Solicitamos a la convocante modificar el requisito establecido en el PBC, de la siguiente manera: e. Certificado de Registro Sanitario Vigente del producto Ofertado. En caso de que el documento antes mencionado se encuentre vencido (Registro Sanitario) se deberá acompañar constancia emitida por la DNVS de que el mismos se encuentran en trámite de renovación y que puede seguir siendo comercializado en el país.
Solicitamos a la convocante modificar el requisito establecido en el PBC, de la siguiente manera: e. Certificado de Registro Sanitario Vigente del producto Ofertado. En caso de que el documento antes mencionado se encuentre vencido (Registro Sanitario) se deberá acompañar constancia emitida por la DNVS de que el mismos se encuentran en trámite de renovación y que puede seguir siendo comercializado en el país.
Se solicita remitirse al Pliego de bases y condiciones
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Ítem 5 - Remdesivir
Solicitamos a la Convocante aceptar la forma farmacéutica de dicho ítem en "concentrado para solución para perfusión". Esto considerando que de esta manera la Convocante estaría abriendo la posibilidad a otros oferentes de presentar ofertas y obtener mejores precios. Además, esta forma farmacéutica logra optimizar la administración del producto de manera más sencilla y ágil a los pacientes.
Solicitamos a la Convocante aceptar la forma farmacéutica de dicho ítem en "concentrado para solución para perfusión". Esto considerando que de esta manera la Convocante estaría abriendo la posibilidad a otros oferentes de presentar ofertas y obtener mejores precios. Además, esta forma farmacéutica logra optimizar la administración del producto de manera más sencilla y ágil a los pacientes.
Las especificaciones técnicas remitidas, han sido elaboradas por los especialistas del área donde serán utilizados dichos medicamentos, por lo que se solicita remitirse al Pliego de Bases y Condiciones
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ÍTEM 6. Remifentanilo
Solicitamos a la Convocante eliminar el requisito de que la ampolla sea de 10mL. Considerando que la forma farmaceutica corresponde a un polvo liofilizado, cumpliendo con la concentracion requerida de 5mg. Sin que sea relevante la capacidad del frasco ampolla para la administración del producto.
Solicitamos a la Convocante eliminar el requisito de que la ampolla sea de 10mL. Considerando que la forma farmaceutica corresponde a un polvo liofilizado, cumpliendo con la concentracion requerida de 5mg. Sin que sea relevante la capacidad del frasco ampolla para la administración del producto.
Las especificaciones técnicas remitidas, han sido elaboradas por los especialistas del área donde serán utilizados dichos medicamentos, por lo que se solicita remitirse al Pliego de Bases y Condiciones
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Requisito para evaluar la capacidad técnica
En la Sección Capacidad Técnica, en la cual solicitan lo siguiente: Certificado de Registro Sanitario del producto ofertado, vigente. En relación con este punto, solicitamos a la Convocante aclare si para los registros que se encuentran en trámite de renovación se podrá presentar el registro sanitario del producto ofertado acompañado de una Certificación de Vigencia emitido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DNVS) del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, en donde conste que el producto se encuentra en proceso de renovación.
En la Sección Capacidad Técnica, en la cual solicitan lo siguiente: Certificado de Registro Sanitario del producto ofertado, vigente. En relación con este punto, solicitamos a la Convocante aclare si para los registros que se encuentran en trámite de renovación se podrá presentar el registro sanitario del producto ofertado acompañado de una Certificación de Vigencia emitido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DNVS) del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, en donde conste que el producto se encuentra en proceso de renovación.
En la Adenda N° 2 se ha moficado dicho requisito, quedando de la siguiente forma: e. Certificado de Registro Sanitario vigente del producto ofertado, en caso de que se encuentre vencido, presentar el certificado expedido por el ente regulador de que el mismo se encuentra en trámite de renovación.
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Resolución De Apertura.
Solicitamos a la convocante reconsiderar el requisito establecido en el PBC, de la siguiente manera:
e. Resolución de Apertura Vigente para fabricar, comercializar y/o importar medicamentos. En caso de que el documento antes mencionado se encuentre vencido se deberá acompañar constancia emitida por la DNVS de que el mismos se encuentran en trámite de renovación.
Solicitamos a la convocante reconsiderar el requisito establecido en el PBC, de la siguiente manera:
e. Resolución de Apertura Vigente para fabricar, comercializar y/o importar medicamentos. En caso de que el documento antes mencionado se encuentre vencido se deberá acompañar constancia emitida por la DNVS de que el mismos se encuentran en trámite de renovación.
En la Adenda N° 2 se ha moficado dicho requisito, quedando de la siguiente forma: a. Resolución de Apertura vigente, para fabricar, comercializar y/o importar Medicamentos, en caso de que la misma se encuentre vencida, presentar el certificado expedido por el ente regulador de que se encuentra en trámite de renovación.
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Ítem 16 - Remdesivir
Reiteramos a la Convocante la solicitud de aceptar la forma farmacéutica de dicho ítem en "concentrado para solución para perfusión". Esto considerando que de esta manera la Convocante estaría abriendo la posibilidad a otros oferentes de presentar ofertas y obtener mejores precios. Además, esta forma farmacéutica logra optimizar la administración del producto de manera más sencilla y ágil a los pacientes. Considerando que dicho producto es utilizado para la lucha contra el COVID-19, esta apertura resultara beneficiosa para la Convocante de manera a obtener más ofertas y mejores precios.
Reiteramos a la Convocante la solicitud de aceptar la forma farmacéutica de dicho ítem en "concentrado para solución para perfusión". Esto considerando que de esta manera la Convocante estaría abriendo la posibilidad a otros oferentes de presentar ofertas y obtener mejores precios. Además, esta forma farmacéutica logra optimizar la administración del producto de manera más sencilla y ágil a los pacientes. Considerando que dicho producto es utilizado para la lucha contra el COVID-19, esta apertura resultara beneficiosa para la Convocante de manera a obtener más ofertas y mejores precios.
Se aceptarán ambas presentaciones, en caso de ofertarse el producto con la forma farmacéutica concentrado para solución para perfusión indefectiblemente deberá presentar con la oferta la declaración jurada donde el oferente manifiesta que cuentan con equipos de refrigeración para almacenar a temperatura constante medicamentos que requieran de temperaturas de 2º a 8º (refrigerados).
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Ítem 17 - Remifentanilo
Reiteramos la solicitud de eliminar el requisito de que la ampolla sea de 10mL. Considerando que la forma farmacéutica corresponde a un polvo liofilizado, cumpliendo con la concentración requerida de 5mg. Sin que sea relevante la capacidad del frasco ampolla para la administración del producto. Entendemos que las especificaciones técnicas fueron elaboradas por los especialistas que utilizaran dicho medicamento, por lo que solicitamos trasladar la presente solicitud a los mismos, a fin de verificar lo requerido.
Reiteramos la solicitud de eliminar el requisito de que la ampolla sea de 10mL. Considerando que la forma farmacéutica corresponde a un polvo liofilizado, cumpliendo con la concentración requerida de 5mg. Sin que sea relevante la capacidad del frasco ampolla para la administración del producto. Entendemos que las especificaciones técnicas fueron elaboradas por los especialistas que utilizaran dicho medicamento, por lo que solicitamos trasladar la presente solicitud a los mismos, a fin de verificar lo requerido.
Conforme a la Adenda N° 2 que se encuentra publicada, la misma no especifica capacidad de la ampolla, favor observar detenidamente cada especificación antes de realizar las consultas correspondientes.
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Ítem: 16 REMDESIVIR
Señora:
IGNACIA BRITEZ DE MORENO
Ref. LPN SBE 12/2021 ADQUISICIÓN MEDICAMENTOS PARA EL TRATAMIENTO COVID-19 ID. 396636
Con respecto al PBC en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el apartado de: PLAZO DE VENCIMIENTO DE LOS PRODUCTOS ADJUDICADOS, donde dice El vencimiento mínimo del producto no podrá ser menor a 18 meses desde la recepción del bien ... Solicitamos respetuosamente a la convocante considerar para el Ítem: 16 REMDESIVIR 100 mg, un periodo de vida de 12 meses, al tratarse de un producto que se encuentra aún en fase de desarrollo y los estudios de estabilidad aún no han concluido, por tanto, en la medida que dicho estudio avance, y sean proporcionados mayores datos el periodo de vida útil podrá ser extendido. La presente solicitud es motivada en base al principio de igualdad y libre competencia art 4 de la Ley 2051. En espera de una respuesta favorable, aprovechamos la ocasión para saludarlo cordialmente.
