DONDE DICE: Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes: A PLAZO, conforme a la disponibilidad del Plan de Caja aprobado por Ministerio de Hacienda en forma mensual por FF 30 , por el monto de la factura presentada dentro de un plazo máximo de 60 (sesenta) días.- SOLICITAMOS ACLARACION SOBRE ESTE PUNTO.
DONDE DICE: Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes: A PLAZO, conforme a la disponibilidad del Plan de Caja aprobado por Ministerio de Hacienda en forma mensual por FF 30 , por el monto de la factura presentada dentro de un plazo máximo de 60 (sesenta) días.- SOLICITAMOS ACLARACION SOBRE ESTE PUNTO.
En relación a vuestra consulta podemos decir que: el pago será a plazos. Las gestiones pertinentes para los pagos dependerá de la asignación del Plan de Caja correspondiente por parte del Ministerio de Hacienda. La asignación del Plan de Caja por parte del Ministerio de Hacienda mencionado es de forma mensual. El pago de la factura por la entrega del bien será dentro de los 60 (sesenta) días luego del inicio de los tramites administrativos correspondientes. El crédito presupuestario previsto para el pago correspondiente es de la Fuente de Financiamiento 30 - Recursos Institucionales.
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CONSULTA SOBRE LA ESTIMACIÓN DEL PRECIO REFERENCIAL.
Teniendo en cuenta que el precio referencial establecido en la presente contratación pública responde al precio más bajo de los presupuestos solicitados por la Entidad Convocante y no al promedio de los precios cotizados por las empresas consultadas, considerando que actualmente existe una variación importante de la moneda extranjera (dólar americano) que influye en la cotización del bien licitado, consultamos a la Convocante si cuenta con presupuesto suficiente para cubrir con el porcentaje permitido por encima del precio referencial, conforme a lo previsto en el numeral 1° del Artículo 4° de la Resolución DNCP 1890/20 dictada por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) que dice: “…En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación…”. Al respecto, solicitamos una respuesta a la consulta para evaluar nuestra eventual participación en la referida contratación pública.
17-08-2021
27-08-2021
CONSULTA SOBRE LA ESTIMACIÓN DEL PRECIO REFERENCIAL.
Teniendo en cuenta que el precio referencial establecido en la presente contratación pública responde al precio más bajo de los presupuestos solicitados por la Entidad Convocante y no al promedio de los precios cotizados por las empresas consultadas, considerando que actualmente existe una variación importante de la moneda extranjera (dólar americano) que influye en la cotización del bien licitado, consultamos a la Convocante si cuenta con presupuesto suficiente para cubrir con el porcentaje permitido por encima del precio referencial, conforme a lo previsto en el numeral 1° del Artículo 4° de la Resolución DNCP 1890/20 dictada por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) que dice: “…En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación…”. Al respecto, solicitamos una respuesta a la consulta para evaluar nuestra eventual participación en la referida contratación pública.
Buen día, Esta Convocante ha realizado el cálculo de estimación de precios, de conformidad a lo establecido en la Resolución DNCP N° 1890/20 dictada por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) y dará estricto cumplimiento a todas las disposiciones emanadas por este Ente regulador de las Contrataciones Públicas.
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CARACTERÍSTICAS MECÁNICAS
Dónde dice: “Par máximo (Nm/rpm): “415 Nm. @ 1400 y 2900 rpm como mínimo; con variación máxima tolerable de hasta menos 10% ”, solicitamos la modificación del PBC a fin de permitir la participación de un Furgón con la especificación de “Par máximo (Nm/rpm): “360 Nm. @ 1400 y 2400 rpm como mínimo”, fundado en que la exigencia del PBC responde a una característica propia de cada marca que varía dependiendo del Fabricante y no representa ningún beneficio para la Convocante ni para la finalidad del bien licitado.
Dónde dice: “Par máximo (Nm/rpm): “415 Nm. @ 1400 y 2900 rpm como mínimo; con variación máxima tolerable de hasta menos 10% ”, solicitamos la modificación del PBC a fin de permitir la participación de un Furgón con la especificación de “Par máximo (Nm/rpm): “360 Nm. @ 1400 y 2400 rpm como mínimo”, fundado en que la exigencia del PBC responde a una característica propia de cada marca que varía dependiendo del Fabricante y no representa ningún beneficio para la Convocante ni para la finalidad del bien licitado.
Buen día, en cuanto a su consulta esta Convocante emitirá una Adenda a la especificación técnica mencionada, a fin de permitir la participación del Oferente. Favor ajustarse a las demás especificaciones técnicas establecidas en el PBC
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Capacidad Técnica
Teniendo en cuenta que en el PBC se exige: “Garantizar de calidad del bien de como mínima 3 (tres) años y/o de 100.000 kilómetros lo que ocurra primero, a contar desde el momento de la entrega del bien a la DISERSANFA” y considerando que el mantenimiento preventivo en los talleres autorizados por el Fabricante de la marca son condiciones necesarias y obligatorias para la vigencia de la garantía de las unidades, solicitamos la modificación del PBC para incluir el mantenimiento preventivo que contemple lo siguiente: Mantenimiento Preventivo de la unidad que incluye los siguientes servicios: (Cambio de Aceite Motor, Filtros de Aceite, Filtro de Aire, Filtro de Combustible, Fluido de Freno, Aceite para Transmisión). y Garantía del bien por 3 (tres) años o 100.000 kms, lo que ocurra primero, a contar desde el momento de la entrega del bien a la DISERSANFA”.
La modificación solicitada por nuestra parte no constituye una variación sustancial y permitirá conservar la vigencia de la garantía de fábrica.
Teniendo en cuenta que en el PBC se exige: “Garantizar de calidad del bien de como mínima 3 (tres) años y/o de 100.000 kilómetros lo que ocurra primero, a contar desde el momento de la entrega del bien a la DISERSANFA” y considerando que el mantenimiento preventivo en los talleres autorizados por el Fabricante de la marca son condiciones necesarias y obligatorias para la vigencia de la garantía de las unidades, solicitamos la modificación del PBC para incluir el mantenimiento preventivo que contemple lo siguiente: Mantenimiento Preventivo de la unidad que incluye los siguientes servicios: (Cambio de Aceite Motor, Filtros de Aceite, Filtro de Aire, Filtro de Combustible, Fluido de Freno, Aceite para Transmisión). y Garantía del bien por 3 (tres) años o 100.000 kms, lo que ocurra primero, a contar desde el momento de la entrega del bien a la DISERSANFA”.
La modificación solicitada por nuestra parte no constituye una variación sustancial y permitirá conservar la vigencia de la garantía de fábrica.
Buen día, en cuanto a su consulta esta Convocante solicita en el PBC que el bien a ser entregado cuente con una garantía de calidad de como mínimo 3 (tres) años y/o de 100.000 kilómetros lo que ocurra primero, a contar desde el momento de la entrega del bien a la DISERSANFA. Favor ajustarse a lo establecido en el PBC