Suministros y Especificaciones técnicas

El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos servicios serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.

Los servicios prestados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Detalles de los servicios con las respectivas especificaciones técnicas

Los servicios de seguridad y vigilancia comprenderán las siguientes tareas y funciones a realizar por los agentes de seguridad, de conformidad a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes:

[De forma descriptiva y referencial se citan los siguientes]:

  1. Control de acceso y registro de funcionarios, clientes externos e internos y vehículos a la institución, verificando las respectivas autorizaciones de acceso.
  2. Control estricto y registro de ingreso y salida de bienes patrimoniales de la contratante, además de bienes de terceros bajo responsabilidad de la contratante con el fin de evitar sustracciones, robos eventuales o sistemáticos y/o retiros no autorizados de acuerdo a las normas establecidas por la Institución.
  3. Tareas de prevención de accidentes, de sabotaje, de terrorismo, de incendios y cualquier otro tipo de siniestro, daño o deterioro que pudiera presentarse en las instalaciones, maquinaria y equipos en custodia y cuya salvaguarda pueda ser prevista y prevenida por el trabajador asignado a las tareas.
  4. Resguardo de la seguridad de los funcionarios y personal en general.
  1. Vigilancia interna y perimetral de la [indicar sede/s] y control de monitores de seguridad, mediante rondas programadas conforme las normas establecidas por la Institución.
  1. Registrar que todo tipo de cajas, embalajes, paquetes o similares que son retirados de la Institución, portados personalmente o en los vehículos cuenten con la documentación que avale su retiro de acuerdo a las normas establecidas por la Institución.
  2. Contar con un libro de registro o similar donde se asentarán los ingresos y salidas de personas, vehículos, bienes, bultos, etc., durante las horas de realización de la vigilancia.
  3. Vigilar y prevenir que en días y horas inhábiles o no laborales ingresen personas a las instalaciones u oficinas de la Institución sin la autorización correspondiente.
  4. Alertar a las autoridades competentes de la presencia de personas extrañas a la institución en el perímetro de seguridad.
  5. Reaccionar ante la flagrancia de hechos ilícitos cometidos por funcionarios o personas extrañas a la institución, realizando el procedimiento de rigor establecido para el efecto e incluso el uso de fuerza suficiente y razonable en caso que sea el único medio necesario para impedir la consecución del hecho a fin de proteger vidas humanas y/o la propiedad institucional, dando aviso inmediato a la autoridad policial.
  6. Colaborar y resguardar el orden en caso de siniestros por incendio o derrumbe.
  7. Acudir en forma inmediata y diligente ante solicitud de auxilio de parte de las personas que requieran del resguardo de su seguridad dentro de la Institución.
  8. Comunicar de inmediato al agente supervisor o al departamento institucional toda situación de irregularidad que detecte en la sede de la convocante, debiendo asentarse dicha situación en el Registro de Novedades.
  9. Conocer la ubicación y operatividad de los sistemas contra incendios, rutas de evacuación, zonas de seguridad y puntos de concentración, así como su uso a fin de orientar al personal del local en caso de presentarse una emergencia.
  10. El personal de seguridad podrá desempeñar servicios de guardaespaldas, debidamente entrenado y acreditado para el efecto, ante el órgano de aplicación.      

La empresa prestadora de servicio mínimamente deberá:

  1. Ejercer la vigilancia y protección de bienes, muebles e inmuebles. Lo mismo que la protección de las personas que se halle bajo su custodia.
  2. Evitar la comisión de hecho punible o infracción en relación con el objeto de su protección.
  3. Comunicar y poner de inmediato a disposición de la Policía Nacional a los sospechosos aprehendidos en el interior del local asignado a su protección, como también las evidencias, efectos y pruebas del hecho punible que hayan sido decomisados durante la captura si fuere el caso.
  4. Ejercer la custodia y protección de los valores en tránsito y atesorados en bóvedas.
  1. Realizar la instalación, controlar el funcionamiento y efectuar la respuesta inmediata de sistemas de seguridad electrónica e informática.

Condiciones de prestación del servicio

Las condiciones de los servicios a ser prestados serán:

  1. La prestación del Servicio de Seguridad y Vigilancia que el proveedor deberá realizar consiste en la cobertura con personales adiestrados para prestar el servicio mencionado, en la Sede Central de la Facultad de Ciencias Sociales UNA, de 2 (dos) Guardias durante 12 horas, de 06:00 hs. a 18:00 hs. y 8 (ocho) Guardias de 18:00 hasta las 06:00 horas del día siguiente, de lunes a domingos inclusive los días feriados.

