El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
CONTRATACION DE SEGURO MÉDICO INTEGRAL
1. OBJETO.
CONTRATACION DE SERVICIO DE SEGURO MÉDICO INTEGRAL PARA FUNCIONARIOS PERMANENTES, COMISIONADOS Y PERSONAL CONTRATADO DE LA UNIVERSIDAD POLITECNICA TAIWAN PARAGUAY.
A) PRECIO UNITARIO Y EL IMPORTE TOTAL A PAGAR POR LOS BIENES y/o SERVICIOS.
El importe unitario por mes (por titular) no podrá ser superior a Gs. 1.000.000 (un millón de guaraníes), conforme lo establecido en el Art. 222 de la Ley 6672 Que aprueba el Presupuesto General de la Nación del Ejercicio Fiscal 2021. La oferta superior al monto establecido será descalificada.
El contrato será abierto por un monto mínimo de Gs. 480.000.000 y un monto máximo de Gs. 720.000.000. Mensualmente se descontará de dicho valor el monto de las facturas conforme a los beneficiarios titulares adheridos.
La cantidad estimada mínima de titulares es de 20 y la cantidad estimada máxima es de 30 titulares, con sus respectivos grupos familiares. No obstante, esta cantidad es referencial y estará sujeta a modificaciones, en la medida que la Universidad Politécnica Taiwán Paraguay así lo requiera.
Especificaciones Técnicas
B) BENEFICIARIOS:
Titular: Funcionario de la Universidad Politécnica Taiwán-Paraguay.
Además, incluye su grupo familiar conforme al siguiente detalle:
Cónyuge: Matrimonio formal o Unión de hecho (debidamente justificado).
Hijos: Solteros, hasta el día en que cumplan 25 años de edad.
Hijas: Solteras, hasta el día en que cumplan 25 años de edad. (sin maternidad)
Hijos con discapacidad: sin límite de edad.
Todos los beneficiarios, cónyuges, hijos u otras personas dependientes tendrán los mismos derechos de coberturas que figuran en el Contrato. La cobertura de maternidad para adherentes se regirá exclusivamente a lo dispuesto en las Especificaciones Técnicas. Se podrán incluir adherentes durante los primeros 60 días a partir de la firma del contrato, y no podrán ser excluidos durante la vigencia del contrato, salvo condiciones naturales (fallecimiento), y las leyes, decretos, normativas vigentes que rigen a la función pública (baja de Funcionarios permanentes, cese de comisionamientos, rescisión de contratos).
Adherentes: Estos Adherentes son de carácter opcional para el Beneficiario Titular.
Los montos de las cuotas mensuales se presentarán aparte de la carta oferta una vez adjudicada la licitación, y serán abonados o aplicados por cada adherente pago según el estatus y los rangos de edad establecidos para los mismos, que se detallan a continuación:
b.1.Los hijos/as del Titular, solteros/as, a partir de 25 años a 40 años de edad podrán contratar los servicios y LA EMPRESA PRESTADORA deberá establecer el precio o la suma mensual que abonaran por el citado servicio.
b.2 Los hijos/as del Titular, solteros/as, a partir de 41 años a 59 años de edad podrán contratar los servicios y LA EMPRESA PRESTADORA deberá establecer el precio o la suma mensual que abonaran por el citado servicio.
b.3 Las hijas solteras con beneficio de la maternidad y demás beneficios podrán contratar los servicios al inicio de la gestación y LA EMPRESA PRESTADORA deberá establecer el precio del citado servicio.
b.4 Hermanos/as del titular, de 0 a 15 años de edad podrán contratar los servicios y LA EMPRESA PRESTADORA deberá establecer el precio o la suma mensual que abonaran por el citado servicio (sin beneficio de maternidad).
b.5. Hermanos/as del titular, de 16 a 59 años de edad podrán contratar los servicios y LA EMPRESA PRESTADORA deberá establecer el precio o la suma mensual que abonaran por el citado servicio (sin beneficio de maternidad).
b.6 Nietos/as del Titular, solteros/as de 0 a 15 años de edad podrán contratar los servicios y LA EMPRESA PRESTADORA deberá establecer el precio o la suma mensual que abonaran por el citado servicio (sin beneficio de maternidad).
b.7 Nietos/as del Titular, solteros/as de 16 a 24 años de edad podrán contratar los servicios y LA EMPRESA PRESTADORA deberá establecer el precio o la suma mensual que abonaran por el citado servicio (sin beneficio de maternidad).
b.8 Padre y/o madre, y/ los suegros del Beneficiario Funcionario Titular de 40 a 50 años de edad podrán contratar los servicios y LA EMPRESA PRESTADORA deberá establecer el precio o la suma mensual que abonaran por el citado servicio.
b.9 Padre y/o madre, y/ los suegros del Beneficiario Funcionario Titular de 51 a 59 años de edad podrán contratar los servicios y LA EMPRESA PRESTADORA deberá establecer el precio o la suma mensual que abonaran por el citado servicio.
b.10 Padre y/o madre, y/ los suegros del Beneficiario Funcionario Titular de 60 a 70 años de edad podrán contratar los servicios y LA EMPRESA PRESTADORA deberá establecer el precio o la suma mensual que abonaran por el citado servicio.
b.11 Padre y/o madre, y/ los suegros del Beneficiario Funcionario Titular de 71 de edad en adelante podrán contratar los servicios y LA EMPRESA PRESTADORA deberá establecer el precio o la suma mensual que abonaran por el citado servicio.
El periodo máximo de adición de adherentes indirectos será de 60 días a partir de la fecha del inicio de cobertura de la póliza, y no podrán ser excluidos durante la vigencia del contrato, salvo causas naturales (fallecimiento), y las leyes, decretos, normativas vigentes que rigen a la función pública (baja de Funcionarios permanentes, cese de comisionamientos, rescisión de contratos).
El costo de los demás adherentes será abonado por cada funcionario en forma independiente.
El costo que la prestadora fije para los adherentes no tendrá incidencia en la cotización de la licitación.
LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA TAIWÁN-PARAGUAY NO TENDRA RESPONSABILIDAD ALGUNA POR EL PAGO MENCIONADO EN EL PARRAFO ANTERIOR.
En caso de que la cuota del adherente no esté al día, la cual es responsabilidad del TITULAR, los servicios no podrán ser brindados.
La empresa adjudicada deberá dotar a los asegurados titulares, adherentes (pagos) un carnet de identificación sin costo alguno, el cual podrá ser reimprimido hasta dos veces durante la vigencia del contrato. Para ello, la contratante remitirá el listado respectivo; ínterin se cuenten con los carnets del servicio médico, será suficiente la presentación de la Cédula de Identidad. Las tarjetas de identificación deberán entregarse en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles desde el pedido, pudiendo el beneficiario consultar con su cédula mientras no posea la tarjeta de identificación.
Se concede la VIGENCIA INMEDIATA, en todos los servicios, a partir de la firma del contrato. Entiéndase por VIGENCIA INMEDIATA, que no se solicitará a los asegurados antigüedad alguna para las coberturas requeridas en la presente Licitación.
Se entenderá por cobertura total (100%), la inclusión de los honorarios profesionales, paramédicos, ambulancias y traslados.
Además, se incluirá la libre elección de profesionales del listado, centros de diagnósticos y servicios sanatoriales para capital e interior (urgencias, emergencias, internaciones), según cobertura.
Debe entenderse que la cobertura de medicamentos y descartables se aplica o se computa desde cero, por cada vez que el paciente se interne sin importar que se trate o surja como consecuencia de una misma enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones o una nueva enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones, independientemente del diagnóstico que las origina, según cobertura estipulada.
En cumplimiento de la Ley Nº 836/80 "Código sanitario" específicamente lo previsto en el TITULO II DE LOS RECURSOS FÍSICOS Y TERAPÉUTICOS, CAPÍTULO I DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD Artículo 239 y 245, los oferentes que prestan servicios de salud mediante el sistema de atención médica prepaga y los establecimientos de salud deben estar habilitados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
Para la prestación del servicio de estudios laboratoriales en general (bacteriológicos, micológicos, virológicos y citoquimicos), diagnósticos por imágenes, fisioterapia, rehabilitación, estudios especializados y otros, la contratista deberá habilitar empresas o servicios tercerizados con las coberturas respectivas, además de ofrecer los de la empresa.
Antes de proceder a la adjudicación la convocante podrá realizar una visita a los sanatorios y centros habilitados a fin de verificar que los mismos cuenten con la infraestructura solicitada en los términos de referencia.
a) BENEFICIARIOS ADHERENTES DIRECTOS DE FUNCIONARIOS DE LA UNIVERSIDAD
Cónyuge o pareja en unión de hecho.
Hijos/as solteros/as, menores hasta cumplir 25 años de edad, hijos discapacitados mentales y/o físicos de incapacidad manifiesta demostrable, sin límites de edad.
b) ADHERENTES INDIRECTOS (con cuotas adicionales)
b.1.Los hijos/as del Titular, solteros/as, a partir de 25 años a 40 años de edad abonaran la suma mensual establecida por LA EMPRESA PRESTADORA.
b.2 Los hijos/as del Titular, solteros/as, a partir de 41 años a 59 años de edad abonaran la suma mensual establecida por LA EMPRESA PRESTADORA.
b.3 Las hijas solteras con beneficio de la maternidad y demás beneficios podrán contratar los servicios al inicio de la gestación y LA EMPRESA PRESTADORA deberá establecer el precio del citado servicio.
b.4 Hermanos/as del titular, de 0 a 15 años de edad abonaran la suma mensual establecida por LA EMPRESA PRESTADORA (sin beneficio de maternidad).
b.5. Hermanos/as del titular, de 16 a 59 años de edad abonaran la suma mensual establecida por LA EMPRESA PRESTADORA (sin beneficio de maternidad).
b.6 Nietos/as del Titular, solteros/as de 0 a 15 años de edad abonaran la suma mensual establecida por LA EMPRESA PRESTADORA (sin beneficio de maternidad).
b.7 Nietos/as del Titular, solteros/as de 16 a 24 años de edad abonaran la suma mensual establecida por LA EMPRESA PRESTADORA (sin beneficio de maternidad).
b.8 Padre y/o madre, y/ los suegros del Beneficiario Funcionario Titular de 40 a 50 años de edad abonaran cada uno la suma mensual establecida por LA EMPRESA PRESTADORA.
b.9 Padre y/o madre, y/ los suegros del Beneficiario Funcionario Titular de 51 a 59 años de edad abonaran cada uno la suma mensual establecida por LA EMPRESA PRESTADORA.
b.10 Padre y/o madre, y/ los suegros del Beneficiario Funcionario Titular de 60 a 70 años de edad abonaran cada uno la suma mensual establecida por LA EMPRESA PRESTADORA.
b.11 Padre y/o madre, y/ los suegros del Beneficiario Funcionario Titular de 71 de edad en adelante abonaran cada uno la suma mensual establecida por LA EMPRESA PRESTADORA.
El periodo máximo de adición de adherentes indirectos será de 60 días a partir de la fecha del inicio de cobertura de la póliza, y no podrán ser excluidos durante la vigencia del contrato, salvo causas naturales (fallecimiento), y las leyes, decretos, normativas vigentes que rigen a la función pública (baja de Funcionarios permanentes, cese de comisionamientos, rescisión de contratos).
Para ingresar a nómina de LA EMPRESA, el titular deberá llenar una solicitud cuya exactitud y veracidad son condiciones de su aceptación y permanencia en calidad de beneficiario. La misma deberá ir acompañada de la documentación solicitada.
Los beneficiarios que ingresen a la nómina de LA EMPRESA cuentan con cobertura inmediata en consultas, sin límites por beneficiario y por mes (clínico y especialidades juntas).
Para los servicios ambulatorios coberturas inmediatas (urgencias sin internación, estudios de laboratorio, radiografías simples e internaciones agudas)
Para los estudios de laboratorio y radiografías especializados e internaciones programadas coberturas inmediatas.
Para gozar de éste y todos los otros beneficios, todo beneficiario deberá estar al día en el pago de sus cuotas. En caso de comprobarse mora, LA EMPRESA podrá suspender temporal o definitivamente los servicios al Asegurado.
LA EMPRESA proveedor u oferente: presentará el listado de profesionales médicos con las especialidades solicitadas por el PBC. En caso de que los servicios y los profesionales médicos estuvieran impedidos a prestar sus servicios, por haber sido denunciados por servicios irregulares o no satisfechos por la parte contratante, la convocante solicitará la modificación del plantel médico y de servicios del mismo nivel requerido en el PBC.
· El plantel médico ofrecido estará a disposición de los Grupos Beneficiarios en forma permanente, así como los servicios de las prestadoras adheridas (sanatorios, laboratorios, institutos de imágenes), sin que puedan alegarse razones reglamentarias de ordenamiento interno, (Turnos, Guardias, Médicos de Semanas y Otros), y en ningún caso se alegarán razones de orden financiero (atrasos en los pagos a los profesionales médicos del listado y a Prestadores adheridos a la Empresa adjudicada) que impidan la atención por parte de cualquiera de los profesionales y servicios médicos ofrecidos, salvo causas de indisponibilidad fundadas en las Leyes Laborales de la República.
· La Administración del Contratista, contará con un personal permanente con el suficiente poder de decisión para la atención de los beneficiarios, durante y fuera de los horarios administrativos en días inhábiles inclusive.
· El Contratista deberá gestionar la contratación de los profesionales solicitados por la Universidad Politécnica Taiwán-Paraguay., a satisfacción de los funcionarios.
· El Contratista deberá proveer mensualmente con carácter obligatorio, datos estadísticos respecto a: Excedentes en las internaciones, consultas, intervenciones, análisis clínicos, internaciones, imágenes, utilización de servicios urgencias, emergencias, odontología y otros ítems que sean necesarios. Diariamente, a la mañana, al inicio de jornada, deberá proveer el listado de funcionarios y familiares de la Universidad Politécnica Taiwán-Paraguay internados en la Prestadora y Sanatorios adheridos, de manera a facilitar las auditorias de los servicios respectivos.
· Las Empresas sub-contratadas por el Contratista, brindarán los servicios bajo las mismas condiciones requeridas en el Contrato. La elección será de libre decisión del beneficiario titular, sin que sea requisito previo recurrir al Contratista, excepto para las visaciones.
· El Contratista proporcionará a todos los grupos beneficiarios los carnets identificatorios, copia del Contrato suscrito, además del listado del Plantel de Médicos y otros profesionales a su servicio, con indicación de especialidades, consultorios y teléfonos actualizados, dentro del plazo de 30 (treinta) días de la firma del Contrato. Dicho carnet identificatorio, será válido para su utilización en todos los Sanatorios habilitados en el territorio nacional, sin la necesidad de presentar ninguna otra documentación respaldatoria.
· El Contratista se compromete a aceptar la nominación o el listado de beneficiario(s) que proveerá la Contratante, tanto de titulares, cuadro familiar y adherentes que ya se han incorporado al momento de la adjudicación respectiva, las incorporaciones de nuevo adherentes se regirán por lo estipulado en la cláusula de beneficiarios de este contrato, y las incorporaciones y las exclusiones cuando correspondan.
· El Contratista se compromete a proporcionar a los Auditores Médicos, Administrativos y Jurídicos designados por la Universidad Politécnica Taiwán-Paraguay, todas las informaciones y documentaciones que soliciten para el normal desempeño de sus funciones. Los Auditores designados acompañarán los eventos en forma permanente.
· El Contratista podrá modificar el listado de sanatorios y profesionales médicos aprobados, previa autorización de la Contratante.
· Cualquiera sea la causa de recisión, imputable al proveedor, el proveedor, seguirá ofreciendo el servicio médico, objeto de este Contrato, a los beneficiarios por un plazo de 1 (un) mes calendario, a partir de la fecha de comunicación. Estos servicios serán abonados por la Contratante en las mismas condiciones de los precios establecidos en este Contrato, independientemente de cualquier reclamo de indemnización.
· Otras obligaciones establecidas en las Especificaciones Técnicas.
LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE TAIWÁN SERA RESPONSABLE POR:
La Contratante tendrá a su cargo el seguimiento, la asistencia a los beneficiarios en sus relaciones con el adjudicatario, comunicación de altas y bajas, reclamos por la vía administrativa y verificación e informe de las liquidaciones y facturas que éstas remitan en los periodos pactados. Además, deberá realizar lo siguiente:
· Solicitar la sustitución de facultativos, cuyos servicios no resulten satisfactorios.
