.
La presente solicitud la realizamos a efectos de que la Convocante revea su PBC en éste punto, sobre la base que al momento de establecer éstos requisitos se deberían de prever cuestiones de índole más general que posibiliten la mayor participación y cumplimiento de potenciales oferentes, pero asegurando siempre el mejor de los servicios. Nuestro pedido se basamenta en lo establecido en el Art. 34º de la ley 2051/03, que expresa entre otros:
Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u obras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Por consiguiente, las Convocantes se abstendrán de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley, salvo lo dispuesto por el Título Quinto.
Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante. Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
Remitirse al PBC y a la Adenda 1. Con relación a este punto se solicita que la certificación de los trabajos mecánicos de los equipos, sean realizadas por un Ingeniero Automotriz teniendo en cuenta que los mismos operan con aeronaves a nivel internacional y con normas internacionales aeroportuarias, que cuentan con aplicación de seguros también a nivel internacional, es decir, cualquier daño que estos equipos puedan causar a esas aeronaves, justamente por la mala reparación y/o mantenimiento preventivo de la empresa contratada, tienen un costo elevadísimo para nuestra institución y el seguro contratado, por lo tanto la DINAC, no puede poner en riesgo bajo ningún sentido los bienes de terceros y con la solicitud del ingeniero automotriz la institución demuestra que ha cumplido con todos los requerimientos básicos a fin de evitar percances y en caso que se dieran por algún tipo de accidente y justamente por la mala reparación, la DINAC deslinda todo tipo de responsabilidades, teniendo en cuenta que se encuentra refrendado por el especialista técnico.
Con relación a las exigencias técnicas solicitadas en el PBC, aclaramos que son las mínimas a fin de asegurar los bienes de la institución y los bienes de terceros teniendo en cuenta el alto costo de reparación de estos y no solo eso, sino que se encuentran de por medio vidas humanas teniendo en cuentas las operaciones aeroportuarias son de gran complejidad.
Si bien entendemos los derechos de los oferentes a presentar propuestas, esto no puede llevar a la DINAC a dejar de lado el cuidado de los bienes públicos y como se demuestra todo lo solicitado es al solo efecto de resguardar los bienes de la institución, de terceros y por excelencia y lo más importante: REGUARDAR VIDAS HUMANAS. . Y este requerimiento no es un mero capricho técnico, sino que se haya contemplado en la legislación en materia de administración pública (Ley N° 1.535/99).
4
Pliego de base de condiciones
Pág. Nº 22 - Experiencia requerida:
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar la experiencia en realización de servicio de mantenimiento de equipos TLD con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto máximo ofertado en la presente
licitación, de los: 3 últimos ejercicios fiscales años: 2018, 2019 y 2020. El porcentaje mencionado corresponde a la sumatoria de los años mencionados.
- Respetuosamente solicitamos a la Convocante extender la experiencia requerida no solo en mantenimiento de equipos TLD, dado que el PBC no solicita autorización del fabricante para la prestación del servicio requerido, sino también a servicios de mantenimiento y reparación de equipos utilizados para la elevación de cargas y/o de cintas transportadoras de cargas y/o de tractores en general puesto que dichos equipos o maquinarias también se encuentran incluidos en los ítems previstos en el PBC. Esta solicitud la realizamos rigiéndonos por el Art. 4º de la ley 2051/03, inciso (b) de Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, ESTÉ EN POSIBILIDAD DE PARTICIPAR SIN RESTRICCIÓN Y EN IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.
Tal solicitud la realizamos a efectos de que la Convocante revea su PBC en éste punto, sobre la base del citado artículo, para que todos los potenciales oferentes tengan los mismos derechos y la libre y leal competencia.
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar la experiencia en realización de servicio de mantenimiento de equipos TLD con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto máximo ofertado en la presente
licitación, de los: 3 últimos ejercicios fiscales años: 2018, 2019 y 2020. El porcentaje mencionado corresponde a la sumatoria de los años mencionados.
