En el Pliego de Bases y Condiciones, Muestras dice:
SI, del ítem Nº 1
Solicitamos a la convocante que al momento de la presentación de las muestras solo este pre instalado la licencia Office y no así la activación ya que esto ocasionaría que los oferentes ya debamos de comprar dicha licencia perpetua y el mismo no puede ser utilizado más para otro equipo. De manera a que no incurramos en gastos innecesario para la evaluación.
En el Pliego de Bases y Condiciones, Muestras dice:
SI, del ítem Nº 1
Solicitamos a la convocante que al momento de la presentación de las muestras solo este pre instalado la licencia Office y no así la activación ya que esto ocasionaría que los oferentes ya debamos de comprar dicha licencia perpetua y el mismo no puede ser utilizado más para otro equipo. De manera a que no incurramos en gastos innecesario para la evaluación.
En los equipos de muestra, El OFFICE STANDARD OLP Gobierno no necesita estar instalado, debido a que solo se realizara un analisis del Hardware y sistema operativo de la muestra.
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EXPERIENCIA
Solicitamos a la convocante incluir mediante adenda que los equipos a ser ofertados deban ser de última generación y/o una generación anterior disponible en la web del fabricante, teniendo en cuenta que al incluir este requisito se tendría el beneficio de contar con equipos reciente, y una disponibilidad de repuesto por mas de 5 años en el mercado.
Solicitamos a la convocante incluir mediante adenda que los equipos a ser ofertados deban ser de última generación y/o una generación anterior disponible en la web del fabricante, teniendo en cuenta que al incluir este requisito se tendría el beneficio de contar con equipos reciente, y una disponibilidad de repuesto por mas de 5 años en el mercado.
En primer lugar, vale la pena aclarar que EPEAT es una etiqueta ecológica (ecolabel, en inglés) y no un estándar y la etiqueta EPEAT es únicamente válida en el país en el cual se registra el producto.
La etiqueta EPEAT funciona garantizando que los productos y sus fabricantes cumplan con estándares internacionales, como ser la ISO 9001 de Gestión de la Calidad, ISO 14001 de Gestión Medio Ambiental, Energy Star y RoHS. El estándar internacional ISO 9001 es el que avala la calidad de los procesos, el estándar internacional ISO 14001 es el que avala que se siguen procesos relacionados a la protección del medio ambiente. Similarmente, la norma Rohs es la que avala que los equipos informáticos no contienen metales pesados como cadmio, plomo, mercurio y otros fuera del límite establecido y la norma Energy Star es la que garantiza que los productos son de bajo consumo energético. Conviene mencionar que, si el fabricante no cuenta con ISO 9001 o ISO 14001 vigente o si el equipo no cumple con el actual programa Energy Star (el que se encuentra en vigencia), automáticamente su etiqueta EPEAT deja de tener vigencia ya que deja de cumplir con los requisitos.
Los productos pueden ser registrados únicamente en los países en los cuales los fabricantes cumplen con todos los requisitos del EPEAT. Esto es sumamente importante, ya que los impactos ambientales relacionados a los equipos informáticos están asociados a los residuos de éstos. Entonces, para reducir los impactos al ambiente, EPEAT cuenta con varios criterios relacionados a la gestión correcta de los residuos, los cuales son aplicables al país en los que se registran los productos. Por ejemplo, el criterio 4.6.1.1 establece que se debe garantizar la provisión del servicio de retirada del producto (ofrecer retirar el producto para reciclarlo y/o disponerlo adecuadamente) en el país en donde se registra el producto. Por ejemplo, si se vende un producto en Paraguay, este sistema de recolección y disposición correcta debe existir en Paraguay y debe ser ofrecido por el fabricante en Paraguay. Entonces, si un producto tiene EPEAT registrado en Estados Unidos, indica que este servicio de retirada y gestión correcta de los residuos existe únicamente en Estados Unidos, entonces no se reducen los impactos ambientales en Paraguay, ya que los productos son utilizados y desechados en Paraguay. De manera similar, el criterio 4.6.2.1 exige la provisión de un servicio de retirada de baterías recargables y removibles (para el caso de venta de notebooks, las cuales tienen baterías recargables). Entonces, para realmente velar por la reducción de los impactos ambientales en Paraguay, el equipo debe tener la etiqueta de EPEAT registrada en Paraguay. De nada sirve tener la etiqueta registrada en otro país, ya que no se reducirán los impactos ambientales al no cumplir con estos requisitos a nivel local.
