El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
No. De Artículo |
Nombre de los Bienes o Servicios |
Especificaciones Técnicas y Normas |
[Insertar el N° del Artículo] |
[Indicar nombre] |
[Indicar ET y Normas] |
1 |
Pasajes aéreos |
Pasajes aéreos con itinerario solicitado por el Administrador del Contrato, según necesidad de la Institución, con cobertura a ciudades de Paraguay. |
2 |
Pasajes aéreos |
Pasajes aéreos con itinerario solicitado por el Administrador del Contrato, según necesidad de la Institución, con cobertura a cualquier parte del mundo. |
MONTO TOTAL MINIMO: 10.500.000.-
MONTO TOTAL MAXIMO: 21.000.000.-
Vigencia contractual: 31/12/2022
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS
A. CONDICIONES DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS:
La agencia de viajes deberá indicar el cumplimiento, a través del Formulario N° 2 del Anexo D- Formularios, en cuanto a su capacidad en la provisión de pasajes aéreos; el oferente deberá cumplir y manifestarse expresamente sobre los siguientes requerimientos mínimos:
1) Horas de Operación: Se debe garantizar un servicio las 24 horas del día, todos los días del año. Se deberá asignar un ejecutivo de cuentas titular y un suplente, cada uno con experiencia mínima de 2 años, a fin de que atienda las necesidades de la Convocante.
2) Servicio de emergencia 24/7 para el viajero: Se debe garantizar un servicio de emergencia 24/7 en horas fuera de la oficina para poder contactar al ejecutivo de cuenta, el cual deberá contar en su domicilio con el sistema de reservaciones para que puedan cubrir y ayudar ante eventuales emergencias que la Convocante solicite.
3) Rango de acción: se deberá operar con todas y cada una de las líneas aéreas que prestan servicios aéreos. Este punto deberá ser claramente indicado en la oferta.
4) Capacidad tecnológica: se deberá operar con al menos un sistema automatizado de reservas (GDS), incluyendo, pero sin limitarse a Sabre, Amadeus, Travel Port con Galileo.
5) Tiempo de turno: Se deberá disponer de un servicio de turno las 24 horas, posibilitando la efectiva solución para eventuales situaciones que sucedan previas a la prestación del servicio, por ejemplo, emisión de pasajes aéreos en forma urgente.
6) Servicios varios: deberá asistir, sin costo alguno a la Convocante en materias relacionadas con requisitos migratorios de los diferentes países y requisitos para la obtención de vacunación de acuerdo con cada país.
7) Declaración sobre tarifas: en ningún momento se ofrecerá a la Convocante una tarifa por un pasaje aéreo cuyo monto sea superior al precio de la tarifa facturada por la línea aérea al oferente. La contratante u otros organismos gubernamentales o municipales, según corresponda se reservan el derecho a realizar auditorías periódicas; en caso de que los mismos detecten variaciones injustificadas sobre lo facturado por la línea aérea, será causal de rescisión unilateral del contrato por causa imputable al proveedor.
B) PROGRAMA DE OPERACIÓN DEL SERVICIO SOLICITUD DE PASAJES
1. Solicitud de pasajes: La Contratante se comunicará con el proveedor por los medios o mecanismos indicados en los Datos de la Licitación, remitiendo su solicitud de pasaje de acuerdo a la proforma indicada en el formulario - Anexo Formularios.
2. Tiempo de respuestas: Una vez recibida la solicitud de cotización del pasaje, y en el plazo máximo de 24 horas, en caso de emergencias el plazo máximo será de tres horas después de recibida la solicitud, el ejecutivo designado enviará la oferta de al menos 3 opciones de viajes (alternativas con distintas conexiones, horarios o aerolíneas), según lo remitido en la solicitud y de acuerdo a la proforma establecida en el formulario - Anexo Formularios, salvo que no se den las condiciones para poder presentar estas opciones. Estas opciones deberán ser las más económicas que el proveedor encuentre disponible en esa fecha. Se deberá además indicar las condiciones a tomar como requisitos migratorios del proceso requeridos tales como visas, siempre y cuando la Administración presente la información completa.
3. Cambios de itinerarios: La Contratante podrá, sin costo alguno, solicitar el cambio de itinerarios conforme a necesidades institucionales, las veces que sea necesario y antes de la reserva en firme.
