Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Sistema de Adjudicación Solicitamos respetuosamente a la Convocante modificar el sistema de adjudicación para lograr la mayor participación de oferentes, considerando lo dispuesto en el Art. 2 de la Resolución 1061/2014 que establece “Disponer de la utilización del Sistema de Adjudicación por ítem” 22-02-2021 23-02-2021
2 Ítem N° 1 Punto 17 - Licencias Se han requerido en las especificaciones técnicas que el producto tenga REGISTRO EPEAT, al cual haremos referencia a continuación. Efectuado una pequeña introducción, el registro EPEAT es administrada por el Green Electronics Council de USA, una organización sin fines de lucro fundada en 2005 para inspirar y catalizar el liderazgo ambiental a lo largo del ciclo de vida de las tecnologías electrónicas. En el sistema, los fabricantes de dispositivos declaran por sí mismos qué criterios ambientales cumplen sus productos, y esas declaraciones son supervisadas por una red de organismos de garantía de conformidad, que ayudan a los fabricantes a demostrar que sus productos cumplen con el IEEE 1680, familia de estándares de 'electrónica verde'. Los productos se clasifican en bronce, plata y oro, según la cantidad de criterios que cumplan los dispositivos. La categoría de PC incluye 51 criterios ambientales diferentes, 23 obligatorios y 28 opcionales, que miden la eficiencia y los atributos ambientales de un producto aplicado en el país o región de comercialización. Los productos con clasificación de bronce cumplen con todos los criterios requeridos en cada categoría de productos EPEAT. Los productos con clasificación de plata (Silver) cumplen con todos los criterios requeridos más al menos el 50% de los criterios opcionales. Los productos con calificación de oro (Gold) cumplen con todos los criterios requeridos más al menos el 75% de los criterios opcionales. Conforme a las directivas IEEE 1680, los modelos de computadoras deben cumplir con 23 requisitos obligatorios, y que incluyen criterios también corporativos (El fabricante), y entre los cuales se encuentra el (4.6.1.1) Provisión del servicio de retirada del producto. Criterio Corporativo (se aplica a la empresa): El fabricante debe proveer un servicio de retirada del producto para reutilización, reacondicionamiento o reciclaje para productos en países donde el producto se declara ser conforme con este estándar, esto en concordancia con el requerimiento: (4.6.3.1) Procesamiento de fin de ciclo de vida - Criterio corporativo: El fabricante debe demostrar que los siguientes criterios son cumplidos para todos los equipos recolectados al final de la vida útil por el fabricante (o agente contractual) siguiendo el punto (4.6.1.1) que es de Provisión del servicio de retirada del producto. Aclaramos que estos dos requisitos corporativos forman parte de los 23 básicos y obligatorios que deben ser cumplidos y deben ser declarados por los fabricantes para los países en cuales el modelo declarado cumple con estos criterios, por lo que, conforme a las directivas establecidas, ninguna marca, modelo de ningún fabricante cumple con este criterio en o para nuestro país. Esto queda de manifiesto en la lista que puede ser obtenida de la página del EPEAT, www.epeat.net, en donde se puede apreciar, filtrando los países en cuales se aplican los criterios EPEAT para los modelos listados, que no figura el Paraguay para ningún modelo, de hecho no existen evidencia de que los fabricantes de las marcas HP, DELL Y LENOVO realicen procesamiento de fin de vida en Paraguay, no cumpliendo uno criterios básicos exigidos por la directiva IEEE1680 (EPEAT), por consiguiente no cumple con los criterios básicos Epeat en esta región o mejor dicho Paraguay. Es por ello que solicitamos el remplazo del registro EPEAT que no existe en o para Paraguay por la certificación ISO 14001:2015, considerando que solicitan en forma individual las certificaciones Energystar e ISO 14001:2015 que si son de aplicación mundial, y que dentro de las políticas ambientales del fabricante, se incluya la recolección de desechos o residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), que se constituye en un punto exigido y excluyente para obtener el registro EPEAT en el país de comercialización del modelo declarado para esa región. Por lo arriba expuesto ninguna marca tiene registro Epeat en Paraguay. Dado este requerimiento, con meridiana claridad concluimos entonces que la HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS esté tremendamente preocupada por el cuidado del medio ambiente y salud de las personas, pero de otros países, dado la inaplicabilidad de este registro en o para Paraguay. 22-02-2021 02-03-2021
3 En vista a que el Sistema de Adjudicación de la Licitación de referencia, POR TOTAL, limita a muchos oferentes a poder presentar sus ofertas, solicitamos respetuosamente que El Sistema de Adjudicación sea POR ITEM. Debido a que el mismo, además de eliminar a varios oferentes por no poder ofertar uno de los productos; perjudica a la Convocante, puesto que existen oferentes que podrían contar con mejores precios en ciertas marcas. Por estos motivos, y a fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. 22-02-2021 23-02-2021
4 Con relación al Plazo de Entrega solicitamos respetuosamente extender el mismo a 30 días, teniendo en cuenta que se trata de una gran cantidad de equipos y el 90% de los proveedores no cuenta con esa cantidad en su stock, especialmente para negocios como la licitación de referencia que solicitan requerimientos específicos, obliga a incurrir en una importación, lo cual está asociado a plazos logísticos y de trámites aduaneros. De esta forma podrían dar la posibilidad a más oferentes de presentar su oferta. Y como es de público conocimiento, debido a la Pandemia Covid-19, la cadena de suministro y logística se ve afectada, por lo que se puede incurrir en retrasos que escapan de las manos de los oferentes. 22-02-2021 23-02-2021
Descargar datos como: Archivo CSV Archivo PDF