La etiqueta ecológica EPEAT puede llegar a ser útil a nivel nacional, siempre y cuando los productos cuenten con esta etiqueta registrada en PARAGUAY. Si la idea de solicitar etiquetas/certificaciones es la de proteger y preservar el medio ambiente, deberían entonces exigir a las empresas nacionales que cuenten como mínimo con la certificación ISO 14001 de Gestión Medio Ambiental y dar prioridad a las empresas que ya cuentan con dicha certificación.
En este contexto, solicitamos que los equipos cuenten con registro EPEAT BRONCE como mínimo en Paraguay (verificable desde la página web oficial de EPEAT: https://www.epeat.net/search-computers-and-displays), y el certificado ISO 14001 de Gestión Medio Ambiental de la empresa local.
En primer lugar, vale la pena aclarar que EPEAT es una etiqueta ecológica (ecolabel, en inglés) y no un estándar y la etiqueta EPEAT es únicamente válida en el país en el cual se registra el producto.
La etiqueta EPEAT funciona garantizando que los productos y sus fabricantes cumplan con estándares internacionales, como ser la ISO 9001 de Gestión de la Calidad, ISO 14001 de Gestión Medio Ambiental, Energy Star y RoHS. El estándar internacional ISO 9001 es el que avala la calidad de los procesos, el estándar internacional ISO 14001 es el que avala que se siguen procesos relacionados a la protección del medio ambiente. Similarmente, la norma Rohs es la que avala que los equipos informáticos no contienen metales pesados como cadmio, plomo, mercurio y otros fuera del límite establecido y la norma Energy Star es la que garantiza que los productos son de bajo consumo energético. Conviene mencionar que, si el fabricante no cuenta con ISO 9001 o ISO 14001 vigente o si el equipo no cumple con el actual programa Energy Star (el que se encuentra en vigencia), automáticamente su etiqueta EPEAT deja de tener vigencia ya que deja de cumplir con los requisitos.
Los productos pueden ser registrados únicamente en los países en los cuales los fabricantes cumplen con todos los requisitos del EPEAT. Esto es sumamente importante, ya que los impactos ambientales relacionados a los equipos informáticos están asociados a los residuos de éstos. Entonces, para reducir los impactos al ambiente, EPEAT cuenta con varios criterios relacionados a la gestión correcta de los residuos, los cuales son aplicables al país en los que se registran los productos. Por ejemplo, el criterio 4.6.1.1 establece que se debe garantizar la provisión del servicio de retirada del producto (ofrecer retirar el producto para reciclarlo y/o disponerlo adecuadamente) en el país en donde se registra el producto. Por ejemplo, si se vende un producto en Paraguay, este sistema de recolección y disposición correcta debe existir en Paraguay y debe ser ofrecido por el fabricante en Paraguay. Entonces, si un producto tiene EPEAT registrado en Estados Unidos, indica que este servicio de retirada y gestión correcta de los residuos existe únicamente en Estados Unidos, entonces no se reducen los impactos ambientales en Paraguay, ya que los productos son utilizados y desechados en Paraguay. De manera similar, el criterio 4.6.2.1 exige la provisión de un servicio de retirada de baterías recargables y removibles (para el caso de venta de notebooks, las cuales tienen baterías recargables). Entonces, para realmente velar por la reducción de los impactos ambientales en Paraguay, el equipo debe tener la etiqueta de EPEAT registrada en Paraguay. De nada sirve tener la etiqueta registrada en otro país, ya que no se reducirán los impactos ambientales al no cumplir con estos requisitos a nivel local.
La etiqueta ecológica EPEAT puede llegar a ser útil a nivel nacional, siempre y cuando los productos cuenten con esta etiqueta registrada en PARAGUAY. Si la idea de solicitar etiquetas/certificaciones es la de proteger y preservar el medio ambiente, deberían entonces exigir a las empresas nacionales que cuenten como mínimo con la certificación ISO 14001 de Gestión Medio Ambiental y dar prioridad a las empresas que ya cuentan con dicha certificación.
En este contexto, solicitamos que los equipos cuenten con registro EPEAT BRONCE como mínimo en Paraguay (verificable desde la página web oficial de EPEAT: https://www.epeat.net/search-computers-and-displays), y el certificado ISO 14001 de Gestión Medio Ambiental de la empresa local.
Se mantiene lo establecido en el PBC, conforme a lo aprobado en el Dictamen MITIC N° 32546.
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*-Ampliación Plazo de presentación de oferta.
