Condición de Participación

Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".

Requisitos de Calificación

Capacidad Legal

Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.

Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.   

A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:

  1. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas que incluye la declaratoria debidamente firmada.
  2. Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el presupuesto del inciso a) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021.
  3. Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, aparecen en la base de datos del SINARH o de la Secretaría de la Función Pública.
  4. Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH o de la Secretaría de la Función Pública, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
  5. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Miembros, de conformidad a estándar debidamente firmado en su oferta y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de “Sanciones a Proveedores” del SICP a fin de detectar si directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se hallan comprendidos en el presupuesto del inciso m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021.

            El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.

  1. Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) para los fines pertinentes.

Análisis de precios ofertados

Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:

1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.

Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.

El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.

Certificado de Producto y Empleo Nacional - CPS

A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.

La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.

El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.

Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.

a) Consorcios:

a.1. Provisión de Bienes

El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.

a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).

Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.

Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.

Margen de preferencia local - CPS

Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.

En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.

Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.

 
 
 

Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación

1. Formulario de Oferta (*)

[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.]

2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*)

La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de declaración jurada de acuerdo con el formulario de Garantía de Mantenimiento de oferta incluido en la Sección "Formularios".

3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**)

4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**)

5. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1 de la Ley N° 6355/19.(**)
6. Declaración Jurada de Declaración de Miembros,  de conformidad con el formulario estándar  Sección Formularios. (**)
7.Certificado de Cumplimiento Tributario. (**)
8. Patente Comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**)

9. Documentos legales 

9.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas.

  •  Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del firmante de la oferta.(*)
  •  Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes - RUC. (*)
  • En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación, deberá acompañar una fotocopia simple de su cédula de identidad y una fotocopia simple del poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el poder esté inscripto en el Registro de Poderes. (*)

9.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas.

  • Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la Escritura Pública de Constitución y protocolización de los Estatutos Sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección de Registros Públicos. (*)
  • Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes y fotocopia simple de los Documentos de Identidad de los representantes o apoderados de la sociedad.
  • Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. (*)

9.3. Oferentes en Consorcio.

  1. Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales especificados en el apartado Oferentes individuales. Personas Físicas. Cada integrante del consorcio que sea una persona jurídica domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales Personas Jurídicas. (*)
  1. Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de consorciarse. Estos documentos pueden consistir en (*):
  • Un poder suficiente otorgado por escritura pública por cada miembro del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
  • Los documentos societarios de cada miembro del consorcio, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

       4.Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):

  • Un poder suficiente otorgado por escritura pública por la Empresa Líder del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
  • Los documentos societarios de la Empresa Líder, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.

Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas. 

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

NO APLICA

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

  1. [Agregar otros documentos dependiendo de la obligación tributaria]
  1. [Agregar otros documentos dependiendo de la obligación tributaria]
  1. [Agregar otros documentos dependiendo de la obligación tributaria]

Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

 

Demostrar la experiencia en [DE ACUERDO A LO ESTIPULADO COMO OTROS CRITERIO POR TRATARSE DE ADQUISICIÓN DE PASAJES] con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al [indicar porcentaje] % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: [indicar n° de años] años.

 


Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia

1. Copia de facturaciones y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida.

2. [Agregar otros documentos]
3. [Agregar otros documentos]

Capacidad Técnica

El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

No aplica

Requisito documental para evaluar la capacidad técnica

No aplica

Otros criterios que la convocante requiera

Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:

La Convocante efectuará la calificación posterior del Oferente, empleando únicamente los requisitos aquí estipulados.
La evaluación de las ofertas, se realizará considerando para ello los factores definidos en el presente documento:
 

FACTORES DE EVALUACIÓN

Porcentaje cotizado                         70
b) Experiencia                                  18
c) Personal calificado                       12
Total de puntos                               100

En particular, la Convocante evaluará el criterio Porcentaje cotizado, para cada uno de los ítems ofertados por el proveedor; en tanto que la evaluación de los criterios de Experiencia y Criterios Sustentables se calculará para el total de la oferta y su resultado se agregará al puntaje final ponderado de cada uno de los ítems evaluados.

