En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección “Condiciones Contractuales”,Porcentaje de Multa, se establece que: “El valor del porcentaje de multas que será aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes será de: El valor de las multas será: 1 % por cada día de atraso en la entrega de los bienes.“ Al respecto, y considerando el porcentaje establecido como interés moratorio 0,50% (cero coma cincuenta por ciento) por cada día de atraso en el pago por parte de la Contratante, solicitamos a la convocante la reducción del porcentaje de multa a ser aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes; estableciendo un porcentaje no superior al 0.5%, de manera a establecer y mantener en los términos y ejecución del correspondiente contrato el principio de reciprocidad entre las partes.
En forma complementaria, es importante considerar que por la situación de la pandemia COVID-19, desde el mes de marzo del 2020, en nuestro país, nos encontramos ante la presencia de situaciones imprevistas que afectan todos los procesos de fabricación de equipos por parte de los fabricantes (situaciones excepcionales a nivel internacional), y en consecuencia conllevan a una extensión de los tiempos ordinarios de fabricación y/o plazos de envío a nuestro país (proceso de importación) o al retraso en las entregas de los bienes por parte del proveedor o contratista. Lo solicitado se cursa a los efectos de velar por la amplitud para la participación a oferentes consagrado en el artículo 20° de la Ley 2051/2003, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…”
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección “Condiciones Contractuales”,Porcentaje de Multa, se establece que: “El valor del porcentaje de multas que será aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes será de: El valor de las multas será: 1 % por cada día de atraso en la entrega de los bienes.“ Al respecto, y considerando el porcentaje establecido como interés moratorio 0,50% (cero coma cincuenta por ciento) por cada día de atraso en el pago por parte de la Contratante, solicitamos a la convocante la reducción del porcentaje de multa a ser aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes; estableciendo un porcentaje no superior al 0.5%, de manera a establecer y mantener en los términos y ejecución del correspondiente contrato el principio de reciprocidad entre las partes.
En forma complementaria, es importante considerar que por la situación de la pandemia COVID-19, desde el mes de marzo del 2020, en nuestro país, nos encontramos ante la presencia de situaciones imprevistas que afectan todos los procesos de fabricación de equipos por parte de los fabricantes (situaciones excepcionales a nivel internacional), y en consecuencia conllevan a una extensión de los tiempos ordinarios de fabricación y/o plazos de envío a nuestro país (proceso de importación) o al retraso en las entregas de los bienes por parte del proveedor o contratista. Lo solicitado se cursa a los efectos de velar por la amplitud para la participación a oferentes consagrado en el artículo 20° de la Ley 2051/2003, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…”
Las empresas interesadas deberán ajustarse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones. Las empresas que resultaren adjudicadas pueden presentar Nota de Solicitud de Prorroga de Plazos para la entrega, debidamente justificada.
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Item 4 - Escáner
Se solicita Resolución Interpolada: de 1200 dpi como mínimo sea considerada OPCIONAL no exigido teniendo en cuenta que la resolución óptica de 600 ppp es más que suficiente para lograr una calidad óptima de los documentos escaneados.
Se solicita Resolución Interpolada: de 1200 dpi como mínimo sea considerada OPCIONAL no exigido teniendo en cuenta que la resolución óptica de 600 ppp es más que suficiente para lograr una calidad óptima de los documentos escaneados.
En referencia a la consulta realizada, favor ajustarse a la Carta de Invitación
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Item 4 - Escáner
Se solicita Resolución resolución Interpolada de 1200 dpi. sea considerada OPCIONAL no exigido teniendo en cuenta que la resolución óptica de 600 ppp es más que suficiente para lograr una calidad óptima de los documentos escaneados.
Se solicita Resolución resolución Interpolada de 1200 dpi. sea considerada OPCIONAL no exigido teniendo en cuenta que la resolución óptica de 600 ppp es más que suficiente para lograr una calidad óptima de los documentos escaneados.