Se solicita para el efecto en total dos (02) guardias de seguridad en los horarios mencionados en el Punto 1, debiendo el proveedor prever los relevos para cubrir los días de descanso de los Guardias, conforme a las disposiciones legales vigentes.

Firmado el Contrato y antes del inicio de la prestación del servicio, la empresa adjudicada deberá presentar una nómina compuesta por 02 guardias (2 guardias para los relevos correspondientes) con todas las documentaciones requeridas en las condiciones de la licitación. La nómina de los 02 (dos) guardias, indefectiblemente deberán registrarse en la base de datos de los relojes marcadores de la institución, a los efectos de registrar su asistencia para cuando les corresponda asistir al servicio de guardia.

A los efectos del registro en la base de datos de los relojes marcadores, la empresa de seguridad deberá asegurarse de que la totalidad de los guardias que conforman la nómina se hayan registrado en la base datos de la Talento Humano de la Facultad de Ciencias Sociales UNA.

  1. El proveedor deberá presentar y describir una metodología de trabajo a ser implementado, que contemple la formulación, coordinación, ejecución y supervisión de procedimientos operativos de seguridad y vigilancia para resguardar la integridad de las autoridades, funcionarios y todo el patrimonio de la Institución. El proveedor deberá contar con vehículos de apoyo para los servicios de seguridad y vigilancia a la FACSO.
  2. El proveedor se obliga a mantener al frente de cada turno un Supervisor y Personal Adiestrado para la prestación de los SERVICIOS que se le encomiendan, conforme al número de guardias asignados en cada puesto, y a la cantidad estipulada.
  3. El Supervisor de turno del proveedor, será responsable de fiscalizar el buen cumplimiento de los SERVICIOS asignados al personal a su cargo, y así controlar el cumplimiento efectivo de las referidas guardias. Asimismo, será el enlace con la Policía Nacional y Cuerpo de Bomberos, cuando la necesidad lo requiera.
  4. El personal desempeñará tareas de Control específicamente en los límites perimetrales de la Institución con recorridos continuos por las instalaciones y/o en lugares indicados por los representantes de la CONTRATANTE, las que deberán ser registradas cada 1 (una) hora mediante un sistema electrónico de control de cumplimiento de las rondas vigilantes (bastones). Este Sistema electrónico deberá entrar en funcionamiento en un plazo no mayor a 5 días corridos después de haber iniciado el servicio. La empresa de seguridad contratada deberá prever una cantidad mínima máxima de sistemas electrónicos a efectos de demostrar el cumplimiento de las rondas de control. La convocante podrá solicitar de forma aleatoria los reportes emitidos por este sistema.
  5. Una vez adjudicado, el proveedor deberá presentar por escrito un Sistema de Seguridad a implementar que comprenda la formulación, coordinación, ejecución y supervisión de procedimientos operativos de Seguridad y Vigilancia para resguardar la integridad de las Autoridades, Empleados y todo el Patrimonio de la Institución.
  6. El proveedor deberá cumplir todas las leyes, convenios y disposiciones que regulen las relaciones obrero - patronal, eximiendo a la CONTRATANTE de toda responsabilidad extrajudicial y/o judicial en la jurisdicción del trabajo.
  7. El proveedor podrá sugerir a la CONTRATANTE todo tipo de acciones y/o programas conducentes al mejoramiento del Servicio de Seguridad, del mismo modo la CONTRATANTE podrá sugerir acciones al proveedor, dentro del marco del Contrato, sin costos adicionales para la CONTRATANTE.
  8. El proveedor deberá elevar, un informe semanal en forma escrita; en día a combinar entre las partes, a la Dirección Administrativa, en el cual constarán las novedades acontecidas durante dicho lapso, junto con el listado del personal interviniente, y deberá contar con firma y aclaración del responsable.
  9. Los Representantes del proveedor y de la CONTRATANTE se reunirán una vez al mes, para evaluar la ejecución de los servicios prestados de acuerdo a las Especificaciones Técnicas.
  10. El proveedor a través de su propia estructura, deberá ejercer el apoyo y supervisión de los procedimientos de Seguridad y Vigilancia, como responsables directos, informando cualquier situación no prevista a la Dirección Administrativa, dependiente de la Dirección General de Administración y Finanzas.
  11. El proveedor deberá evitar en forma absoluta el ingreso de personas en estado de ebriedad y desalojar a los mismos de constatarse su presencia dentro de la Institución.
  12. El proveedor tendrá facultades para interrogar y detener en su caso a toda persona sospechosa o que se encuentre en el interior de la Institución en horarios no establecidos por las autoridades, debiendo comunicar estos actos inmediatamente a la oficina de guardia de la Policía Nacional más cercana, y a la oficina encargada indicada conforme a Procedimientos a ser establecidos entre las partes.
  13. El proveedor deberá realizar recorridas periódicas y acudir las veces que sean necesarios ante los requerimientos de las diversas dependencias o autoridades de la Institución, a cumplir algún trabajo referido al servicio prestado.
  14. El proveedor será única, exclusiva y totalmente responsable de cualquier accidente que puedan sufrir sus empleados y de los daños y perjuicios a terceros que puedan ocasionar en el ejercicio de sus funciones, eximiendo a la CONTRATANTE de toda la responsabilidad de los daños y perjuicios que ocasionare a terceros en virtud de lo expresado precedentemente.
  15. El proveedor deberá incluir casos de sustitución del personal, procedimientos, plazos y cláusulas que indiquen que, en caso de sustitución no solicitada por la CONTRATANTE, el proveedor deberá comunicar con un mínimo de 48 horas en tiempo y forma los cambios y solicitar la aprobación del representante de la CONTRATANTE, caso contrario no se le permitirá el ingreso en la institución. En casos debidamente justificados las comunicaciones podrán ser realizadas con 24 horas de anticipación.