A) PORCENTAJE COTIZADO (70 PUNTOS)
El puntaje del porcentaje cotizado tiene dos (2) componentes: (i) el valor de la Menor oferta; y (ii) el descuento ofrecido sobre el valor neto de los pasajes aéreos. El puntaje asignado a cada componente se determina en la siguiente tabla y recibe hasta 70 puntos así:

Nº                       CRITERIOS DE EVALUACIÓN                                                         PUNTAJE
1                           Valor de la Menor oferta                                                                           30
2                   Descuento ofrecido sobre el Valor Neto de los pasajes aéreos                       40

TOTAL PUNTOS FACTOR ECONÓMICO                                                                             70

Para la obtención del puntaje de cada oferta presentada, al momento de la evaluación se empleará la planilla auxiliar que se encuentra adjunto al pliego estándar en formato de hoja de cálculo, completando los campos para ello requerido, de manera a verificar los puntos obtenidos por los proveedores a partir de la oferta presentada por cada uno de ellos en este factor de evaluación.

1. Valor de la menor oferta. (30pts)
Se otorgará 30 puntos a la Oferta del oferente habilitado que ofrezca el menor precio. Para las demás Ofertas, el puntaje es el que resulte de la siguiente fórmula, asignando como calificación máxima 20 puntos:

 

Puntaje asignado = [(1-VO) 30] X 20

                                1 V M

VO%: porcentaje oferta analizada
VM%: porcentaje de la segunda menor oferta
Los cálculos serán realizados con un mínimo de dos decimales. El puntaje asignado deberá ser redondeado a cero decimales.

2. Descuento ofrecido sobre el Valor Neto de los pasajes aéreos. (40 pts.)
Las Ofertas de los oferentes habilitados con el mayor descuento ofrecido sobre el valor neto de los pasajes Aéreos, recibe el puntaje total y para las demás Ofertas, el puntaje es el que resulte de la siguiente fórmula, asignando como calificación máxima 30 puntos:

Puntaje asignado = [(1-VO) 30] X 30

                                  1 V M

VO%: porcentaje del descuento analizado
VM%: porcentaje del segundo mejor descuento
Los cálculos serán realizados con un mínimo de dos decimales. El puntaje asignado deberá ser redondeado a cero decimales.

EXPERIENCIA (18 PUNTOS)
b.1. Experiencia como agencias de viajes (10 pts.)
Se distribuirá los puntajes por experiencia de la siguiente manera:
2 años                  6 puntos
3 años                  7 puntos
4 años                  8 puntos
5 años                  9 puntos
6 años o más       10 puntos

Esta condición se acredita con la presentación de la copia simple de la Resolución de Habilitación emitida por la Secretaría Nacional de Turismo y la Constancia expedida por la IATA.
Todo oferente con una experiencia menor a un año será descalificado.-

b.2. Experiencia como agencias de viajes a cuentas corporativas (8 pts.)
Se otorgará 6 puntos a aquel oferente que acredite una experiencia en manejo de cuentas corporativas en un mínimo de tres contratos en los últimos tres años.
Se otorgará 1 punto por cada cuenta corporativa adicional hasta un máximo de 2 puntos.

A efectos de comprobar esta experiencia el oferente deberá presentar copia de los contratos o documentos (constancias, certificados, etc.) emitidos por el cliente corporativo.
Los clientes corporativos podrán ser del sector público o privado.

C) PERSONAL CALIFICADO (12 PUNTOS)
Se otorgará 10 puntos a la empresa que acredita contar con un empleado que cuente con certificación en el uso de los sistemas a ser utilizados según lo indicado con su oferta (SABRE, AMADEUS u otros similares), con una antigüedad de al menos 3 meses anteriores a la fecha de apertura de ofertas, y adicionalmente un punto por cada empleado que acredite la misma condición hasta un máximo de 12 (doce) puntos.

1 empleado                         10 puntos
2 empleados                        11 puntos
3 empleados                        12 puntos

Esto se acreditará con la presentación de la nómina de empleados, la planilla de IPS y los certificados que acredite la capacitación.

D) PREFERENCIA A LOS SERVICIOS NACIONALES
Se aplicará el margen de preferencia nacional de conformidad a la legislación vigente. La acreditación de Origen Nacional del Producto, en el marco del proceso de contratación, se dará mediante el Certificado de Origen Nacional, expedido por Autoridad competente. Solo será admisible certificado vigente; no se aceptará documentación en trámite.
La aplicación del margen de preferencia se realizará sobre los puntajes obtenidos en la ANEXO B DATOS DE LA LICITACIÓN, 6. REQUISITOS PARA CALIFICACION POSTERIOR, A) PORCENTAJE COTIZADO. Se le sumará un veinte por ciento (20%) a los puntajes de los oferentes cuyas ofertas se encuentren certificadas como servicio de origen nacional. En ningún caso con la adición del veinte por ciento (20%) se podrá superar el total de puntos (70 puntos).
En caso de que existan oferentes que con su oferta hubieren declarado la calidad de servicio nacional, pero que no presentaren el certificado o presentare la constancia en trámite del mismo, el Comité de Evaluación solicitará por escrito el certificado, otorgando para su presentación un plazo de 2 (dos) días. Si luego del requerimiento realizado por el Comité el oferente no presentare el documento, o la presentación sea deficiente o tardía, la oferta no será descalificada, pero no podrá acogerse al beneficio. A fin de acogerse al beneficio, el certificado debe ser emitido como máximo a la fecha tope de presentación y apertura de ofertas.
En caso de abastecimiento simultáneo, la aplicación del margen de preferencia se realizará a los efectos de la distribución de la proporción de adjudicación y no para la adecuación de los precios, según lo indicado en la IAO.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN APLICABLES EN CASO DE EMPATE ENTRE LOS OFERENTES:

  • En caso de que existan dos o más oferentes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del llamado y alcancen el mismo puntaje, la Convocante determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato. Dicha determinación se dará a partir de la información requerida por la Convocante y provista por el Oferente en su oferta.
  • En primer lugar, será considerada la mejor oferta, aquella que hubiera obtenido mayo puntaje en el porcentaje cotizado.
  • En segundo lugar, de persistir el empate, será considerada la mejor oferta, aquella que hubiera obtenido el mayor puntaje en la Experiencia.
  • En tercer lugar, de persistir nuevamente el empate, se analizará la sumatoria de los puntajes obtenidos en ítems indicados del inc. b) y c) del cuadro Factores de Evaluación y la que posea el mayor puntaje, según lo establecidos en el numeral 6 Criterios de Evaluación, será considerada la mejor calificada.

De persistir el empate luego de la aplicación de los criterios precedentemente indicados, la Convocante determinará cuál es la oferta a ser adjudicada, exponiendo las razones de su elección en el Informe de Evaluación o en el acto administrativo de adjudicación.

Nota: Conforme las disposiciones del Decreto 7.781/06, para las Contrataciones con Organismos de la Administración Central, el Oferente que resulte adjudicado, deberá contar con una cuenta corriente y/o caja de ahorro habilitada en un Banco de plaza, o en su defecto, hallarse en condiciones de poder habilitar una cuenta corriente y/o caja de ahorro a su nombre, a fin de poder hacer efectivo el Pago Directo a Proveedores y Acreedores vía acreditación en cuenta bancaria. Conforme a lo previsto por el Art. 100 de la Ley 3.692/08, los adjudicatarios de los contratos resultantes de los procesos mencionados, deberán inscribirse en el Sistema de Información de Proveedores del Estado, como requisito previo a la emisión del Código de Contratación respectivo.

 

 

Criterios de desempate de ofertas

En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en la carta de invitación del llamado, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.