· A solicitud del asegurado beneficiario, gestionará la inclusión de profesionales de la salud al listado de médicos del adjudicatario, durante los 90 días contados a partir de la fecha de la firma del contrato.
· Mantener reuniones con el adjudicatario, las veces que resulten necesarios, con el fin de asegurar el correcto cumplimiento del presente Contrato.
· Designar al (los) profesional (es) que desempeñará (n) las funciones de MEDICO AUDITOR Y AUDITOR ADMINISTRATIVO.
· Proporcionará la identificación del beneficiario, en el que constarán, nombres y apellidos, grado de parentesco con el Titular, fecha de nacimiento, número de cédula de identidad.
· Comunicará al Contratista, las incorporaciones y/o exclusiones dentro de los 10 (diez) primeros días hábiles de cada mes, los posteriores avisos serán tenidos en cuenta a partir del mes siguiente.
· Autorizar los cambios de sanatorios y profesionales médicos del Contratista.
El pago de los servicios será efectuado en formar mensual, previa presentación de la correspondiente factura por parte de la Empresa, dentro de los primeros 10 días del mes siguiente al vencimiento.
En el caso de registrarse incumplimientos contractuales de la empresa oferente a la convocante, ésta aplicará las multas y otras penalidades que rigen en el presente contrato conforme con las Condiciones Especiales y Generales del Contrato. Llegado al monto equivalente a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la Contratante podrá aplicar el procedimiento de rescisión de contratos de conformidad al Artículo 59 inc. c) de la Ley N° 2.051/03 De Contrataciones Públicas, caso contrario deberá seguir aplicando el monto de las multas que correspondan.
Las denuncias de incumplimientos serán elaboradas por la Unidad Técnica de control del Seguro Médico de la Convocante, para luego ser elevados a la instancia correspondiente.
La rescisión del contrato o la aplicación de multas por encima del porcentaje de la Garantía de Cumplimiento del Contrato deberá comunicarse a la DNCP a los fines previstos en el artículo 72 de la Ley N° 2051/03 De Contrataciones Públicas.
La prestadora deberá contar con infraestructura propia o de terceros para la prestación de los servicios solicitados en las Especificaciones Técnicas (EE.TT), con salas de internación, quirófanos, U.C.I. para niños y adultos, consultorios.
Para Asunción, 1 (un) centro de Alta Complejidad Nivel III, según certificación de categorización de la Superintendencia de Salud (Vigente), que cuenten con Centro de Diagnóstico interno, con atención las 24 horas que incluyan servicios de rayos, ecografías, tomografías, servicio de Hemodinamia con certificación de equipos en funcionamiento y debe contar con el servicio de resonancia magnética las 24 horas, con certificación de equipo en funcionamiento.
En Asunción y/o Gran Asunción, Garantizará la prestadora durante la vigencia del contrato como mínimo 1 (un) centro convencional de categorización Nivel II.
Servicio de URGENCIAS y de EMERGENCIAS, las 24 horas.
Unidades de estudios de diagnóstico laboratorial y de imágenes (radiográfico, ecográfico), propios y/o tercerizados.
Unidades de fisioterapia y kinesioterapia (propios y/o tercerizados).
El Centro de Alta Complejidad (categorización de Nivel III), deberá reunir los siguientes requisitos mínimos:
Certificación de la Superintendencia de Salud como Centro de Internación de Servicios Médicos convencionales y de alta complejidad incluidos.
2. ESPECIFICACIONES TECNICAS DE PRESTACION DE SERVICIOS MEDICOS CLINICOS PEDIATRICOS - QUIRURGICOS, LABORATORIALES, DE IMÁGENES, DE ESPECIALIDADES Y DE ALTA COMPLEJIDAD PARA LOS FUNCIONARIOS DE LA UNIVERSIDAD POLITECNICA TAIWAN PARAGUAY.
La cobertura requerida será la siguiente:
A) Honorarios profesionales en: Consultas médicas, Clínicas, Pediátricas, procedimientos, control y estudios propios de todas las especialidades, tendrán 100% de cobertura sin límite por beneficiario y por mes, conforme a las siguientes condiciones:
- Anestesiología, para todos los eventos quirúrgicos, (Gral., Regional y locales) con gases o endovenosas, incluye Analgesia en partos, de acuerdo a la cobertura estipulada.
- Anatomía patológica, Estudios de materiales pequeños, medianos y grandes; incluye Biopsia extemporánea. Estudios Histoquímicas y marcadores tumorales (80%).
- Alergología (incluye test alérgico, testificaciones, pruebas alérgicas comunes y pruebas alérgicas a medicamentos). No incluye vacunas.
- Cardiología Clínica: Incluye asistencia operatoria a solicitud del cirujano.
- Cardiología Pediátrica.
- Clínica médica.
- Cirugía general sean estas: mayor, mediana, menor, microcirugías.
- Cirugía Cardiaca.
- Cirugía de Cabeza y Cuello.
- Cirugía Oncológica.
- Cirugía Pediátrica.
- Cirugía Plástica Reparadora.
- Cirugía Toráxica.
- Cirugía Videolaparoscópica.
- Cirugías convencionales y no convencionales.
- Coloproctología.
-Dermatología, incluye consultas. Procedimientos dermatológicos solo tendrán cobertura cuando la Compañía reciba el análisis de patología e historial médico que compruebe ser una necesidad médica y no para fines estéticos o cosméticos.
-Dermatología Pediátrica, incluye consultas. Procedimientos dermatológicos solo tendrán cobertura cuando la Compañía reciba el análisis de patología e historial médico que compruebe ser una necesidad médica y no para fines estéticos o cosméticos.
-Ejercicios Ortópticos, hasta 10 sesiones (adultos y pediátricos).
- Endocrinología y Diabetología (incluye plan nutricional y tratamiento de la obesidad en tanto sea considerada una enfermedad) (Cirugía Bariatrica con Arancel Preferencial) y se definirá en base:
Para adultos de 18 años o más, presencia de obesidad severa persistente, documentada en registros clínicos contemporáneos, definida como cualquiera de los siguientes:
a. Índice de masa corporal (IMC) superior a 40; o
b. si IMC mayor de 35 junto con cualquiera de las siguientes comorbilidades graves:
- Endocrinología Pediátrica (incluye plan nutricional y tratamiento de la obesidad en tanto sea considerada una enfermedad) y se definirá en base a: presencia de obesidad severa persistente, documentada en registros clínicos contemporáneos, con recibimiento de informe de curva de crecimiento pediátrico, peso y altura actual, e indicación de tratamiento.
- Endoscopias.
- Fonoaudiología, 100% de cobertura hasta 5 consultas por año, por beneficiario.
- Foniatría, 100% de cobertura hasta 5 consultas por año, por beneficiario.
- Fisioterapia y Kinesioterapia ambulatoria no traumática/traumática, hasta 45 sesiones. Incluye RPG 1 por grupo familiar/año/contrato.
- Fisioterapia y Kinesioterapia en pacientes internados en Sanatorios con una cobertura de hasta 20 (veinte) sesiones por internación.
- Hidroterapia hasta 10 (diez) sesiones al año, por beneficiario.
- Flebología, incluye estudios, tratamientos ambulatorios y procedimientos quirúrgicos, a partir del grado III.
- Gastroenterología.
- Hepatología.
- Geriatría.
- Ginecología y obstetricia.
- Hematología y hemoterapia (Los materiales utilizados forman parte de la cobertura de materiales y descartables), incluyen los estudios serológicos que corresponde al ítem de Estudios Laboratoriales. Los glóbulos rojos, plasma, plaquetas etc. tendrán cobertura total hasta 5 transfusiones.
- Mastología.
- Infectología.
- Nefrología (adulto y pediátrico).
- Neurología (adulto y pediátrico).
- Neurocirugía.
- Neumología (adulto y pediátrico).
- Nutricionista: Honorarios por preparados de nutrición Enteral y Parenteral, en internaciones (Cubierto 50%) Consultas en consultorio (cubierto en 100%).
- Oftalmología: Consultas, estudios, procedimientos quirúrgicos, tratamientos, incluye uso de equipos, facoemulsificación, incluyendo cataratas Intra ó extracapsular, Capsulotomía. Láser terapia en ambos ojos, intervenciones sobre la retina y en las refractivas, 1 ((un) Asegurado por año, por grupo familiar, arriba de 5 dioptrías. No incluye LIO.
- Oncología: serán cubiertas hasta dos cirugías en lo que refiere a Honorarios médicos, pensión sanatorial hasta 5 días y medicamentos y materiales según contrato.
- Quimioterapia Curativa: cobertura del 100% de los honorarios profesionales. Drogas oncológicas, medicamentos y descartables de uso habitual hasta G. 3.000.000.-
Quimioterapia Paliativa: hasta 10 sesiones el 100% para 1 beneficiario año/contrato
- Otorrinolaringología, cubre estudios y cirugías.
- Pediatría y Neonatología: incluye aplicación de vacunas sin cargo para el beneficiario con profesionales en Centros habilitados y autorizados por la Prestadora. -Test de APGAR. Las vacunas, incluyen las obligatorias por el Ministerio de Salud Pública a saber: BCG, SABIN, ANTITETÁNICA, ANTISARAMPIONOSA, TRIPLE, DPT, PENTAVALENTE (Difteria, tos ferina, tétanos, Haemophilus influenza tipo b y Virus de la Hepatitis B), Hepatitis A, Varicela y HPV (virus del papiloma humano) y las que solicite el Profesional Pediatra con carácter obligatorio por indicación del Ministerio de Salud Pública. En caso que el titular optare por vacunar a su hijo en consultorio no habilitado por la Prestadora, la misma será con cargo al beneficiario.
- Psicología clínica y laboral: 15 consultas al año y tratamientos 60%.
- Reumatología Clínica, incluida en las fisioterapias.
- Radioterapia Radioterapia curativa 100% el primer tratamiento para 1 beneficiario año/contrato
- Radioterapia paliativa cubierto 10 sesiones al 100% para 1 beneficiario año/contrato.
- Traumatología y Ortopedia: Clínica y quirúrgica.
- Toxicología Clínica (para casos de internación)
- Urología (incluye RTU de próstata y vejiga).
- Video laparoscopías.
- Servicio de Telemedicina hasta 3 (tres) consultas por mes por grupo familiar (Titular, conyugue e Hijos/as solteros/as, menores hasta cumplir 25 años de edad, hijos discapacitados mentales y/o físicos de incapacidad manifiesta demostrable, sin límites de edad, por año durante la vigencia del contrato).
Las atenciones de especialidades que no figuran en el listado precedente, se ajustarán a los términos del contrato, es decir, cobertura 100% en honorarios por estudios de diagnósticos, tratamientos, controles, procedimientos propios de las especialidades en consultorios e internaciones.
B) Consultas Ambulatorias
1.B Se encuentran habilitados para consultas en consultorios, sin cargo para el beneficiario, todos los médicos acreditados en la guía de Profesionales de la prestadora de servicios, los cuales deberán permanecer durante la vigencia del contrato, no pudiendo modificar sus condiciones de servicio por cuestiones de índole administrativo.
2.B Los médicos atenderán en sus consultorios particulares y en ningún caso solicitarán cobro de sus consultas, estudios, procedimientos y controles, los cuales están garantizados con la cobertura de este contrato.
3.B Todos los profesionales habilitados en la Guía, cuentan con planillas de control de consultas y procedimientos en las cuales los beneficiarios están obligados a firmar dichas planillas en prueba de conformidad de haber recibido la atención del profesional. Así mismo, La prestadora pondrá a disposición de los funcionarios el listado de profesionales en convenio con co-pago.
4.B Control de dispositivos intracardiacos, externos o internos (marcapasos, desfibriladores, resincronizadores y otros) con 100% de cobertura.
5.B Consultas a Domicilio: El beneficiario que desee asistencia domiciliaria podrá solicitar en cualquier horario sea diurno, nocturno y feriados como Asegurado de LA EMPRESA O SANATORIO O SERVICIO MEDICO al prestador en convenio si es considerado medicamente necesario y preautorizado
6.B Para procedimientos ambulatorios realizados en sanatorios y centros adheridos que requieran o no sala de internación y/o uso de quirófano, incluyendo procedimientos en consultorios privados la cobertura de medicamentos y descartables será de Gs. 300.000.- (guaraníes trescientos mil).
7B. Las consultas con profesionales fuera del listado de la empresa sanatorial o Servicio Médico hasta 2 (dos) por año y por beneficiario con reembolso de hasta Gs 100.000 (guaraníes cien mil).
C) Tratamientos Clínicos, Pediátricos, Obstétricos, de Especialidades clínicas y/o Quirúrgicas:
1.C El beneficiario podrá elegir internarse en cualquiera de los Sanatorios u Hospitales en convenio con LA EMPRESA, salvo en aquellos casos especialmente establecidos por dicho servicio. Para la internación el profesional médico expedirá una Solicitud de Orden de Internación donde deben constar el Nombre del Beneficiario, No. de Beneficiario, la fecha de expedición, Diagnóstico, Tratamiento Propuesto, Fecha de Internación, Días probables de Internación, Firma y sello del profesional. En dicha orden se detallan los servicios cubiertos en la internación y/o procedimiento y sus alcances.
2.C Los honorarios de los profesionales médicos habilitados y autorizados en la guía de la prestadora de servicios y que atiendan a beneficiarios internados para los casos clínicos y/o quirúrgicos, estarán exclusivamente a cargo de la prestadora de servicios.
3.C En caso de que el médico tratante y/o el paciente o el responsable de este, requiera la presencia de otro profesional como interconsultante, solo podrán ser convocados médicos, profesionales y servicios en general, EN CONVENIO CON LA EMPRESA, salvo indicaciones firmadas por el paciente o el familiar responsable.
4.C En caso de que el interconsultor sea un profesional externo (sin convenio con la EMPRESA), los honorarios del mismo serán reembolsados hasta Gs. 150.000.- por internación, siendo los excedentes de cargo del Beneficiario. Cuando el cirujano no sea un profesional en convenio con LA EMPRESA, todos los honorarios incluyendo los correspondientes al equipo médico y anestesiólogo, serán cargo paciente.
5.C La presencia del clínico, cardiólogo o pediatra en la sala de operaciones, previa autorización de la prestadora de servicios, deberá estar solicitada por escrito por el cirujano.
6.C Honorarios de los Anestesiólogos.
7.C Honorarios del equipo quirúrgico en las Cirugías Video Laparoscópicas y artroscópicas.
8.C Honorarios en Cirugías Oncológicas (hasta dos cirugías)
9.C Honorarios del Equipo quirúrgico para Cirugías Plásticas Reparadoras y no estéticas o cosméticas
10.C Los Honorarios del Patólogo en biopsias de materiales pequeños, medianos y grandes, incluyen las biopsias extemporáneas y por congelamiento.
11.C Los Honorarios de los Hemoterapeutas serán cubiertos hasta un máximo de 5 (cinco) transfusiones por evento.
12.C En los casos de internaciones en la Unidad de Terapia Intensiva, la atención estará a cargo del coordinador de la Unidad y/o Terapista habilitado por la prestadora de servicios.
13.C Honorarios profesionales para Diálisis Renal Aguda hasta 10 (diez) sesiones, por beneficiario y año contrato. Solamente los honorarios están cubiertos. Todos los demás costos a cargo del cliente.
14.C No se requerirán, pagos adelantados antes de agotar la cobertura de medicamentos y descartables contemplada en el contrato.
15.C Para las internaciones de urgencias, feriados, sábados o domingos y fuera de hora de oficina, la cobertura de internación se deberá gestionar dentro de las 24 horas del primer día hábil siguiente, por el titular o su representante, acompañando la orden de internación correspondiente emitida por el médico del seguro y/o tratante y con los requisitos arriba mencionados. La Prestadora de Servicios deberá emitir en el plazo de 24 horas posterior a la internación del beneficiario, la cobertura médica correspondiente, la cual será verificada por la Auditoría Médica de la Contratante.
16.C Para pacientes en estado de descerebración (Glasgow 4 o menos) internados en Terapia Intensiva o en sala común y cuyo diagnóstico sea irreversible, se aplicará el protocolo de la muerte cerebral del paciente, quedando a cargo de sus familiares el traslado del mismo o asumir los gastos que representen mantenerlo en el Sanatorio.
17.C Los Derechos Operatorios de las cirugías autorizadas por la prestadora de servicios tendrán una cobertura del 100%, salvo aquellas expresamente excluidas en este contrato.