Referente a la Sección de Etapas y Plazos del presente llamado, solicitamos a la Convocante, para la etapa presentación de ofertas, una prórroga de al menos 8 (ocho) días calendarios de la fecha límite de propuesta, considerando que las especificaciones técnicas fueron modificadas por ADENDA 02 de fecha 11-10-2021, de forma a disponer del tiempo necesario para preparar una oferta técnica/económica competitiva acorde a los requerimientos de la convocante y disponer del equipo que formara parte de la muestra. Dicha extensión indefectiblemente no solo redundara en beneficio de los potenciales oferentes otorgándoles un plazo mayor sino también para la misma convocante, quien con dicha extensión aumentara las posibilidades de recibir un mayor número de ofertas que de mantenerlo en los plazos actuales.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir la actividad licitatoria del Estado, consagrado en el inciso b del artículo 4° de la Ley 2051/2003 De Contrataciones Públicas.
Referente a la Sección de Etapas y Plazos del presente llamado, solicitamos a la Convocante, para la etapa presentación de ofertas, una prórroga de al menos 8 (ocho) días calendarios de la fecha límite de propuesta, considerando que las especificaciones técnicas fueron modificadas por ADENDA 02 de fecha 11-10-2021, de forma a disponer del tiempo necesario para preparar una oferta técnica/económica competitiva acorde a los requerimientos de la convocante y disponer del equipo que formara parte de la muestra. Dicha extensión indefectiblemente no solo redundara en beneficio de los potenciales oferentes otorgándoles un plazo mayor sino también para la misma convocante, quien con dicha extensión aumentara las posibilidades de recibir un mayor número de ofertas que de mantenerlo en los plazos actuales.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir la actividad licitatoria del Estado, consagrado en el inciso b del artículo 4° de la Ley 2051/2003 De Contrataciones Públicas.
En el PBC. DATOS DE LA LICITACIÓN. Muestras, Se solicita:
SI, del item Nº 1. La muestra deberá ser presentada en el día de la presentación física de ofertas o hasta 24 horas posteriores a la misma, luego ya no serán aceptadas e invalidara la oferta. Dicha muestra deberá ser presentada en la Unidad Operativa de Contrataciones ubicado en el 1° Piso del Palacio de Justicia de San Lorenzo, sito en la Avda. Vittorio Curiel y Dr. Oscar Paciello. La muestra debe estar rotulada indicando el nombre de la empresa para su correcta individualización y evaluación. El Comité de Evaluación efectuara el análisis de la muestra presentada, el cual consistirá en la verificación para comprobar si los equipos cuentan con los componentes y características mínimas exigidas en las especificaciones técnicas, los criterios de evaluación de la muestra será aplicando el sistema de CUMPLE o NO CUMPLE. Se verificará que los equipos presentados estén libres de defectos detectables a simple vista, y que presenten todas sus partes, piezas y accesorios.
Considerando la modificación de la especificaciones técnicas conforme a la ADENDA 02 de fecha 11-10-2021, solicitamos a la convocante que la presentación de muestras sea OPCIONAL y que la valoración de que los equipos ofertados cumplan o no con lo requerido se realice a través de los catálogos de los equipos ofertados, en lo que la Convocante podrá apreciar que el equipo cuenta con los componentes y características mínimas exigidas.
Con lo solicitado se estaría permitiendo una mayor participación de potenciales oferentes capaces de cumplir con las necesidades de la Convocante. Lo solicitado encuentra sustento legal en el Principio de Igualdad y Libre Competencia establecido en el inciso b del Artículo 4º.- de la Ley Nº 2051/2003 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.
En el PBC. DATOS DE LA LICITACIÓN. Muestras, Se solicita:
SI, del item Nº 1. La muestra deberá ser presentada en el día de la presentación física de ofertas o hasta 24 horas posteriores a la misma, luego ya no serán aceptadas e invalidara la oferta. Dicha muestra deberá ser presentada en la Unidad Operativa de Contrataciones ubicado en el 1° Piso del Palacio de Justicia de San Lorenzo, sito en la Avda. Vittorio Curiel y Dr. Oscar Paciello. La muestra debe estar rotulada indicando el nombre de la empresa para su correcta individualización y evaluación. El Comité de Evaluación efectuara el análisis de la muestra presentada, el cual consistirá en la verificación para comprobar si los equipos cuentan con los componentes y características mínimas exigidas en las especificaciones técnicas, los criterios de evaluación de la muestra será aplicando el sistema de CUMPLE o NO CUMPLE. Se verificará que los equipos presentados estén libres de defectos detectables a simple vista, y que presenten todas sus partes, piezas y accesorios.
