Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
81 *-Plazo de Entrega. En el PBC, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Item 3. UPS de 60KVA/60KW, apartado Plazo de Entrega, se solicita: 60 (sesenta) días hábiles posteriores a la recepción de la orden de compra. Al respecto solicitamos a la Convocante que sea extendido el plazo de entrega en al menos 110 (ciento diez) días hábiles, posteriores a la recepción de la orden de compra, considerando los prolongados períodos de tiempo que actualmente son necesarios para la fabricación e importación de estos equipos de energía UPS, y atendiendo además a que continua vigente la situación de estado de emergencia ante la pandemia declarada por la organización mundial de la salud a causa del Covid – 19, lo que como consecuencia, ocasiona sensibles retrasos en la disponibilidad de componentes en el mercado mundial, y que los períodos de tiempo necesarios normalmente para las importaciones y despachos aduaneros se hayan visto significativamente afectados hasta el día de hoy, por las dificultades en fábrica, transporte, disponibilidad de vuelos, etc., de lo cual la prensa internacional viene desde hace semanas e incluso meses haciéndose eco. De esta manera, se permitirá además, la participación de un mayor número de fabricantes y oferentes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley. 18-10-2021 26-10-2021
82 *-Sistema de Adjudicación. En la parte anexa al llamado publicado, Datos de la Convocatoria en el SICP, sección Sistema de Adjudicación, se indica: Por el total. Al respecto solicitamos a la Convocante que el sistema de adjudicación sea establecido por Item, considerando que los equipos UPS de los ítems son de distintas potencias, sin dependencia entre ellos, y deberán ser instalados en diferentes sitios, y de manera a permitir la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Lo solicitado se cursa a los efectos de presentar una oferta que se ajusta a las necesidades de la Convocante. 18-10-2021 26-10-2021
83 CAPACIDAD TECNICA En el PBC en el ítem de CAPACIDAD TECNICAS se solicita lo siguente: • El oferente deberá contar en su staff permanente con al menos 2 tecnicos certificados por el fabricante del equipo, con al menos tres (3) años de antigüedad. (presentar contratos del personal que demuestren lo solicitado.) • El oferente deberá contar en su staff permanente con al menos 2 (dos) técnicos certificados por el fabricante para instalaciones y start ups de UPSs, con al menos 3 (tres) años de antigüedad. (Presentar contratos del personal con la empresa que demuestren lo solicitado) • El oferente deberá contar en su staff permanente con al menos 2 (dos) técnicos certificados por el fabricante del producto ofertado, con al menos 3 (tres) años de antigüedad. (Presentar contratos del personal con la empresa que demuestren lo solicitado) Consulta: Al respecto solicitamos a la Convocante que el requisito El oferente deberá contar en su staff permanente con al menos 2 (dos) técnicos certificados por el fabricante del producto ofertado, con al menos 3 (tres) años de antigüedad. (Presentar contratos del personal con la empresa que demuestren lo solicitado) sea eliminado o en su defecto sea indicado como opcional, teniendo en cuenta que cada fabricante cuenta con variedad de productos y cualquier certificación que es realizado por los fabricante son sobre una gama amplia que tienen las mismas funcionalidades; de forma a permitir la participación de un mayor número de empresas del sector de sistemas de energía eléctrica que cuentan con una mayor trayectoria en el rubro y que cuentan con la capacidad y experiencia idóneas para la provisión de los suministros y ejecución de los servicios requeridos. Esta petición se formula considerando que es para favorecer a un canal especifico y restringiendo con ello la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 19-10-2021 26-10-2021
84 *-Capacidad Técnica. En la Consulta 6 del Portal de la DNCP, referente a la sección Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación, apartado Capacidad Técnica, donde se solicita: Se deberá presentar una nota del fabricante donde se indique existencia de un CAS autorizado en el país y la existencia de partes y repuestos para una inmediata atención. El oferente deberá presentar una carta del fabricante que le autorice comercializar e instalar los equipamientos solicitados, así mismo, deberá confirmar a través de la misma nota, que el mismo cuenta efectivamente con los técnicos certificados, de manera a confirmar que el oferente cuente con los conocimientos necesarios para la instalación de las UPSs. Se pidió a la Convocante que sea eliminado el requisito de la carta del fabricante que le autorice a instalar los equipamientos solicitados, considerando que el CAS (Centro Autorizado de Servicios), también exigido en esta parte del Pliego, es el encargado obligatorio de la instalación y puesta en servicio de los equipos UPS de la marca respectiva, de acuerdo a las políticas de comercialización de los fabricantes que tienen CAS. La Convocante respondió de manera apresurada y sin analizar bien la consulta: Con relación a esta consulta, remítase a lo establecido en el PBC. El objetivo de solicitar carta del fabricante que avale que el oferente tenga técnicos certificados, es tener la certeza de que el oferente contará con técnicos de su staff para la instalación y soporte en tiempo y forma. Como se explica en la consulta, el CAS es el encargado de modo mandatorio de la instalación y puesta en servicio de los equipos UPS de la marca respectiva, de acuerdo a las políticas de comercialización de los fabricantes que tienen CAS. En la consulta no se pide que sea eliminada la exigencia de que el oferente cuente con técnicos certificados, se pide eliminar el requisito de la mención de autorización de instalación por parte del fabricante, en la Carta de autorización correspondiente. Esta petición se formula teniendo también en cuenta que la especificación, en los términos actuales, está orientada a la marca Schneider-APC, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes que son CAS de la marca, limitando con ello la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 27-10-2021 16-11-2021