Señora:
IGNACIA BRITEZ DE MORENO
Ref. LPN SBE 12/2021 ADQUISICIÓN MEDICAMENTOS PARA EL TRATAMIENTO COVID-19 ID. 396636
Con respecto al PBC en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el apartado de: PLAZO DE VENCIMIENTO DE LOS PRODUCTOS ADJUDICADOS, donde dice El vencimiento mínimo del producto no podrá ser menor a 18 meses desde la recepción del bien ... Solicitamos respetuosamente a la convocante considerar para el Ítem: 16 REMDESIVIR 100 mg, un periodo de vida de 12 meses, al tratarse de un producto que se encuentra aún en fase de desarrollo y los estudios de estabilidad aún no han concluido, por tanto, en la medida que dicho estudio avance, y sean proporcionados mayores datos el periodo de vida útil podrá ser extendido. La presente solicitud es motivada en base al principio de igualdad y libre competencia art 4 de la Ley 2051. En espera de una respuesta favorable, aprovechamos la ocasión para saludarlo cordialmente.
Se solicita remitirse al pliego de bases y condiciones y sus adendas modificatorias, atendiendo a que el vencimiento solicitado es de 18 meses y en caso de presentar un producto con vencimiento inferior el mismo mínimamente debe tener 12 meses y presentar carta compromiso y póliza de canje correspondiente, con autorización de la Dirección General de Sanidad Policial.
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ITEM N°4 - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Solicitamos a la convocante tenga a bien aclarar y/o corregir lo requerido en la ADENDA N° 2, sección especificaciones técnicas del Item N° 4 Enoxaparina Sódica Inyectable, donde solicita: JERINGA PRELLENADA CON AGUJA RETRAIBLE. Sin embargo, en la misma sección, en Presentación de Entrega solicita: JERINGA PRELLENADA NO RETRAIBLE. ¿Debemos cotizar y entregar JERINGA PRELLENADA CON AGUJA NO RETRAIBLE?
Es importante mencionar que, al solicitar con dispositivo de seguridad sólo existe en la presentación con AGUJA NO RETRAIBLE.
Solicitamos a la convocante tenga a bien aclarar y/o corregir lo requerido en la ADENDA N° 2, sección especificaciones técnicas del Item N° 4 Enoxaparina Sódica Inyectable, donde solicita: JERINGA PRELLENADA CON AGUJA RETRAIBLE. Sin embargo, en la misma sección, en Presentación de Entrega solicita: JERINGA PRELLENADA NO RETRAIBLE. ¿Debemos cotizar y entregar JERINGA PRELLENADA CON AGUJA NO RETRAIBLE?
Es importante mencionar que, al solicitar con dispositivo de seguridad sólo existe en la presentación con AGUJA NO RETRAIBLE.
Se realizará la modificación correspondiente Adenda N° 3
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ITEM N°5 - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Solicitamos a la convocante tenga a bien aclarar y/o corregir lo requerido en la ADENDA N° 2, sección especificaciones técnicas del Item N° 5 Enoxaparina Sódica Inyectable, donde solicita: JERINGA PRELLENADA CON AGUJA RETRAIBLE. Sin embargo, en la misma sección, en Presentación de Entrega solicita: JERINGA PRELLENADA NO RETRAIBLE. ¿Debemos cotizar y entregar JERINGA PRELLENADA CON AGUJA NO RETRAIBLE?
Es importante mencionar que, al solicitar con dispositivo de seguridad sólo existe en la presentación con AGUJA NO RETRAIBLE.
Solicitamos a la convocante tenga a bien aclarar y/o corregir lo requerido en la ADENDA N° 2, sección especificaciones técnicas del Item N° 5 Enoxaparina Sódica Inyectable, donde solicita: JERINGA PRELLENADA CON AGUJA RETRAIBLE. Sin embargo, en la misma sección, en Presentación de Entrega solicita: JERINGA PRELLENADA NO RETRAIBLE. ¿Debemos cotizar y entregar JERINGA PRELLENADA CON AGUJA NO RETRAIBLE?
Es importante mencionar que, al solicitar con dispositivo de seguridad sólo existe en la presentación con AGUJA NO RETRAIBLE.