Adenda

Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación: 

ADENDA N° 1 LPN N° 15/2021

Punto 1

En la sección FORMULARIOS del PBC se modifica el FORMULARIO N° 2 PLANILLA DE PAGO AL PERSONAL que queda redactado como sigue:

FORMULARIO Nº 2

PLANILLA DE PAGO AL PERSONAL  

 

Proceso de Contratación: Modalidad:

Descripción del llamado: ________________________________

ID (Portal): _______________________

 

A la Convocante: [Indicar el nombre de la Entidad]

 

Yo/Nosotros, quien suscribe/n, declaro/amos Bajo Fe de Juramento que abonaremos al Personal asignado a prestar servicios en el marco del presente llamado, como mínimo los montos consignados en la presente planilla.

 

TURNOS 8 HORAS

 

Discriminación de los Conceptos

 

(A) Descripción

(B) Costo MÍNIMO mensual por empleado

(C) Cantidad de empleados

(D) Costo mensual (Gs)

 
 

1. Salario turno 8 horas DIURNAS  (de 06:00 a 14:30 hs.)

2.289.324

 

-

 

2. Salario turno 7,5 horas MIXTAS (de 14:30 a 22:30 hs.)

2.360.940

 

-

 

3. Salario turno 7 horas  NOCTURNAS (se pagan con 30 % de recargo) (de 22:30 a 06:00 hs.)

2.976.121

 

-

 

4.  Pagos por días feriados  8 horas DIURNO (12 feriados al año con recargo del 100%)  (de 06:00 a 14:30 hs.)

152.624

 

-

 

5.  Pagos por días feriados HORARIO MIXTO  (12  feriados al año con recargo del 100%)  (de 14:30 a 22:30 hs.)

157.395

 

-

 

6.  Pagos por días feriados NOCTURNO (12  feriados al año con recargo del 100%) (De 22:30 a 06:00 hs.)

198.416

 

-

 

SUB TOTAL:

   

-

 

IPS  16,5 %  del Monto  Total

   

-

 

Aguinaldo = Monto Total / 12

   

-

 

TOTAL

   

-

 

OBS.: En caso de que el empleado no haya tenido otro día libre y le asignen un turno de domingo, la empresa se compromete a pagar el día trabajado con el 100 % de recargo

 

[*En caso de variación del salario mínimo legal vigente, estos montos deberán ajustarse conforme a la misma.

** En caso de que la convocante, requiera la contratación del servicio con jornadas diarias inferiores a las ocho (08) horas, procederá al cálculo del valor hora por la cantidad de horas requeridas a fin de hallar la estimación de costos de la prestación por día conforme a la cantidad de horas efectivamente requeridas , y ésta multiplicar por 30 (treinta) días].

 

Nombre del Oferente [indicar el nombre completo del Oferente]

Firma del Oferente [firma de la persona que firma la Oferta]

 

INDICACIONES PARA COMPLETAR LA DECLARACIÓN JURADA DE PLANILLA DE PAGO MÍNIMO AL PERSONAL

          • La convocante, elaborará la planilla de pago al personal, que será presentada por el oferente con su oferta, atendiendo a la necesidad a ser cubierta y estableciendo los montos que el oferente deberá pagar como mínimo al trabajador que prestará los servicios.
          • El oferente solo podrá completar los datos relacionados con la convocatoria, los del firmante de la oferta, así como la fecha de presentación de la misma.
          • Los pagos consignados por cada ítem se encuentran establecidos conforme a la Ley N° 213/93 Código del Trabajo y las disposiciones del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, bajo ningún concepto el oferente podrá disminuirlos.
          • Los cálculos referenciales están conformados de acuerdo al pago mensual del salario a base de 30 días, previendo un día de descanso semanal.
          • Con la firma de la Declaración Jurada el oferente se compromete a abonar al Personal como mínimo los montos establecidos en la misma. El monto indicado contempla sólo la erogación que realizará el Proveedor teniendo en cuenta el cumplimiento de las disposiciones laborales mínimas exigidas de conformidad a los servicios requeridos por la Convocante en este Pliego de Bases y Condiciones. La utilidad del Contratista se reflejará implícita en el monto total de la oferta indicada en la Lista de Precios.
          • La remuneración a los trabajadores asignados a la prestación de los servicios se realizará en forma mensual debido a que los servicios se prestan diariamente, de conformidad al artículo 232, inciso a) de la Ley N° 213/93, Código del Trabajo, modificado por el artículo 1° de la Ley N° 496/95.
          • Todo Oferente deberá considerar que corresponde el pago extraordinario del 100% sobre el salario hora ordinario de día hábil para los días domingos, toda vez que el contrato de trabajo firmado entre el empleador y el trabajador disponga el domingo como día de descanso obligatorio, y éste sea convocado a trabajar eventualmente en día domingo.
          • Se deberá considerar en el monto de la oferta la bonificación familiar, vacaciones, uniformes y otras erogaciones exigidas en la normativa vigente y en el presente PBC.

 

Punto 2

Se modifican las fechas establecidas en el SICP.

 

 

Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Formularios
  • PLANILLA DE PAGO AL PERSONAL

Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/394694-servicio-limpieza-complejo-edilicio-sede-social-otras-dependencias-bcp-1/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda