Consulta:
En le LOTE N° 2:
Especificaciones Técnicas: En el ítem 1.2, 1.3, 1.4: La convocante ha incluido la marca SUVINIL la pintura a utilizar en el presente llamado, la cuál limitaría la participación de potenciales oferentes y en detrimento a lo que establece el Art. 4, inc.b de la Ley 2051/03. En todos los casos la DNCP recomienda no incluir fotos, marcas, procedencias. Al respecto, sería factible utilizar otras marcas de pintura previa autorización de la fiscalización?