El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
(INTENCIONALMENTE OCULTOS POR RAZONES DE SEGURIDAD NACIONAL Y SIGILO INFORMATIVO)
INSTRUCTIVO OFICIAL
CLAUSULA PRIMERA: Todo potencial oferente y/o persona responsable de retirar las Especificaciones Técnicas, se obligaran mediante una Declaración Jurada de Confidencialidad a no divulgar a terceras partes las informaciones de carácter CONFIDENCIAL, contenidas en las Especificaciones Técnicas que serán entregadas por la Convocante a los interesados en participar del presente proceso licitatorio.
CLAUSULA SEGUNDA: Los potenciales oferentes, interesados en el presente proceso licitatorio, podrán solicitar las Especificaciones Técnicas en formato impreso, a la Unidad Operativa de Contrataciones Nº 2 del Comando del Ejército, sito en la (Avda. Nueva Autopista Ñu Guazú y Avda. Dr. Semidei ExCaballeria - Centro Financiero Nº 2 UOC Nº 2 del Comando del Ejército) de 07:00 hs a 11:00 hs y 14:00 hs a 16:00 hs.
CLAUSULA TERCERA: Requerimientos en cuanto a Documentaciones que deberán presentar las firmas interesadas para retirar las Especificaciones Técnicas del PBC:
CLAUSULA CUARTA: El incumplimiento de las obligaciones expresadas en la cláusula primera por parte del receptor de las Especificaciones Técnicas y que por cuya consecuencia ocasionen algún tipo de daño, perjuicio o menoscabo a la misión institucional, tendrá implicancias CIVILES Y PENALES, reservándose la convocante a través de los órganos competentes el derecho de entablar acciones legales ante los estrados judiciales establecidos.
Cualquier Consulta en relación al procedimiento para la entrega de las Especificaciones Técnicas del presente Proceso Licitatorio podrá ser realizada a través del Sistema Integrado de Contrataciones Públicas (SICP).
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
EQUIPOS MILITARES Y DE SEGURIDAD PARA EL COMANDO DEL EJERCITO |
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Ítems |
Descripción |
Lugar de entrega |
Fecha de Entrega Final Bienes |
1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 |
EQUIPOS MILITARES Y DE SEGURIDAD PARA EL COMANDO DEL EJERCITO |
Giraduria del Comando del Ejército, sito en la (Avda. Nueva Autopista Ñu Guazú y Avda. Dr. Semidei ExCaballeria Telef. 296.265 |
90 días corridos a partir de la firma del contrato |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Las inspecciones y pruebas serán como se indican a continuacion: El comité de Evaluación llevara a cabo, un análisis de las muestras presentadas para comprobar su cumplimiento, con las especificaciones técnicas solicitadas en cuanto a tamaño, gramaje, medidas mínimas y todo lo requerido en las especificaciones técnicas dela Seccion III Especificaciones Tecnicas del Pliego de Base y Condiciones. (Chalecos, Cascos, Placas). Serán realizadas las pruebas balísticas que estarán acorde al protocolo del NIJ 0101.06 y las cuales serán a criterio de la convocante.
Criterio de evaluación y calificación de las pruebas realizadas a las muestras: Protocolo de Pruebas Balísticas: sólo se efectuarán pruebas destructivas a los chalecos, cascos y Placas, que anexen las certificaciones de calidad exigidas. El procedimiento de pruebas balísticas se regirá de acuerdo a Norma NIJ 0101.06 del Instituto Nacional de Justicia de los Estados Unidos, haciendo adaptaciones que en Latinoamérica se exigen. La evaluación de resistencia balística es excluyente, al fallar alguno de los procedimientos descritos o pruebas, el oferente sale del proceso inmediatamente y pierde la calificación por evaluación técnica.
El procedimiento de pruebas balísticas: A ser realizadas en la Escuela de Infantería (Chaco.í), a cargo del comité tecnico evaluador, fecha y hora de las mismas será notificada debidamente, ademas sera habilitada la asistencia a las pruebas a los oferentes que hayan cumplido con el requisito previo y cuyas muestras seran sometidas a pruebas.
La misma se regirá de acuerdo a: Norma NIJ 01.01.06 Del Instituto Nacional de Justicia de los EEUU. las cuáles serán realizadas acorde al criterio de la convocante. La munición utilizada en la prueba será estrictamente la referida al Nivel III-A de la misma Norma.
Cal 9 mm Vel hasta 436 por seg.,
Cal 44 max vel hasta 436 por seg.,
Nivel IV
Cal 7,62 x 51 OTAN
Los traumas máximos de las pruebas NO podrán ser mayores de 44 milímetros.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la Contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al Proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el Contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el Contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del Contrato. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del Proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la Contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
Nota de Remisión por cada bien recibido
Acta de Recepción por cada bien recepcionado
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Nota de Remisión |
Nota de Remisión |
Según fecha prevista en el plan de entrega de los bienes |
Acta de recepción |
Acta de recepción |
Dentro de los 3 (tres) días corridos posteriores a la inspecciones y pruebas de los bienes |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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