18.C Desde el primer día de internación, EL SANATORIO deberá proveer al grupo familiar y a la Contratante, cada 48 horas, un extracto detallado de los medicamentos, consultas, descartables y cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.
D) OTRAS CONSIDERACIONES:
1.D La prestadora de servicios cubrirá los Honorarios Profesionales en consultorios para tratamientos clínicos, controles, estudios y/o procedimientos quirúrgicos de carácter ambulatorio y en casos de internaciones sean éstas clínicas y/o quirúrgicas en todas las especialidades indicadas, sean accidentales o no, y los derivados de actividades deportivas, incluyendo instrumentales y equipos propios de cada especialidad, tanto en diagnóstico o tratamiento.
2.D El plantel médico adherido, autorizado y publicado por la prestadora de servicios deberá estar a disposición del beneficiario en forma permanente.
3.D La prestadora de servicios contratará los profesionales solicitados por la Universidad Politécnica Taiwán Paraguay a satisfacción de los funcionarios, siempre y cuando medie consentimiento escrito de esos profesionales, durante toda la vigencia del contrato.
LA EMPRESA se hará cargo de los siguientes gastos de acuerdo con el presente contrato:
a) Pensión de hasta 35 (treinta y cinco) DÍAS por persona, computándose acumulativamente las internaciones en cualquier Sanatorio u Hospital de la Empresa. Los beneficiarios serán ubicados en habitaciones, con servicios de enfermería, médicos de guardia, con baño privado, Tv, aire acondicionado (NO SUITE), incluyendo cama y desayuno para el acompañante (siempre que el acompañado no se halle en UTI).
Se cubrirá el Uso de Equipos propios de la Unidad:
Arco en C"
Artroscopio
Carpa de oxigeno
Colchón aire-agua
Cuna Térmica
Ecógrafo
Electrocardiógrafo
Endoscopio
Facoemulsificador
Fuente para cirugía (equipo) R.T.U. y otros
Incubadora de transporte
Luminoterapia convencional
Microscopio
Monitor en quirófano
Monitor en sala
Máquina de Anestesia
Monitor fetal
Saturómetro
Videoendoscopio
Videolaparoscopio
Equipo extractor e inyector de sangre
Tomógrafo
Respirador
Bomba de Contrapulsación Intraaórtica
Equipo de Rayos x
Cuna térmica
Ecocardiógrafo
Incubadora de transporte
Equipo de Hemodinamia
En casos quirúrgicos de urgencias o programados, tendrá cobertura de:
a) Derecho Operatorio.
b) Servicio de Enfermería.
c). Exámenes complementarios de Diagnósticos, según anexos
d). Alimentación convencional del paciente de acuerdo a la patología. (NO A LA CARTA)
e). Honorarios Médicos Quirúrgicos con profesionales en convenio
f). Honorarios del Médico Anestesiólogo con profesionales en convenio
g). Honorarios del Médico Transfusionista o Hematólogo en internaciones clínicas y/o quirúrgicas (hasta 6 por año y por beneficiario).
h). Medicamentos y materiales descartables, incluyendo materiales de trasfusión; en tratamientos clínicos y/o quirúrgicos, en sala individual hasta G. 3.500.000. En caso que el paciente sea derivado a Terapia Intensiva se aplicara la cobertura establecida en UTI. Se cubrirán 35 días consecutivos o no, por persona, hasta 7 internaciones por año. Los precios de los medicamentos facturados no podrán ser superiores que, en las farmacias de plaza o comercios del ramo, para la venta al público, según el libro del KAIROS.
Sólo podrán ser convocados médicos, profesionales y servicios en general, EN CONVENIO CON LA EMPRESA, salvo indicaciones firmadas por el paciente o el familiar responsable, caso contrario LA PRESTADORA se hará cargo de lo facturado al paciente.
Todos estos servicios serán sin costo para el beneficiario cuando son prestados por los profesionales, sanatorios, laboratorios y centros de diagnósticos adheridos a LA EMPRESA y de acuerdo al presente contrato.
En caso de internaciones clínicas y/o quirúrgicas y/o por terapia intensiva, se agrega a las coberturas vigentes de medicamentos y materiales descartables, una cobertura de Gs.7.500.000. (Guaraníes siete millones quinientos mil). Esta cobertura será exclusivamente para Titular, conyugue e Hijos/as solteros/as, menores hasta cumplir 25 años de edad, hijos discapacitados mentales y/o físicos de incapacidad manifiesta demostrable, sin límites de edad, por año durante la vigencia del contrato, no siendo extensiva a los adherentes, para los cuales se mantendrán las coberturas de medicamentos y materiales descartables vigentes sin cobertura adicional.
1.E En caso de Extrema urgencia (debidamente comprobada) el beneficiario deberá ser atendido en el Centro Médico más próximo, debiendo dar aviso dentro de las veinticuatro (24) horas a la Empresa o Sanatorio o Servicio Médico, (presentar la epicrisis) para justificar o que la empresa disponga el traslado a los Centros Asistenciales habilitados, cuando se considere prudente, y en la mayor brevedad, dentro de la propia localidad.
2.E En las URGENCIAS AMBULATORIAS en los lugares habilitados por LA EMPRESA se hará cargo del Derecho de Sala, Honorarios de Profesionales y estudios según protocolo de urgencias ambulatorias, medicamentos y descartables, cobertura de hasta G. 300.000.-, incluye todos los servicios realizados en forma combinada. La cobertura de urgencia es independiente a la cobertura de internación.
3.E En internaciones de urgencia se procederá de acuerdo al contrato como para una internación.
4.E Para procedimientos post quirúrgicos, tales como: curaciones, extracción de puntos (suturas), control, con 100% de cobertura en los centros habilitados.
5.E Para procedimientos convencionales periódicos de enfermería como: toma de presión arterial, nebulizaciones, aplicación periódica de inyectables y otros servicios de enfermería la cobertura será del 100%.
6.E Urgencias a domicilio: para estos casos LA EMPRESA ha contratado los servicios de Ambulancias, que cubrirá traslados a Sanatorios, Atención Médica y Paramédica por cuenta de LA EMPRESA.
7.E Urgencias por accidentes: con cobertura, conforme este contrato.
8.E Urgencias con Internación: Se regirán por el capítulo de internaciones Clínicas, Pediátricas, Obstétricas y de Especialidades y/o Quirúrgicas y Alta Complejidad.
A los efectos de la maternidad, se establece que solo las personas que figuren como TITULAR, ESPOSA DEL TITULAR O CONCUBINA DEL TITULAR, gozarán de este beneficio.
LA EMPRESA se hará cargo de los siguientes gastos Sanatoriales u Hospitalarios del beneficiario/a, siempre que sea en las condiciones establecidas en este Contrato.
Los Recién Nacidos tienen cobertura inmediata desde que le fuera comunicado el advenimiento a la prestadora del servicio, será suficiente prueba el Certificado de Nacido Vivo para el efecto o en caso de la no entrega inmediata del documento, bastará con la comunicación expresa a la prestadora de servicios.
1.G Se brindará cuidados intensivos (UTIA) y (UTIN) por el término de hasta veinte 20 días (por año, por beneficiario) en los sanatorios con categorización Nivel III en convenio con LA EMPRESA.
2.G Correrán por cuenta de LA EMPRESA honorarios profesionales, el costo de pensión, oxígeno terapia, la utilización de aparatos y equipos que se requieran durante la internación en UTIA y UTIN equipo de enfermería y alimentación convencional del paciente, todos los medios auxiliares de equipos propios de la Unidad de Terapia Intensiva, incluidos servicios laboratoriales y radiológicos y cama con colchón de agua o aire. Para los titulares y sus adherentes.
3.G En aquellos casos en que el acompañante del paciente internado en UTIA O UTIN siga ocupando la habitación común en donde estaba internado el mismo, los gastos que demande dicha sala, correrán por cuenta del beneficiario.
4.G En caso de que un beneficiario sea internado en la UTIA O UTIN del establecimiento en convenio con LA EMPRESA, si los medicamentos y materiales desechables sobrepasen el límite cubierto, el beneficiario deberá adecuarse a las exigencias del Sanatorio u Hospital para este tipo de evento.
5.G Medicamentos y materiales, incluyendo materiales de trasfusión, el monto de tal cobertura no podrá superar los G. 6.000.000.- (seis millones de guaraníes). Cuando el paciente pasa a sala de internación se activará la cobertura de medicamentos y descartables para sala.
OBSERVACIONES:
A) LA EMPRESA se hará responsable de los gastos ocasionados por el uso de instrumentales, equipos de diagnóstico, microscopios y equipos de videos en aquellos procedimientos e intervenciones que sean realizados según la cobertura del presente contrato y en condiciones totalmente establecidas en el mismo. El uso del equipo será cubierto en cualquier sanatorio que cuente con el mismo, siempre y cuando sean prestadores.
B) En las enfermedades infectocontagiosas cuando por algún motivo el paciente no pudiera ser internado en los sanatorios u Hospitales privados adheridos (disposición del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social), será derivado al Centro Asistencial establecido por dicho Ministerio, donde un profesional del Servicio Médico o Empresa supervisará el tratamiento del paciente con los profesionales habilitados y escogidos por el paciente o su familiar responsable aplicándose la cobertura de costos de servicios detallados en el presente contrato.
C) El SERVICIO MEDICO O EMPRESA O SANATORIO: en aquellos casos que signifiquen riesgo de vida, deberá reembolsar gastos ocasionados de acuerdo a los aranceles que ha sido cobrado al beneficiario, debiendo presentar las facturas de contado con los respaldos exigidos (historial, diagnostico e indicaciones médicas detalladas, estudios diagnósticos, internación etc.) pasado el plazo considerable La UNIVERSIDAD retendrá el importe a ser reembolsado.
D) El traslado en ambulancia desde el interior del país para los casos considerados de emergencia y/o urgencia, será a cargo de la prestadora de servicios, para el titular y los beneficiarios del Contrato. La comunicación deberá ser realizada por el médico a cargo del paciente directamente a la Administración de la prestadora de servicios.
Este servicio será brindado dentro del radio urbano de Asunción y Gran Asunción y sólo para casos de atenciones de urgencias, y traslados del mismo tenor y/o de necesidad y/o estado de inmovilidad del paciente debidamente comprobados, sin cargo alguno para el beneficiario, inclusive de la atención médica y paramédica y la dosis de medicamentos que precise en la atención, siempre que no sean los de uso continuo, así como también de todo uso o asistencia que precise durante el traslado.
Otras condiciones de servicio se arreglarán directamente entre el beneficiario y el servicio de ambulancia contratado por LA EMPRESA.
F) SERVICIOS SIN CARENCIA, según Anexos
1.F Procedimientos post quirúrgicos y procedimientos convencionales periódicos de enfermería, como lo indica el contrato, con cobertura del 100%.
2.F Fisioterapia convencional ambulatoria traumáticas y rehabilitación hasta 45 sesiones: Ultrasonidos, infrarrojos, tracciones cervicales, cobertura total. Estas prácticas deben efectuarse en el/los Institutos en convenio con LA EMPRESA.
3.F Fisioterapia convencional ambulatoria no traumática (hasta un máximo de 30 sesiones por el periodo de contrato). Estas prácticas deben efectuarse en el/los Institutos en convenio con LA EMPRESA.
4.F Fisioterapia en Sanatorio (sala/UTI): hasta 20 sesiones por internación, con prestadores en convenio con la EMPRESA.
5.F E.C.G., Electroencefalograma, E.C.G de 24 hs, Holters (todos los tipos), (M.A.P.A), Ecografías y Eco Doppler Color, Ecocardio Doppler Color, Eco Dopplers Tras vaginal, Morfológica, Espirometría, Fondo de ojo computarizado y angiofluresceinografias, electromiografía y polisomnografía. Ver Anexos
6.F Audiometrías, Logoaudiometría, Impedanciometría, Fonoaudiología. Ver Anexos
7.F Anatomía Patológica para piezas pequeñas, medianas y grandes, biopsia por congelación.
8.F Litotripsia extracorporea (incluye equipo)
9.F Sociedad de Gastroenterología y Endoscopía: Todos los estudios y prestaciones y/o procedimientos realizados por Endoscopios (vídeo) y Laparoscopias de diagnósticos, incluyen la utilización del equipo de video con prestadores en convenio, a cargo la EMPRESA.
10.F Artroscopía Diagnostica, Quirúrgica y Terapéutica de cualquier tipo, según detalle en Anexo.
11.F CIRUGÍA VIDEO LAPAROSCOPICA, HISTEROSCOPÍAS DIAGNÓSTICA Y QUIRÚRGICA. Estudios, Procedimientos y cirugías Urológicas y Ginecológicas, inclusive RTU. de próstata, Vejiga y LEEP, el equipo se cubrirá siempre y cuando lo provea el sanatorio prestador. El uso de equipo cubierto en cualquier sanatorio que cuente con el mismo, siempre y cuando sean prestadores.
12.F SERVICIOS CON COBERTURA INMEDIATA: Tomografías convencional de órganos y sistemas, Helicoidal y Multislice de órganos y sistemas, Resonancia Magnéticas de órganos y sistemas, Centellografías de órganos y sistemas, Desintometría Osea, Cardiología nuclear, Mapeo, Spect, Esclerosis esofágicas, Gastrostomía endoscopia percutánea (P.E.G.) Tomografía Ocular, Ecografías Dopplers Color de todos los aparatos y sistemas. Arteriografías Cerebrales, cuello, tórax, abdomen y miembros superiores e inferiores. Según Anexos
13.F DIÁLISIS RENAL EN INSUFICIENCIA RENAL AGUDA (IRA) hasta 10 (diez) sesiones, cubre honorarios profesionales (otros gastos, cargo paciente).
14.F OFTALMOLOGIA: consultas, estudios, procedimientos quirúrgicos, procedimiento de crosslinking, tratamientos, incluye uso de equipos, facoemulsificación, incluyendo cataratas intra o extracapsular, capsulotomía posterior. Laser terapia en ambos ojos, intervenciones sobre la retina y en las refractivas, un asegurado por año, por grupo familiar (arriba de 5 dioptrias) y demás cirugías según contrato.
15.F CIRUGÍA ONCOLÓGICA: Serán cubiertas la primera y la segunda cirugía en lo que refiere a Honorarios médicos, pensión sanatorial en sala de hasta cinco días, medicamentos y materiales según contrato.
16.F RADIOTERAPIA: Radioterapia Curativa 100% cobertura total
17.F QUIMIOTERAPIA Curativa: cobertura del 100 % de los honorarios profesionales. Drogas oncológicas, medicamentos y descartables de uso habitual hasta G. 3.000.000.-
Radioterapia Paliativa: hasta 10 sesiones 100% 1 beneficiario año/contrato.
18.F PUNCIÓN RAQUÍDEA Y PUNCIÓN MEDULAR.
19.F CIRUGÍA REPARADORA: definiéndose a ésta como aquella realizada en lesiones provenientes de eventos de ocurrencia accidental, súbita, involuntaria y sin relación con estética propiamente dicha.
20.F LAS CIRUGIAS DE PROTESIS DE CADERA Y RODILLA: tendrán 100% de cobertura en honorarios médicos, cobertura de medicamentos y descartables según contrato. La prótesis quedará a cargo del beneficiario
21.F DE LA CARENCIA: Todos los servicios establecidos en este contrato son de vigencia inmediata para el funcionario de la Universidad y sus beneficiarios debidamente declarados, registrados y acreditados como tales al inicio del contrato o posteriormente.
