Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Originales Compatibles Nuevos Donde Dice "Todos los cartuchos de tintas, y tóner deberán ser originales, no se aceptarán productos genéricos, compatibles, recargados, y/o re manufacturados. Todos los productos deben ser nuevos, sin uso, contar con embalaje de la marca visiblemente identificable y con información de origen: país de fabricación" Tomando en cuenta DNCP emitió estrategia para aumentar la competencia en las licitaciones públicas La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas anunció, a través de la Resolución N° 248/2021, la implementación de una "Estrategia para el aumento de la competencia en las compras públicas". Con esta estrategia, la DNCP busca incrementar la cantidad de oferentes en los procedimientos de contratación pública, así como, identificar y eliminar condiciones y requerimientos de participación que pudieran limitar irregular o innecesariamente la libre concurrencia de potenciales proveedores, Solicitamos tengan a bien Colocar en ambos lotes : Original Compatible en tanto y en cuanto cumpla con las exigencias requeridas ( ser nuevo, no ser remanufactura, no ser recarga) por lo que en el nombre de los bienes deben de sacar el nombre de la marca ya que lo que solicitan es un producto ORIGINAL ( Patente propia) lacrado, nuevo. de esta manera fomentando la libre competencia y transparencia por la que se destacan los llamados de esta Institución. 09-03-2021 12-03-2021
2 AUTORIZACION DEL FABRICANTE Consultamos si puede incluirse en el pliego el documento de Autorización del fabricante de los cartuchos de tinta y tóner, teniendo en cuenta que la marca HP , Brother cuentan con distribuidores autorizados a ofertas insumos ORIGINALES del fabricante de los equipos, con ello la convocante se asegura la originalidad de los insumos, la cobertura de garantía desde el fabricante y los mejores precios 09-03-2021 12-03-2021
3 Consulta Buenos días, por la presente solicitamos a la convocante mantenerse con el pliego de bases y condiciones sin modificaciones, ya que solicitando Autorización del Fabricante estarían limitando a potenciales oferentes. y asi evitando la monopolización por ciertas empresas que solo ellos pueden vender ciertas marcas, ya que estos insumos son de libre importación y comercialización en el mercado nacional. 12-03-2021 12-03-2021
4 AUTORIZACIÓN DEL FABRICANTE En el PBC, ANEXO B - DATOS DE LA CONTRATACIÓN - 15. AUTORIZACIÓN DEL FABRICANTE, establece: Los productos a los cuales se le requerirá autorización del fabricante son los indicados a continuación: NO APLICA Pudimos constatar que en las condiciones del llamado, que no se requiere la presentación de la autorización del fabricante para los insumos de la marca HP – Lote 01. Solicitamos que sea exigida la presentación de la “Autorización del Fabricante” para todos los insumos solicitados en las especificaciones técnicas, ya que el Decreto reglamentario 21909 de la ley 2051 establece, en su Artículo 49 “Autorización del fabricante: En el caso de licitaciones para adquisición o arrendamiento de bienes, si el oferente ofrece proveer en virtud del Contrato, bienes que no ha fabricado o producido deberá acreditar que está debidamente autorizado por el fabricante o productor respectivo para suministrar los bienes en cuestión en el Paraguay”, que es el caso de los insumos y consumibles informáticos solicitados, por lo que el excluir de las condiciones del llamado la autorización del fabricante, se contrapone al mencionado decreto, a más de fomentar la corrupción, la falsificación, el contrabando y la provisión de productos de dudoso origen.- En efecto, nuestra firma participa regularmente en licitaciones y otras modalidades de compra del estado, siendo revendedor, distribuidor, importador de varias marcas, de las cuales estamos debidamente autorizados, en el rubro de informática e insumos informáticos, y desde hace bastante tiempo estamos afectados por las masivas ofertas de cartuchos de tinta, tóner y cintas (No originales / Alternativos / Compatibles) y / o falsificados, que vienen sistemáticamente y reiteradamente realizando oferentes que no están debidamente autorizados, o que presentan documentaciones adulteradas o modificadas, al solo efecto de cumplir con ese requisito, y así ofertar productos falsificados, y/o que no cumplan con las especificaciones técnicas, precio contra los cuales resulta imposible competir.