- Respetuosamente solicitamos a la Convocante extender la experiencia requerida no solo en mantenimiento de equipos TLD, dado que el PBC no solicita autorización del fabricante para la prestación del servicio requerido, sino también a servicios de mantenimiento y reparación de equipos utilizados para la elevación de cargas y/o de cintas transportadoras de cargas y/o de tractores en general puesto que dichos equipos o maquinarias también se encuentran incluidos en los ítems previstos en el PBC. Esta solicitud la realizamos rigiéndonos por el Art. 4º de la ley 2051/03, inciso (b) de Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, ESTÉ EN POSIBILIDAD DE PARTICIPAR SIN RESTRICCIÓN Y EN IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.
Tal solicitud la realizamos a efectos de que la Convocante revea su PBC en éste punto, sobre la base del citado artículo, para que todos los potenciales oferentes tengan los mismos derechos y la libre y leal competencia.
REMITIRSE A LA RESPUESTA DE LA CONSULTA Nº 2 Y A SU ADENDA
5
Pliego de base de condiciones
Pág. 23 - Capacidad Técnica
TORNERIA RECTIFICADORA
Debe contar con un Ingeniero Automotriz; adjunto título expedido por Instituciones Educativas avaladas por el
Ministerio de Educación y Cultura
- Respetuosamente solicitamos a la Convocante extender la especialidad requerida en este apartado del PBC correspondiente a Ingeniero Automotriz a otras especialidades y tecnicaturas que también se encontrarían relacionadas con el objeto del servicio requerido que no solo se circunscribe a vehículos automotores sino que también a otros equipos de transporte y/o elevación de cargas así como de generación de energías. Tales especialidades, por ejemplo, serían: Ingeniero/Técnico Superior Automotriz o Ingeniero/Técnico Superior en Electricidad o Ingeniero/Técnico Superior en Mecánica o Ingeniero/Técnico Superior en Electromecánica o Ingeniero/Técnico Superior Industrial.
La presente solicitud la realizamos a efectos de que la Convocante revea su PBC en éste punto, sobre la base que al momento de establecer éstos requisitos se deberían de prever cuestiones de índole más general que posibiliten la mayor participación y cumplimiento de potenciales oferentes, pero asegurando siempre el mejor de los servicios. Nuestro pedido se basamenta en lo establecido en el Art. 34º de la ley 2051/03, que expresa entre otros:
Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u obras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Por consiguiente, las Convocantes se abstendrán de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley, salvo lo dispuesto por el Título Quinto.
Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante. Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
Debe contar con un Ingeniero Automotriz; adjunto título expedido por Instituciones Educativas avaladas por el
Ministerio de Educación y Cultura
- Respetuosamente solicitamos a la Convocante extender la especialidad requerida en este apartado del PBC correspondiente a Ingeniero Automotriz a otras especialidades y tecnicaturas que también se encontrarían relacionadas con el objeto del servicio requerido que no solo se circunscribe a vehículos automotores sino que también a otros equipos de transporte y/o elevación de cargas así como de generación de energías. Tales especialidades, por ejemplo, serían: Ingeniero/Técnico Superior Automotriz o Ingeniero/Técnico Superior en Electricidad o Ingeniero/Técnico Superior en Mecánica o Ingeniero/Técnico Superior en Electromecánica o Ingeniero/Técnico Superior Industrial.
La presente solicitud la realizamos a efectos de que la Convocante revea su PBC en éste punto, sobre la base que al momento de establecer éstos requisitos se deberían de prever cuestiones de índole más general que posibiliten la mayor participación y cumplimiento de potenciales oferentes, pero asegurando siempre el mejor de los servicios. Nuestro pedido se basamenta en lo establecido en el Art. 34º de la ley 2051/03, que expresa entre otros:
Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u obras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Por consiguiente, las Convocantes se abstendrán de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley, salvo lo dispuesto por el Título Quinto.
Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante. Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
Remitirse a la respuesta de la consulta Nº 3 y al PBC.
6
PBC
Pág. Nº 22 - Experiencia requerida:
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar la experiencia en realización de servicio de mantenimiento de equipos TLD con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto máximo ofertado en la presente
licitación, de los: 3 últimos ejercicios fiscales años: 2018, 2019 y 2020. El porcentaje mencionado corresponde a la sumatoria de los años mencionados.
- Respetuosamente solicitamos a la Convocante extender la experiencia requerida no solo en mantenimiento de equipos TLD, dado que el PBC no solicita autorización del fabricante para la prestación del servicio requerido, sino también a servicios de mantenimiento y reparación de equipos utilizados para la elevación de cargas y/o de cintas transportadoras de cargas y/o de tractores en general puesto que dichos equipos o maquinarias también se encuentran incluidos en los ítems previstos en el PBC. Esta solicitud la realizamos rigiéndonos por el Art. 4º de la ley 2051/03, inciso (b) de Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, ESTÉ EN POSIBILIDAD DE PARTICIPAR SIN RESTRICCIÓN Y EN IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.
Tal solicitud la realizamos a efectos de que la Convocante revea su PBC en éste punto, sobre la base del citado artículo, para que todos los potenciales oferentes tengan los mismos derechos y la libre y leal competencia.
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar la experiencia en realización de servicio de mantenimiento de equipos TLD con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto máximo ofertado en la presente
licitación, de los: 3 últimos ejercicios fiscales años: 2018, 2019 y 2020. El porcentaje mencionado corresponde a la sumatoria de los años mencionados.
- Respetuosamente solicitamos a la Convocante extender la experiencia requerida no solo en mantenimiento de equipos TLD, dado que el PBC no solicita autorización del fabricante para la prestación del servicio requerido, sino también a servicios de mantenimiento y reparación de equipos utilizados para la elevación de cargas y/o de cintas transportadoras de cargas y/o de tractores en general puesto que dichos equipos o maquinarias también se encuentran incluidos en los ítems previstos en el PBC. Esta solicitud la realizamos rigiéndonos por el Art. 4º de la ley 2051/03, inciso (b) de Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, ESTÉ EN POSIBILIDAD DE PARTICIPAR SIN RESTRICCIÓN Y EN IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.
Tal solicitud la realizamos a efectos de que la Convocante revea su PBC en éste punto, sobre la base del citado artículo, para que todos los potenciales oferentes tengan los mismos derechos y la libre y leal competencia.
Remitirse a la respuesta de la consulta Nº 2 y A SU ADENDA.
7
PBC
Pág. 23 - Capacidad Técnica
TORNERIA RECTIFICADORA
Debe contar con un Ingeniero Automotriz; adjunto título expedido por Instituciones Educativas avaladas por el
Ministerio de Educación y Cultura
- Respetuosamente solicitamos a la Convocante extender la especialidad requerida en este apartado del PBC correspondiente a Ingeniero Automotriz a otras especialidades y tecnicaturas que también se encontrarían relacionadas con el objeto del servicio requerido que no solo se circunscribe a vehículos automotores sino que también a otros equipos de transporte y/o elevación de cargas así como de generación de energías. Tales especialidades, por ejemplo, serían: Ingeniero/Técnico Superior Automotriz o Ingeniero/Técnico Superior en Electricidad o Ingeniero/Técnico Superior en Mecánica o Ingeniero/Técnico Superior en Electromecánica o Ingeniero/Técnico Superior Industrial.
