LOTE 4 ÍTEM 1 SWITCH DE ACCESO TIPO LEAF TOP OF RACK - COMPATIBILIDAD
En donde se indica: "Se deberá asegurar la compatibilidad completa con protocolos y soluciones CISCO ACI que ya se encuentran en funcionamiento en la Red Institucional del BCP".
En la visita técnica se indicó que el equipo técnico del BCP realizaría la configuración de compatibilidad ACI, favor validar esta información.
03-10-2021
08-10-2021
LOTE 4 ÍTEM 1 SWITCH DE ACCESO TIPO LEAF TOP OF RACK - COMPATIBILIDAD
En donde se indica: "Se deberá asegurar la compatibilidad completa con protocolos y soluciones CISCO ACI que ya se encuentran en funcionamiento en la Red Institucional del BCP".
En la visita técnica se indicó que el equipo técnico del BCP realizaría la configuración de compatibilidad ACI, favor validar esta información.
Favor ajustarse a lo establecido en el PBC. A modo de aclaración el equipo técnico del BCP realizará la validación de la compatibilidad, no así la realización de la configuración de integración ACI
42
LOTE 3 ÍTEM 2 EQUIPO DE SEGURIDAD INFORMÁTICA PERIMETRAL DEL TIPO UTM - PUERTOS LAN
Teniendo en cuenta la exigencia sobre implementación de alta disponibilidad (HA), favor indicar cuantas interfaces se encuentran en uso actualmente (WAN, LAN).
03-10-2021
08-10-2021
LOTE 3 ÍTEM 2 EQUIPO DE SEGURIDAD INFORMÁTICA PERIMETRAL DEL TIPO UTM - PUERTOS LAN
Teniendo en cuenta la exigencia sobre implementación de alta disponibilidad (HA), favor indicar cuantas interfaces se encuentran en uso actualmente (WAN, LAN).
Favor ajustarse a lo establecido en el PBC. Lo consultado no guarda relación para la cotización.
43
LOTE 2 ÍTEM 2 SWITCHES DE ACCESO BORDE - COMPATIBILIDAD
En Tipo de Licencia dice "Licencia base perpetua, se deberán además incluir funcionalidades de Network Essentials." En la configuración, se debe incluir compatibilidad con DNA Center?
03-10-2021
08-10-2021
LOTE 2 ÍTEM 2 SWITCHES DE ACCESO BORDE - COMPATIBILIDAD
En Tipo de Licencia dice "Licencia base perpetua, se deberán además incluir funcionalidades de Network Essentials." En la configuración, se debe incluir compatibilidad con DNA Center?
Favor ajustarse a lo establecido en la ADENDA N° 2.
44
LOTE 3 ÍTEM 2 EQUIPO DE SEGURIDAD INFORMÁTICA PERIMETRAL DEL TIPO UTM - ARQUITECTURA
Donde dice: "Arquitectura Firewall UTM tipo MX100" solicitamos que nos indiquen la cantidad de puertos requeridos en uso, para así plantear otras opciones con menos interfaces con el fin de proponer equipos vigentes y actualizados a futuro.
03-10-2021
08-10-2021
LOTE 3 ÍTEM 2 EQUIPO DE SEGURIDAD INFORMÁTICA PERIMETRAL DEL TIPO UTM - ARQUITECTURA
Donde dice: "Arquitectura Firewall UTM tipo MX100" solicitamos que nos indiquen la cantidad de puertos requeridos en uso, para así plantear otras opciones con menos interfaces con el fin de proponer equipos vigentes y actualizados a futuro.
Favor ajustarse a lo establecido en la ADENDA N° 2.
45
Solicitud de prorroga plazo de consultas
Solicitamos respetuosamente a la convocante se prorrogue el periodo de consultas, atendiendo a que solo se tuvo dos días hábiles antes de la apertura para trabajar sobre el proyecto con las informaciones obtenidas en la visita técnica
Solicitamos respetuosamente a la convocante se prorrogue el periodo de consultas, atendiendo a que solo se tuvo dos días hábiles antes de la apertura para trabajar sobre el proyecto con las informaciones obtenidas en la visita técnica
Favor ajustarse a los plazos establecidos en el SICP.