ANEXO CIRUGIAS
1.1.1.1. HONORARIOS MEDICOS EN INTERNACION
1.1.1.1.1. VISITA EN SALA DEL MEDICO TRATANTE.
1.1.1.1.2. INTERCONSULTA EN SALA
1.1.1.1.3. INTERCONSULTA EN SERVICIO DE URGENCIAS.
1.1.1.1.4. INTERCONSULTA EN UNIDAD DE TERAPIA INTENSIVA.
1.1.1.1.5. HONORARIOS POR INTERNACIONCLINICA.
1.1.1.1.6. HONORARIOS TERAPISTA COORDINADOR (UTI ADULTOS).
1.1.1.1.7. HONORARIOS DEL PROFESIONAL EN CONSULTA CONTROLADA.
1.1.1.2. PROCEDIMIENTOS DE URGENCIA Y/O EMERGENCIA.
1.1.1.2.1. INSTALACION DE VIA VENOSA CENTRAL.
1.1.1.2.2. INSTALACION DE VIA VENOSA UMBILICAL.
1.1.1.2.3. INSTALACION DE VIA ARTERIAL.
1.1.1.2.4. PUNCION LUMBAR
1.1.1.2.5. DRENAJE LUMBAR.
1.1.1.2.6. DESCUBIERTA VENOSA.
1.1.1.2.7. DESCUBIERTA VENOSA YUGULAR.
1.1.1.2.8. MARCAPASOS TRANSVENOSO.
1.1.1.2.9. CARDIOVERSION ELECTRICA.
1.1.1.3. OFTALMOLOGIA: CIRUGIAS Y PROCEDIMIENTOS.
1.1.1.3.1. INYECCION DE SUBSTANCIAS TERAPEUTICA RETROBULBAR.
1.1.1.3.2. ENUCLEACION O EVISCERACION DE GLOBO OCULAR.
1.1.1.3.3. BIOPSIA DE ORBITA.
1.1.1.3.4. BLEFAROCHALASIS.
1.1.1.3.5. BIOPSIA DE PARPADOS.
1.1.1.3.6. BLEFARORRAFIA (SUTURA).
1.1.1.3.7. DEPILACION.
1.1.1.3.8. BLEFAROTOMIA (absceso, orzuelo, chalazión)
1.1.1.3.9. ESCISION DE LESION DE PARPADO.
1.1.1.3.10. BIOPSIA DE CONJUNTIVA.
1.1.1.3.11. INYECTABLES CONJUNTIVALES.
1.1.1.3.12. ESCISION LESION CONJUNTIVA (Pterigion, quiste, epitelioma, nevus).
1.1.1.3.13. EXTRACCION DE CUERPO EXTRAÑO SUBCONJUNTIVAL.
1.1.1.3.14. EXTRACCION DE CUERPO EXTRAÑO CONJUNTIVAL.
1.1.1.3.15. SUTURA DE CORNEA.
1.1.1.3.16. QUERATOCENTESIS.
1.1.1.3.17. QUERATECTOMIA.
1.1.1.3.18. EXTRACCION DE CUERPO EXTRAÑO DE CORNEA.
1.1.1.3.19. SUTURA DE HERIDA DE CORNEA CON PROLAPSO DE IRIS Y/O HERIDA DE CRISTALINO.
1.1.1.3.20. TRATAMIENTO QUIRURGICO DE GLAUCOMA TRABECULECTOMIA.
1.1.1.3.21. TRATAMIENTO QUIRURGICO DE CATARATA CON O SIN IMPLANTE DE LENTE INTRAOCULAR (no incluye la lente).
1.1.1.3.22. FACOEMULSIFICACION DEL CRISTALINO.
1.1.1.3.23. PLASTIA DE CANICULOS, RECONSTRUCCION DE VIAS LAGRIMALES.
1.1.1.3.24. ESCISION DE GLANDULA LAGRIMAL.
1.1.1.3.25. ESCISION DE SACO LAGRIMAL.
1.1.1.3.26. DRENAJE DE GLANDULA O SACO LAGRIMAL.
1.1.1.3.27. CATETERIZACION DE CONDUCTO LACRIMONASAL. LAVADO.
1.1.1.3.28. EJERCICIO ORTOPTICOS Y PLEOPTICOS (hasta 10 sesiones).
1.1.1.4. OTORRRINOLARINGOLOGIA: CIRUGIAS Y PROCEDIMIENTOS.
1.1.1.4.1. INCISION Y DRENAJE DE AURICULA. SUTURA DEL PABELLON AURICULAR.
1.1.1.4.2. ESCISION. INCISION Y DRENAJE DE CONDUCTO AUDITIVO EXTERNO Y PIEL. BIOPSIA.
1.1.1.4.3. RESECCION DE OSTEOMA.
1.1.1.4.4. EXTIRPACION DE COLOBOMA. AURIS.
1.1.1.4.5. INCISION Y DRENAJE DE OTOHEMATOMA.
1.1.1.4.6. EXCERESIS DE PAPILOMA Y SENO PREAURICULAR.
1.1.1.4.7. MIRINGOTOMIA CON O SIN COLOCACION DE TUBO DE DRENAJE.
1.1.1.4.8. ANTROTOMIA MASTOIDEA. CIERRE DE FISTULA.
1.1.1.4.9. BIOPSIA DE NARIZ.
1.1.1.4.10. CAUTERIZACION DE CORNETES.
1.1.1.4.11. RESECCION TOTAL DE NARIZ.
1.1.1.4.12. RESECCION LESION LOCAL ENDONASAL.
1.1.1.4.13. TURBINECTOMIA / TURBINOPLASTIA 100% de cobertura.
1.1.1.4.14. ESCISION POLIPO ANTRO-COANAL.
1.1.1.4.15. PUNCION DE SENO CON O SIN INSERCION DE SONDA DENTRO DEL SPN O BIOPSIA.
1.1.1.4.16. SINUSOTOMIA FRONTAL EXTERNA SIMPLE.
1.1.1.4.17. PUNCION DE SENO ESFENOIDAL.
1.1.1.4.18. ANTROTOMIA MAXILAR RADICAL.
1.1.1.4.19. SINUSOTOMIA MAXILAR SIMPLE VENTANA ANTRAL (Drenaje).
1.1.1.4.20. SINUSOTOMIA RADICAL FRONTAL POR VIA EXTERNA.
1.1.1.4.21. ANTROTOMIA MAXILAR RADICAL.
1.1.1.4.22. CIRUGIA DE LA FOSA PTERIGOMAXILAR.
1.1.1.4.23. MICROCIRUGIA DE LARINGE DIAGNOSTICA.
1.1.1.4.24. TRAQUEOTOMIA.
1.1.1.4.25. CIERRE DE TRAQUEOTOMIA.
1.1.1.4.26. TRAQUEORRAFIA.
1.1.1.4.27. INCISION Y DRENAJE DE ORIGEN DENTARIO.
1.1.1.4.28. BIOPSIA DE ENCIA. SUTURA DE ENCIA.
1.1.1.4.29. INCISION Y DRENAJE DE GLANDULA PAROTIDA, SUBMAXILAR O SUS CONDUCTOS.
1.1.1.4.30. BIOPSIA DE GLANDULA SALIVAL.
1.1.1.4.31. EXTRACCION INCISIONAL DE CALCULOS SALIVALES.
1.1.1.4.32. EXTIRPACION DE RANULA. QUISTE DE MUCOSA YUGAL.
1.1.1.4.33. PAROTIDECTOMIA. LOBULO SUPERFICIAL.
1.1.1.4.34. ESCISION RADICAL GLANDULA SUBMAXILAR.
1.1.1.4.35. PAROTIDECTOMIA RADICAL CON VACIAMIENTO GANGLIONAR CERVICAL.
1.1.1.4.36. INCISION, DRENAJE PISO DE BOCA. BIOPSIA DE MUCOSA BUCAL. SUTURA DE BOCA.
1.1.1.4.37. INCISION Y DRENAJE DE LABIO (absceso. Sutura de Labio. Biopsia de Labio).
1.1.1.4.38. SECCION FRENILLO LINGUAL. SUTURA DE LENGUA. BIOPSIA DE LENGUA. ESCISION LOCAL LESION DE LABIO.
1.1.1.4.39. ESCISION LOCAL DE LESION DE LENGUA.
1.1.1.4.40. GLOSOTOMIA CON DRENAJE DE ABSCESO CON EXTRACCION DE CUERPO EXTRAÑO.
1.1.1.4.41. GLOSECTOMIA SUBTOTAL.
1.1.1.4.42. INCISION Y DRENAJE DE PALADAR (Absceso). SUTURA DE PALADAR.
1.1.1.4.43. BIOPSIA DE PALADAR.
1.1.1.4.44. RESECCION PARCIAL DE PALADAR.
1.1.1.4.45. INCISION Y DRENAJE DE AMIGDALAS O TEJIDOS PERIAMIGDALINOS.
1.1.1.4.46. BIOPSIA DE OROFARINGE.
1.1.1.4.47. AMIGDALECTOMIA Y/O ADENOIDECTOMIA.
1.1.1.4.48. ESCISION O ELECTROCOAGULACION DE AMIGDALAS.
1.1.1.4.49. FARINGOTOMIA POR VIA CERVICAL.
1.1.1.4.50. INCISION Y DRENAJE DE TEJIDO RETROFARINGEO POR VIA BUCAL.
1.1.1.4.51. CIERRE DE FARINGOSTOMIA.
1.1.1.4.52. ESCISION DIVERTICULO FARINGOESOFAGICO. ESCISION LESION LOCAL FARINGE.
1.1.1.4.53. EXCERESIS DE FISTULA Y/O QUISTE BRANQUIAL.
1.1.1.4.54. ESCISION RADICAL LESION DE NASOFARINGE.
1.1.1.4.55. EXTRACCION DE CUERPO EXTRAÑO EN OIDO.
1.1.1.4.56. TAPONAMIENTO NASAL ANTERIOR Y POSTERIOR.
1.1.1.4.57. CAUTERIZACION NARIZ.
1.1.1.4.58. EXTRACCION CUERPO EXTRAÑO EN NARIZ.
1.1.1.4.59. LAVADO DE OIDO.
1.1.1.5. SISTEMAENDOCRINO: CIRUGIAS.
1.1.1.5.1. PUNCION BIOPSIA DE TIROIDES.
1.1.1.5.2. INCISION Y DRENAJE DE COLECCIÓN O QUISTE TIROIDEO COMPLICADO.
1.1.1.5.3. INCISION Y DRENAJE DE QUISTE TIROGLOSO INFECTADO.
1.1.1.5.4. BIOPSIA INCISIONAL DE TIROIDES.
1.1.1.5.5. LOBECTOMIA TIROIDEA.
1.1.1.5.6. TIROIDECTOMIA.
1.1.1.5.7. PARATIROIDECTOMIA.
1.1.1.5.8. BIOPSIA PRE ESCALENCIA Y/O GANGLIONAR CERVICAL.
1.1.1.6. MASTOLOGIA: CIRUGIAS.
1.1.1.6.1. BIOPSIA DE MAMA.
1.1.1.6.2. BIOPSIA CON MARCADO PREOPERATORIO.
1.1.1.6.3. CITOPUNCION PUNCION DE MAMA.
1.1.1.6.4. DRENAJE DE ABSCESO.
1.1.1.6.5. MASTECTOMIA SIMPLE.
1.1.1.6.6. CUADRANTECTOMIA SIMPLE.
1.1.1.6.7. CUADRANTECTOMIA MAS LINFADENECTOMIA AXILAR.
1.1.1.6.8. EXTIRPACION DE NODULO DE MAMA.
1.1.1.6.9. TUMORECTOMIA.
1.1.1.6.10. GALACTOFORECTOMIA.
1.1.1.7. FLEBOLOGIA. CIRUGIAS Y PROCEDIMIENTOS (no incluye cirugías y/o procedimientos de carácter estético).
1.1.1.7.1. SAFENECTOMIA.
1.1.1.7.2. SAFENECTOMIA MAS FLEBECTOMIA UNILATERAL/ BILATERAL.
1.1.1.7.3. PUNCION VENOSA CENTRAL.
1.1.1.7.4. DESCUBIERTA VENOSA O COLOCACION DE CATETER VENOSO.
1.1.1.8. APARATO DIGESTIVO Y ABDOMEN: CIRUGIAS.
1.1.1.8.1. PUNCION PERITONEAL EVACUADORA O DIAGNOSTICA (Peritoneocentesis).
1.1.1.8.2. INCISION Y DRENAJE O EXTRACCION DE CUERPO EXTRAÑO DE PARED ABDOMINAL.
1.1.1.8.3. SUTURA DE PARED ABDOMINAL (Herida. Traumatismo).
1.1.1.8.4. SUTURA DE PARED ABDOMINAL POR EVISCERACION.
1.1.1.8.5. LAPAROTOMIA EXPLORADORA.
1.1.1.8.6. VIDEOLAPAROSCOPIA EXPLORADORA.
1.1.1.8.7. REDUCCION DE HERNIA ATASCADA.
1.1.1.8.8. HERNIORRAFIA UMBILICAL.
1.1.1.8.9. HERNIORRAFIA INGUINAL.
1.1.1.8.10. HERNIORRAFIA CRURAL.
1.1.1.8.11. TRATAMIENTO QUIRURGICO DE LA HERNIA INGUINAL POR VIDEOLAPAROSCOPIA.
1.1.1.8.12. ESCISION DE TUMOR RETROPERITONEAL.
1.1.1.8.13. OMENTECTOMIA.
1.1.1.8.14. GASTRECTOMIA PARCIAL.
1.1.1.8.15. GASTRECTOMIA, EXPLORACION EXTRACCION DE CUERPO EXTRAÑO.
1.1.1.8.16. GASTRORRAFIA.
1.1.1.8.17. GASTRODUODENOSTOMIA GASTROYEYUNOSTOMIA.
1.1.1.8.18. ESCISION LOCAL DE LESION DE ESTOMAGO.
1.1.1.8.19. PILOROMIOSTOMIA PILOROPLASTIA.
1.1.1.8.20. RESECCION INTESTINAL DE YEYUNO O ILEON.
1.1.1.8.21. ENTEROTOMIA. ENTEROSTOMIA Y/O ENTERORRAFIA.
1.1.1.8.22. PLICATURA DE INTESTINO DELGADO.
1.1.1.8.23. TRATAMIENTO QUIRURGICO DE VOLVULO INTESTINAL.
1.1.1.8.24. COLECTOMIA TITAL CON ILEOSTOMIA TEMPORARIA O DEFINITIVA.
1.1.1.8.25. COLECTOMIA SEGMENTARIA.
1.1.1.8.26. SIGMOIDECTOMIA.
1.1.1.8.27. RECTOTOMIA SIGMOIDOTOMIA.
1.1.1.8.28. BIOPSIA RECTAL QUIRURGICA.
1.1.1.8.29. PROCTORRAFIA.
1.1.1.8.30. COLOSTOMIA TEMPORARIA O DEFINITIVA.
1.1.1.8.31. DRENAJE DE ABSCESO PERIRRECTAL O ABSCESO DE DOUGLAS.
1.1.1.8.32. APENDICECTOMIA.
1.1.1.8.33. APENDICECTOMIA POR VIDEOLAPAROSCOPIA.
1.1.1.8.34. TRATAMIENTO QUIRURGICO DE LA PERITONITIS DE ORIGEN APENDICULAR.
1.1.1.8.35. TRATAMIENTO QUIRURGICO DE LA PERITONITIS DE ORIGEN APENDICULAR POR VIA VIDEOLAPAROSCOPICA.
1.1.1.8.36. TRATAMIENTO QUIRURGICO DE LA PERITONITIS COLONICA.
1.1.1.8.37. EXTRACCION INSTRUMENTAL O MANUAL DE FECALOMA INACCESIBLE.
1.1.1.8.38. EXTRACCION DE CUERPO EXTRAÑO POR VIA ABDOMINAL.
1.1.1.8.39. TRATAMIENTO QUIRURGICO DE PROLAPSO RECTAL.
1.1.1.8.40. RECTOMIOMECTOMIA.
1.1.1.8.41. BIOPSIA DEL ANO.
1.1.1.8.42. ESFINTERORRAFIA.
1.1.1.8.43. HEMORROIDECTOMIA CON O SIN FISURA ANAL.
1.1.1.8.44. TROMBECTOMIA HEMORROIDARIA.
1.1.1.8.45. TRATAMIENTO QUIRURGICO DEL PROLAPSO MUCOSO.
1.1.1.8.46. TRATAMIENTO DE HEMORROIDES CON LIGADURA ELASTICA.
1.1.1.8.47. TRATAMIENTO ESCLEROSANTE EN HEMORROIDES.
1.1.1.8.48. FISTULECTOMIA O FISTULOTOMIA.
1.1.1.8.49. INCISION DRENAJE DE ABSCESO PREIANAL.
1.1.1.8.50. TRATAMIENTO QUIRURGICO DE QUISTE PILONIDAL.
1.1.1.8.51. HEPATECTOMIA PARCIAL. ESCISION RADICAL LESION DE HIGADO.
1.1.1.8.52. HEPATOSTOMIA. MARSUPIALIZACION DE QUISTES.
1.1.1.8.53. SUTURA DE HIGADO POR TRAUMATISMO, HERIDA O DESGARRO.
1.1.1.8.54. BIOPSIA DE HIGADO POR LAPAROTOMIA.
1.1.1.8.55. TRATAMIENTO QUIRURGICO DE PERITONITIS BILIAR.
1.1.1.8.56. COLECISTOSTOMIA Y COLECISTECTOMIA
1.1.1.8.57. COLECISTOSTOMIA Y COLECISTECTOMIA POR LAPAROTOMIA.
1.1.1.8.58. COLECISTOSTOMIA Y COLECISTECTOMIA POR VIDEOLAPAROSCOPIA.
1.1.1.8.59. ANASTOMOSIS BILIODIGESTIVAS SIMPLES.
1.1.1.8.60. ESCISION LOCAL DE LESION DE PANCREAS.
1.1.1.8.61. DRENAJE DE PSEUDO QUISTE.
1.1.1.8.62. PANCREACTECTOMIA PARCIAL.
1.1.1.8.63. ESPLENOPANCREACTECTOMIA.
1.1.1.8.64. SUTURA DE PANCREAS (Herida. Traumatismo).
1.1.1.8.65. BIOPSIA DE PANCREAS.
1.1.1.8.66. ESPLENECTOMIA.
1.1.1.8.67. ESPLENORRAFIA POR TRAUMATISMO.
1.1.1.8.68. ESPLENOTOMIA CON DRENAJE. ABSCESO O QUISTE.
1.1.1.9. UROLOGIA: CIRUGIAS.
