Consultamos si serán realmente utilizadas las opciones de finalizador y solicitamos sea excluido este requisito pues esta alternativa representa un encarecimiento innecesario en los modelos a ser cotizados, limitando la participación en caso de no ser realmente utilizado. Las características son exclusivas de CANON imageCLASS MF 525, convirtiéndose en la UNICA MARCA que pueda cumplir a cabalidad esos requisitos limitantes de forma estándar, por lo que solicitamos sean excluidos del PBC para así ampliar la participación de oferentes en libre competencia.
Consultamos si serán realmente utilizadas las opciones de finalizador y solicitamos sea excluido este requisito pues esta alternativa representa un encarecimiento innecesario en los modelos a ser cotizados, limitando la participación en caso de no ser realmente utilizado. Las características son exclusivas de CANON imageCLASS MF 525, convirtiéndose en la UNICA MARCA que pueda cumplir a cabalidad esos requisitos limitantes de forma estándar, por lo que solicitamos sean excluidos del PBC para así ampliar la participación de oferentes en libre competencia.
Buenos días, respecto a su consulta remitirse al Pliego de Bases y Condiciones. Es necesidad de la institución, que el hardware solicitado cuente con una alta productividad en cuanto a sus insumos, ya que los distintos puestos no
pueden depender de cambios en cortos periodos de tiempo basado en el uso de los mismos
Desde ya muchas gracias
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ITEM 7,
Donde el PBC solicita "Tóner inicial para 20.000 paginas", solicitamos poder cotizar un equipo con tóner inicial de 6.000 páginas + 1 tóner adicional de 20.000 páginas. Esto presentaría varias ventajas a la convocante como evitar el sobredimensionamiento de los equipos de forma innecesaria (debido a la capacidad de tóner inicial en el mercado para marcas que no sean CANON), y así se evitarán particularidades limitantes en el ejercicio de presentación de ofertas en libre competencia, pudiendo obtener mejores precios sin resignar productividad alguna.
Donde el PBC solicita "Tóner inicial para 20.000 paginas", solicitamos poder cotizar un equipo con tóner inicial de 6.000 páginas + 1 tóner adicional de 20.000 páginas. Esto presentaría varias ventajas a la convocante como evitar el sobredimensionamiento de los equipos de forma innecesaria (debido a la capacidad de tóner inicial en el mercado para marcas que no sean CANON), y así se evitarán particularidades limitantes en el ejercicio de presentación de ofertas en libre competencia, pudiendo obtener mejores precios sin resignar productividad alguna.
Buenos días, en cuanto a su consulta El alto rendimiento del tòner es un componente esencial para la operatividad deseada de los equipos, ya que estos formarán parte de la operativa de grupos de usuarios, garantizando alto perfomance y duración, que delimitan equipos de características Institucionales, evitando eventos de sustitución con mayor periodicidad, minimizando además de esta forma la manipulación frecuente, aspecto que podría ocasionar inconvenientes técnicos. En conocimiento que varias marcas/modelos comercializados localmente cumplen a cabalidad con este requisito en las diversas líneas de productos disponibles, no representando ninguna restricción para los potenciales oferentes. Remitirse a lo establecido en las Especificaciones Técnicas del Presente PBC.
Desde ya muchas gracias
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*-ESPECIFICACIONES TECNICAS
En Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Anexos, Servidor, Memoria RAM, se solicita:
“128 GB RAM expandible a 8Tb”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean aceptados a su vez equipos que soporten expansión de memoria RAM de hasta 1TB en total. La mayoría de los fabricantes no disponibilizan esta cantidad de TB para expansión, este requerimiento no afectará las funcionalidades del equipo, se ajustará de manera exacta al uso que se le dará al equipamiento y permitirá un mayor número de oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Anexos, Servidor, Memoria RAM, se solicita:
“128 GB RAM expandible a 8Tb”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean aceptados a su vez equipos que soporten expansión de memoria RAM de hasta 1TB en total. La mayoría de los fabricantes no disponibilizan esta cantidad de TB para expansión, este requerimiento no afectará las funcionalidades del equipo, se ajustará de manera exacta al uso que se le dará al equipamiento y permitirá un mayor número de oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Buenas tardes.
Se aceptarán equipos que cumplan con la memoria ram solicitada y que posean la capacidad de ampliación hasta la solicitado. Teniendo en cuenta que en el futuro se estaría utilizando más de 1tb de memoria ram.
Desde ya muchas gracias
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*-ESPECIFICACIONES TECNICAS
En Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Anexos, Servidor, Procesadores, se solicita:
“2 Procesadores (2.5GHz/32-core/180W).”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean aceptados a su vez equipos que cuenten con 2 (dos) procesadores de al menos 2.2 GHz/32-cores/ 205W. Este requerimiento no afectará las funcionalidades del equipo, se ajustará de manera exacta al uso que se le dará al equipamiento y permitirá un mayor número de oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Anexos, Servidor, Procesadores, se solicita:
“2 Procesadores (2.5GHz/32-core/180W).”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean aceptados a su vez equipos que cuenten con 2 (dos) procesadores de al menos 2.2 GHz/32-cores/ 205W. Este requerimiento no afectará las funcionalidades del equipo, se ajustará de manera exacta al uso que se le dará al equipamiento y permitirá un mayor número de oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Buenas tardes
Se aceptarán equipos que cumplan con la memoria ram solicitada y que posean la capacidad de ampliación hasta la solicitado. Teniendo en cuenta que en el futuro se estaría utilizando más de 1tb de memoria ram.