En referencia a la consulta realizada, favor ajustarse a la Carta de Invitación
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Item 4 - Escáner
Se solicita Modo de escaneo a color/ Escalas de gris: RGB x 30 bits entrada / 24 bits salida
como mínimo. Pedimos se aclare o confirme que serán aceptados equipos con Profundidad de 24 Bits o superior ya que corresponden a escáneres de segmentos estándar, dando de esta forma mayor oportunidad de participación a potenciales Oferentes.
Se solicita Modo de escaneo a color/ Escalas de gris: RGB x 30 bits entrada / 24 bits salida
como mínimo. Pedimos se aclare o confirme que serán aceptados equipos con Profundidad de 24 Bits o superior ya que corresponden a escáneres de segmentos estándar, dando de esta forma mayor oportunidad de participación a potenciales Oferentes.
En referencia a la consulta realizada, favor ajustarse a la Carta de Invitación
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Item 4 - Escaner
Se solicita Velocidad de escaneo 35 ppm/70 ipm, pedimos a la convocante se pueda ofertar equipos con Velocidad de escaneo 30ppm/ 60 ipm , con una mínima diferencia de lo solicitado con esto se estaría incentivando la mayor participación a potenciales oferentes , con la cual se lograría el mejor precio del mercado.
Se solicita Velocidad de escaneo 35 ppm/70 ipm, pedimos a la convocante se pueda ofertar equipos con Velocidad de escaneo 30ppm/ 60 ipm , con una mínima diferencia de lo solicitado con esto se estaría incentivando la mayor participación a potenciales oferentes , con la cual se lograría el mejor precio del mercado.
En referencia a la consulta realizada, favor ajustarse a la Carta de Invitación
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Item 4 - Escaner
Donde solicitan: dimensiones máximas (An x Pr x Al): 29.6 x 16.9 x 17.6cm, consultamos si podría ser OPCIONAL no exigido, debido a que solo el Escaner EPSON WorkForce DS-770 cumple con ese requerimiento.
Donde solicitan: dimensiones máximas (An x Pr x Al): 29.6 x 16.9 x 17.6cm, consultamos si podría ser OPCIONAL no exigido, debido a que solo el Escaner EPSON WorkForce DS-770 cumple con ese requerimiento.
Teniendo en cuenta que las especificaciones técnicas establecidas en la Carta de Invitación, no mencionan marcas, y no están basadas en una sola marca específica, y que son el resultado de un relevamiento técnico realizado por la Institución, y que los mismos están conforme a las necesidades requeridas por la Convocante, solicitamos que los oferentes que deseen participar en la presente licitación se ajusten a las Especificaciones Técnicas ya establecidas.
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* Con relación a la "Autorización del Fabricante, Representante o Distribuidor"
donde el PBC indica que NO APLICA, Solicitamos respetuosamente que este punto sea solicitado y exigido sobre todo para los siguientes items 1, 2, 3 y 7, de además "Demostrar Certificación en la fabricación por parte del fabricante y comercialización en los últimos 5 (cinco) años como mínimo del producto ofertado por parte del oferente o del distribuidor autorizado". Teniendo en cuenta que en el país solo un oferente fabrica los equipos en Paraguay, el resto importan y teniendo en cuenta que al tener el distribuidor la autorización de distribuir una línea de producto, por ende, sus canales están habilitados a comercializar bajo todas las normas de calidad y suministro extendidas desde el fabricante lo cual es un beneficio y un requisito indispensable para la convocante referente a la garantía.
09-09-2021
13-09-2021
* Con relación a la "Autorización del Fabricante, Representante o Distribuidor"
donde el PBC indica que NO APLICA, Solicitamos respetuosamente que este punto sea solicitado y exigido sobre todo para los siguientes items 1, 2, 3 y 7, de además "Demostrar Certificación en la fabricación por parte del fabricante y comercialización en los últimos 5 (cinco) años como mínimo del producto ofertado por parte del oferente o del distribuidor autorizado". Teniendo en cuenta que en el país solo un oferente fabrica los equipos en Paraguay, el resto importan y teniendo en cuenta que al tener el distribuidor la autorización de distribuir una línea de producto, por ende, sus canales están habilitados a comercializar bajo todas las normas de calidad y suministro extendidas desde el fabricante lo cual es un beneficio y un requisito indispensable para la convocante referente a la garantía.
