Considerando la complejidad de los requerimientos técnicos mencionados en el pliego, se requiere de un análisis técnico minucioso de todos los puntos, por ese motivo solicitamos respetuosamente a la convocante que prorrogue el Plazo de Consultas a fin de que los potenciales oferentes puedan evaluar y enviar consultas técnicas de manera a poder ofertar apropiadamente lo requerido.
Considerando la complejidad de los requerimientos técnicos mencionados en el pliego, se requiere de un análisis técnico minucioso de todos los puntos, por ese motivo solicitamos respetuosamente a la convocante que prorrogue el Plazo de Consultas a fin de que los potenciales oferentes puedan evaluar y enviar consultas técnicas de manera a poder ofertar apropiadamente lo requerido.
15. Muestras
Se requerirá la presentación de muestras de los siguientes productos y en las siguientes condiciones:
1 (un) EQUIPO TELEFÓNICO INALÁMBRICO FIJO, con todos sus respectivos accesorios.
Las muestras deberán ser entregadas debidamente identificadas con rótulo a COPACO S.A. por todos los oferentes de la Subasta a la Baja Electrónica. Dichas muestras para su evaluación deberán ser entregadas con las ofertas o dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha de apertura de ofertas, en la Gerencia Operativa de Contrataciones de COPACO SA, en Independencia Nacional Nº 755, 4to piso, en el horario de 08:00 a 15:00 horas.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean aceptados catálogos, anexos técnicos, folletos y otros textos complementarios con las especificaciones técnicas del equipo ofertado, considerando que son de fácil comprensión al ser de conocimiento usual del personal técnico especializado así como todas las documentaciones de carácter técnico descriptivo del rubro tecnológico.
De esta manera la convocante se verá beneficiada al recibir mayor cantidad de ofertas de los potenciales oferentes.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Se requerirá la presentación de muestras de los siguientes productos y en las siguientes condiciones:
1 (un) EQUIPO TELEFÓNICO INALÁMBRICO FIJO, con todos sus respectivos accesorios.
Las muestras deberán ser entregadas debidamente identificadas con rótulo a COPACO S.A. por todos los oferentes de la Subasta a la Baja Electrónica. Dichas muestras para su evaluación deberán ser entregadas con las ofertas o dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha de apertura de ofertas, en la Gerencia Operativa de Contrataciones de COPACO SA, en Independencia Nacional Nº 755, 4to piso, en el horario de 08:00 a 15:00 horas.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean aceptados catálogos, anexos técnicos, folletos y otros textos complementarios con las especificaciones técnicas del equipo ofertado, considerando que son de fácil comprensión al ser de conocimiento usual del personal técnico especializado así como todas las documentaciones de carácter técnico descriptivo del rubro tecnológico.
De esta manera la convocante se verá beneficiada al recibir mayor cantidad de ofertas de los potenciales oferentes.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Las muestras son necesarias a fin de poder realizar las homologaciones correspondientes en la Red de COPACO tanto en las bandas de operación como de las características de funcionamiento solicitadas, por lo que se mantiene lo establecido en el PBC.
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*-: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS. Punto 1.18
1.18 Es obligatorio para el Oferente Adjudicado la provisión del IMEI con sus respectivos números de serie de los equipos Telefónicos Inalámbricos en formato digital como planilla en hojas de cálculo, compatible con sistemas operativos de Windows, a ser entregado a los fiscales antes de la verificación de los mismos, además de la provisión de al menos 5 (cinco) unidades de lector de código de barras durante el proceso de verificación.
Entendemos que el Oferente deberá cotizar con su oferta la provisión de 5 (cinco) Lectores de Código de Barra y que éstas deberán ser suministradas a la Convocante junto con los Teléfonos para uso de Línea Alta.
