En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección “Condiciones Contractuales”,Porcentaje de Multa, se establece que: “El valor del porcentaje de multas que será aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes será de: El valor de las multas será: 2 % por cada día de atraso en la entrega de los bienes.“ Al respecto, y considerando el porcentaje establecido como interés moratorio 0,01 % (cero coma cero un por ciento) por cada día de atraso en el pago por parte de la Contratante, solicitamos a la convocante la reducción del porcentaje de multa a ser aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes; estableciendo un porcentaje no superior al 0.5%, de manera a establecer y mantener en los términos y ejecución del correspondiente contrato el principio de reciprocidad entre las partes.
En forma complementaria, es importante considerar que por la situación de la pandemia COVID-19, desde el mes de marzo del 2020, en nuestro país, nos encontramos ante la presencia de situaciones imprevistas que afectan todos los procesos de fabricación de equipos por parte de los fabricantes (situaciones excepcionales a nivel internacional), y en consecuencia conllevan a una extensión de los tiempos ordinarios de fabricación y/o plazos de envío a nuestro país (proceso de importación) o al retraso en las entregas de los bienes por parte del proveedor o contratista. Lo solicitado se cursa a los efectos de velar por la amplitud para la participación a oferentes consagrado en el artículo 20° de la Ley 2051/2003, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…”
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección “Condiciones Contractuales”,Porcentaje de Multa, se establece que: “El valor del porcentaje de multas que será aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes será de: El valor de las multas será: 2 % por cada día de atraso en la entrega de los bienes.“ Al respecto, y considerando el porcentaje establecido como interés moratorio 0,01 % (cero coma cero un por ciento) por cada día de atraso en el pago por parte de la Contratante, solicitamos a la convocante la reducción del porcentaje de multa a ser aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes; estableciendo un porcentaje no superior al 0.5%, de manera a establecer y mantener en los términos y ejecución del correspondiente contrato el principio de reciprocidad entre las partes.
En forma complementaria, es importante considerar que por la situación de la pandemia COVID-19, desde el mes de marzo del 2020, en nuestro país, nos encontramos ante la presencia de situaciones imprevistas que afectan todos los procesos de fabricación de equipos por parte de los fabricantes (situaciones excepcionales a nivel internacional), y en consecuencia conllevan a una extensión de los tiempos ordinarios de fabricación y/o plazos de envío a nuestro país (proceso de importación) o al retraso en las entregas de los bienes por parte del proveedor o contratista. Lo solicitado se cursa a los efectos de velar por la amplitud para la participación a oferentes consagrado en el artículo 20° de la Ley 2051/2003, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…”
Es necesario tener presente que la Convocante tiene la obligación de garantizar al Estado las mejores condiciones de contratación, no solo en obtener el PRECIO MAS BAJO, sino también la MEJOR CALIDAD y OPORTUNIDAD (Art. 4°, inciso "a", de la Ley 2051/03). La elaboración del PBC, así como la forma de determinar dicho cumplimiento, constituye también una atribución discrecional de la Convocante, que no le permite aceptar imposiciones de criterios y requisitos que se encuadren a favorecer a empresas en beneficio propio.
Por todo lo expuesto precedentemente solicitamos a los potenciales oferentes a remitirse al Pliego de Bases y Condiciones publicado.
2
En el PBC Capacidad Técnica
En el PBC Capacidad Técnica
Para el ítem 2 : El oferente deberá contar con la certificación de al menos 3 (tres) técnicos de nivel medio y 1 (uno)
técnicos de nivel superior según la jerarquía de certificaciones de la marca ofertada. Estos técnicos deberán contar
con antigüedad de al menos un año con la empresa oferente.
¿Como se comprueba la antigüedad de los técnicos?
En el PBC Capacidad Técnica
Para el ítem 2 : El oferente deberá contar con la certificación de al menos 3 (tres) técnicos de nivel medio y 1 (uno)
técnicos de nivel superior según la jerarquía de certificaciones de la marca ofertada. Estos técnicos deberán contar
con antigüedad de al menos un año con la empresa oferente.
¿Como se comprueba la antigüedad de los técnicos?
Remitirse al aparatado del Pliego e Bases y Condiciones Publicado en el Portal de la DNCP en Requisitos de calificación y criterio de evaluación - Requisito Documental para evaluar la capacidad técnica punto 1 y 2 resepctivamente.
3
Certificado de Calidad
Debido a la envergadura del proyecto, ¿El oferente debe tener Certificados de Calidad?
La Convocante realizará conforme lo establecido por la Dirección General de Tecnologias de la Información y Comunicación una Adenda donde se solcite certificados de calidad.
4
Item 3 Licencias de Antivirus
Item 3. La solución ofertada deberá estar ubicada en el cuadrante Gartner del 2021 como Líder?