No se requiere Autorización del Fabricante a fin de dar mayor participación a los potenciales oferentes, según lo establecido en la Ley 2051/03, Art. 4º, inc. b de Igualdad y Libre competencia
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* Con relación al precio referencial del ítem 1,
solicitamos respetuosamente se revea dicho precio, considerando que el equipo requerido dentro del mercado tendría un precio referencial de aproximadamente 9.000.000 GS. (Computadora Tipo 1 - Avanzada). Considerando que los costos de los equipos requeridos no están acordes a las respectivas EETT. Siendo así, los referenciales de la entidad, un precio menor a lo que realmente costaría en el mercado.
solicitamos respetuosamente se revea dicho precio, considerando que el equipo requerido dentro del mercado tendría un precio referencial de aproximadamente 9.000.000 GS. (Computadora Tipo 1 - Avanzada). Considerando que los costos de los equipos requeridos no están acordes a las respectivas EETT. Siendo así, los referenciales de la entidad, un precio menor a lo que realmente costaría en el mercado.
Los potenciales oferentes deben adecuarse a las planillas de precios referenciales ya que los mismos fueron recabados por la por la Institución, en cumplimiento a la Resolución de la DNCP N° 1890/2020 "Por la cual se regula la estimación de precios y su publicidad en los procedimientos de contrataciones públicas en el marco de la Ley 2051/03".
Los Antecedentes de Estimación de Costos demuestran que los precios utilizados como referenciales son actuales y corresponden a adjudicaciones de bienes similares en el presente año.
9
* Con relación al precio referencial del ítem 2,
solicitamos respetuosamente se revea dicho precio, considerando que el equipo requerido dentro del mercado tendría un precio referencial de aproximadamente 7.000.000 GS. (Computadoras Tipo 2 - Intermedia). Considerando que los costos de los equipos requeridos no están acordes a las respectivas EETT. Siendo así, los referenciales de la entidad, un precio menor a lo que realmente costaría en el mercado.
solicitamos respetuosamente se revea dicho precio, considerando que el equipo requerido dentro del mercado tendría un precio referencial de aproximadamente 7.000.000 GS. (Computadoras Tipo 2 - Intermedia). Considerando que los costos de los equipos requeridos no están acordes a las respectivas EETT. Siendo así, los referenciales de la entidad, un precio menor a lo que realmente costaría en el mercado.
Los potenciales oferentes deben adecuarse a las planillas de precios referenciales ya que los mismos fueron recabados por la por la Institución, en cumplimiento a la Resolución de la DNCP N° 1890/2020 "Por la cual se regula la estimación de precios y su publicidad en los procedimientos de contrataciones públicas en el marco de la Ley 2051/03".
Los Antecedentes de Estimación de Costos demuestran que los precios utilizados como referenciales son actuales y corresponden a adjudicaciones de bienes similares en el presente año.
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* Con relación al precio referencial del ítem 3,
solicitamos respetuosamente se revea dicho precio, considerando que el equipo requerido dentro del mercado tendría un precio referencial de aproximadamente 14.500.000 GS. (Notebook Tipo 1 - Avanzada). Considerando que los costos de los equipos requeridos no están acordes a las respectivas EETT. Siendo así, los referenciales de la entidad, un precio menor a lo que realmente costaría en el mercado.
solicitamos respetuosamente se revea dicho precio, considerando que el equipo requerido dentro del mercado tendría un precio referencial de aproximadamente 14.500.000 GS. (Notebook Tipo 1 - Avanzada). Considerando que los costos de los equipos requeridos no están acordes a las respectivas EETT. Siendo así, los referenciales de la entidad, un precio menor a lo que realmente costaría en el mercado.
Los potenciales oferentes deben adecuarse a las planillas de precios referenciales ya que los mismos fueron recabados por la por la Institución, en cumplimiento a la Resolución de la DNCP N° 1890/2020 "Por la cual se regula la estimación de precios y su publicidad en los procedimientos de contrataciones públicas en el marco de la Ley 2051/03".
Los Antecedentes de Estimación de Costos demuestran que los precios utilizados como referenciales son actuales y corresponden a adjudicaciones de bienes similares en el presente año.