Solicitamos a la convocante confirmar si nuestra apreciación es correcta, y de ser correcta favor indicar los requerimientos técnicos para las Lectoras de Código de Barras.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
1.18 Es obligatorio para el Oferente Adjudicado la provisión del IMEI con sus respectivos números de serie de los equipos Telefónicos Inalámbricos en formato digital como planilla en hojas de cálculo, compatible con sistemas operativos de Windows, a ser entregado a los fiscales antes de la verificación de los mismos, además de la provisión de al menos 5 (cinco) unidades de lector de código de barras durante el proceso de verificación.
Entendemos que el Oferente deberá cotizar con su oferta la provisión de 5 (cinco) Lectores de Código de Barra y que éstas deberán ser suministradas a la Convocante junto con los Teléfonos para uso de Línea Alta.
Solicitamos a la convocante confirmar si nuestra apreciación es correcta, y de ser correcta favor indicar los requerimientos técnicos para las Lectoras de Código de Barras.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Se aclara que la provisión de 5(cinco) unidades de lector de código de barras no debe ser cotizada ni suministrada con los Teléfonos para uso de la Línea Alta. La provisión de las mismas es requerida al solo efecto de ser utilizadas durante el proceso de verificación y serán devueltas al Contratista.
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*- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS. Punto 1.26 dice
1.26 Los servicios previstos en esta compra son:
1.26.1 Capacitación: La cotización debe incluir la Capacitación para 20 (veinte) funcionarios del área técnica y 60 (sesenta) del área comercial de la COMPAÑIA. En caso que fuese necesario separar en más de un grupo a los participantes de la capacitación, se podrá separar en varios días la capacitación si la COPACO lo hallase necesario. Se solicita certificado de participación emitida por el oferente adjudicado o fabricante para todos los participantes. Los documentos correspondientes a la capacitación deben estar entregados a los participantes de manera impresa y en formato digital (pendrive).
Entendemos que la Capacitación requerida se realizará en Oficinas de la COPACO en la Ciudad de Asunción y que será Dictada por Técnicos de la Empresa Adjudicada, que la misma se llevará a cabo en día hábil Lunes a Viernes, dentro del horario comprendido entre las 8 AM y 17 PM.
Solicitamos a la convocante confirmar si nuestra apreciación es correcta, y de ser correcta favor indicar los requerimientos técnicos para las Lectoras de Código de Barras.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
10-05-2021
19-05-2021
*- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS. Punto 1.26 dice
1.26 Los servicios previstos en esta compra son:
1.26.1 Capacitación: La cotización debe incluir la Capacitación para 20 (veinte) funcionarios del área técnica y 60 (sesenta) del área comercial de la COMPAÑIA. En caso que fuese necesario separar en más de un grupo a los participantes de la capacitación, se podrá separar en varios días la capacitación si la COPACO lo hallase necesario. Se solicita certificado de participación emitida por el oferente adjudicado o fabricante para todos los participantes. Los documentos correspondientes a la capacitación deben estar entregados a los participantes de manera impresa y en formato digital (pendrive).
Entendemos que la Capacitación requerida se realizará en Oficinas de la COPACO en la Ciudad de Asunción y que será Dictada por Técnicos de la Empresa Adjudicada, que la misma se llevará a cabo en día hábil Lunes a Viernes, dentro del horario comprendido entre las 8 AM y 17 PM.
Solicitamos a la convocante confirmar si nuestra apreciación es correcta, y de ser correcta favor indicar los requerimientos técnicos para las Lectoras de Código de Barras.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
La Capacitación requerida será dictada por Técnicos de la Empresa Adjudicada, la misma se llevara a cabo en días hábiles (lunes a viernes), en oficinas de la COPACO S.A. y en horario a ser definidos con los fiscales.
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*-ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS. Punto 2.16 dice:
2.16 Cada uno de los equipos ofertados deben incluir: cable para conexión a la alimentación 220 VAC, antena externa, transformador auto switching100-240V, Cable USB (al menos 1 metro de longitud) o UTP RJ-45 para la conexión a la PC según corresponda al terminal, software de configuración, manual del usuario impreso (en idioma español) y todo lo necesario para la instalación completa y el funcionamiento inmediato. Además, los equipos Telefónicos Inalámbricos Fijos se deberá proveer las baterías DC.
