Teniendo en cuenta que se requiere realizar visita técnica a los sitios donde serán instalados los equipos requeridos, y posterior a ello se harán las consultas técnicas que surjan posterior de culminada la misma. Solicitamos la ampliación del plazo de consultas a 10 días más,
Teniendo en cuenta que se requiere realizar visita técnica a los sitios donde serán instalados los equipos requeridos, y posterior a ello se harán las consultas técnicas que surjan posterior de culminada la misma. Solicitamos la ampliación del plazo de consultas a 10 días más,
La visita al sitio fue considerada de manera a que las consultas sean evacuadas en ese periodo en el tiempo establecido. Favor remitirse a lo establecido en la Carta de Invitación.
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*- MUESTRAS
En el Pliego de Bases y Condiciones, DATOS DE LA LICITACIÓN. Muestras dice:
“Se solicita muestra del ÍTEM 3 (auriculares):
- Plazo para presentación de las muestras: Hasta 1 (una) hora antes de la presentación de la oferta.
- Condiciones de presentación: En caja.
- Criterio de Evaluación a ser considerados, indicando las inspecciones y pruebas a aplicar: Será evaluado que cumpla las condiciones citadas en las especificaciones técnicas, y se realizará la prueba correspondiente para evaluar el buen funcionamiento.
- Procedimiento de devolución: Sin devolución. “
Luego más adelante en el Pliego de Bases y Condiciones, REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Capacidad Técnica. Punto 4, dice:
“4. Catálogos, fichas técnicas, folletos, otros textos complementarios, cuya presentación demuestre que cumplen sustancialmente las especificaciones técnicas. “
Solicitamos respetuosamente a la convocante elimine el requerimiento de presentación de muestra para el Ítem 3 (auriculares) e unifique los criterios para que sean aceptados catálogos, anexos técnicos, folletos y otros textos complementarios con las especificaciones técnicas para todos los equipos ofertados, considerando que son de fácil comprensión al ser de conocimiento usual del personal técnico especializado así como todas las documentaciones de carácter técnico descriptivo del rubro tecnológico.
De esta manera la convocante se verá beneficiada al recibir mayor cantidad de ofertas de los potenciales oferentes.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, DATOS DE LA LICITACIÓN. Muestras dice:
“Se solicita muestra del ÍTEM 3 (auriculares):
- Plazo para presentación de las muestras: Hasta 1 (una) hora antes de la presentación de la oferta.
- Condiciones de presentación: En caja.
- Criterio de Evaluación a ser considerados, indicando las inspecciones y pruebas a aplicar: Será evaluado que cumpla las condiciones citadas en las especificaciones técnicas, y se realizará la prueba correspondiente para evaluar el buen funcionamiento.
- Procedimiento de devolución: Sin devolución. “
Luego más adelante en el Pliego de Bases y Condiciones, REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Capacidad Técnica. Punto 4, dice:
“4. Catálogos, fichas técnicas, folletos, otros textos complementarios, cuya presentación demuestre que cumplen sustancialmente las especificaciones técnicas. “
Solicitamos respetuosamente a la convocante elimine el requerimiento de presentación de muestra para el Ítem 3 (auriculares) e unifique los criterios para que sean aceptados catálogos, anexos técnicos, folletos y otros textos complementarios con las especificaciones técnicas para todos los equipos ofertados, considerando que son de fácil comprensión al ser de conocimiento usual del personal técnico especializado así como todas las documentaciones de carácter técnico descriptivo del rubro tecnológico.
De esta manera la convocante se verá beneficiada al recibir mayor cantidad de ofertas de los potenciales oferentes.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En la carta de invitación estándar regido por la LEY N° 2051/2003 "DE CONTRATACIONES PÚBLICAS" se encuentran determinados los parámetros para la evaluación, para asegurar que las condiciones establecidas en la Carta de Invitación concuerden con lo ofertado, motivo por el cual consideramos oportuna la presentación de muestras.
Cabe mencionar que, la condición técnica requerida del equipo solicitado no cuenta con gran complejidad, es por ello que las empresas dedicadas al rubro solicitado, deben contar con la disponibilidad, lo cual es parámetro de su experiencia en el mercado. Favor remitirse a lo establecido en la Carta de Invitación.