Considerando la modificación de la especificaciones técnicas conforme a la ADENDA 02 de fecha 11-10-2021, solicitamos a la convocante que la presentación de muestras sea OPCIONAL y que la valoración de que los equipos ofertados cumplan o no con lo requerido se realice a través de los catálogos de los equipos ofertados, en lo que la Convocante podrá apreciar que el equipo cuenta con los componentes y características mínimas exigidas.
Con lo solicitado se estaría permitiendo una mayor participación de potenciales oferentes capaces de cumplir con las necesidades de la Convocante. Lo solicitado encuentra sustento legal en el Principio de Igualdad y Libre Competencia establecido en el inciso b del Artículo 4º.- de la Ley Nº 2051/2003 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.
En el PBC. DATOS DE LA LICITACIÓN.
Muestras, Se solicita: SI, del item Nº 1.
La muestra deberá ser presentada en el día de la presentación física de ofertas o hasta 24 horas posteriores a la misma, luego ya no serán aceptadas e invalidara la oferta. Dicha muestra deberá ser presentada en la Unidad Operativa de Contrataciones ubicado en el 1° Piso del Palacio de Justicia de San Lorenzo, sito en la Avda. Vittorio Curiel y Dr. Oscar Paciello. La muestra debe estar rotulada indicando el nombre de la empresa para su correcta individualización y evaluación. El Comité de Evaluación efectuara el análisis de la muestra presentada, el cual consistirá en la verificación para comprobar si los equipos cuentan con los componentes y características mínimas exigidas en las especificaciones técnicas, los criterios de evaluación de la muestra será aplicando el sistema de CUMPLE o NO CUMPLE.
Se verificará que los equipos presentados estén libres de defectos detectables a simple vista, y que presenten todas sus partes, piezas y accesorios.
Considerando la modificación de la especificaciones técnicas conforme a la ADENDA 02 de fecha 11-10-2021, solicitamos a la convocante que la presentación de muestras sea EXCLUIDA y que la evaluacion de que los equipos ofertados cumplan o no con lo requerido se realice a través de los catálogos de los equipos ofertados, en lo que la Convocante podrá apreciar que el equipo cuenta con los componentes y características mínimas exigidas. Con lo solicitado se estaría permitiendo una mayor participación de potenciales oferentes capaces de cumplir con las necesidades de la Convocante. Lo solicitado encuentra sustento legal en el Principio de Igualdad y Libre Competencia establecido en el inciso b del Artículo 4º.- de la Ley Nº 2051/2003 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.
En el PBC. DATOS DE LA LICITACIÓN.
Muestras, Se solicita: SI, del item Nº 1.
La muestra deberá ser presentada en el día de la presentación física de ofertas o hasta 24 horas posteriores a la misma, luego ya no serán aceptadas e invalidara la oferta. Dicha muestra deberá ser presentada en la Unidad Operativa de Contrataciones ubicado en el 1° Piso del Palacio de Justicia de San Lorenzo, sito en la Avda. Vittorio Curiel y Dr. Oscar Paciello. La muestra debe estar rotulada indicando el nombre de la empresa para su correcta individualización y evaluación. El Comité de Evaluación efectuara el análisis de la muestra presentada, el cual consistirá en la verificación para comprobar si los equipos cuentan con los componentes y características mínimas exigidas en las especificaciones técnicas, los criterios de evaluación de la muestra será aplicando el sistema de CUMPLE o NO CUMPLE.
Se verificará que los equipos presentados estén libres de defectos detectables a simple vista, y que presenten todas sus partes, piezas y accesorios.
Considerando la modificación de la especificaciones técnicas conforme a la ADENDA 02 de fecha 11-10-2021, solicitamos a la convocante que la presentación de muestras sea EXCLUIDA y que la evaluacion de que los equipos ofertados cumplan o no con lo requerido se realice a través de los catálogos de los equipos ofertados, en lo que la Convocante podrá apreciar que el equipo cuenta con los componentes y características mínimas exigidas. Con lo solicitado se estaría permitiendo una mayor participación de potenciales oferentes capaces de cumplir con las necesidades de la Convocante. Lo solicitado encuentra sustento legal en el Principio de Igualdad y Libre Competencia establecido en el inciso b del Artículo 4º.- de la Ley Nº 2051/2003 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.