85 *-Item 1. UPS de 5KVA En la Adenda 1, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Item 1. UPS de 5KVA, apartado Entrada, se solicita: Protección y Filtro contra Picos de Voltaje: mínimamente con 300 Julios. Al respecto solicitamos a la Convocante que este requisito sea indicado como opcional, teniendo en cuenta que normalmente no es un parámetro publicado por los fabricantes en su documentación técnica, y además dicha especificación técnica se encuentra publicada generalmente en la documentación del fabricante Schneider-APC, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 27-10-2021 16-11-2021
86 *-Item 1. UPS de 5KVA En la Adenda 1, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Item 1. UPS de 5KVA, apartado Salida, se solicita: Distorsión de tensión de salida: 2% @ 00% plena carga lineal; 3% @100% Plena carga no lineal. Al respecto solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptada la distorsión de tensión de salida ≤ 3% @ 100% plena carga lineal; ≤ 5% @ 100% Plena carga no lineal, considerando que son los valores distintivos y estandarizados de equipos UPS de este tipo y capacidad, y de forma a no restringir la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 27-10-2021 16-11-2021
87 *-Item 1. UPS de 5KVA En la Adenda 1, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Item 1. UPS de 5KVA, apartado Certificaciones, se solicita: Seguridad: IEC 62040-1-1 o equivalente. Emisión: IEC/EN 62040-2, IEC/EN 62040-2 o equivalente. Ambientales: RoHS. Al respecto solicitamos a la Convocante que estos requisitos sean indicados como opcionales, de forma a permitir la participación de un mayor número de oferentes, y además dicha especificación técnica requerida en los términos actuales del PBC se encuentra orientada al modelo SRT5KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT5KXLI/apc-smart-ups-srt-5000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 27-10-2021 16-11-2021
88 *-Item 1. UPS de 5KVA En la Adenda 1, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Item 1. UPS de 5KVA, apartado Instalación, se solicita: 40 (cuarenta) días corridos posteriores a la recepción de la orden de compra. Al respecto solicitamos a la Convocante que sea extendido el plazo de entrega en al menos 150 (ciento cincuenta) días corridos, posteriores a la recepción de la orden de compra, considerando los prolongados períodos de tiempo que actualmente son necesarios para la fabricación e importación de estos equipos de energía UPS, y atendiendo además a que continua vigente la situación de estado de emergencia ante la pandemia declarada por la organización mundial de la salud a causa del Covid – 19, lo que como consecuencia, ocasiona sensibles retrasos en la disponibilidad de componentes en el mercado mundial, y que los períodos de tiempo necesarios normalmente para las importaciones y despachos aduaneros se hayan visto significativamente afectados hasta el día de hoy, por las dificultades en fábrica, transporte, disponibilidad de vuelos, etc., de lo cual la prensa internacional viene desde hace semanas e incluso meses haciéndose eco. De esta manera, se permitirá además, la participación de un mayor número de fabricantes y oferentes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley. 27-10-2021 16-11-2021
89 *-Item 2. UPS de 10KVA/10KW En la Adenda 1, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Item 2. UPS de 10KVA/10KW, apartado Entrada, se solicita: Protección y Filtro contra Picos de Voltaje: mínimamente con 300 Julios. Al respecto solicitamos a la Convocante que este requisito sea indicado como opcional, teniendo en cuenta que normalmente no es un parámetro publicado por los fabricantes en su documentación técnica, y además dicha especificación técnica se encuentra usualmente solo en la documentación de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ar/es/product/SRT10KXLI/unidad-smart-ups-srt-de-apc%2C-10.000-va-y-230-v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 27-10-2021 16-11-2021
90 *-Item 2. UPS de 10KVA/10KW En la Adenda 1, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Item 1. UPS de 10KVA/10KW, apartado Salida, se solicita: Distorsión de tensión de salida: <2% @ 100% plena carga lineal; <5% @ 100% Plena carga no lineal. Al respecto solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptada la distorsión de tensión de salida &#8804; 3% @ 100% plena carga lineal y &#8804; 5% @ 100% Plena carga no lineal, considerando que son los valores distintivos y estandarizados de equipos UPS de este tipo y capacidad, y además dicha especificación técnica se encuentra orientada al modelo SRT10KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT10KXLI/apc-smart-ups-srt-10000va-230v/ , favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 27-10-2021 16-11-2021
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