La presente solicitud la realizamos a efectos de que la Convocante revea su PBC en éste punto, sobre la base que al momento de establecer éstos requisitos se deberían de prever cuestiones de índole más general que posibiliten la mayor participación y cumplimiento de potenciales oferentes, pero asegurando siempre el mejor de los servicios. Nuestro pedido se basamenta en lo establecido en el Art. 34º de la ley 2051/03, que expresa entre otros:
Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u obras públicas,
Debe contar con un Ingeniero Automotriz; adjunto título expedido por Instituciones Educativas avaladas por el
Ministerio de Educación y Cultura
- Respetuosamente solicitamos a la Convocante extender la especialidad requerida en este apartado del PBC correspondiente a Ingeniero Automotriz a otras especialidades y tecnicaturas que también se encontrarían relacionadas con el objeto del servicio requerido que no solo se circunscribe a vehículos automotores sino que también a otros equipos de transporte y/o elevación de cargas así como de generación de energías. Tales especialidades, por ejemplo, serían: Ingeniero/Técnico Superior Automotriz o Ingeniero/Técnico Superior en Electricidad o Ingeniero/Técnico Superior en Mecánica o Ingeniero/Técnico Superior en Electromecánica o Ingeniero/Técnico Superior Industrial.
La presente solicitud la realizamos a efectos de que la Convocante revea su PBC en éste punto, sobre la base que al momento de establecer éstos requisitos se deberían de prever cuestiones de índole más general que posibiliten la mayor participación y cumplimiento de potenciales oferentes, pero asegurando siempre el mejor de los servicios. Nuestro pedido se basamenta en lo establecido en el Art. 34º de la ley 2051/03, que expresa entre otros:
Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u obras públicas,
Remitirse a la respuesta de la consulta Nº 3 y al PBC.
8
PBC
Pág. Nº 22 - Experiencia requerida:
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar la experiencia en realización de servicio de mantenimiento de equipos TLD con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto máximo ofertado en la presente
licitación, de los: 3 últimos ejercicios fiscales años: 2018, 2019 y 2020. El porcentaje mencionado corresponde a la sumatoria de los años mencionados.
- Respetuosamente solicitamos a la Convocante extender la experiencia requerida no solo en mantenimiento de equipos TLD, dado que el PBC no solicita autorización del fabricante para la prestación del servicio requerido, sino también a servicios de mantenimiento y reparación de equipos utilizados para la elevación de cargas y/o de cintas transportadoras de cargas y/o de tractores en general puesto que dichos equipos o maquinarias también se encuentran incluidos en los ítems previstos en el PBC. Esta solicitud la realizamos rigiéndonos por el Art. 4º de la ley 2051/03, inciso (b) de Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, ESTÉ EN POSIBILIDAD DE PARTICIPAR SIN RESTRICCIÓN Y EN IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.
Tal solicitud la realizamos a efectos de que la Convocante revea su PBC en éste punto, sobre la base del citado artículo, para que todos los potenciales oferentes tengan los mismos derechos y la libre y leal competencia.
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar la experiencia en realización de servicio de mantenimiento de equipos TLD con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto máximo ofertado en la presente
licitación, de los: 3 últimos ejercicios fiscales años: 2018, 2019 y 2020. El porcentaje mencionado corresponde a la sumatoria de los años mencionados.
- Respetuosamente solicitamos a la Convocante extender la experiencia requerida no solo en mantenimiento de equipos TLD, dado que el PBC no solicita autorización del fabricante para la prestación del servicio requerido, sino también a servicios de mantenimiento y reparación de equipos utilizados para la elevación de cargas y/o de cintas transportadoras de cargas y/o de tractores en general puesto que dichos equipos o maquinarias también se encuentran incluidos en los ítems previstos en el PBC. Esta solicitud la realizamos rigiéndonos por el Art. 4º de la ley 2051/03, inciso (b) de Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, ESTÉ EN POSIBILIDAD DE PARTICIPAR SIN RESTRICCIÓN Y EN IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.
Tal solicitud la realizamos a efectos de que la Convocante revea su PBC en éste punto, sobre la base del citado artículo, para que todos los potenciales oferentes tengan los mismos derechos y la libre y leal competencia.