Para los casos de sustitución mencionado en el párrafo precedente, cada uno de los guardias deberá cumplir con todos los requisitos indicados en el numeral III Requisitos del Personal de Seguridad Privada

  1. El plazo de prestación del Servicio es de 17 (Diecisiete) meses.
  2.  El proveedor no podrá abandonar el lugar de trabajo en ningún caso sin que previamente se haya realizado el relevo físico de turno. Este relevo debe realizarse al menos con quince minutos de anticipación.
  3. El proveedor deberá contar con un supervisor que será responsable de los enlaces con la Policía Nacional, Cuerpo de Bomberos y Policías de Tránsito cuando la necesidad lo requiera.
  4. A solicitud de la Contratante, el Proveedor deberá proceder al remplazo o cambio de puesto del o los agentes designados. En caso de sustitución no solicitada por la Contratante, el Proveedor deberá comunicar los cambios y solicitar la aprobación de la institución y deberá demostrar que el cambio se realiza por situación que configure caso fortuito, enfermedad, renuncia o separación del servicio por causas justificadas. El o los agentes que sean puestos en sustitución deberán reunir iguales o mejores características que el remplazado. Los Agentes separados de las funciones por ineficiencia o indisciplina no podrán ejercer sus servicios dentro de las instalaciones de la Institución.
  5. Expresarse en términos claros y prudentes toda vez que se dirija al funcionariado en general, como a personas externas a la institución.
  6. Se exige que los Agentes eviten el exceso de confianza en el trato con los funcionarios y público en general, de forma a evitar la familiaridad de trato y desprolijidades en sus funciones de control y vigilancia

 

Requisitos del Personal de Seguridad Privada.

Los guardias de seguridad deberán registrar asistencia diaria (entrada-salida) en los relojes biométricos habilitados por la Convocante, a los efectos de realizar un control de cumplimiento de los mismos.

El personal del contratista afectado al servicio, debe reunir los siguientes requisitos:

  • Haber adquirido la mayoría de edad y hasta 50 años.
  • Haber concluido el ciclo de enseñanza secundaria como mínimo.
  • Contar con Certificado de Antecedente policial y penal actualizado. (Documento requerido para la firma del contrato)
  • Presentar constancia actualizada de haber aprobado el examen físico, mental y psicotécnico y de tiro, expedido por la Comandancia de la Policía Nacional, o de un Instituto de Formación de Guardia o Seguridad Privada, legalmente habilitado.
  • Haber egresado de un curso dictado por la Policía Nacional o por un instituto de Formación de Guardias Privado, legalmente habilitado, acreditado mediante la fotocopia autenticada de la Constancia o Certificado correspondiente.
  • Certificado Médico de no sufrir enfermedades infecto-contagiosas o mentales, correspondiente a los 18 guardias nominados (Documento requerido para la firma del contrato).

Requisitos del personal de seguridad privada

Las funciones de guardia de seguridad sólo podrán ser desempeñadas por las personas físicas empleadas por las empresas de seguridad debidamente autorizadas y habilitadas al efecto por la autoridad competente.

Los guardias de seguridad, deben contar con el carné vigente expedido por la División de Fiscalización de Empresas de Seguridad Privada y Afines, y estar registrados en la nómina del personal remitido a la División a nombre de la empresa adjudicada.