Luego en el Pliego de Bases y Condiciones, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y SUMINISTROS REQUERIDOS. 1. Especificaciones Técnicas. CAPITULO 1: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS. Punto 2.22. Tabla de Especificaciones Técnicas Mínimas Equipos telefónicos inalámbricos fijos. dice:
Interface de Antena: Deberá incluir al menos 1 (una) Antena Externa con su conector
Entendemos que la Antena Externa requerida es la Antena Corta con la conexión TNC que se ensambla con la base del Teléfono.
Solicitamos a la convocante confirmar si nuestra apreciación es correcta, y de NO ser así, favor indicar los requerimientos técnicos que deberá tener la Antena Externa como ser medida en metros del cable, base magnética, ganancia tipo de antena Logaritmica.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
10-05-2021
19-05-2021
*-ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS. Punto 2.16 dice:
2.16 Cada uno de los equipos ofertados deben incluir: cable para conexión a la alimentación 220 VAC, antena externa, transformador auto switching100-240V, Cable USB (al menos 1 metro de longitud) o UTP RJ-45 para la conexión a la PC según corresponda al terminal, software de configuración, manual del usuario impreso (en idioma español) y todo lo necesario para la instalación completa y el funcionamiento inmediato. Además, los equipos Telefónicos Inalámbricos Fijos se deberá proveer las baterías DC.
Luego en el Pliego de Bases y Condiciones, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y SUMINISTROS REQUERIDOS. 1. Especificaciones Técnicas. CAPITULO 1: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS. Punto 2.22. Tabla de Especificaciones Técnicas Mínimas Equipos telefónicos inalámbricos fijos. dice:
Interface de Antena: Deberá incluir al menos 1 (una) Antena Externa con su conector
Entendemos que la Antena Externa requerida es la Antena Corta con la conexión TNC que se ensambla con la base del Teléfono.
Solicitamos a la convocante confirmar si nuestra apreciación es correcta, y de NO ser así, favor indicar los requerimientos técnicos que deberá tener la Antena Externa como ser medida en metros del cable, base magnética, ganancia tipo de antena Logaritmica.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Se aclara que la apreciación es la correcta, es la Antena Corta con la conexión TNC que se ensambla con la base del Teléfono.
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*-. Punto 2.22. Tabla de Especificaciones Técnicas
En el Pliego de Bases y Condiciones, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y SUMINISTROS REQUERIDOS. 1. Especificaciones Técnicas. CAPITULO 1: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS. Punto 2.22. Tabla de Especificaciones Técnicas Mínimas Equipos telefónicos inalámbricos fijos. dice:
Registro de llamadas al menos 50 (discadas/perdidas/recibidas)
Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean aceptados Teléfonos con registros de llamadas de al menos 30 treinta (10 discadas / 10 perdidas / 10 recibidas), siendo mínima la diferencia que altera el funcionamiento del equipo.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva
10-05-2021
19-05-2021
*-. Punto 2.22. Tabla de Especificaciones Técnicas
En el Pliego de Bases y Condiciones, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y SUMINISTROS REQUERIDOS. 1. Especificaciones Técnicas. CAPITULO 1: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS. Punto 2.22. Tabla de Especificaciones Técnicas Mínimas Equipos telefónicos inalámbricos fijos. dice:
Registro de llamadas al menos 50 (discadas/perdidas/recibidas)
Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean aceptados Teléfonos con registros de llamadas de al menos 30 treinta (10 discadas / 10 perdidas / 10 recibidas), siendo mínima la diferencia que altera el funcionamiento del equipo.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva
*-ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - Frecuencia de Operación
En el Pliego de Bases y Condiciones, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y SUMINISTROS REQUERIDOS. 1. Especificaciones Técnicas. CAPITULO 1: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS. Punto 2.22. Tabla de Especificaciones Técnicas Mínimas Equipos telefónicos inalámbricos fijos. dice:
Frecuencia de Operación: DL-Link: 955-960MHz UP-Link: 1930-1990 MHz
Entendemos que por un error de tipeo se colocó UP-Link 1930-1990 Mhz, debiendo decir DL-Link 1930-1990.