3
*- AUTORIZACION DEL FABRICANTE
En el Pliego de Bases y Condiciones, DATOS DE LA LICITACIÓN. Autorización del Fabricante dice:
“SI APLICA. Deberá presentar Representante o Distribuidor (autenticado por escribanía). En caso de ser fabricante deberá respaldar tal situación en base a las certificaciones y/o habilitaciones a que esté supeditada su actividad de fabricante y en orden a la legislación que resulte aplicable para el tipo de producto. “
Solicitamos respetuosamente a la convocante que también sean aceptadas Cartas de Autorización del Fabricante, o Cartas del Distribuidor, o Carta del Representante de la marca de los equipos ofertados, de esta manera no se estaría limitando la participación de otros potenciales oferentes.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, DATOS DE LA LICITACIÓN. Autorización del Fabricante dice:
“SI APLICA. Deberá presentar Representante o Distribuidor (autenticado por escribanía). En caso de ser fabricante deberá respaldar tal situación en base a las certificaciones y/o habilitaciones a que esté supeditada su actividad de fabricante y en orden a la legislación que resulte aplicable para el tipo de producto. “
Solicitamos respetuosamente a la convocante que también sean aceptadas Cartas de Autorización del Fabricante, o Cartas del Distribuidor, o Carta del Representante de la marca de los equipos ofertados, de esta manera no se estaría limitando la participación de otros potenciales oferentes.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En la carta de invitación estándar regido por la LEY N° 2051/2003 "DE CONTRATACIONES PÚBLICAS" establece parámetros y recomendaciones aplicados de manera a asegurar la calidad y seguridad de cada adquisición solicitada de modo que esta Convocante se acoge a estas condiciones a modo de certificar lo antes señalado. Favor remitirse a lo establecido en la Carta de Invitación.
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*- AUTORIZACION DEL FABRICANTE
En Pliego de Bases y Condiciones, REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Capacidad Técnica. Punto 3, dice:
“3. AUTORIZACIÓN DEL FABRICANTE: El oferente que ofrezca suministrar en virtud a la presente, bienes que no han fabricado ni producido, deberá demostrar que es representante o distribuidor autorizado por el Fabricante y/o Productor de la marca del bien ofertado. En todos los casos deberá acreditarse la cadena de autorizaciones hasta el fabricante. “
Solicitamos respetuosamente a la convocante que también sean aceptadas Cartas de Autorización del Fabricante, o Cartas del Distribuidor, o Carta del Representante de la marca de los equipos ofertados, de esta manera no se estaría limitando la participación de otros potenciales oferentes.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En Pliego de Bases y Condiciones, REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Capacidad Técnica. Punto 3, dice:
“3. AUTORIZACIÓN DEL FABRICANTE: El oferente que ofrezca suministrar en virtud a la presente, bienes que no han fabricado ni producido, deberá demostrar que es representante o distribuidor autorizado por el Fabricante y/o Productor de la marca del bien ofertado. En todos los casos deberá acreditarse la cadena de autorizaciones hasta el fabricante. “
Solicitamos respetuosamente a la convocante que también sean aceptadas Cartas de Autorización del Fabricante, o Cartas del Distribuidor, o Carta del Representante de la marca de los equipos ofertados, de esta manera no se estaría limitando la participación de otros potenciales oferentes.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En la carta de invitación estándar regido por la LEY N° 2051/2003 "DE CONTRATACIONES PÚBLICAS" establece parámetros y recomendaciones aplicados de manera a asegurar la calidad y seguridad de cada adquisición solicitada de modo que esta Convocante se acoge a estas condiciones a modo de certificar lo antes señalado. Favor remitirse a lo establecido en la Carta de Invitación.
5
*- PLAN DE ENTREGAS
En Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Plan de Entrega de Bienes. Punto 3, dice:
“Fecha (s) final (es) de entrega de los bienes: 15 días corridos contados a partir de la recepción por parte del proveedor de la orden de Compra emitida por la Unidad de Gestión de Bienes y Servicios, dependiente de la Gerencia Administrativa. “
Considerando la situación mundial en cuanto a la Pandemia del COVID-19 que exige los protocolos sanitarios, esto ha afectado los tiempos de fabricación, entrega y distribución de todos los equipos.
Teniendo en cuenta lo expuesto arriba, solicitamos respetuosamente a la convocante que sea extendido el plazo de entrega a 60 días.
En Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Plan de Entrega de Bienes. Punto 3, dice:
“Fecha (s) final (es) de entrega de los bienes: 15 días corridos contados a partir de la recepción por parte del proveedor de la orden de Compra emitida por la Unidad de Gestión de Bienes y Servicios, dependiente de la Gerencia Administrativa. “
Considerando la situación mundial en cuanto a la Pandemia del COVID-19 que exige los protocolos sanitarios, esto ha afectado los tiempos de fabricación, entrega y distribución de todos los equipos.
Teniendo en cuenta lo expuesto arriba, solicitamos respetuosamente a la convocante que sea extendido el plazo de entrega a 60 días.
Favor remitirse a lo establecido en la Adenda N° 01/2021.
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Visita al sitio de ejecución del contrato
Donde dice: Fecha: Al día siguiente de la publicación del llamado en el Portal de la DNCP hasta un día hábil antes de la fecha tope de consulta.-
Solicitamos amablemente ampliar el periodo de visita técnica, ya que según el requisito establecido es hasta 1 día hábil antes del tope de consultas (09/07/2021; 09:00hs), siendo el 08/07/2021 el plazo tope para realizar la visita, y teniendo en cuenta también el plazo corto con la publicación del llamado (07/07/2021)
Donde dice: Fecha: Al día siguiente de la publicación del llamado en el Portal de la DNCP hasta un día hábil antes de la fecha tope de consulta.-
Solicitamos amablemente ampliar el periodo de visita técnica, ya que según el requisito establecido es hasta 1 día hábil antes del tope de consultas (09/07/2021; 09:00hs), siendo el 08/07/2021 el plazo tope para realizar la visita, y teniendo en cuenta también el plazo corto con la publicación del llamado (07/07/2021)
La visita al sitio fue considerada de manera a que las consultas sean evacuadas en ese periodo en el tiempo establecido. Favor remitirse a lo establecido en la Carta de Invitación.
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*- DVR
En Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas – CPS. Puntos 1.5 y 1.6 dice:
“1. 5 DVR de 16 canales plástico 1080 TVL, Unidad 6
1. 6 DVR de 08 canales plástico 1080 TVL, Unidad 4. “
Teniendo en cuenta que los fabricantes elaboran carcazas de los DVR tanto en plástico como en metal y que esto no afecta el desempeño técnico del Grabador Digital, Solicitamos a la convocante que sean aceptados DVR de 16 y de 8 canales con carcazas de plástico o metal.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas – CPS. Puntos 1.5 y 1.6 dice:
Teniendo en cuenta que los fabricantes elaboran carcazas de los DVR tanto en plástico como en metal y que esto no afecta el desempeño técnico del Grabador Digital, Solicitamos a la convocante que sean aceptados DVR de 16 y de 8 canales con carcazas de plástico o metal.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Las especififcaiones Técnicas fueron establecidas en base a las necesidades existentes relevados por técnicos informático que se ajustan a lo requerido. Favor remitirse a lo establecido en la Carta de Invitación.
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*- DVR
En Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas – CPS. Puntos 1.5 y 1.6 dice:
“1. 5 DVR de 16 canales plástico 1080 TVL, Unidad 6
1. 6 DVR de 08 canales plástico 1080 TVL, Unidad 4. “
Siendo los DVR grabadores digitales analógicos y que también existen grabadores digitales para red y que éstos realizan las mismas funciones, Solicitamos a la convocante que sean aceptados también NVR de 16 y de 8 canales.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas – CPS. Puntos 1.5 y 1.6 dice:
Siendo los DVR grabadores digitales analógicos y que también existen grabadores digitales para red y que éstos realizan las mismas funciones, Solicitamos a la convocante que sean aceptados también NVR de 16 y de 8 canales.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Las especififcaiones Técnicas fueron establecidas en base a las necesidades existentes relevados por técnicos informático que se ajustan a lo requerido. Favor remitirse a lo establecido en la Carta de Invitación.
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ítem 3 Auriculares
Para el ítem 3 Auriculares, consultamos a la convocante que tipo de conector deberán tener los equipos ofertados (conector 2.5 mm, 3.5 mm, USB, Inalámbrico, etc.)
Para el ítem 3 Auriculares, consultamos a la convocante que tipo de conector deberán tener los equipos ofertados (conector 2.5 mm, 3.5 mm, USB, Inalámbrico, etc.)