En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección “Condiciones Contractuales”, Numeral 11 Porcentaje de Multa, se establece que: “El valor del porcentaje de multas que será aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes será de: El valor de las multas será: 1 % por cada día de atraso en la entrega de los bienes.“ Al respecto, y considerando el porcentaje establecido como interés moratorio 0,1 % (cero coma uno por ciento) por cada día de atraso en el pago por parte de la Contratante, solicitamos a la convocante la reducción del porcentaje de multa a ser aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes; estableciendo un porcentaje no superior al 0.5%, de manera a establecer y mantener en los términos y ejecución del correspondiente contrato el principio de reciprocidad entre las partes.
En forma complementaria, es importante considerar que por la situación de la pandemia COVID-19, desde el mes de marzo del 2020, en nuestro país, nos encontramos ante la presencia de situaciones imprevistas que afectan todos los procesos de fabricación de equipos por parte de los fabricantes (situaciones excepcionales a nivel internacional), y en consecuencia conllevan a una extensión de los tiempos ordinarios de fabricación y/o plazos de envío a nuestro país (proceso de importación) o al retraso en las entregas de los bienes por parte del proveedor o contratista. Lo solicitado se cursa a los efectos de velar por la amplitud para la participación a oferentes consagrado en el artículo 20° de la Ley 2051/2003, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…”
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección “Condiciones Contractuales”, Numeral 11 Porcentaje de Multa, se establece que: “El valor del porcentaje de multas que será aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes será de: El valor de las multas será: 1 % por cada día de atraso en la entrega de los bienes.“ Al respecto, y considerando el porcentaje establecido como interés moratorio 0,1 % (cero coma uno por ciento) por cada día de atraso en el pago por parte de la Contratante, solicitamos a la convocante la reducción del porcentaje de multa a ser aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes; estableciendo un porcentaje no superior al 0.5%, de manera a establecer y mantener en los términos y ejecución del correspondiente contrato el principio de reciprocidad entre las partes.
En forma complementaria, es importante considerar que por la situación de la pandemia COVID-19, desde el mes de marzo del 2020, en nuestro país, nos encontramos ante la presencia de situaciones imprevistas que afectan todos los procesos de fabricación de equipos por parte de los fabricantes (situaciones excepcionales a nivel internacional), y en consecuencia conllevan a una extensión de los tiempos ordinarios de fabricación y/o plazos de envío a nuestro país (proceso de importación) o al retraso en las entregas de los bienes por parte del proveedor o contratista. Lo solicitado se cursa a los efectos de velar por la amplitud para la participación a oferentes consagrado en el artículo 20° de la Ley 2051/2003, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…”
En base a la consulta realizada la Convocante emite la ADENDA N° 1, que modifica el Pliego de Bases, Sección "Condiciones Contractuales", Numeral 11 Porcentaje de Multa.
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Certificacion CAS
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección “Condiciones Contractuales”, Numeral 13 "Autorización de Fabricante", la convocante solicita ser Centro Autorizado del fabricante dentro del la republica del Paraguay, así también deberá contar con talleres y personal calificados dentro del pais para realizar los servicios de mantenimiento y reparaciones para los equipos objetos de la presente contratación, deberá presentar Certificado emitido por el fabricante de ser CAS Centro Autorizado de Servicios y Técnico Certificado por la fabrica.
Sobre este punto solicitamos a la convocante, tenga en cuenta flexibilizar este ítem para asi poder dar oportunidad a mas oferentes y así poder acceder a mejores ofertas para la convocante.
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección “Condiciones Contractuales”, Numeral 13 "Autorización de Fabricante", la convocante solicita ser Centro Autorizado del fabricante dentro del la republica del Paraguay, así también deberá contar con talleres y personal calificados dentro del pais para realizar los servicios de mantenimiento y reparaciones para los equipos objetos de la presente contratación, deberá presentar Certificado emitido por el fabricante de ser CAS Centro Autorizado de Servicios y Técnico Certificado por la fabrica.
Sobre este punto solicitamos a la convocante, tenga en cuenta flexibilizar este ítem para asi poder dar oportunidad a mas oferentes y así poder acceder a mejores ofertas para la convocante.
En referencia a la respuesta de la unidad usuaria de Sistema de Comunicaciones VHF, el Comando de Operaciones de Defensa Interna (CODI); la Convocante manifiesta que los Equipos que componen el Sistema de Comunicaciones VHF, objeto de la presente contratación para su mantenimiento correspondiente, requiere de mano de obra calificada especializados y certificados por el Fabricante de los Equipos con que cuenta el Sistema de Comunicación VHF del CODI, los trabajos de mantenimiento del sitio, reemplazo de los elementos de protección y reparacion de los equipos repetidores dañados, mantenimiento del sitio y reemplazo de los elementos de protección, renovación y actualización del sistema Trbonet y los accesorios para mantenimientos en reserva, es en sí un sistema de comunicación muy compleja, motivo por el cual el Oferente deberá tener la autorización correspondiente del Fabricante como Centro Autorizado de Servicios (CAS).
En virtud a la complejidad de los Sistemas de Comunicación VHF instalados en el Área de Operaciones del Comando de Operaciones de Defensa Interna (CODI), se recomienda a todo potencial oferente ajustarse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones de referencia.