1.1.1.9.1. URETEROTOMIA.
1.1.1.9.2. INCONTINENCIA DE ORINA EN LA MUJER POR VIA VAGINAL.
1.1.1.9.3. INSTILACION VESICAL.
1.1.1.9.4. PUNCION EVACUADORA VESICAL.
1.1.1.9.5. SONDAJE VESICAL.
1.1.1.9.6. TALLA POR PUNCION.
1.1.1.9.7. SUTURA VESICAL.
1.1.1.9.8. BIOPSIA VESICAL.
1.1.1.9.9. URETROTOMIA EXTERNA POR CALCULO O CUERPO EXTRAÑO.
1.1.1.9.10. URETRORRAFIA POR DESGARRO, HERIDA, ETC.
1.1.1.9.11. BIOPSIA URETRAL A CIELO ABIERTO.
1.1.1.9.12. ESTRECHEZ URETRAL A CIELO ABIERTO.
1.1.1.9.13. PROSTATECTOMIA RADICAL.
1.1.1.9.14. ADENOMECTOMIA PROSTATICA SUPRAPUBICA.
1.1.1.9.15. RESECCION DE FIBROSIS Y CICATRICES DEL CUELLO TRANSVESICAL.
1.1.1.9.16. RESECCION ENDOSCOPICA TRANSURETRAL DE PROSTATA (RTU) (Incluye Cistoscopia). RESECCION VESICAL POR CUALQUIER VIA. (con Cistoscopia).
1.1.1.9.17. VESICULECTOMIA UNI O BILATERAL.
1.1.1.9.18. DRENAJE DE COLECCIÓN PROSTATICA.
1.1.1.9.19. BIOPSIAPROSTATICA.
1.1.1.9.20. ORQUIDECTOMIA UNILATERAL COMPLETA CON LINFADENECTOMIA.
1.1.1.9.21. ORQUIDECTOMIA.
1.1.1.9.22. ORQUIDOPEXIA CON TESTICULO ESCROTAL.
1.1.1.9.23. ORQUIDOPEXIA CON TESTICULO INGUINAL.
1.1.1.9.24. TRATAMIENTO QUIRURGICO DE TORSION TESTICULAR.
1.1.1.9.25. BIOPSIA DE TESTICULO.
1.1.1.9.26. BIOPSIA ESCROTAL.
1.1.1.9.27. DRENAJE DE ABSCESO ESCROTAL.
1.1.1.9.28. PUNCION DERRAME ESCROTAL.
1.1.1.9.29. ESCISION DE LESION LOCAL DE TESTICULO.
1.1.1.9.30. BIOPSIA DE EPIDIDIMO.
1.1.1.9.31. BIOPSIA DE CORDON UNI O BILATERAL.
1.1.1.9.32. TRATAMIENTO QUIRURGICO DE QUISTE DE CORDON.
1.1.1.9.33. TRATAMIENTO QUIRURGICO DE QUISTE DE EPIDIDIMO.
1.1.1.9.34. AMPUTACION PARCIAL O TOTAL DE PENE.
1.1.1.9.35. ESCISION DE LESION DE PENE.
1.1.1.9.36. BIOPSIA DE PENE.
1.1.1.9.37. RESECCION DE ESCLEROSIS EN CUERPOS CAVERNOSOS.
1.1.1.9.38. INCISION DORSAL O LATERAL PREPUCIO. FRENULOTOMIA.
1.1.1.9.39. PUNCION DE CUERPOS CAVERNOSOS.
1.1.1.9.40. REDUCCION MANUAL DE PARAFIMOSIS. DECALOTAMIENTO.
1.1.1.9.41. BIOPSIA RENAL A CIELO ABIERTO.
1.1.1.9.42. DRENAJE PERIRRENAL ABIERTO.
1.1.1.9.43. NEFROSTOMIA QUIRURGICA.
1.1.1.9.44. PUNCION DE QUISTE RENAL.
1.1.1.9.45. QUISTECTOMIA RENAL ABIERTA.
1.1.1.9.46. NEFRECTOMIA SIMPLE.
1.1.1.9.47. NEFROPEXIA.
1.1.1.9.48. NEFRECTOMIA PARCIAL.
1.1.1.9.49. CIRUGIA DE LITIASIS CORALIFORME.
1.1.1.9.50. NEFRECTOMIA RADICAL.
1.1.1.9.51. NEFROURETERECTOMIA CON CISTECTOMIA PARCIAL.
1.1.1.9.52. NEFRECTOMIA RADICAL CON TROMBECTOMIA CAVA.
1.1.1.9.53. LUMBOTOMIA EXPLORADORA.
1.1.1.10. GINECO-OBSTETRICIA: CIRUGIAS Y PROCEDIMIENTOS.
1.1.1.10.1. EXTIRPACION DE OVARIO OOFORECTOMIA.
1.1.1.10.2. TRATAMIENTO QUIRURGICO DEL QUISTE DE OVARIO COMPLICADO.
1.1.1.10.3. OOFORECTOMIA PARCIAL O TOTAL POR VIDEOLAPAROSCOPIA.
1.1.1.10.4. BIOPSIA DE CUELLO UTERINO.
1.1.1.10.5. HISTERECTOMIA TOTAL.
1.1.1.10.6. HISTERECTOMIA PARCIAL O SUB TOTAL.
1.1.1.10.7. MIOMECTOMIA UTERINA.
1.1.1.10.8. HISTERORRAFIA: SUTURA RUPTURA UTERINA INTRAPARTO.
1.1.1.10.9. ESCISION LOCAL DE LESION DE CUELLO UTERINO MAS LEGRADO ENDOCERVICAL.
1.1.1.10.10. LEGRADO EVACUADOR. RASPADO UTERINO TERAPEUTICO.
1.1.1.10.11. LEGRADO UTERINO DIAGNOSTICO CON O SIN BIOPSIA CUELLO.
1.1.1.10.12. ELECTROCOAGULACION DE CUELLO UTERINO. CRIOTERAPIA.
1.1.1.10.13. CONIZACION O AMPUTACION DE CUELLO.
1.1.1.10.14. BIOPSIA VULVO VAGINAL.
1.1.1.10.15. COLPORRAFIA ANTERIOR Y POSTERIOR.
1.1.1.10.16. COLPORRAFIA ANTEROPOSTERIOR MAS AMPUTACION DE CUELLO.
1.1.1.10.17. COLPORRAFIA POSTERIOR CON PERINEORRAFIA.
1.1.1.10.18. ESCISION LOCAL DE LESION VAGINAL.
1.1.1.10.19. EXCERESIS DE QUISTE VAGINAL.
1.1.1.10.20. VULVECTOMIA RADICAL MAS LINFADENECTOMIA.
1.1.1.10.21. HIMENOTOMIA. INCISION Y DRENAJE DE VULVA, GLANDULA DE BARTHOLINO, SKENE. BARTHOLINITIS.
1.1.1.10.22. MARSUPIALIZACION. ESCISION LABIOS MAYORES, MENORES, GLANDULA DE BARTHOLINO, GLANDULA DE SKENE.
1.1.1.10.23. EPISIOPERINEORRAFIA (Fuera del parto).
1.1.1.10.24. COLPOPEXIA.
1.1.1.10.25. CORRECCION DE LA INCONTINENCIA DE LA ORINA DE ESFUERZO.
1.1.1.10.26. HISTEROSCOPIA DIAGNOSTICA Y TERAPEUTICA.
1.1.1.11. TRAUMATOLOGIA: CIRUGIA Y PROCEDIMIENTOS.
1.1.1.11.1. INCISIONES DE LOS HUESOS (exploración, drenaje, extracción cuerpo extraño).
1.1.1.11.2. TRATAMIENTO INCRUENTO DE FRACTURAS SIN DESPLAZAMIENTO.
1.1.1.11.3. MANIPULACION DE FRACTURAS NO QUIRURGICAS CON DESPLAZAMIENTO.
1.1.1.11.4. CIRUGIAS DE FRACTURAS OSTEOSINTESIS (No incluye material de osteosíntesis).
1.1.1.11.5. ARTROSCOPIA DE RODILLA: diagnóstica y terapéutica: Menisectomía, Artrotomías (Exploración, drenaje, cuerpo extraño).
1.1.1.11.6. ARTROPLASTIA DE CADERA (No incluye Prótesis).
1.1.1.11.7. ARTROPLASTIA DE RODILLA (No incluye Prótesis).
1.1.1.11.8. SUTURA DE CAPSULAS O LIGAMENTOS ARTICULARES Y OPERACIONES EN BOLSAS SEROSAS.
1.1.1.11.9. LUXACION: TRATAMIENTO INCRUENTO.
1.1.1.11.10. LUXACION: TRATAMIENTO CRUENTO (reducción quirúrgica).
1.1.1.11.11. OPERACIONES EN TENDONES, VAINAS TENDINOSAS Y FASCIA.
1.1.1.11.12. AMPUTACIONES DE MIEMBROS (de origen traumático).
1.1.1.11.13. ENYESADOS
1.1.1.11.14. INFILTRACIONES.
1.1.1.12. PIEL. TEJIDO CELULAR SUBCUTANEO: CIRUGIAS Y PROCEDIMIENTOS.
1.1.1.12.1. TOMA DE BIOPSIA POR INCISION Y SUTURA.
1.1.1.12.2. ESCISION DE QUISTES EPIDERMICOS Y SEBACEOS.
1.1.1.12.3. ESCISION RADICAL DE ANGIOMA CAVERNOSO.
1.1.1.12.4. ESCISION LOCAL DE LESION DE PIEL O GLANDULA (Quiste sebáceo, Nevus, Tumores benignos).
1.1.1.12.5. INCISION Y DRENAJE DE ABSCESO SUPERFICIAL.
1.1.1.12.6. ESCISION DE UÑA O LECHO O REPLIEGUE UNGUEAL.
1.1.1.12.7. SUTURA DE HERIDAS SIMPLES.
1.1.1.12.8. SUTURAS MULTIPLES SIMPLES CON ANESTESIA LOCAL.
1.1.1.12.9. SUTURAS MULTIPLES SIMPLES CON ANESTESIA GENERAL.
1.1.1.12.10. SUTURA HERIDAS COMPLEJAS CARA, MANO, GENITALES.
1.1.1.12.11. ESCISION TUMOR TEJIDO CELULAR SUBCUTANEO: LIPOMA
1.1.1.12.12. INCISION Y DRENAJE DE ABSCESO PROFUNDO.
1.1.1.12.13. TOMA DE BIOPSIA POR ESCISION O EXTIRPACION.
1.1.1.12.14. EXTIRPACION DE TUMOR DE PARTES BLANDAS.
1.1.1.12.15. EXTIRPACION DE CUERPO EXTRAÑO SUBCUTANEO (anestesia local).
1.1.1.112.16. EXTIRPACION DE CUERPO EXTRAÑO SUBCUTANEO (anestesia general.)
1.1.1.12.17. TRATAMIENTO QUIRURGICO DE HERIDAS COMPLEJAS EN CARA O MIEMBROS.
1.1.1.13. HEMATOLOGIA: HEMOTERAPIA.
1.1.1.13.1. TRANSFUSION UNIDAD DE SANGRE Y/O PLASMA (hasta 12 sesiones).
1.1.1.13.2. ASISTENCIA OPERATORIA.
1.1.1.14. GASTROENTEROLOGIA: PROCEDIMIENTOS DIAGNOSTICOS Y TERAPEUTICOS.
1.1.1.14.1. POLIPECTOMIA ALTA. ENDOSCOPIA DIGESTIVA ALTA.
1.1.1.14.2. POLIPECTOMIA BAJA. COLONOSCOPIA.
1.1.1.14.3. ESCLEROSIS DE LESION SANGRANTE O VARICES ESOFAGICAS POR SESION.
1.1.1.14.4. EXTRACCION DE CUERPO EXTRAÑO EN EL TUBO DIGESTIVO.
Exclusivamente en condiciones establecidas por LA EMPRESA:
1.J Cirugías Programadas e Internaciones por maternidad para casos que no hayan cumplido su período de espera correspondiente.
2.J Cirugías con fines de embellecimiento y plásticas en general, cualquiera sea su localización.
3.J Cirugías Bariátricas (estomago); Tavi (Cardiocirugia)
4.J. Estudios de laboratorios e imágenes no realizados en el país.
Están excluidos todos los servicios y coberturas, ya sean de diagnóstico, de internación y de intervención derivados o provenientes o a consecuencia de:
1.K Cirugías programadas e internaciones por maternidad para casos que no hayan cumplido su período de espera correspondiente.
2.K Cirugías, tratamientos o servicios con fines de embellecimiento y plásticas en general, cualquiera sea su localización o sus consecuencias.
3.K Cirugías bariátricas (estómago); TAVI (cardiocirugía)
4.K Estudios de imágenes o laboratorios no realizados en el país.
5.K Tentativas de suicidio o lesiones autoprovocadas y sus secuelas físicas y/o mentales.
6.K Lesiones producidas en competencias profesionales o amateurs de alto riesgo.
7.K Anteojos, lentes de contacto. Prótesis de cualquier naturaleza, órtesis, biomaterial.
8.K Dispositivos intrauterinos (DIU) y cualquier método anticonceptivo o con fines de esterilidad
9.K Procedimiento de diagnóstico y terapéuticos, como perfusiones orgánicas, implantes, transplantes.
10.K Curas de reposo y/o internaciones por Trastornos Mentales o seniles.
11.K Sangre y/o plasma y derivados, y materiales de transfusión, siempre y cuando hayan superado la cobertura de 5 por año y por beneficiario.
12.K Lesiones causadas por la acción de rayos X o similares, así como por cualquier forma o elemento radiactivo.
13.K Tratamientos del S.I.D.A. o enfermedades relacionadas con ella.
14.K Todo tipo de evento derivado en transgresión de las Leyes y Reglamentaciones vigentes.
15.K Lesiones y enfermedades resultantes de la participación en duelos, riñas y/o delitos comprobados y en caso accidental deberán acompañar siempre una documentación legal sobre lo sucedido para ser atendidos con cobertura.
16.K Técnicas, tratamientos y/o exámenes de fertilización y sus productos y/o su reversión, o para disfunción eréctil.
17.K Quemaduras cuando superan el 30% de la superficie corporal.
18.K Formalización post-morten.
19.K Embarazos y consecuencias de embarazos de aseguradas como hijas solteras y otras que no pagan derecho a maternidad.
20.K Servicio de ambulancia para el traslado del beneficiario para sesiones de fisioterapia y de consulta, o fuera de las previsiones de este reglamento.
21.K Tratamientos médicos no autorizados por la Legislación vigente o en etapa experimental, así como tampoco intervenciones quirúrgicas no reconocidas por la experiencia médica corriente, aun si fueran efectuadas por profesionales habilitados; tratamientos dietéticos, ni consultas, ni ningún tipo de examen al respecto.
22.K Cirugía plástica y de embellecimiento.
23.K Alcoholismo, intoxicaciones debido al abuso del alcohol, abuso o adicción de drogas, o toxicomanía, o a consecuencia de lesiones causadas por accidentes ocasionadas por encontrarse bajo el influjo el alcohol y/o drogas.
24.K En caso de pacientes en estado de descerebración (Glasgow 4 o menos) cuyo diagnóstico sea irreversible, se aplicará el Protocolo de Muerte Cerebral, y termina la cobertura por parte del Servicio Médico, quedando a cargo de los familiares los gastos correspondientes.