Uniforme y equipamiento

Los requerimientos en cuanto a implementos de seguridad serán los siguientes:

1.

  1. Carné Identificatorio:

El personal asignado para la prestación del servicio deberá portar, en todo momento, el Carné Identificatorio otorgado por la empresa, el cual es de portación obligatoria.

  1. Uniforme: Se exige que los agentes presten los servicios en condiciones óptimas de presencia, vestir el uniforme, y distintivos declarados ante el órgano de Aplicación y Fiscalización de Empresas Privadas y Afines de la Policía Nacional.
  2. La empresa prestadora deberá proveer a cada guardia al menos dos conjuntos completos del uniforme adecuado, incluyendo el calzado, sin costo alguno para el mismo, así como la credencial vigente expedida por la empresa de seguridad a la que pertenece, éste costo debe ser absorbido por la empresa.
  3. Las empresas transportadoras de valores dotarán al personal operativo además del uniforme, chalecos antibalas, cuyo uso será obligatorio en el desempeño de sus funciones 
  4. Sistemas de comunicación

La empresa prestadora deberá reemplazar inmediatamente los que dejen de funcionar al momento de prestar el servicio.

5. Accesorios:

Ejemplos:

  • tonfa (cachiporra),
  • picanas,
  • gas pimienta,
  • silbatos,
  • linternas de mano, (de luz blanca, con tecnología alógenas o led),
  • instalación de detectores de metales,
  • espejos para inspección inferior de vehículos, etc.
  •  Los útiles de escritorio, tales como cuadernos, lapiceros, tablillas, marcadores, libros de apuntes y otros necesarios para el servicio, deberán ser proporcionados por el proveedor, sin costo alguno para los agentes de seguridad.

El proveedor deberá PROVEER INDEFECTIBLEMENTE A LA CONTRATANTE DE UN SERVICIO DE CONTROL DE RONDAS (BASTONES DE CONTROL) PARA LOS GUARDIAS DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA.

Plan de prestación del servicio - horarios y lugar

El plan de la prestación de los servicios se realizará de acuerdo a lo indicado en el presente apartado:

 

Tiempo

Cantidad de personal

Función a desempeñar

Días

Horario

Lugar

Arma

Radio

Desde

Hasta

12 horas

01

Vigilante

Lunes a Domingos, incluyendo feriados

06hs

18hs

Facultad de Ciencias Sociales UNA

Cenl. Cazal c/ 6 de enero. San Lorenzo

NO

SI

12 horas

01

Vigilante

Lunes a Domingos, incluyendo feriados

18 hs

06 hs

Facultad de Ciencias Sociales UNA

Cenl. Cazal c/ 6 de enero. San Lorenzo

NO

SI

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Se solicita para el efecto en total dos (02) guardias de seguridad (titulares) en los horarios mencionados en el cuadro, debiendo el proveedor prever relevos (suplentes) para cubrir los días de descanso y/o ausencias de los Guardias, conforme a las disposiciones legales vigentes o casos fortuitos

1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.

2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales. 

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

  • Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada.

La necesidad de la FACSO surge para  salvaguardar los bienes patrimoniales y la seguridad de las instalaciones, lugares que cuentan con una serie de bienes muebles que forman parte de la infraestructura, como así también la seguridad de los funcionarios y la de los ciudadanos que ingresan dentro de la institución.

  • Justificar la planificación. (si se trata de un llamado periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal)

De acuerdo a necesidad

  • Justificar las especificaciones técnicas establecidas.

Cabe señalar, que las especificaciones Técnicas fueron elaboradas de acuerdo a las necesidades requeridas por la Institución.

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

No aplica

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

Planificación de indicadores de cumplimiento:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC)

Informe 1

Informe

Enero/2022

Informe 2

Informe

Marzo/2022

Informe 3

Informe

Mayo/2022

Informe 4

Informe

Julio/2022

Informe 5

Informe

Setiembre/2022

Informe 6

Informe

Noviembre/2022 

Informe 7

Informe

Enero/2023

Criterios de Adjudicación

La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:

1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.

2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

 

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.

La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.

Documentación requerida para la firma del contrato

Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.

 

  1. Personas Físicas / Jurídicas
  • Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social.
  • Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo; siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS.
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.
  • Certificado de cumplimiento tributario vigente a la firma del contrato.

       2. Documentos. Consorcios

  • Cada integrante del Consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en el apartado precedente.
  • Original o fotocopia del consorcio constituido.
  • Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio.
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.