Desde ya muchas gracias
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*-ESPECIFICACIONES TECNICAS
En Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Anexos, Servidor, Procesadores, se solicita:
“2 Procesadores (2.5GHz/32-core/180W).”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que el requerimiento de “180W” sea opcional. Este requerimiento no afectará las funcionalidades del equipo y permitirá un mayor número de oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Anexos, Servidor, Procesadores, se solicita:
“2 Procesadores (2.5GHz/32-core/180W).”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que el requerimiento de “180W” sea opcional. Este requerimiento no afectará las funcionalidades del equipo y permitirá un mayor número de oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Buenas Tardes, con relación a su consulta se aceptaran los equipos que se describen en las especificaciones técnicas del PBC.
Desde ya muchas gracias
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*-ESPECIFICACIONES TECNICAS
En Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Anexos, Servidor, Puertos de Red (Mínimo), se solicita:
“2 Puertos Ethernet de 10 G”
Al respecto, se solicita a la convocante aclarar dicho punto en el sentido de confirmar si los puertos de 10G solicitados serían del tipo RJ45 BASE-T. Favor aclarar si nuestro entendimiento es el correcto a los efectos de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante.
En Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Anexos, Servidor, Puertos de Red (Mínimo), se solicita:
“2 Puertos Ethernet de 10 G”
Al respecto, se solicita a la convocante aclarar dicho punto en el sentido de confirmar si los puertos de 10G solicitados serían del tipo RJ45 BASE-T. Favor aclarar si nuestro entendimiento es el correcto a los efectos de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante.
Buenas tardes, con relación a su consulta aclaramos que sí son del tipo RJ45 BASE-T.
Desde ya, muchas gracias
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*-ESPECIFICACIONES TECNICAS
En Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Plan de Entrega de los Bienes, ítem 9 SERVIDOR, dice:
“10 días corridos desde la emisiòn del CC
Solicitamos a la convocante que los plazos de entrega sean de 70 (setenta) días hábiles como mínimo ya que las fábricas aun no operan con normalidad por la situación de pandemia que estamos atravesando a nivel mundial y esto dificulta una rápida producción de los equipos solicitados. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
En Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Plan de Entrega de los Bienes, ítem 9 SERVIDOR, dice:
“10 días corridos desde la emisiòn del CC
Solicitamos a la convocante que los plazos de entrega sean de 70 (setenta) días hábiles como mínimo ya que las fábricas aun no operan con normalidad por la situación de pandemia que estamos atravesando a nivel mundial y esto dificulta una rápida producción de los equipos solicitados. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
Buenos Días Entendemos la razón de su solicitud y solicitamos considere que estamos culminando el ejercicio fiscal y el llamado en cuestión no es plurianual, por lo que los plazos se encuentran al tope y nos encontramos imposibilitados de aumentar cualquier plazo. Desde ya muchas gracias
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*-ESPECIFICACIONES TECNICAS
En Pliego de Bases y Condiciones, RESUMEN DEL LLAMADO, Fecha Límite de Consultas, menciona:
“03/11/2021 12:00”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que el periodo de consultas sea extendido a los efectos de realizar un análisis íntegro y pormenorizado de las condiciones del llamado, teniendo en consideración la envergadura del mismo. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En Pliego de Bases y Condiciones, RESUMEN DEL LLAMADO, Fecha Límite de Consultas, menciona:
“03/11/2021 12:00”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que el periodo de consultas sea extendido a los efectos de realizar un análisis íntegro y pormenorizado de las condiciones del llamado, teniendo en consideración la envergadura del mismo. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Buenos días, las fechas de consultas fueron establecido de acuerdo a la ley, de lo contratario la DNCP no permitirá publicar el llamado.
Desde ya muchas gracias
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*-ESPECIFICACIONES TECNICAS
En Pliego de Bases y Condiciones, RESUMEN DEL LLAMADO, Fecha de Entrega de Ofertas, menciona:
“08/11/2021 13:00.”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que la fecha de entrega de ofertas sea extendida a los efectos de realizar un análisis íntegro y pormenorizado de las condiciones del llamado, teniendo en consideración la envergadura del mismo. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En Pliego de Bases y Condiciones, RESUMEN DEL LLAMADO, Fecha de Entrega de Ofertas, menciona:
“08/11/2021 13:00.”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que la fecha de entrega de ofertas sea extendida a los efectos de realizar un análisis íntegro y pormenorizado de las condiciones del llamado, teniendo en consideración la envergadura del mismo. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Buenos Días Entendemos la razón de su solicitud y solicitamos considere que estamos culminando el ejercicio fiscal y el llamado en cuestión no es plurianual, por lo que los plazos se encuentran al tope y nos encontramos imposibilitados de aumentar cualquier plazo. Desde ya muchas gracias