25.K Tratamientos e internaciones por enfermedades mentales cualquiera sea su origen o desarrollo.
26.K Tratamiento de várices por inyecciones esclerosantes, láser o aplicación de BOTA de UNNA.
27.K Servicios odontológicos.
28.K Petscan
29.K Vacunas para tratamientos alérgicos.
30.k Servicios no preautorizados no serán cubiertos/pagados
Estos comprenden los de Laboratorios (bioquímicos, bacteriológicos, virológicos, microbiológicos) y de Imágenes, que son prestados por los Centros de Diagnósticos en convenio con LA EMPRESA y según lo establecido en el presente pre contrato ó especificaciones técnicas. Con el pedido de los estudios auxiliares solicitado por el médico tratante, el beneficiario deberá concurrir a LA EMPRESA para su visación correspondiente, posteriormente podrá ir al Laboratorio o Centro de Imágenes en convenio, de su elección.
Para los estudios de Imágenes, LA EMPRESA cubrirá MEDICAMENTOS Y MATERIALES DE CONTRASTE hasta la suma de G. 600.000. En caso de ser necesario anestesia y honorarios del anestesista cobertura total.
Las indicaciones médicas de estudios auxiliares de Diagnóstico y tratamiento deben expedirse con el Nombre y Apellido del beneficiario, Número de Beneficiario, fecha de expedición y firma y sello del Profesional tratante, en convenio o no. También deben contar con el diagnóstico presuntivo. No deberán tener enmiendas o agregados y los de rutina y simples deberán hacerse en órdenes diferentes a los especiales y en todos los casos deberán contar con la visación. Caso contrario no podrán realizarse las prácticas indicadas.
ANEXO A
17 HIDROXIPROGESTERONA NEONATAL
ACETILCOLINESTERASA ERITROCITARIA
ACIDO URICO EN ORINA
ACIDO URICO EN SANGRE
BILIRRUBINA DIRECTA
BILIRRUBINA TOTAL
BIRRUBINA INDIRECTA
CITOLOGIA LIQ. PLEURAL
CK (CREATININKINASA), Sangre
CK MB (CREATININKINASA MB), Sangre
CK IZOENZIMAS (CPK MM), Sangre
CLORURO EN ORINA
CLORURO, SALIVA
CLORURO EN SANGRE
CLORURO, L.C.R
COAGULOGRAMA EN SANGRE
COLESTEROL HDL en sangre
COLESTEROL LDL en sangre
COLESTEROL Totales sangre
COLESTEROL VLDL en sangre
CREATININA EN ORINA
CREATININA EN SANGRE
CULTIVO PARA HONGOS
CULTIVO PARA GERMENES COMUNES
CULTIVO VARIOS
CULTIVO EN ANAEROB. DE MAT. BIOLÓGICOS
CULTIVO ESPERMA
CULTIVO HECES
CULTIVO LIQ. BIOLOGICOS P/ gérmenes comunes
CULTIVO punta de catéter y otros dispositivos
ELECTROLITOS EN ORINA
ELECTROLITOS EN SANGRE
ENZIMAS CARDIACAS (GOT, CK, CK MB, LDH)
ERITROSEDIMENTACION
EX MICROBIOLOGICO fresco T. de giemsa
EX. MICOLOGICO FRESCO mat. biológ
EX. MICROB. CAMPO OSCURO varios mat.
EX. MICROBIOLOGICO fresco T. De gram
FIBRINOGENO, SANGRE
FIBRINOLISIS
FOSFATASA ALCALINA, SANGRE
FROTIS DE SANGRE PERIFERICA/MUCOSA
GAMMA GT (GAMMA GLUTAMILTRASFERASA), Sangre
GAMMA GT (GAMMA GLUTAMILTRASFERASA), Líquido Synovial
GASOMETRÍA ARTERIAL EN SANGRE
GASOMETRÍA VENOSA EN SANGRE
GLOBULOS BLANCO
GLOBULOS ROJOS
GLUCOSA (PTGO)
GLUCOSA (PTGO) EMBARAZADA
GLUCOSA EN SANGRE
GLUCOSA PRE Y POST PRANDIAL
GOT (ASPARTATO AMINOTRANSFERASA), Líquidos
GOT (ASPARTATO AMINOTRANSFERASA), Sangre
GPT (ALANINA AMINOTRANSFERASA), Líquidos
GPT (ALANINA AMINOTRANSFERASA), Sangre
HECES BENEDICT
HECES EX. PARACITOLOGICO
HECES EX. PARASITARIO
HECES FLORA MICROBIANA
HECES FROTIS
HECES MICROSCOPIA FUNCIONAL
HEMATOCRITO EN SANGRE
HEMOCULTIVO EN AEROBIOSIS ADULTO CON INHIBIDOR E ATB AUTOMATIZADO
HEMOCULTIVO EN ANAEROBIOSIS ADULTO SIN INHIBIDOR DE ATB AUTOMATIZADO
HEMOCULTIVO EN ANAEROBIOSIS AUTOMATIZADO
HEMOGLOBINA EN SANGRE
HEMOGRAMA EN SANGRE
HEPATOGRAMA SANGRE
INR / PR
L.C.R. CITOLOGIA
L.C.R. CULTIVO
L.C.R. FROTIS
L.D.H. LIQUIDO ASCITICO
L.D.H LIQUIDO DE DRENAJE
L.D.H - LIQUIDO PERICARDICO
L.D.H LIQUIDO PERITONEAL
L.D.H LIQUIDO SINOVIAL
L.D.H (LACTICODESHIDROGENASA), SANGRE
L.D.H, L.C.R
L.D.H, LIQ. PLEURAL
LCR CLORO
LCR GLUCOSA
LIPIDOGRAMA EN SANGRE
LIPIDOS TOTALES, SANGRE
ORINA BENEDICT (AZUC. RED)
ORINA CULTIVO
ORINA DENSIDAD
ORINA GLUCOSA
ORINA RUTINA
ORINA SEDIMENTO
ORINA/ HECES/GENITAL
PCR CUANTITATIVA
PCR ULTRA SENSIBLE
PH HECES
PH ORINA
PLAQUETAS EN SANGRE
POTASIO EN ORINA
POTASIO EN SANGRE
PROTEINA C
PROTEINA C REACTIVA (LATEX
SODIO EN ORINA
SODIO EN SANGRE
TIEMPO DE PROTROMBINA, SANGRE
TIEMPO DE TROMBINA
TIPIFICACION EN SANGRE
TRIGLICERIDOS, SANGRE
TRIGLICERIDOS LIQUIDO DE DRENAJE
TRIGLICERIDOS LIQUIDO PERICARDICO
TRIGLICERIDOS LIQUIDO SINOVIAL
TRIGLICERIDOS LIQUIDO ASCITICO
TRIGLICERIDOS LIQUIDO PERITONEAL
TRIGLICERIDOS LIQUIDO PLEURAL
TROPONINA T-TROPONINA I
TTPA
UREA EN ORINA
UREA EN SANGRE
VDRL EN L.C.R
VDRL EN SANGRE
ANEXO B
ALBÚMINA (O)/MICROALBUMINURIA
ALBÚMINA EN L.C.R.
ALBÚMINA EN SANGRE
ALBUMINA, LIQUIDO ABDOMINAL
ALBUMINA, LIQUIDO ASCITICO
ALBUMINA, LIQUIDO DE DRENAJE
ALBUMINA, LIQUIDO PERICARDICO
ALBUMINA, LIQUIDO PERITONEAL
ALBUMINA, LIQUIDO PLEURAL
ALBUMINA, ORINA
ALDOLASA EN SANGRE
ALDOSTERONA (O)
ALDOSTERONA SANGRE
ALFA 1 ANTITRIPSINA sangre
AMILASA orina
AMILASA, LIQUIDO ASCITICO
AMILASA, LIQUIDO DE DRENAJE
AMILASA, LIQUIDO DUODENAL
AMILASA, LIQUIDO PANCREATICO
AMILASA, LIQUIDO PERICARDICO
AMILASA, LIQUIDO PERITONEAL
AMILASA, LIQUIDO PLEURAL
AMILASA sangre
AMONIO sangre
AMONIO, LIQUIDO ASCITICO
AMONIO, LIQUIDO PERITONEAL
ANA - ENA
ANTIBIOG. P/EST. BACTER. AGUA
ANTIBIOGRAMA P/CAMPYLOBACTER
ANTIBIOGRAMA P/MICOPLASMA
ANTIC. ANTILISTERIA
ANTIGENOS FEBRILES
ARTRITEST
ASTO
BASOFILOS
C.I.M (concent. Inhibitoria mínima) AMIKACINA
C.I.M (concent. Inhibitoria minima) AMPICILINA
C3
C4
CA 125
CA15-3
CA19-9
CALCIO EN ORINA
CALCIO IONICO
CALCIO TOTAL
CALCITONINA
CALCULO URINARIO
CELULAS LE EN SANGRE
CHLAMIDIA TRACHOMATIS ANTIG. Varios mat.
CHLAMYDIAS PNEUM. IGG
CHLAMYDIAS PNEUM. IGM
CHLAMYDIAS PSITACCI IGG
CHLAMYDIAS PSITACCI IGM
CHLAMYDIAS TRACHOMATIS IGG
CHLAMYDIAS TRACHOMATIS IGM
CITOMEGALOVIRUS COLORAC. GIEMSA
CITRATO EN ORINA
CLEARANCE DE CREATININA
CLEARANCE DE UREA
COBRE EN ORINA
COBRE EN SANGRE
COLINESTERASA
COLORAC. AZUL DE TOLUIDINA, Varios Materiales
COLORACIÓN DE ZIEHL
COLORACION P/ BAAR
COOMBS DIRECTO
COOMBS INDIRECTO
COOMBS INDIRECTO CUANTITATIVO
COPROFUNCIONAL
CRIOAGLUTININAS
CRIOGLOBULINAS
CUANTIFIC. DE AMINOÁCIDOS (S. Y O.)
CUERPO CETONICO ORINA
CUERPOS CETONICOS SANGRE
CULTIVO CAMPILOBACTER HECES
CULTIVO PARA BAAR
CULTIVO PARA LISTERIA
DENGUE ANTIC. Igm. Sangre
DENGUE NS1 ANTIGENO
DHEA
DHEA- SO4
DIOXIDO DE CARBONO
DNA ANTICUERPOS
DNA ds ANTICUERPOS, sangre.
DOBLE TEST (HCG LIBRE, PAPP-A) sangre
ELEMENTOS JÓVENES
ENA
EOSINOFILOS
ESPERMA PARASITOS
ESPERMOGRAMA
ESPORAS MICOTICAS
ESPUTO EOSINOFILOS MASTOCITOS
ESTEATOCRITO HECES
FACTOR REUMATOIDEO ANTICUERPOS IgA IgG IgM, Sangre
FACTOR REUMATOIDEO ANTICUERPOS IgA, Sangre
FACTOR REUMATOIDEO ANTICUERPOS IgG, Sangre
FACTOR REUMATOIDEO ANTICUERPOS IgM, Sangre
FACTOR REUMATOIDEO CUANTITATIVO, Sangre
FACTOR REUMATOIDEO, Líquido Articular
FACTOR REUMATOIDEO, Sangre
FERRITINA SANGRE
FOSFATASA ACIDA PROSTATICA (PAP)
FOSFATASA ACIDA TOTAL
FOSFOLIPIDOS
FOSFORO ORINA
FÓSFORO SANGRE
GLOBULINA, LIQUIDO ABDOMINAL
GLOBULINA, SANGRE
GLOBULINA, LIQUIDO PLEURAL
GONOCOCO BÚSQUEDA
HAMBURGUER ORINA
HBA 1C (hemoglobina glicada) sangre
HCG CUALITATIVO
HCG CUANTITATIVO
HCG marcador tumoral
HELICOBACTER PYLORI IGM
HELICOBACTER PYLORI IGG
HEMOGLOBINA FETAL SANGRE
HEMOPARASIT. OBSERV. DIRECTA
HEMOPARASITOS GOTA GRUESA
HIERRO CAPACIDAD DE SATURACION SANGRE
HIERRO SERICO, SANGRE
HORMONA DE CRECIMIENTO
IDENTIFIC. SEROLOGICA BACTERIAS
IDENTIFICACIÓN DE PARASITO
INFLUENZA A ANTICUERPOS IgG (IFI), Sangre
INFLUENZA A ANTICUERPOS IgG, Sangre
INFLUENZA A ANTICUERPOS IgM (IFI), SANGRE
INFLUENZA A ANTICUERPOS IgM, Sangre
INFLUENZA A ANTIGENO, Varios Materiales
INFLUENZA B ANTICUERPOS IgG (IFI), Sangre
INFLUENZA B ANTICUERPOS IgG, Sangre
INFLUENZA N ANTICUERPOS IgM (IFI), Sangre
INFLUENZA B ANTICUERPOS IgM, Sangre
INFLUENZA B ANTIGENO, Varios Materiales
LATEX EN L.C.R.
LATEX EN LIQUIDO PLEURAL
LATEX EN ORINA
LATEX P/ASPERGILLUS ANTIGENO
LATEX P/CANDIDA ANTIGENO
LATEX P/CRYPTOCOCCUS ANTEG.
LATEX P/LEGIONELLA PNEUMOFILA
LATEX P/STERPT. GRUPOLATEX P/STREPT. GRUPO A
LATEX P/STREPTOCOCO
LCR HONGOS
LCR LATEX
LCR HIV ANTICUERPOS
LCR QUIMICO
LCR TINTA CHINA
LCR TOXO IGG ANTIC.
LCR TOXO IGM ANTIC.
LH
LINFA CUTÁNEA COLORAC. DE ZIEHL
LIPASA
LIQ. AMNIÓTICO CULTIVO
LIQ. ARTICULAR CITOQUIMICO
LIQ. ARTICULAR CRISTALES
LIQ. GASTRODUODENAL PARASITOS
LIQ. PLEURAL CITOQUIMICO
LITIO, SANGRE
LITIO, SANGRE PRE POST
MAGNESIO EN ORINA
MAGNESIO EN SANGRE
METAMIELOCITOS
MIELOCITOS
MONOCITOS
MONOTEST
MUSCULO LISO (ASMA)
MUSCUO ESTRIADO AC
MYCOPLASMA HOMINIS
MYCOPLASMA PNEUM. IGG
MYCOPLASMA PNEUM. IGM
NEISSERIA GONORREA (NG)
NEUMONIA ATIPICAS IGG
NEUMONIA ATIPICAS IGM
OXALATO DE ORINA
OXIURIUS
PEPTIDO - C
PEPTIDO C PRE Y POST
PORFIRINAS TOTALES ORINA
PORFOBILINOGENO
PPD
PROMIELOCITOS
PROTEINAS DE BENCE JONES
PROTEINAS ELECTROFORESIS SANGRE
PROTEINAS TOTALES A/G
PROTEINAS TOTALES ORINA
PROTEINAS TOTALES SANGRE
PROTEINURIA DE 24 HS
PRUEBA TOLERANCIA A LA LACTOSA.
REACCION DE HUDDLESON
REACCION DE WAALER ROSE
REACCION DE WIDAL
REACCION DE BUNNEL
REACCION MACHADO GUERREIRO
RECUENTO DE ADDIS
RETICULOCITOS
ROTAVIRUS
SAATHOT O SUDAN III (GRASAS
SANGRE OCULTA / TEST DE GUAYACO
SEC. NASAL EOSINOFILOS MASTOCITOS
SEC. URETRAL CULT. THAYER
SEC. VAGINAL. PH
SEC. VAGINAL THAYER MARTÍN
TEST DE INFLUENZAS
TEST POR ISOPADO NASOFARINGEO
TRANSFERRINA
UREAPLASMA - UREALITICUM
VIROCITOS
VIRUS RESP. SINCITIAL IGM
VIRUS RESP.SINCITIAL IGG
VIRUS RESP.SINCITIAL ANTIG.
