El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
No. De Artículo |
Nombre de los Bienes o Servicios |
Especificaciones Técnicas y Normas |
1 |
Servicio de mantenimientos y reparaciones de equipos de aire acondicionado de la ANTSV |
Según se detallan a continuación en el |
CONTRATO ABIERTO POR MONTOS MINIMOS Y MAXIMOS
MONTO MINIMO: 11.400.000.-
MONTO MAXIMO: 22.800.000.-
Vigencia contractual: 31/12/2022
MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE AIRES ACONDICIONADOS TIPO SPLIT | |||
ITEM | DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO | Unidad de Medida | CANTIDAD |
1 | Mantenimiento y reparación de aire acondicionado sistema split de 36.000, 24.000, 18.000 y 12.000 BTU | Unidad | 1 |
1.1 | Carga de gas refrigerante R22 | Unidad | 1 |
1.2 | Soldadura por perdida de gas | Unidad | 1 |
1.3 | Rebobinado del motor ventilador | Unidad | 1 |
1.4 | Cambio de motor compresor de 36.000 BTU | Unidad | 1 |
1.5 | Cambio de motor compresor de 24.000 BTU | Unidad | 1 |
1.6 | Cambio de motor compresor de 18.000 BTU | Unidad | 1 |
1.7 | Cambio de motor compresor de 12.000 BTU | Unidad | 1 |
1.8 | Carga de gas R410a | Unidad | 1 |
1.9 | Cambio de motor ventilador | Unidad | 1 |
1.10 | Cambio de paleta ventilador | Unidad | 1 |
1.11 | Cambio de irradiador de calor | Unidad | 1 |
1.12 | Cambio de relay termico | Unidad | 1 |
1.13 | Cambio de termostato de alta | Unidad | 1 |
1.14 | Cambio de termostato de baja | Unidad | 1 |
1.15 | Cambio de llave selectora | Unidad | 1 |
1.16 | Cambio de capacitor | Unidad | 1 |
1.17 | Cambio de selenoide | Unidad | 1 |
1.18 | Cambio de perillas de mando | Unidad | 1 |
1.19 | Cambio de placa electronica | Unidad | 1 |
1.20 | Cambio de valvula inversora | Unidad | 1 |
1.21 | Cambio de caretas | Unidad | 1 |
1.22 | Cambio de protector termico | Unidad | 1 |
1.23 | Adaptación de ruleman del motor ventilador | Unidad | 1 |
1.24 | Cambio de buje al motor ventilador | Unidad | 1 |
1.25 | Cambio de turbina y paleta ventilador | Unidad | 1 |
1.26 | Reparación de la parte electrica | Unidad | 1 |
1.27 | Cambio de contactores | Unidad | 1 |
1.28 | Reparación interconexión eléctrica | Unidad | 1 |
1.29 | Prueba de estanqueidad con nitrogeno | Unidad | 1 |
1.30 | Vacio del sistema | Unidad | 1 |
1.31 | Puesta en marcha y verificación de funcionamiento | Unidad | 1 |
1.32 | Cambio de rulemanes | Unidad | 1 |
1.33 | Bujes de los motores electricos | Unidad | 1 |
1.34 | Limpieza del condensador | Unidad | 1 |
1.35 | Limpieza del evaporador | Unidad | 1 |
1.36 | Limpieza de la bandeja de drenadje | Unidad | 1 |
1.37 | Limpieza del filtro y careta | Unidad | 1 |
1.38 | Limpieza y lubricación de turbinas | Unidad | 1 |
1.39 | Limpieza y lubricación de paleta ventilador | Unidad | 1 |
1.40 | Servicio de instalación de aire | Unidad | 1 |
1.41 | Mano de obra por servicio realizado | Unidad | 1 |
CONSIDERACIONES GENERALES
La empresa deberá ejecutar los servicios de Mantenimiento General Preventivo incluyendo la Mano de Obra, insumos y elementos que resulten necesarios para la correcta realización de la prestación del servicio requerido, en los casos que ameriten deberán considerar como un costo no atribuible a la convocante gastos de flete y/o traslado de los equipos fuera de las instalaciones de la convocante.
Estos mantenimientos preventivos comprenderán ajustes y limpieza en general, según el cronograma que será proporcionado por el Departamento de Servicios Generales.
La empresa deber á ejecutar los servicios de Mantenimiento General Correctivo incluyendo la Mano de Obra, insumos y elementos, además de la provisión de repuestos (originales) que resulten necesarios para la correcta realización de la prestación del servicio requerido, en los casos que ameriten deberán considerar como un costo no atribuible a la convocante gastos de flete y/o traslado de los equipos fuera de las instalaciones de la convocante.
La provisión de los repuestos (según necesidad de cada caso) será de acuerdo al diagnóstico plasmado en el informe técnico del servicio realizado, para que luego sea presentado al Dpto. de Servicios Generales, y este lo aprobara en un plazo no mayor a 48 horas remitiendo la conformidad para la prosecución del mismo ante la Dirección Administrativa.
Los equipos cuya reparación o mantenimiento se solicite serán retirado de la dependencia en la que se encuentre el equipo para ser llevado a un lugar destinado por el Dpto. de Servicios Generales junto con el Dpto. de Patrimonio para su servicio, o bien en caso de no poder realizarse en las instalaciones de la ANTSV, previa constatación y autorización de ambos Departamentos (tanto de Servicios Generales como de Patrimonio) los equipos podrán ser llevados fuera de las oficinas para su reparación o mantenimiento, a cuenta y riesgo del oferente.
En caso de que la reparación de los equipos vaya a demorar más de 48 horas el proveedor deberá poner a disposición de la convocante el reemplazo temporal de un equipo de similar características, hasta la finalización de la reparación en cuestión y sea efectivo la devolución del equipo reparado.
PERSONAL REQUERIDO
Los trabajos realizados deberán ser Garantizados por medio de una Declaración Jurada estableciendo que por un periodo de 90 días luego de la reparación, en caso de algún inconveniente el costo correrán por cuenta del proveedor para cambiar, corregir o reparar.
Por ello el proveedor deberá contar con un plantel profesional calificado, que sea capaz de utilizar técnicas y herramientas adecuadas para cada tipo de trabajo. Debiendo contar con al menos un (1) profesional que sea técnico certificado en mantenimiento de equipos de aires acondicionados.
El técnico deberá poseer identificación ya sea con un carnet que le proporcione la empresa adjudicada o bien con atuendo (uniforme) de la empresa.
Este deberá estar disponible para cubrir las necesidades emergentes que le serán manifestadas por el Dpto. de Servicios Generales, debiendo responder en un plazo no mayor a 24 horas de recepcionado el aviso y/o reclamo.
OBSERVACIÓN:
Los oferentes deberán ajustarse a las disposiciones legales contenidas en la Ley Nº 52111/14 De calidad de aire y el Decreto Nº 12.685/08 Reglamento de Control de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono y el Uso de Tecnología Alternativa El proveedor deberá comprometerse por escrito en cuanto a los re puestos a ser sustituidos los cuales deberán ser ORIGINALES, conforme a la marca de los equipos, debiendo realizar la respectiva devolución de las piezas que son reemplazadas al Dpto. de Servicios Generales.
Para el efecto se labrara un ACTA DE RECEPCIÓN DE REPUESTOS el cual acompañara la Nota de Remisión, los mismos serán firmados por dos (2) representantes debidamente autorizados por escrito por ambas partes.
La mano de obra más la provisión de los repuestos (que serán según necesidad) deberán estar incluidas en la cotización de los servicios.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
(Indicar el N°) |
(Indicar la descripción de los bienes) |
(Insertar la cantidad de bienes a proveer) |
(Indicar la unidad de medida de los bienes |
(Indicar el nombre del lugar) |
(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s) |
N/A |
N/A |
N/A |
N/A |
N/A |
N/A |
Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
1 |
Servicio de |
12 |
meses |
Guido Spano N° |
Dentro de los 05 días |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indican a continuación:
Se realizarán en el lugar donde se realizarán los servicios, como máximo a los 3 (tres) días hábiles de finalizados los trabajos. Las mismas estarán a cargo del Administrador del Contrato.
En caso de aceptación de los trabajos por LA CONTRATANTE, se suscribirá la Nota de Remisión. Si la convocante detectara cualquier variación o diferencia en el momento de la verificación, no recibirá el trabajo debiendo el proveedor realizar las correcciones que sean necesarias en un plazo no mayor a 24 (veinte y cuatro) horas.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Informe del |
Acta de conformidad al Informe del |
05 días de cada mes posteriores a la recepción de la orden |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
1. Personas Físicas / Jurídicas |
a) Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
b) Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
c) Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social; |
d) Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS; |
e) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |
f) Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la firma del contrato. |
2. Documentos. Consorcios |
a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes. |
b) Original o fotocopia del consorcio constituido. |
c) Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio. |
d) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |