El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Ítem |
Descripción |
Especificaciones técnicas |
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Alcohol de quemar |
Alcohol de quemar. Botella de 1 litro. |
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Alcohol (1 litro) |
Alcohol líquido al 70%. Desinfectante, bactericida, antiséptico. Presentación en botellas de 1 litro como mínimo, con rociador. |
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Alcohol (5 litros) |
Alcohol al 70%, alcohol etílico 70°, Neutro. Desinfectante, bactericida, antiséptico. Bidón de 5 litros. |
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Alcohol en gel |
Alcohol en gel al 70%, alcohol etílico 70°, Neutro. Desinfectante, bactericida, antiséptico. Frasco de 250ml |
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Desinfectante |
Desinfectante sanitizante (creolina), frasco de 700 ml mínimo. |
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Dispensador para jabón líquido. |
Dispensador para jabón líquido estructura de plastico. Capacidad de 800ml como mínimo. |
7. |
Jabón líquido |
Jabón líquido de uso general para higiene y cuidado de manos. Presentación en bidones de 5 litros. |
8. |
Jabón de tocador de 40 g |
Especificaciones Técnicas estándar conforme a la plantilla del Sistema de información de Contrataciones Públicas (SICP), en cumplimiento a lo dispuesto en la Res. DNCP Nº 1991/2017. |
9. |
Malla desodorante. |
Filtro para mingitorios, con desodorante que neutraliza el amoniaco. Duración : 30 días. |
10. |
Papelero con tapa y pedal para baño |
Papelero cilíndrico, de acero inoxidable, con tapa y pedal, capacidad 12 litros |
11. |
Aromatizador a toque |
Aromatizador con repuesto, a toque, 12 ml como mínimo. |
12. |
Basurero de plástico |
Basurero de plástico con tapa, capacidad de 60 litros como mínimo |
Fundamentación de Proceso Licitatorio
Que la Ley N° 635/95 Que reglamenta la Justicia Electoral, en su Artículo 2 dispone: La convocatoria, la organización, la dirección, la supervisión, la vigilancia y el juzgamiento de los actos y de las cuestiones derivadas de las elecciones generales, departamentales y municipales, así como de los derechos y de los títulos de quienes resultasen elegidos, corresponden exclusivamente a la Justicia Electoral, en concordancia con la Constitución Nacional en su Artículo 273.
Asimismo, la Ley N° 834/96 Del Código Electoral en su Artículo 191 refiere al personal administrativo afectado a tareas electorales, los apoderados de los partidos, movimientos políticos y alianzas, los integrantes de las mesas receptoras de votos y los veedores; en concordancia con el Artículo 192 que enuncia taxativamente la obligación de proveer alimentos y bebidas sin alcohol al personal afectado a todas las tareas a ser realizadas durante los comicios.
Igualmente, en virtud a la entrada en vigencia de la Ley N° 6318/2019, se estableció que el Tribunal Superior de Justicia Electoral arbitre los medios necesarios para la eficiente implementación del nuevo sistema de votación electrónica; y conforme a dicho mandato legal, esta Institución ha llevado a cabo un procedimiento licitatorio por el cual han sido arrendadas 15.000 (quince mil) máquinas de votación electrónicas a ser distribuidas en todos los departamentos del país para su utilización en los comicios municipales del presente año.
Por lo mencionado, y teniendo en cuenta el rol que desempeña esta dirección en la organización y planificación logística de las Elecciones tanto Internas como Municipales previstas para este año, se solicita la adquisición de elementos de limpieza a fin de cumplir con el protocolo sanitario establecido por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, en dicho contexto la Justicia Electoral tiene la responsabilidad de la elaboración de un plan de seguridad que contempla medidas de higiene y protocolos para prevenir el COVID-19, así como la cobertura de necesidades de índole institucional. Todo esto a fin de prever una óptima realización del acto eleccionario, por lo que resulta necesario contar con dichos insumos.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
Ítems |
Descripción de los bienes |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
Del 1 al 12 |
Adquisición de Elementos de Limpieza |
Dirección de Logística Administrativa de la Justicia Electoral sito en la Sede Central de la Justicia Electoral (Avda. Eusebio Ayala Nº 2759 esq. Sta. Cruz de la Sierra). Las entregas serán realizadas de lunes a viernes de 07:00 a 15:00 hs., en coordinación con la Dirección de Logística Administrativa.
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Una vez firmado el Contrato, se procederá a la emisión de la Orden de Compra, según la necesidad y cantidad requerida por la Convocante, conforme a las especificaciones del Pliego de Bases y Condiciones (PBC). A partir de la fecha de recepción de la Orden de Compra, las empresas adjudicadas tendrán un plazo de 15 (quince) días hábiles para la provisión de los bienes solicitados por la Justicia Electoral. El presente Plan de Entrega es obligatorio para la provisión de los bienes adjudicados, desde el ÍTEM Nº 1 hasta el ÍTEM Nº 12 del presente procedimiento. OBSERVACIÓN: Las empresas adjudicadas deberán entregar a la Convocante los bienes solicitados, mediante Notas de Remisión o Recepción, en cumplimiento del Pliego de Bases y Condiciones (PBC). |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la Contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al Proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el Contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el Contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del Contrato. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del Proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la Contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será: Nota de Remisión o Recepción.
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Orden de Compra |
Nota de Remisión o Recepción |
Mayo 2021 a Octubre 2021 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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