ANEXO C
17-OH- PROGESTERONA
ACIDO VALPROICO
ACTH (CORTICOTROPINA), PM, SANGRE
ACTH (CORTICOTROPINA), SANGRE
ALFAFETOPROTEINA SANGRE
ALFAFETOPROTEINA SANGRE MATERNA
ANDROSTENEDIONA
ANTIGENO CARCINO EMBRIONARIO (CEA)
FSH
ANTIGENO HIDATIDICO
CARBAMAZEPINA
CORTISOL (16 HS) SANGRE
CORTISOL (8HS) SANGRE
CORTISOL ORINA
DIGITOXINA
DIGOXINA
DIMERO-D
E STRADIOL
EPSTEIN BAAR ANTIC IGG ANTI- VCA(EVCA)
EPSTEIN BAAR EA ANTIC. IGG (EBV EA)
EPSTEIN BAAR EA ANTIC. IGM (EBV-EA)
EPSTEINBAAR ANTIC IGM ANTI VCA (EVCA)
ESTRIOL LIBRE
ETANOL EN SANGRE
FENITOINA/DIFENILHIDANTOINA, SANGRE
FTA ABS (Anticuerpos IgG, TREPONEMA PALLIDUM), L.C.R
FTA ABS (Anticuerpos IgG, TREPONEMA PALLIDUM), SANGRE
FTA ABS (Anticuerpos IgM, TREPONEMA PALLIDUM), L.C.R
FTA ABS (Anticuerpos IgM, TREPONEMA PALLIDUM), SANGRE
FTI
HEPATITIS A (HAV) ANTICUERPOS IGG, SANGRE
HEPATITIS A (HAV) ANTICUERPOS IGM, SANGRE
HEPATITIS B ANTICUERPOS DE SUPERFICIE (HBs-ac), Sangre
HEPATITIS B ANTIGENO DE SUPERFICIE (HBs-ac), Sangre
HEPATITIS B CORE ANTICUERPOS IGM, SANGRE
HEPATITIS B CORE ANTICUERPOS TOTAL, SANGRE
HEPATITIS B VIRUS E ANTICUERPOS, SANGRE
HEPATITIS B VIRUS E ANTIGENO, SANGRE
HEPATITIS C, HCV, ANTICUERPOS IgG, Sangre
HEPATITIS C, HCV, ANTICUERPOS IgM, SANGRE
HERPES SIMPLE TIPO 1, ANTICUERPOS IGG, L.C.R
HERPES SIMPLE TIPO 1, ANTICUERPOS IGG, SANGRE
HERPES SIMPLE TIPO 1, ANTICUERPOS IGM, L.C.R.
HERPES SIMPLE TIPO 1, ANTICUERPOS IGM, SANGRE
HERPES SIMPLE TIPO 2, ANTICUERPOS IGG, SANGRE
HERPES SIMPLE TIPO 2 ANTIC IGM, SANGRE
HERPES ANTIGENO SEC. BUCAL
HERPES ANTIGENO SEC. GENITAL
HIV 1 / HIV 2 ANTICUERPOS
IGA (INMUNOGLOBINA A), SANGRE
IGA (L.C.R.)
IGA SECRETORIA EN SALIVA
IGE (INMUNOGLOBINA E), SANGRE
IGF-1 (FACTOR CREC. TIPO INS 1)
IGG (INMUNOGLOBINA G), SANGRE
IGG SUB CLASES
IGG, LCR
IGM (INMUNOGLOBINA M), SANGRE
IGM, LCR
INSULINA P/TEST T. GLUCOSA
INSULINA PRE Y POST
INSULINA, SANGRE
LEISHMANIASIS CUTANEA IGG
LEISHMANIASIS CUTANEA IGM
LEISHMANIASIS DONOVANI VISCERAL
LEISHMANIASIS VISCERAL IGG+IGM (RK39)
LEISHMANIASIS VISCERAL CANINA
MARCADORES INMUNOLOGICOS
MICROSOMALES ANTICUERPOS (TPO)
MITOCONDRIALES ANTICUERPOS
NICOTINA EN ORINA
NTX (OSTEOPOROSIS)
PARATHORMONA, SANGRE
PAS (LIBRE O TOTAL)
PAS LIBRE (ANTIG. PROST. ESPECIF.)
PERFIL REUMATOIDEO
PROGESTERONA, SANGRE
PROLACTINA SANGRE (3 DETERMINACIONES)
PROLACTINA, SANGRE
PROLACTINA, SANGRE (2 DETERMINACIONES)
PROLACTINA, SUERO MATERNO
PROTEINA S, SANGRE
ROTAVIRUS ANTIG. HECES
RUBÉOLA VIRUS IGG ANTICUERPO
RUBÉOLA VIRUS IGM ANTICUERPO
SCREENING METABOLICO (NIÑOS)
SCREENING..ANA..ENA..NTX (ANTI.NUCLEA.EXTRACTABLES)
T. DE XILOSA (ADULTOS)
T. DE XILOSA (NIÑOS)
T.T.P.A, SANGRE
T3 LIBRE, SANGRE
T3 SANGRE
T4 LIBRE, SANGRE
T4, SANGRE
T3 UPTAKE
TEOFILINA
TEST DENGUE
TEST DE O´SULLIVAN
TESTOSTERONA LIBRE
TESTOSTERONA TOTAL, SANGRE
TIROGLOBULINA, SANGRE
TIROGLOBULINAS ANTICUERPOS, SANGRE
TIROIDEOS ANTICUERPOS
TIROPEDOXIDASA-ANTICUERPOS (TPO AC) MICROSOMALES
TOXOPLASMA IGG AC EN LCR
TOXOPLASMA IGG ANTIC (IFI)
TOXOPLASMA IGG ANTICUERPO
TOXOPLASMA IGM AC EN LCR
TOXOPLASMA IGM ANTIC (IFI)
TOXOPLASMA IGM ANTICUERPO
TRIPANOSOMA IGG ANTICUERPO
TRIPANOSOMA IGM ANTICUERPO
TRIPLE TEST (HCG+AFP+ESTRIOL)
TSH (HORMONA EST. DEL TIROIDE), SANGRE
TSH NEONATAL
VANCOMICINA, SANGRE
VANCOMICINA, SANGRE PRE Y POST
VITAMINA B12, SANGRE
ANEXO D
17- A-OH PROGESTERONA
17- CETOSTEROIDES, ORINA
17- HIDROXICORTICOSTEROIDES, ORINA
5- HIDROX-INDOLACETICO, ORINA
A SUBTIPO (TIPIFICACION)
A. ACARUS SIRO (O70A)
A. ALFA LACTOALBUMINA (F67 A)
A. APIS MELIFERA (I1A)
A. ASPERGILLUS FUMIGATIS (M3A)
A. BANANA
A. BETA LACTOALBUMINA (F77)
ALFA LACTOALBUMINA (F76)
A. CANDIDA ALBICANS (M5A)
A. CASEINA (F78A)
A. CASPA DE CABALLO (E3A)
A. CASPA DE PERRO (E5A)
A.CERDO (F26A)
A.CHOCOLATE (F105A)
A.CUCARACHA (IC)
A.DERMATOPH. FARINAE (D2A)
A.DERMATOPH. PTERONYSSINUS (D1A)
A.EPITELIO DE GATO (E1A)
A.EPITELIO DE PERRO (E2A)
A.GIANT RAGWEED (W3A)
A.HIERBA COMUN (W1A)
HIERBA (W2M/WERTERN RAG)
A.HUEVO (F1A)
A.LAMBS QUARTERS (W10A)
A.LECHE (F2A)
A.MAIZ (F8A)
A.NARANJA (F33A)
A.PENICILINA (C10A)
A. PENICILINA (C20)
A.PESCADO (F3A)
A.POLVO DE CASA (H2A)
A.QUESO (F81A)
A.SOJA (F14A)
A.TOMATE (F25A)
A.TRIGO (F4A)
A.VESPULA SPP (I3A)
A.WESTERN RAGWED (W2A)
ACETAMOFENO (NO NARCOTICO)
ACIDO ACETIL MANDELICO
ACIDO ACETIL SALICILICO (AAS), ORINA
ACIDO ACETIL SALICILICO (AAS), SANGRE
ACIDO FENIL PIRUVICO
ACIDO FOLICO , GLOBULOS ROJOS
ACIDO FOLICO, SANGRE TOTAL
ACIDO FOLICO, SUERO
ACIDO LÁCTICO, LIQUIDOS BIOLOGICOS
ACIDO LACTICO, L.C.R
ACIDO LACTICO, SANGRE
ACIDO URICO, DEPURACION, SANGRE Y ORINA
ACIDO URICO, LIQUIDO SYNOVIAL
ACIDO URICO, Orina 2h
ACIDO URICO, Orina 4h
ACIDO PIRUVICO
AFP (ALFAFETOPROTEINA), Sangre
AFP (ALFAFETOPROTEINA), Sangre Materna
AFP EN LIQ. AMNIÓTICO
AG. DEL CLOSTRIDIUM DIFFICILE
AGENTES DIURÉTICOS
AGUA ANÁLISIS BACTERIOLÓGICO
AGUA ESTUDIO FISICO
AMINOÁCIDOS (S. Y O.)
AMITRIPTILINA (TRICICLICOS)
AMOBARBITAL (BARBITURICOS)
ANALISIS DE FARMACO CUALITATIVO
ANÁLISIS DE FÁRMACO(CUANTIT.)
ANÁLISIS DE FÁRMACO(MICROBIOL)
A.FRUTILLA (F44A)
ANFETAMINAS CUALITATIVO, SANGRE
ANFETAMINAS
ANTIGLIADINA IGA
ANTIGLIADINA IGG
ANTITROMBINA III, SANGRE
A-OH PROGESTERONA
APOLIPOPROTEINA A 1
APOLIPOPROTEINA B
APROBARBITAL (BARBITÚRICOS)
APROBARBITURICOS
ARTRITEST ISÓTOPOS IGA
ARTRITEST ISÓTOPOS IGG
AUTOVACUNA, Varios Materiales
AZUC. REDUCTORES (GAL, CET, ALD)
AZUC. REDUCTORES (BENEDICT) (O)
AZUC. REDUCTORES (BENEDICT), HECES
B2 MICROGLOBULINA, SANGRE
B2 MICROGLOBULINA EN ORINA
BARBITAL (BARBITÚRICOS)
BARBITÚRICOS (O)
BENZODIAZEPINA
BENZODIAZEPINA (METABOLICOS)
BUTARBITAL (BARBITÚRICOS)
CAFEINA
CARBAMATO EN OTROS LIQUIDOS
CARBAMATO EN SANGRE
CARDIOLIPINA ANTICUERPOS IgA, Sangre
CARDIOLIPINA ANTICUERPOS IgG, Sangre
CARDIOLIPINA ANTICUERPOS IgM, Sangre
ACETILCOLINA
CATECOLAMINAS METABOLITOS, Orina
CD4 CD8
CERULOPLASMINA, SANGRE
CICLOSPORINA
CITOMEGALOVIRUS (CVM) ANTICUERPOS, IgG, L.C.R
CITOMEGALOVIRUS (CVM) ANTICUERPOS IgG, SANGRE
CITOMEGALOVIRUS (CVM) ANTICUERPOS IgM, L.C.R
CITOMEGALOVIRUS (CVM) ANTICUERPOS IgM, SANGRE
CLORPOMAZINA (FENOTIAZINA)
CODEÍNA (NARCÓTICOS)
COMPLEMENTO HEMOLITICO (CH1OO)
COPROPORFIRINAS
CROMATINA SEXUAL
CROMO EN SANGRE
DETERMINACIÓN DE FACTOR VIII, SANGRE
DIAZEPAN (BENZODIAZEPINA)
DOBLE TEST (HCG LIBRE, PAPP-A), Sangre
DOSAJE AC. ORGANICOS (CUANTIF.)
DOXEPIN (TRICICLICOS)
ELECTROF. DE PROT. ALTA RESOLUCION, L.C.R
ELECTROF. DE PROTEINAS, SANGRE
ELECTROF. DE PROTEINAS, ORINA
ELECTROF. DE PROTEINAS, LIQUIDO SYNOVIAL
ELECTROF. DE LIPOPROTEINAS, SANGRE
ELECTROF. DE HEMOGLOBINA, SANGRE
ENDOMISIO ANTICUERPOS IGG, SANGRE
ENDOMISIO ANTICUERPOS IGA, SANGRE
ENFERMEDADES DE LYME
ESTRICNINA (ALCALOIDES)
ETANOL EN OTROS LIQUIDOS
ETINAMATO (NO BARBITÚRICO)
ETOSUXIMIDA
FENCICLIDINA (ALUCINOGENO)
FENOBARBITAL CUANTITATIVO, SANGRE
FRUCTOSAMINA, SANGRE
FRUCTOSA, PLASMA SEMINAL
GENTAMICINA
GLUTETIMIDA (NO BARBITÚRICO)
GALACTOSA NEONATAL
GALACTOSA, SANGRE
HANGER
HAPTOGLOBINA, SANGRE
HEPATITIS C POR PCR
HISTOPLASMINA SEROLOGIA
HISTOPLASMOSIS
HLA ABC (PATERNIDAD)
HLA ABC (TRANSPLANTE)
HLA B27
HLA-B25
HLA DR (TRANSPLANTE)
IMIPRAMINA (TRICICLICOS)
INDICE IGG / ALB. LCR / SUERO
INDICE A LA RESISTENCIA A LA INSULINA HOMA
INDICE PAS LIBRE / PAS 3ª. GENERAC.
INMUNOFIJACION, L.C.R
INMUNOFIJACION, ORINA
INMUNOFIJACION, SANGRE
MANGANESO
MARIHUANA (GC), SANGRE
MARIHUANA CUALITATIVO, (TEST RAPIDO), ORINA
MEPROBAMATO (CARBAMATO)
METACUALONA (NO BARBITURICO)
METADONA (NARCÓTICOS)
METAHEMOGLOBINA
METANEFRINA
METANFETAMINA (ANFETAMINA)
METOTREXATO
MIOGLOBINA, ORINA
MIOGLOBINA, SANGRE
MORFINA (NARCOTICO)
NICOTINA (ALCALOIDES)
NORTRIPTILINA (ALCALOIDES)
ORGANICOS ACIDURIOS
PANEL ANIMAL (1) (EP1A)
PANEL DE ALIMENTOS (2) (FP2A)
PANEL DE ALIMENTOS (3) (FP3A)
PANEL DE ALIMENTOS (5) (FP7A)
PANEL DE HIERBAS (1) (WP1A)
PANEL DE INHALANTES (IP1A)
PANEL DE MOHOS Y LEVA (2) (MP2)
PANEL DE PASTOS (GP2A)
PANEL DE POLVOS (HP1A)
PENTOBARBITAL (BARBITÚRICO)
PERFIL EJECUTIVO
PERFIL QUIMICO
PLOMO EN SANGRE
PLOMO EN ORINA
PM-1
PROPOXIFENO (NARCOTICO)
PSEUDOEFEDRINA (ANFETAMINA)
QUININA (ALCALOIDES)
RECEPTORES ESTROGENICOS
RH FENOTIPO
RO SSA ANTICUERPO
SCL 70 ANTICUERPOS
SECOBARBITAL (BARBITÚRICOS)
SM RNP ANTICUERPOS
TEST DE ESTIM. CON CORTROSYN
TEST DE ESTIM. HGHCON EJERCICIO
TEST DE ESTIM. CON LH - RH
TEST DE ESTIM. CON TRH
TEST DE ESTIM. HGH CON GLUCOSA
TEST DE ESTIM. HGH CON GLUCAGON
TEST DE ESTIM. HGH CON PROPANOLOL
TEST DE ESTIM. HGH POST SUEÑO
TEST DE ESTIRILIDAD, AMPOLLAS
TEST DE ESTIM. HGH CON L-DOPA
TEST DE ESTIM. HGH, FARMACO + EJER
TEST DE HGH CON CLONIDINA
TEST DE INHIB. CON DEXAMETASONA
TEST DE HIPOGLUCEMIA
TEST DE METOCLOPRAMIDA
TEST DE SUDOR
TES DE SIMS-HUMER
TRIFLUOPERAZINA (FENOTIAZINA)
TRIMEPRAZINA (FENOTIAZINA)
YODO EN ORINA
ZIGOTICIDAD
ZINC , SANGRE
VITAMINA D
ANEXO E
ESTUDIOS DE IMAGENES
ABDOMEN SIMPLE
ANTEBRAZO TODAS LAS POSICIONES
APÉNDICE
ARBOL URINARIO SIMPLE
BRAZO TODAS LAS POSICIONES
CADERA O PELVIS TODAS LAS POSICIONES
CODO TODAS LAS POSICIONES
COLUMNA DORSAL TODAS LAS POSICIONES
COLUMNA CERVICAL TODAS LAS POSICIONES
COLUMNA LUMBAR TODAS LAS POSICIONES
COSTILLA TODAS LAS POSICIONES
CRANEO EN TODAS LAS POSICIONES
CRANEO PARA ORTODONCIA
DEDO 2 POSICIONES
ESPINOGRAFIA
ESCANOMETRIA
ESTERNON TODAS LAS POSICIONES
HOMBRO TODAS LAS POSICIONES
MAMA (PIEZA OPERATORIA) P/PLACA
MAMA (REFERAGE P/BIOPSIA) P / PLACA
MAMOGRAFÍA TODAS LAS POSICIONES
MANO EN TODAS LAS POSICIONES
MANO EN PLACA DE MAMOGRAFIA
MASTOIDE EN TODAS LAS POSICIONES
MAXILAR INFERIOR TODAS LAS POSICIONES
MAXILAR INFERIOR C/ ORTOPANTOMOGRAFIA
MUÑECA EN TODAS LAS POSICIONES
MUSLO O FÉMUR EN TODAS LAS POSICIONES
ORBITAS C / POSICION TODAS LAS POSICIONES
PIE TODAS LAS POSICIONES
PIERNA TODAS LAS POSICIONES
PLANTIGRAFIA
POLISOMNOGRAFIA
RODILLA TODAS LAS POSICIONES
SACRO-COXIS TODAS LAS POSICIONES
SACO LAGRIMAL 1Y2 LADOS
SACO LAGRIMAL (RADIOL CON ESPECIALISTA)
SCOPÍA COMO COMPL. DE EXAMEN C/ TV
SCOPIA ARCO C POR 1 HORA
SCOPIA ARCO C POR MAS DE 1 HORA
SENOS FACIALES EN TODAS LAS POSICIONES
SENOS PARANASALES
TOBILLO TODAS LAS POSICIONES
TORAX TODAS LAS POSICIONES
VESÍCULA SIMPLE
ANEXO F
ESTUDIOS RADIOLÓGICOS ESPECIALIZADOS QUE NECESITAN DIAGNOSTICOS PRESUNTIVOS.
