El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Item | Descripción | Unidad de Medida | Presentación | Cantidad | ||
1 | Replanteo y marcación del sitio de obras | global | Evento | 1 | ||
2 | Rotura de pavimento H°A° con equipo neumático | m2 | Evento | 2.221 | ||
3 | Movimiento de suelos, excavación con retroexcavadora | m3 | Evento | 665 | ||
4 | Retiro de material sobrante, incluye mano de obra, contenedor de 5 m3 y/o camión de igual volumen | m3 | Evento | 864,5 | ||
5 | Relleno y compactación bajo piso | m2 | Evento | 2.221 | ||
6 | Pavimento H°A°fck 210 kgf/cm2, espesor 15 cm, con terminación pavidur, con junta dilatación de 1/2" de espesor, con doble parrilla y doble armadura Ø12 cada 15 cm | m2 | Evento | 2.221 |
OBJETIVO
La reparación del pavimento de hormigón tiene por objeto dejar en óptimas condiciones operativas el cargadero de camiones cisternas. Actualmente el piso del cargadero se encuentra muy deteriorado por el movimiento permanente de camiones pesados.
UBICACIÓN
El lugar de ejecución de la obra es la Planta de Villa Elisa de PETROPAR.
El oferente que desee presentarse deberá realizar la verificación del lugar donde serán realizadas las reparaciones, y se expedirá una constancia de la visita técnica.
FACILIDADES
Petropar facilitará el espacio en sus instalaciones para el obrador, (el cual deberá ser proveído y montado por el Contratista con todas las comodidades requeridas para el buen desarrollo de la obra y la atención necesaria para los obreros contratados), así como la energía eléctrica y el agua, necesarias para el desarrollo de la construcción
PLAZO Y LUGAR DE EJECUCION
El plazo para la ejecución de la reparación se establece en 70 (setenta) días calendarios, contados a partir de la firma del acta de inicio de obra.
Los días de trabajo serán de lunes a viernes luego de las 17:00 horas y los días sábados y domingo en su totalidad, para no interrumpir las operaciones de despacho del cargadero de camiones. Además, las obras deberán ser planificadas para ser realizadas por partes y no interrumpir las operaciones de despacho.
DEFINICIONES
Los términos contenidos en este documento deberán interpretarse como sigue:
MATERIALES
DESCRIPCION DE LOS RUBROS
a) Agregados pétreos: Entiéndase por canto rodado, el producto natural obtenido del material denominado Ripio, extraídos de depósitos naturales desprovistos de materiales perjudiciales insertos en los mismos. El desgaste de los agregados medidos por el ensayo Los Ángeles será menor de 35%. La Durabilidad por ataque con Sulfato de Sodio determinada según la Norma IRAM 1525 será menor de 12% para el agregado pétreo pasante 2 retenido N° 4 y menor de 10% para el pasante N°4.
b) Suelos finos: Los suelos finos de la mezcla granular deberán cumplir con los siguientes ensayos: La fracción del material que pasa el tamiz N° 40 tendrá un Límite Líquido inferior a 35 y un índice de Plasticidad inferior a 12, cuando se lo ensaya con los métodos respectivos indicados en estas Especificaciones Técnicas.
c) Mezcla: El material destinado a la formación de la base de ripio deberá responder a las condiciones de granulometría, plasticidad, valor soporte y contenidos de sales especificados.
La fórmula de mezcla en obra que el contratista comunicará a la Fiscalización deberá satisfacer las exigencias establecidas para el agregado pétreo y los finos naturales y los límites de variaciones admisibles de los distintos agregados que formarán la mezcla. La faja de variaciones así establecida será considerada como definitiva para la aceptación de materiales a acopiar en caso necesario.
La granulometría de la mezcla deberá cumplir con la siguiente faja:
Criba Porcentaje en peso que pasa
2 (50mm) 100
1 ½ (38mm) 90-100
1 (25mm) -
¾ (19mm) -
3/8 (9.5mm) 45-70
N° 4 (4.75mm) -
N° 10 (2mm) 30-55
N° 40 (0.42mm) -
N° 200 (0.075mm) 2-20
El ensayo de valor soporte CBR, se realizará según la Norma AASHTO T-193. La fórmula de la mezcla será tal que el valor soporte del 60%, se deberá alcanzar con una densidad menor o igual al 98% de la densidad máxima exigida con expansión igual a cero.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
NO APLICA
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
(Indicar el N°) |
(Indicar la descripción de los bienes) |
(Insertar la cantidad de bienes a proveer) |
(Indicar la unidad de medida de los bienes |
(Indicar el nombre del lugar) |
(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s) |
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Ítem |
Descripción del servicio |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
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REPARACIÓN DE PISO H°A° DEL CARGADERO DE CAMIONES DE PLANTA DE VILLA ELISA |
Planta de PETROPAR en la ciudad de Villa Elisa ubicada en la Avda. Defensores del Chaco y Américo Picco |
Hasta 70 (setenta) días calendarios, contados a partir de la firma del acta de inicio de obra. Los días de trabajo serán de lunes a viernes luego de las 17:00 horas y los días sábados y domingo en su totalidad, para no interrumpir las operaciones de despacho del cargadero de camiones. Además, las obras deberán ser planificadas para ser realizadas por partes y no interrumpir las operaciones de despacho. |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
PETROPAR realizará todos los controles efectivos necesarios para la prestación óptima y eficiente del Servicio, basado en las Especificaciones Técnicas establecidas en el Contrato de Prestación de Servicio. El incumplimiento de uno o varios puntos del mismo, facultará al Administrador del Contrato a tomar las medidas correctivas pertinentes y/o a multar o sancionar al PROVEEDOR por incumplimiento del Contrato.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Informe N° 01 |
Informe de avance de trabajos N° 01 |
El proveedor deberá presentar el informe N° 01 dentro de los 30 días contados desde el Acta de Inicio. Los Informes deben estar suscriptos por el administrador de Contrato y fiscalizador de los trabajos designados por PETROPAR; conjuntamente con el Jefe de Obra y Representante Legal del Contratista. |
Informe N° 02 |
Informes de avances de trabajos N° 02 |
El proveedor deberá presentar el informe N° 02 dentro de los 60 días contados desde el Acta de Inicio. Los Informes deben estar suscriptos por el administrador de Contrato y fiscalizador de los trabajos designados por PETROPAR; conjuntamente con el Jefe de Obra y Representante Legal del Contratista. |
Informe N° 03 / Acta de recepción Definitiva |
Informes de avances de trabajos N° 03 / Acta de recepción Definitiva |
Al finalizar los trabajos, el proveedor deberá presentar el informe N° 03 ( suscripto por el administrador de Contrato y fiscalizador de los trabajos designados por PETROPAR, conjuntamente con el Jefe de Obra y Representante Legal del Contratista) y una vez que PETROPAR realice los controles pertinentes y certifique adecuadamente que el suministro se ajusta a las Especificaciones Técnicas y demás documentos del Contrato, emitirá Acta de Recepción definitiva, dentro de los 30 (treinta) días calendario de recibidos los servicios. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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