46
LOTE 3 ÍTEM 2 EQUIPO DE SEGURIDAD INFORMÁTICA PERIMETRAL DEL TIPO UTM - ARQUITECTURA
Donde dice: "Arquitectura Firewall UTM tipo MX100". Solicitamos a la convocante tener en cuenta que este modelo se encuentra con alerta de EoS (End of Sale) y solo estará vigente y disponible para su compra hasta el 31/10 o agotar existencias, por lo que la OC debería de ingresar antes de esta fecha, de lo contrario solicitamos que nos indiquen la cantidad de puertos requeridos en uso para plantear otras opciones, el reemplazo natural es el modelo MX105 pero con menos interfaces y existen otras opciones como el MX95/MX85 que podríamos cotizar, esto nos permitirá preparar una propuesta acorde a las expectativas y necesidades de la convocante. El link del anuncio se encuentra aquí: https://files.mtstatic.com/site_13505/15600/0?Expires=1632839452&Signature=tqDbXg9IEgntbdpElNxKF1a~OSCRaZDOUDP~Tc1E9PB1rnEWy-Z96MBYsiJBE5d4xyw2vub2P5m9Xr5UQOzbFtBGsqSntlCg4hui75t8HlMSBlghUCFBdxHkm4GT5m2G1ZSlmctEXR4CZ79Xt9GFD9T-OgNLWzx0sSSyhMN-tI4_&Key-Pair-Id=APKAJ5Y6AV4GI7A555NA
04-10-2021
08-10-2021
LOTE 3 ÍTEM 2 EQUIPO DE SEGURIDAD INFORMÁTICA PERIMETRAL DEL TIPO UTM - ARQUITECTURA
Donde dice: "Arquitectura Firewall UTM tipo MX100". Solicitamos a la convocante tener en cuenta que este modelo se encuentra con alerta de EoS (End of Sale) y solo estará vigente y disponible para su compra hasta el 31/10 o agotar existencias, por lo que la OC debería de ingresar antes de esta fecha, de lo contrario solicitamos que nos indiquen la cantidad de puertos requeridos en uso para plantear otras opciones, el reemplazo natural es el modelo MX105 pero con menos interfaces y existen otras opciones como el MX95/MX85 que podríamos cotizar, esto nos permitirá preparar una propuesta acorde a las expectativas y necesidades de la convocante. El link del anuncio se encuentra aquí: https://files.mtstatic.com/site_13505/15600/0?Expires=1632839452&Signature=tqDbXg9IEgntbdpElNxKF1a~OSCRaZDOUDP~Tc1E9PB1rnEWy-Z96MBYsiJBE5d4xyw2vub2P5m9Xr5UQOzbFtBGsqSntlCg4hui75t8HlMSBlghUCFBdxHkm4GT5m2G1ZSlmctEXR4CZ79Xt9GFD9T-OgNLWzx0sSSyhMN-tI4_&Key-Pair-Id=APKAJ5Y6AV4GI7A555NA
Favor ajustarse a lo establecido en la ADENDA N° 2.
47
LOTE 3 ÍTEM 2 EQUIPO DE SEGURIDAD INFORMÁTICA PERIMETRAL DEL TIPO UTM - LICENCIAMIENTO
Donde dice: "Además, deberá incluir todas las licencias necesarias para activar el modo HA con el equipo MX100 ya activo y en funcionamiento en el BCP.", solicitamos a la convocante tener en cuenta que las configuraciones en HA para equipamientos meraki solo son posibles entre equipos MX del mismo tipo y el modelo en cuestion solicitado cuenta con alerta de EoS como fecha final de comprar el 31/10.
Link: https://documentation.meraki.com/MX/Deployment_Guides/MX_Warm_Spare_-_High_Availability_Pair
04-10-2021
08-10-2021
LOTE 3 ÍTEM 2 EQUIPO DE SEGURIDAD INFORMÁTICA PERIMETRAL DEL TIPO UTM - LICENCIAMIENTO
Donde dice: "Además, deberá incluir todas las licencias necesarias para activar el modo HA con el equipo MX100 ya activo y en funcionamiento en el BCP.", solicitamos a la convocante tener en cuenta que las configuraciones en HA para equipamientos meraki solo son posibles entre equipos MX del mismo tipo y el modelo en cuestion solicitado cuenta con alerta de EoS como fecha final de comprar el 31/10.
Link: https://documentation.meraki.com/MX/Deployment_Guides/MX_Warm_Spare_-_High_Availability_Pair
Favor ajustarse a lo establecido en la ADENDA N° 2.
48
*- Ampliación de Plazo de consultas y presentación de oferta.
Referente a la Sección de Etapas y Plazos del presente llamado, solicitamos a la Convocante una prórroga de al menos 5 (cinco) días calendarios de la fecha límite de propuestas, así como de la fecha límite de consultas, de forma a disponer del tiempo necesario luego de la realización de la Visita Técnica, con el objetivo de preparar e ingresar las consultas que son generadas normalmente después del relevamiento en el sitio y que guardan estricta relación con los datos que no pueden ser tenidos a la vista con anterioridad a dicha visita. De esta forma, también se posibilitará la participación de un mayor número de potenciales oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir la actividad licitatoria del Estado, consagrado en el inciso b del artículo 4° de la Ley 2051/2003 “De Contrataciones Públicas”.
04-10-2021
08-10-2021
*- Ampliación de Plazo de consultas y presentación de oferta.