- La autorización del fabricante constituye entonces, un elemento de gran ayuda para precautelar la originalidad y la legalidad del producto que se oferta, para los casos en que se registren fallas en el rendimiento del producto o consecuencias colaterales en los equipos donde son o serán utilizados los mismos. Esta apreciación precedentemente expresada, entendemos, es también la apreciación de la DNCP, que en cumplimiento de sus atribuciones, Art. 5 inc a) y b) concordantes de la Ley 2051, dispone en su modelo de Pliego concursal, solicitar en carácter de requisito formal el documento “Autorización del Fabricante”, e inserta en dicho modelo para el efecto correspondiente el formulario N° 4 (Autorización del Fabricante, Representante o distribuidor).- Por todo lo precedentemente manifestado solicitamos tengan a bien incluir en las condiciones del llamado la presentación de Autorización del Fabricante para los productos de marca HP. 12-03-2021 12-03-2021
5 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS En el PBC, ANEXO C - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS – LOTE 01 - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y NORMAS, establece: Todos los cartuchos de tintas, y tóner deberán ser originales, no se aceptarán productos genéricos, compatibles, recargados, y/o re manufacturados… Solicitamos a la convocante la inclusión de la aclaración, adenda mediante de que los insumos y consumibles informáticos solicitados deberán ser “ORIGINALES PRODUCIDOS POR LOS FABRICANTES DE LAS IMPRESORAS, Y NO SE ACEPTARÁN LOS DEMÁS, LLÁMESE ALTERNATIVOS, RE MANUFACTURADOS, O PRODUCIDOS POR TERCEROS”. Lo solicitado precedentemente, es con el objeto de aclarar si, exclusivamente están solicitando originales producidos por los fabricantes de las impresoras (HP,Brother, etc) que son los únicos consumibles aprobados por los fabricantes de las impresoras para la utilización en las mismas, y que desde siempre, tanto en los pliegos y en la jerga informática se entendía que al decir “ORIGINALES” se hacía referencia a los producidos por los propios fabricantes, pero desde hace un tiempo y actualmente, en virtud de varias Resoluciones emanadas por la DNCP, entre las cuáles podemos citar, la Resolución N° 1.572/2015, reconfirma una nueva interpretación que da la DNCP a las especificaciones técnicas de “CONSUMIBLES ORIGINALES”, dejando en claro que para la entidad reguladora existen 2 tipos de consumibles originales, 1) Los producidos por los fabricantes de las impresoras (HP,Brother, etc) y 2) Todos los demás, Llámese: Los producidos por terceros: (HP,Brother, etc) todos estos alternativos, re-manufacturados, recargados, por lo que la única opción y/o manera que tiene la convocante actualmente de solicitar consumibles originales (ENTIÉNDASE PRODUCIDOS POR LOS FABRICANTES DE LAS IMPRESORAS), es incluyendo en los pliegos la aclaración solicitada: que los consumibles deberán ser originales producidos por los fabricantes de las impresoras. 12-03-2021 12-03-2021
6 PLAN DE ENTREGAS En el PBC, ANEXO C - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS – LOTE 01 - 2. PLAN DE ENTREGA (BIENES), establece: Las Órdenes de Compras serán notificadas al correo electrónico declarado por el Proveedor en su oferta, autorizando la provisión de los bienes adjudicados en un plazo no superior a 7 (siete) días hábiles Solicitamos que el plazo de entrega sea extendida a 20 (veinte) días hábiles Lo solicitado se cursa considerando que los productos requeridos dentro del presente llamado no son de producción nacional, y en consecuencia, los mismos deben ser necesariamente importados. Al respecto vale mencionar que, considerando la situación actual por la que atraviesa la comunidad internacional a consecuencia de la pandemia del Convid-19, los plazos de transporte, importación y trámites de despacho aduanero sufren un retraso considerable, por lo que el plazo de entrega establecido en el PBC. Esta solicitud encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre competencia establecido en el inciso b) del artículo 4° de la mencionada Ley. 12-03-2021 12-03-2021
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