4. Autorización de boletos: La Contratante, procederá a confirmar el pedido, remitiendo la opción que más le favorezca, dentro del plazo establecido por la aerolínea para la vigencia de la reserva existente. Pasado este plazo, la agencia deberá re-cotizar el itinerario en las mismas condiciones establecidas en los puntos 1 y 2. La contratante designará el departamento asignado para emitir las solicitudes de pasajes. Las compras de pasajes serán efectivas por medio de la orden de compra o servicios correspondiente, una vez notificada la empresa contratada, deberá emitir el pasaje en el plazo indicado en la orden de compra o servicio.
Si la convocante o el Estado cuenta con un convenio con aerolíneas comerciales que operan en el país, la agencia deberá emitir los pasajes con el código proporcionado en el marco del convenio, a los efectos de la aplicación del beneficio otorgado por la o las aerolíneas.
5. Cancelación de boletos ya emitidos: Los pedidos de cancelación de los pasajes aéreos no utilizados o de utilización parcial se realizarán según las reglas establecidas por las compañías aéreas. El adjudicatario deberá enviar a la contratante, el documento actualizado de la compañía aérea donde se establecen las reglas de la cancelación de pasajes aéreos según tipo de boleto (nivel de restricción).
6. Procesos de comunicación (correo electrónico): Los ejecutivos asignados por el proveedor responderán cualquier comunicación recibida a través de los correos electrónicos individualizados en el contrato, en un plazo de 24 horas, después de recibido.
7. Información de soporte al viajero: El proveedor enviará, vía correo electrónico, la información del viaje al pasajero, de modo a que pueda accederla de una manera gráfica y sencilla, los itinerarios pueden ser verificados tanto por los encargados del trámite, como por los mismos pasajeros dependiendo de la política que establezca la Administración. Se emitirán boletos electrónicos siempre y cuando sean aprobadas por la (s) línea (s) aérea (s) y la entidad requirente del servicio.
8. Envío de boletos: Los boletos se emitirán de forma electrónica, siempre que las reglas de la aerolínea así lo permitan. Los boletos emitidos, deberán ser entregados a la contratante, electrónicamente si fueron emitidos por esta vía o en el lugar que lo indique el contratante si la emisión fuere física.
C) SERVICIOS INCLUIDOS POR LAS AGENCIAS DE VIAJES (Sin costo para las Convocantes)
1. Reserva de pasajes.
2. Emisión de boletos en días no hábiles.
3. Información y actualización sobre datos de vuelos para pasajes ya emitidos.
4. Información sobre la documentación requerida para el viaje (visas, vacunas y otros) y su obtención, siempre y cuando los mismos puedan ser tramitados por el Agente de Viaje.
5. Asesoramiento para la recuperación de equipajes extraviado.
6. Asesoramiento sobre las mejores alternativas de itinerarios y tarifas.
7. Confidencialidad.
8. Horario de servicio al cliente y número de teléfono para los casos de emergencia.
De conformidad al Art. 9 del Decreto 2180/19 que establece:.. Establecerse que a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto todos los pasajes aéreos internacionales para el traslado de funcionarios y el personal que prestan servicio en los Organismos y entidades del Estado (OEE), deberán adquirirse en clase económica, con excepción de los Presidentes y Vicepresidentes de los Poderes del Estado. Esta disposición rige para todos los (OEE) afectados por el Articulo 1 del presente Decreto independientemente de la Fuente de Financiamiento.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
(Indicar el N°) |
(Indicar la descripción de los bienes) |
(Insertar la cantidad de bienes a proveer) |
(Indicar la unidad de medida de los bienes |
(Indicar el nombre del lugar) |
(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s) |
Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
(Indicar el N°) |
(Indicar la descripción de los servicios) |
(Insertar la cantidad de rubros de servicios a proveer) |
(Indicar la unidad de medida de los rubros de servicios |
(Indicar el nombre del lugar) |
(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s) |
1 |
PASAJES AEREOS |
1 |
GLOBAL |
GUIDO SPANO N° 295 C/ 23 DE OCTUBRE |
CONFORME AL PROGRAMA DE OPERACIÓN DEL SERVICIO |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Nota de Remisión / Acta de recepción 1 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
En un plazo no mayor a 48 (cuarenta y ocho) horas contadas desde la emisión de la Orden de Compra/Servicio emitida por la Convocante |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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