Referente a la Sección de Etapas y Plazos del presente llamado, solicitamos a la Convocante una prórroga de al menos 5 (cinco) días calendarios de la fecha límite de propuestas, así como de la fecha límite de consultas, de forma a disponer del tiempo necesario luego de la realización de la Visita Técnica, con el objetivo de preparar e ingresar las consultas que son generadas normalmente después del relevamiento en el sitio y que guardan estricta relación con los datos que no pueden ser tenidos a la vista con anterioridad a dicha visita. De esta forma, también se posibilitará la participación de un mayor número de potenciales oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir la actividad licitatoria del Estado, consagrado en el inciso b del artículo 4° de la Ley 2051/2003 “De Contrataciones Públicas”.
Favor ajustarse a los plazos establecidos en el SICP.
49
*- Requisito documental para evaluar
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, Requisito documental para evaluar la capacidad técnica, punto n.
Donde dice:
“Certificado del Fabricante, por el cual éste autoriza al Oferente a ejecutar las tareas de reparación y/o cambios de partes en virtud de la Garantía del Fabricante, ya sea directamente o a través de algún Centro Autorizado de Servicios (CAS); en este último caso, se mantiene en todo momento la responsabilidad del Oferente respecto a la gestión y ejecución de la garantía solicitada.”
Solicitamos a la convocante, que el Certificado del Fabricante, por el cual éste autoriza al Oferente a ejecutar las tareas de reparación y/o cambios de partes en virtud de la Garantía del Fabricante, teniendo en cuenta que en el Pliego de Bases y Condiciones ya se exige una garantía de 36 (treinta y seis) meses, a partir de la fecha de emisión de la conformidad del área técnica, el cuál será brindada directamente por el fabricante de los equipos y ejecutada a través del oferente adjudicado o por el CAS autorizado, independientemente sin autorización explícita del fabricante ya que el CAS actualmente ya cuenta con la autorización propia de la marca. Aclarando que el oferente se encargará de cambios de partes en caso que hubiera necesidad, pero el CAS será el encargado de la reparación de la parte en caso que la situación lo requiera. Por consiguiente, este requisito no es técnicamente indispensable.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, Requisito documental para evaluar la capacidad técnica, punto n.
Donde dice:
“Certificado del Fabricante, por el cual éste autoriza al Oferente a ejecutar las tareas de reparación y/o cambios de partes en virtud de la Garantía del Fabricante, ya sea directamente o a través de algún Centro Autorizado de Servicios (CAS); en este último caso, se mantiene en todo momento la responsabilidad del Oferente respecto a la gestión y ejecución de la garantía solicitada.”
Solicitamos a la convocante, que el Certificado del Fabricante, por el cual éste autoriza al Oferente a ejecutar las tareas de reparación y/o cambios de partes en virtud de la Garantía del Fabricante, teniendo en cuenta que en el Pliego de Bases y Condiciones ya se exige una garantía de 36 (treinta y seis) meses, a partir de la fecha de emisión de la conformidad del área técnica, el cuál será brindada directamente por el fabricante de los equipos y ejecutada a través del oferente adjudicado o por el CAS autorizado, independientemente sin autorización explícita del fabricante ya que el CAS actualmente ya cuenta con la autorización propia de la marca. Aclarando que el oferente se encargará de cambios de partes en caso que hubiera necesidad, pero el CAS será el encargado de la reparación de la parte en caso que la situación lo requiera. Por consiguiente, este requisito no es técnicamente indispensable.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, Requisito documental para evaluar la capacidad técnica, punto m.
Donde dice:
“Declaración Jurada por la cual el Oferente indique que el fabricante del equipo ofertado posea como mínimo un Centro Autorizado de Servicios (CAS) dentro del Departamento Central del Paraguay con la posibilidad de dar cobertura completa para la ejecución de la Garantía del Fabricante solicitada. El BCP se reserva el derecho a verificar la veracidad de lo declarado.”
Solicitamos a la convocante, que el requisito de contar con un CAS en el país sea considerado como OPCIONAL, teniendo en cuenta que en el Pliego de Bases y Condiciones ya se exige una garantía de 36 (treinta y seis) meses, a partir de la fecha de emisión de la conformidad del área técnica, el cuál será brindada directamente por el fabricante de los equipos y ejecutada a través del oferente adjudicado. Por consiguiente, este requisito no es técnicamente indispensable.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, Requisito documental para evaluar la capacidad técnica, punto m.
Donde dice:
“Declaración Jurada por la cual el Oferente indique que el fabricante del equipo ofertado posea como mínimo un Centro Autorizado de Servicios (CAS) dentro del Departamento Central del Paraguay con la posibilidad de dar cobertura completa para la ejecución de la Garantía del Fabricante solicitada. El BCP se reserva el derecho a verificar la veracidad de lo declarado.”
Solicitamos a la convocante, que el requisito de contar con un CAS en el país sea considerado como OPCIONAL, teniendo en cuenta que en el Pliego de Bases y Condiciones ya se exige una garantía de 36 (treinta y seis) meses, a partir de la fecha de emisión de la conformidad del área técnica, el cuál será brindada directamente por el fabricante de los equipos y ejecutada a través del oferente adjudicado. Por consiguiente, este requisito no es técnicamente indispensable.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”