Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Capacidad Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a) Consorcios:
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
1. Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1 de la Ley N° 6355/19.(**) |
6. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios (**) |
7.Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
8. Patente Comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
9. Documentos legales |
9.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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9.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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9.3. Oferentes en Consorcio. |
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4. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 (tres) últimos años (2018, 2019 y 2020).
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 (tres) últimos años (2018, 2019 y 2020).
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio en los 3 (tres) últimos años (2018, 2019 y 2020), no deberá ser negativo.
b) Para contribuyentes de IRPC
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos (2018, 2019 y 2020).
c) Para contribuyentes de IRP
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos (2018, 2019 y 2020).
d) Para contribuyentes de exclusivamente IVA General
Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales (últimos 6 (seis) meses).
Obs.: En caso de Consorcios, todos los integrantes del Consorcio deberán cumplir los requisitos de capacidad financiera 100% tanto para el líder como los demás miembros.
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d. Para contribuyentes de IVA GENERAL: Formulario 120 de los últimos 6 (seis) |
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar la experiencia en [indicar actividad] con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al [indicar porcentaje] % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: [indicar n° de años] años.
La sumatoria de la facturación de los 3 (tres) últimos años debe arrojar un promedio del 50 % (cincuenta por ciento) como mínimo en relación al monto ofertado.
En caso de consorcio: El Líder del Consorcio debe cumplir con el 60%, de los criterios de calificación y el 40% lo cumplirán los demás integrantes del Consorcio.
Demostrar la experiencia en provisión de pinturas sintéticas, al aceite, al agua, asfálticas, masillas, aguarrás, Tiner, colorantes y/o artículos de ferretería en general, con contratos, con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: 3 (tres) últimos años. (2018; 2019; 2020).
Demostrar la experiencia en [Indicar actividad] con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al [Indicar porcentaje] % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: Indicar N° de años años. [Ej.: últimos años 20__20__20__].
NOTA 1 PARA EL OFERENTE: El resultado de la suma de los montos de los contratos y/o recepciones finales y/o facturaciones de venta deberá ser igual o superior al 50 % del monto total máximo ofertado. Los contratos, recepciones finales y/o facturaciones de venta deben estar autenticados por Escribanía Pública y podrá presentarse la cantidad que fuere necesaria para acreditar el volumen o monto solicitado, siempre que hayan sido emitidas dentro del periodo mencionado (2018- 2019 2020).
NOTA 2 PARA EL OFERENTE: Cada contrato y/o facturaciones de ventas y/o recepciones finales deberán estar acompañados de su correspondiente Certificado de buen cumplimiento de Contrato, debidamente autenticado por Escribanía Pública. Caso contrario no podrán ser consideradas para evaluar el presente requisito.
NOTA 3 PARA EL OFERENTE: En caso de presentar recepciones finales, las mismas deben hacer mención de la fecha de emisión y de los montos de los bienes. Caso contrario no podrán ser consideradas para evaluar el presente requisito.
1. Copia de facturaciones y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida (2018; 2019 y 2020). |
2. Copia de contratos de los años 2018, 2019 y 2020 |
3. Declaración Jurada donde el oferente manifiesta su capacidad para cumplir en cantidad, tiempo y forma. |
Certificado de buen cumplimiento de los contratos correspondientes a los contratos y/o facturaciones y/0 |
El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
SI APLICA
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
a. El proveedor deberá contar con capacidad de producción y/o provisión de los bienes requeridos.
b. El proveedor deberá cumplir con las Especificaciones Técnicas y con el plazo de entrega de los bienes.
c. Contar con habilitación de la SEAM del Plan de Gestión Ambiental, garantizando la no ocurrencia de daños o efectos negativos al medio ambiente, del local de fabricación y/o almacenamiento de las pinturas por parte del Oferente. Si el Oferente es distribuidor de las marcas ofertadas, podrá presentar los correspondientes al Fabricante, Importador y/o Representante de dichas marcas.
d. Contar con Planos Municipales Aprobados para Almacenamiento de Pinturas por parte del Oferente. Si el Oferente es distribuidor de las marcas ofertadas, podrá presentar los correspondientes al Fabricante, Importador y/o Representante de dichas marcas.
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d. Certificado de habilitación de la SEAM del Plan de Gestión Ambiental |
e. Planos Municipales Aprobados para Almacenamiento de Pinturas |
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
SI APLICA
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán: SI APLICA CRITERIO DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS MUESTRAS PARA LOS ÍTEMS 18, 20, 22, 26 Y 29 POR EL COMITÉ DE EVALUACIÓN para corroborar que cumplan las especificaciones técnicas:
Se realizara controles de calidad y ensayos de las muestras a efectos de determinar el grado de calidad de los productos ofertados, y se rechazara las ofertas que no cumplan con las siguientes cualidades:
a) Pintabilidad: condición de extenderse sin resistencia al deslizamiento del pincel o rodillo.
b) Nivelación: las marcas del pincel o rodillo deben desaparecer a poco de aplicada.
c) Poder Cubriente: debe disimular las diferencias de color del fondo con el menor número posible de manos.
d) Secado: la película de pintura debe quedar libre de pegajosidad al tacto y adquirir dureza adecuada en el menor tiempo posible, según la clase de acabado.
e) Estabilidad: se verificará en el envase, en caso de presentar sedimento, éste deberá ser blando y fácil de disipar.
f) Se verificarán que los bienes solicitados tengan fecha de elaboración en el año 2021 y con vencimiento en el 2022 para adelante.
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del llamado, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
Nota1: Conforme a lo previsto en el Decreto reglamentario de la Ley de Contrataciones los adjudicatarios de los contratos resultantes de los procesos licitatorios, deberán inscribirse en el Sistema de Información de Proveedores del Estado - SIPE, como requisito previo a la emisión del Código de Contratación respectivo, no siendo la inscripción una exigencia para participar en el proceso tradicional.