ANGIOGRAFIA CAROTIDEA H/8 PL. DOS LADOS
ANGIOGRAFIA CAROTIDEA H/8 PL. C/LADO
ANGIOGRAFIA DE CUELLO
ANGIOGRAFIA DE MIEMBRO 1 LADO H/6 PL
ANGIOGRAFIA DE MIEMBRO 2 LADO H/6 PL
ANGIOGRAFIA OCULAR
AORTOGRAFIA LUMBAR O ABDOMINAL H/5 PL
AORTOGRAFIAS SELECTIVAS
ARTERIOGRAFÍA CEREBRAL H/8 PL. 2 LADOS
ARTERIOGRAFÍA CEREBRAL H/8 PL. C/LADO
ARTERIOGRAFÍA SELEC. (ABDOMINAL O TORAX)
ARTERIOGRAFÍA SELECTIVAS DOS ARTERIAS
ARTERIOGRAFÍA SELECTIVA RENAL UN LADO
ARTERIOGRAFÍA SELECTIVA RENAL DOS LADOS
BRONCOGRAFIAS DOS LADOS
BRONCOGRAFIA CADA LADO
CAVUM CONTRASTADO
CAVUM
CISTOGRAFIA
COLANGIOGRAFIA ENDOVENOSA- BILLIGRAFINA
COLANGIOGRAFIA OPERATORIA
COLANGIOGRAFIA POST OPERATORIA
COLANGIOGRAFIA RETROG.C/PAPILOTOMIA
COLANGIOGRAFIA RETROGRADA SIMPLE
COLANGIOGRAFIA TRANS PARIETOHEPATICO
COLECISTOGRAFIA ORAL
COLON CONTRASTADO
COLON DOBLE CONTRASTE
COLON POR INGESTIÓN
UROGRAMA DE EXCRESION
UROGRAMA MINUTADO
UROGRAMA POR RESONANCIA MAGNETICA
UROGRAMA
CONTROL RADIO. EN MANIOBRAS TRAUMATOLÓGICAS Y DE DRENAJE BILIAR
DENSITOMETRIA OSEA
ESPINOGRAFIA
FISTULOGRAFIA HASTA DOS PLACAS
FLEBOGRAFIA CADA LADO
FLEBOGRAFIA ISOTÓPICA, RENAL, ESPARMÁTICA
GALACTOGRAFIA BILAT.PREVIA MAMOGRAF.
GALACTOGRAFIA SIN PLACA SIMPLE
GALACTOGRAFIA C/LADO C/PREVIA MAMOGRAFIA
GALACTOGRAFIA SIN PLACA SIMPLE 1 LADO
HISTEROSALPINGOGRAFIA
LINFOGRAFIA CADA LADO
LINFOGRAFIA 2 LADOS
LITOTRIPSIA
LITOTRIPSIA URETRAL
MIELOGRAFIA C/ CONTRASTE
MIELOGRAFIA S/ CONTRASTE
PLANTIGRAFIA DIGITAL ESTATICA Y DINAMICA
ESCANOMETRIA TODAS LAS POSICIONES
ORTOPANTOMOGRAFIA
PIELOGRAFIA ASCENDENTE Y TRASLUMBAR
PIELOGRAFIA ENDOVENOSA O RIÑON CONTRASTE Y MINUTADO
RETINO ANGIOFLURESCEINOGRAFIA
RETINO FLUORESCEINO GRAFIA
SACO LAGRIMAL 1 Y 2 LADOS
SACO LAGRIMAL (RADIOL. C/ ESPECIALISTA)
SIALOGRAFIA EN TODOS LOS LADOS
TRANSITO INTESTINAL COLONICO CON MARCADORES
TRANSPARIETO HEPATICA
URETROCISTOGRAFIA
Obs.: EL MATERIAL DE CONTRASTE y MEDICAMENTOS ESTA CUBIERTO HASTA Gs. 1.000.000. LA DIFERENCIA QUEDA A CARGO DEL BENEFICIARIO |
ANEXO G
ESTUDIOS CARDIOLÓGICOS Y NEUROLOGICOS CON DIAGNOSTICO
ECOCARDIOGRAMAS: TODOS- CON DOPPLER COLOR-CORAZÓN Y VASOS SANGUÍNEOS, PRENATAL Y FETAL, TRANSESOFAGICO, BIDIMENSIONAL.
ECOGRAFIAS CEREBRAL Y NEUROLOGICAS
ECOGRAFIAS DE PARTES BLANDAS ECOGRAFÍAS DE TODOS LOS ORGANOS SIMPLES O CON DOPPLER; PUNCIONES CON CONTROL
ELECTRO MIOGRAFIA
ELECTROCARDIOGRAMA
ELECTROENCEFALOGRAMA
ERGOMETRIA
HOLTER 24 HORAS- CORAZON-ARTERIAL- CEREBRAL
MAPA
ECOCARDIOGRAFIA TRANSESOFAGICA
ECOCARDIOGRAMA TRANSESOFAGICO
En caso de ser necesario un anestesista, se cubrirán los honorarios y anestesia hasta el monto de Gs 1.500.000
ANEXO H
COLPOSCOPIA
CRIOTERAPIA (CAUTERIZACIÓN DE CUELLO)
ESTUDIO CITOLOGICO ENDOMETRIAL
ESTUDIO DE CUELLO
HISTEROSALPINGOGRAFIA
HISTEROSCOPIAS DE CUELLO Y ENDOMETRIAL
LEEP
PAP
ANEXO I
ESTUDIOS OTORRINOLARINGOLOGICOS y BRONCOESOFAGOLOGIA
AUDIOMETRÍA
BIOPSIA DE LARINGE
BRONCOFIBROSCOPIA
BRONCOSCOPIA C/INSTRUMENTO RIGIDO
CAUTERIZACIÓN NASAL
ELECTRONISTAMOGRAFIA
ENDOSCOPIA NASAL
IMPEDANCIOMETRIA
LARINGOFIBROSCOPIA
LARINGOSCOPIA DIRECTA
LARINGOSCOPIA INDIRECTA
LOGOAUDIOMETRIA
OTOMICROSCOPIA
PRUEBA VESTIBULAR
RINOMANOMETRIA
TRAQUEOSCOPIA
VIDEONISTAGMOGRAFIA
ELECTROCOCLEOGRAFIA
OTOEMISIONES ACUSTICAS Y/O EMISIONES
OTOACUSTICAS
ANEXO J
ESTUDIOS OFTALMOLOGICOS
ANGIOGRAFIA
BIOMETRIA
CAMPO VISUAL COMPUT.
CICLOPEJIA
CURVA TENSIONAL
ECOBIOMETRIA- AMBOS OJOS
ECOGRAFIA OCULAR
EJERCICIOS ORTOPTICOS
ESTUDIO DE RETINA
EXAMEN ORTOPTICO
FOTOCOAGULACION EN SECTOR
GONOSCOPIA
O C T - RETINOFLUORESCEINOGRAFIA
PAM
PAPILOGRAFIA
PAQUIMETRIA
PANFOTOCOAGULACION
RETINA PERIFERICA
RETINOANGIOFLUERSCEINOGRAFIA
TOPOGRAFIA DE CORNEA
CROSSLINKING (AMBOS OJOS)
ANEXO K
ECOGRAFIAS Y ECO DOPPLER
ABDOMINAL INFERIOR
ABDOMINAL SUPERIOR
ARTERIAL Y VENOSO MIEMBRO INF. C/ LADO
ARTERIAL Y VENOSO MIEMBROS SUP.C/LADO
CON PUNCION
DOPPLER ARTERIAL AMBOS MIEMBROS
DOPPLER CAROTIDA-VERTEBRAL BILATERAL
DOPPLER CORDÓN ESPERMÁTICO
DOPPLER DE CADERA
DOPPLER DE CUELLO
DOPPLER DE TESTICULO
DOPPLER DE TIROIDES
DOPPLER GINECO TRANSVAGINAL
DOPPLER HUECO POPLITEO
DOPPLER MAMAS
DOPPLER OBSTETRICA
DOPPLER VENOSO AMBOS MIEMBROS
ECOGRAFIA MORFOLOGICA FETAL
GINECOLÓGICA Y/O OBSTETRICA
MAMAS
MONITOREO FETAL
MUSCULO /TENDON
PARTES BLANDAS
PEDIATRICAS
PERFIL BIOFÍSICO
PROSTATICA
RENAL
TESTICULO
TIROIDES
TORACICO
TRANSVAGINAL
ANEXO L"
TOMOGRAFIAS COMPUTADAS (T.A.C.) DE TODOS LOS ORGANOS HASTA SEIS (6) POR BENEFICIARIO POR AÑO DE CONTRATO
T.A.C. HELICOIDAL Y MULTISLIDE CON RECONSTRUCCION 3D DE TODOS LOS ORGANOS
T.A.C. DE BIOPSIAS PERCUTANEAS Y DRENAJES PERCUTANEOS
T.A.C. PUNCION DE QUISRES CON CONTROL SCRINNING DE TORAX
T.A.C. ENDOSCOPIA DE TODOS LOS ORGANOS
TOMOGRAFIA DE COHERENCIA OPTICA
OBS. EL CONTRASTE Y MEDICAMENTOS UTILIZADOS HASTA G 1.000.000. CUBRE EL ANESTESISTA.
ANEXO M
ENDOSCOPIAS EN LA ESPECIALIDAD DE GASTRO-COLOPROCTOLOGIA: CON DIAGNOSTICO PRESUNTIVO DEL MEDICO ESPECIALISTA.
ANOSCOPIA
CISTOFIBROSCOPIA
CISTOSCOPIA
COLECISTOGRAFIA RETROGRADO
COLONOSCOPIA
E R P C
ESOFAGOFIBROSCOPIA
ESOFAGOGASTRODUODENOFIBROSCOPIA
ESOFAGOSCOPIA
EXTRACCIÓN DE CUERPO EXTRAÑO
GASTROFIBROSCOPIA
GASTROSCOPIA
HISTEROSCOPIA
POLIPECTOMIA ENDOSCOPICA COLONICA
POLIPECTOMIA ENDOSCOPICA GÁSTRICA
RECTOSIGMOIDOFIBROSCOPIA
RECTOSIGMOIDOSCOPIA
URETROCISTOSCOPIA
URETROSCOPIA
Obs.: El beneficiario tendrá cobertura en materiales y medicamentos hasta G. 600.000.- si sobrepasa a cargo del beneficiario. ESTA COBERTURA ES PARA CASOS DE INTERNACIÓN, AMBULATORIA Y DE URGENCIA. El uso de sala, los honorarios del profesional habilitado indicado y el uso de equipo queda a cargo de LA EMPRESA
ANEXO N
MEDICINA NUCLEAR Y OTROS ESTUDIOS DE ALTA COMPLEJIDAD, CUBIERTOS
MAPEO DE TIROIDES
RESONANCIA MAGNETICA NUCLEAR EN TODOS LOS CAMPOS DE APLICACIÓN. HASTA 6 POR AÑO Y POR BENEFICIARIO
RESONANCIA NUCLEAR MAGNETICA
CENTELLOGRAFIA (EN GENERAL). HASTA 6 POR BENEFICIARIO.
SPECT CENTELLOGRAMAS DE ORGANOS Y SISTEMAS
Obs: El beneficiario tendrá cobertura por medicamentos y materiales de contraste y descartables hasta G. 1.000.000.- Cubre el anestesista
Nombre del solicitante: Lic. Gustavo Canatta.
Cargo: Jefe de Departamento de Talento Humano.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
(Indicar el N°) |
(Indicar la descripción de los bienes) |
(Insertar la cantidad de bienes a proveer) |
(Indicar la unidad de medida de los bienes |
(Indicar el nombre del lugar) |
(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s) |
|
|
|
|
|
|
Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
(Indicar el N°) |
(Indicar la descripción de los servicios) |
(Insertar la cantidad de rubros de servicios a proveer) |
(Indicar la unidad de medida de los rubros de servicios |
(Indicar el nombre del lugar) |
(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s) |
1 |
Seguro Médico Integral conforme a las especificaciones técnicas. |
24 |
MES |
En los centros habilitados por la Prestadora de Servicios a elección del titular, beneficiario y/o adherente.
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Desde la fecha de la firma del contrato por el plazo de 24 meses. |
VIGENCIA DE LOS SERVICIOS: Se concede la VIGENCIA INMEDIATA en todos los servicios. Una vez firmado el Contrato se notificará a la Prestadora de Servicios que el mismo ya ha sido suscripto, la utilización de los servicios entrará en vigencia a partir de la fecha de la firma del contrato por el plazo de 24 meses para todos los servicios contratados.
La prestación de los servicios de Seguro Médico y Sanatorial, se realizarán conforme a las solicitudes de los beneficiarios y adherentes pertenecientes a la contratante, de acuerdo a los medios establecidos para la solicitud de los mismos, sea por vía telefónica, vía Fax, vía web, e-mail o en forma personalizada a través del Servicio de Atención al Cliente o Asegurado. En casos excepcionales o de urgencias, el Asegurado, podrá solicitar el servicio fuera del horario establecido.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Informe 1 |
Informe Mensual |
Setiembre 2021 |
Informe 2 |
Informe Mensual |
Octubre 2021 |
Informe 3 |
Informe Mensual |
Noviembre 2021 |
Informe 4 |
Informe Mensual |
Diciembre 2021 |
Informe 5 |
Informe Mensual |
Enero 2022 |
Informe 6 |
Informe Mensual |
Febrero 2022 |
Informe 7 |
Informe Mensual |
Marzo 2022 |
Informe 8 |
Informe Mensual |
Abril 2022 |
Informe 9 |
Informe Mensual |
Mayo 2022 |
Informe 10 |
Informe Mensual |
Junio 2022 |
Informe 11 |
Informe Mensual |
Julio 2022 |
Informe 12 |
Informe Mensual |
Agosto 2022 |
Informe 13 |
Informe Mensual |
Setiembre 2022 |
Informe 14 |
Informe Mensual |
Octubre 2022 |
Informe 15 |
Informe Mensual |
Noviembre 2022 |
Informe 16 |
Informe Mensual |
Diciembre 2022 |
Informe 17 |
Informe Mensual |
Enero 2023 |
Informe 18 |
Informe Mensual |
Febrero 2023 |
Informe 19 |
Informe Mensual |
Marzo 2023 |
Informe 20 |
Informe Mensual |
Abril 2023 |
Informe 21 |
Informe Mensual |
Mayo 2023 |
Informe 22 |
Informe Mensual |
Junio 2023 |
Informe 23 |
Informe Mensual |
Julio 2023 |
Informe 24 |
Informe Mensual |
Agosto 2023 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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