Solicitamos respetuosamente a la convocante confirmar si nuestra apreciación es correcta.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
10-05-2021
19-05-2021
*-ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - Frecuencia de Operación
En el Pliego de Bases y Condiciones, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y SUMINISTROS REQUERIDOS. 1. Especificaciones Técnicas. CAPITULO 1: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS. Punto 2.22. Tabla de Especificaciones Técnicas Mínimas Equipos telefónicos inalámbricos fijos. dice:
Frecuencia de Operación: DL-Link: 955-960MHz UP-Link: 1930-1990 MHz
Entendemos que por un error de tipeo se colocó UP-Link 1930-1990 Mhz, debiendo decir DL-Link 1930-1990.
Solicitamos respetuosamente a la convocante confirmar si nuestra apreciación es correcta.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el Pliego de Bases y Condiciones, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y SUMINISTROS REQUERIDOS. 1. Especificaciones Técnicas. CAPITULO 1: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS. Punto 2.22. Tabla de Especificaciones Técnicas Mínimas Equipos telefónicos inalámbricos fijos. dice:
Sensitivity: -105dB;
Solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar a qué corresponde el valor de sensibilidad indicado o de tratarse de un error favor eliminarlo.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el Pliego de Bases y Condiciones, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y SUMINISTROS REQUERIDOS. 1. Especificaciones Técnicas. CAPITULO 1: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS. Punto 2.22. Tabla de Especificaciones Técnicas Mínimas Equipos telefónicos inalámbricos fijos. dice:
Sensitivity: -105dB;
Solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar a qué corresponde el valor de sensibilidad indicado o de tratarse de un error favor eliminarlo.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el Pliego de Bases y Condiciones, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y SUMINISTROS REQUERIDOS. 1. Especificaciones Técnicas. CAPITULO 1: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS. Punto 2.22. Tabla de Especificaciones Técnicas Mínimas Equipos telefónicos inalámbricos fijos. dice:
Banda de Frecuencia 3GPP UMTSWCDMA HSDPA 21 Mbps HSUPA 5.76 Mbps;
Siendo que el estándar HSPA+ es la que alcanza velocidades de 21Mbps y se solicita HSDPA, ésta última con 7,2Mbps de velocidad.
Solicitamos respetuosamente a la convocante se sea reformulado este requerimiento, o bien se modifique y que sea aceptado HSDPA 7,2Mbps como mínimo.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el Pliego de Bases y Condiciones, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y SUMINISTROS REQUERIDOS. 1. Especificaciones Técnicas. CAPITULO 1: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS. Punto 2.22. Tabla de Especificaciones Técnicas Mínimas Equipos telefónicos inalámbricos fijos. dice:
Banda de Frecuencia 3GPP UMTSWCDMA HSDPA 21 Mbps HSUPA 5.76 Mbps;
Siendo que el estándar HSPA+ es la que alcanza velocidades de 21Mbps y se solicita HSDPA, ésta última con 7,2Mbps de velocidad.
Solicitamos respetuosamente a la convocante se sea reformulado este requerimiento, o bien se modifique y que sea aceptado HSDPA 7,2Mbps como mínimo.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Debido a la complejidad de los requerimientos técnicos, solicitamos respetuosamente a la convocante que se amplíe el periodo de consultas por lo menos 10 días a fin de que los potenciales oferentes puedan evaluar los requerimientos y poder hacer las consultas técnicas necesarias a fin de poder cotizar apropiadamente lo requerido por la convocante.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Debido a la complejidad de los requerimientos técnicos, solicitamos respetuosamente a la convocante que se amplíe el periodo de consultas por lo menos 10 días a fin de que los potenciales oferentes puedan evaluar los requerimientos y poder hacer las consultas técnicas necesarias a fin de poder cotizar apropiadamente lo requerido por la convocante.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo