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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
lmgodoy
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
07-09-2021 - 16:55
Fecha de Fin
09-09-2021 - 16:39
Estado
Retenido
Comentarios Adicionales
- Informe cuatrimestral: He tomado conocimiento del Dictamen 627/21, sin embargo, atendiendo a que ha finalizado el primer y segundo cuatrimestre, el Dictamen debe encontrarse firmado por la Máxima Autoridad, y/o El Director de Administración y Finanzas de la Convocante. Se solicita subsanar. Además, se verifica que el proceso no se encuentra individualizado. -Capacidad Técnica: - Se consulta cuales son "todos los requisitos de habilitación y certificación otorgada por la Autoridad Sanitaria para la comercialización de los bienes ofertados", al respecto, se solicita identificar dichas documentaciones para la evaluación del criterio. -Requisito documental: Para todos los incisos del a) al e) se solicita indicar el criterio de evaluación en el apartado de requisitos capacidad técnica. - se verifica "...Copia autenticada de los contratos vigentes (el contrato debe estar vigente como mínimo por 6 (seis) meses a partir de la fecha de la presentación de las ofertas) con el/los asesores técnicos del área de Biología Molecular y/o Biotecnología, que garantizarán la utilización óptima de los bienes ofertados mediante la prestación del asesoramiento técnico." Se recuerda que las documentaciones deben estar vigentes a la etapa competitiva.

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
En cuanto al informe cuatrimestral, no remiten el documento correspondiente.
Descripción
Se verifica que se adjunta un documento distinto al requerido en la reglamentacion vigente, se solicita remitir la documentacion correspondiente. Res. DNCP N° 1208/21.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No realiza la combinación de precios/ o no utiliza 3 precios. Precios referenciales
Descripción
Se recuerda que las Convocantes deberán seleccionar al menos tres precios obtenidos, de la combinación de dos o más de las opciones disponibles en el anexo de la reglamentación, sin embargo, en el Dictamen remitido no se observa la fundamentación del porqué no se puede utilizar la combinacion de fuentes para la obtencion del precio referencial o no se cuenta con la cantidad minima requerida. Se solicita subsanar.