El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
No. De Artículo |
Nombre de los Bienes o Servicios |
Especificaciones Técnicas y Normas |
1 |
Servicio de Despacho Aduanero |
La prestación del Servicio de Despacho Aduanero será para donación de cascos por la FIA realizadas a la ANTSV. |
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Detalle de las Especificaciones Técnicas y de las Normas
SERVICIO DE DESPACHO ADUANERO
SERVICIOS A REALIZAR
1 |
Servicios profesionales de despacho aduanero. Importación. Procesos de canje de documentos y pago de gastos locales a la naviera: gastos logísticos, gastos administrativos, desestiba, consularizacion, barrido y verificación del contenedor, seguro de contenedor, salida y entrada de terminal portuaria, gastos bancarios de importación, costos arancelario Resolución N° 3433 de la APIF, Express Release (en caso de ser requerido), costos del LWS (Low Water Subcharge). |
2 |
Gastos administrativos para trámites aduaneros: fotocopias, canon informático, tasa portuaria a ser pagada ante el puerto de ingreso de las mercaderías y/o insumos, autenticación de documentos por escribanía, visación de documentos en caso de ser requerido, honorarios por traducción de documentos. |
3 |
Gastos por estiva y desestiba en el lugar de embarque y desembarque. Gastos por montacargas y servicios de flete interno, en caso de ser requerido por la Contratante. |
4 |
Todos estos gastos (mencionados en los incisos 1, 2 y 3) correrán por cuenta del despachante y deberán ser incluidos en la liquidación correspondiente. |
5 |
El proveedor adjudicado deberá realizar todos los trámites necesarios para el despacho de la mercadería, hasta su finiquito, comprendiendo además la gestión de inscripción y habilitación de La Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial (ANTSV) en carácter de importador ocasional ante la Dirección Nacional de Aduanas (DNA) |
6 |
Presentar la liquidación proforma de los tributos aduaneros y tasas portuarias |
7 |
El proveedor realizara la clasificación arancelaria de la mercadería en la liquidación proforma. De existir error en dicha clasificación, la multa estará a cargo del despachante |
8 |
El oferente debe incluir todos los gastos relacionados al despacho de la mercadería, exceptuando el impuesto al valor agregado (I.V.A.) |
9 |
En caso de no consignar financiamiento en la oferta, indicar el monto y fecha de vencimiento de la tasa portuaria o aeroportuaria e impuestos a abonar, para gestionar los pagos de los tributos y tasas mencionadas. |
10 |
El proveedor será responsable de la gestión del estibe y desestibe de las mercaderías en el lugar de embarque y desembarque |
11 |
El proveedor realizara los tramites y el retiro provisorio de los equipos, repuestos e insumos que indique la convocante del lugar de embarque y desembarque |
La cantidad mínima seria 1 (uno) para Servicio de Despacho Aduanero, y el máximo se establecería de acuerdo a las necesidades de la Convocante. Los pagos se harán por cada Despacho efectivamente realizado, conforme a escala de precios establecidos en la Ley N° 220/93 (Aranceles profesionales de despachantes de aduanas).
N° |
1 de Gs |
2 hasta Gs |
3 Honorarios básicos (Gs) |
4 % adicional |
1 |
1 |
10.000.000.- |
50.000.- |
2% |
2 |
10.000.001.- |
50.000.000.- |
250.000.- |
1% |
3 |
50.000.001.- |
100.000.000.- |
750.000.- |
0,80% |
4 |
100.000.0001.- |
250.000.000.- |
1.550.000.- |
0,50% |
5 |
250.000.0001.- |
Y mas |
2.800.000.- |
0,30% |
ANEXO TABLA DE ARANCELES PROFESIONALES
Servicio de Despacho Aduanero |
Pago de honorarios por valores imponibles de 1 hasta 10.000.000 Gs. |
Pago de honorarios por valores imponibles de 10.000.0001 hasta 50.000.000 Gs. |
Pago de honorarios por valores imponibles de 50.000.001 hasta 100.000.000 Gs. |
Pago de honorarios por valores imponibles de 100.000.001 hasta 250.000.000 Gs. |
Pago de honorarios por valores imponibles de 250.000.001 y más Gs. |
MONTO MINIMO: 25.000.000.-
MONTO MAXIMO: 50.000.000.-
Vigencia contractual: 31/12/2021
OBSERVACION:
La descripción/ especificación técnica para importación y exportación es a modo enunciativo y no declarativo.
Para la recepción de los eventuales bienes a ser despachados y el posterior pago se utilizaran la cotización del cambio en la fecha de la recepción establecido por el Banco Central del Paraguay para el pago del porcentaje adicional señalado en la tabla más arriba conforme a la Ley N° 220/93.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
NO APLICA |
NO APLICA |
NO APLICA |
NO APLICA |
NO APLICA |
NO APLICA |
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Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
1 |
Servicio de Despacho Aduanero para donaciones realizadas a la ANTSV |
1 |
UNIDAD |
Aduanas y Puertos que correspondan |
Dentro de los 20 días posteriores a la recepción de la Orden de Servicio |
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Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será: INFORME DE DESPACHO ADUANERO
Frecuencia: SEMANAL
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Informe de Despacho |
Acta de conformidad al Informe de Despacho |
05 días posteriores a la recepción de la orden de servicio |
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De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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