El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Item/ Lote | Descripción | Unid. de medida | Present. | Cantidad Mínima | Cantidad Máxima |
LOTE 1_ CAL AGRICOLA | |||||
1 | CAL AGRICOLA DOLOMITICA EN POLVO | Kilogramos | bolsas de polietileno resistente de 50 kg | 1.500.000 | 3.000.000 |
LOTE 2_ FERTILIZANTES | |||||
1 | fertilizante organomineral quimico (70%), mas humus (30%), mesclada y granulada- Base: 05N- 30P- 20K | Kilogramos | bolsas de polietileno resistente de 50 kg- fertilizante granulado | 300.000 | 800.000 |
2 | fertilizante organomineral quimico (70%), mas humus (30%), mesclada y granulada- Base: 08N- 24P- 20K | Kilogramos | bolsas de polietileno resistente de 50 kg- fertilizante granulado | 300.000 | 800.000 |
Especificaciones Técnicas | ||||||||
LOTE 1_ CAL AGRICOLA | ||||||||
1 | Especificaciones Técnicas | |||||||
PRNT >85% | ||||||||
Origen: Calcáreo dolomítica | ||||||||
(*) Oxido de calcio > 36% | ||||||||
(*) Oxido de magnesio > 12% (conforme requerimiento en la Norma Paraguaya INTN NP 34 01211 CAL AGRICOLA GENERALIDADES, para la denominación de Cal Agrícola Dolomítica) |
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(*) Todo contenido debe estar por encima de esos porcentajes |
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Presentación: - Presentación en envases de 50 Kg. - Bolsa de polipropileno sellado - N° de registro de SENAVE - Leyenda o etiqueta bien visible con el siguiente contenido: a.) Nombre comercial del producto b.) Granulometría PRNT XX% (en la oferta es igual a 101,90%) c.) Composición: CO XX% (en la oferta es igual a 36,45); MgO XX% (en la oferta es igual a 12,06%) d.) Fabricante y lugar de fabricación e.)Industria de origen XX f.) PROHIBIDO SU REVENTA |
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LOTE 2_ FERTILIZANTES | ||||||||
1 | Fertilizante organomineral granulado --• Descripción: FERTILIZANTE ORGANOMINERAL QUIMICO (70%) MAS HUMUS VEGETAL (30%), MEZCLADA Y GRANULADA • Unidad de Medida: kilogramos. • Rangos de Concentración y Vigencia: FORMULACIÓN QUIMICA: Compuesto (70%) Base: 05N - 30P - 20K Urea Granulada: N: 05 Superfosfato Triple (STP): P: 30 Cloruro de Potasio (KCL): K: 20 Más (30%)Producto Orgánico: HUMUS VEGETAL Fecha vigencia del producto deberá ser como mínimo 8 (ocho) meses desde la fecha de entrega. • Presentación: - Presentación en envases de 50 kg. - Granulado. - Bolsa de polipropileno resistente. - Leyenda impresa en la bolsa, bien visible con el siguiente contenido: a) N° de Registro de SENAVE b) Nombre comercial del producto c) Formulación: d) Fabricante y lugar de fabricación. e) Industria Paraguaya o de otro origen f) PROHIBIDO SU REVENTA g) Uso exclusivo de PETROPAR |
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2 | Fertilizante organomineral granulado --• Descripción: FERTILIZANTE ORGANOMINERAL QUIMICO (70%) MAS HUMUS VEGETAL (30%), MEZCLADA Y GRANULADA • Unidad de Medida: kilogramos. • Rangos de Concentración y Vigencia: FORMULACIÓN QUIMICA: Compuesto (70%) Base: 08N - 24P - 20K Urea Granulada: N: 08 Superfosfato Triple (STP): P: 24 Cloruro de Potasio (KCL): K: 20 Más (30%)Producto Orgánico: HUMUS VEGETAL Fecha vigencia del producto deberá ser como mínimo 8 (ocho) meses desde la fecha de entrega. • Presentación: - Presentación en envases de 50 kg. - Granulado. - Bolsa de polipropileno resistente. - Leyenda impresa en la bolsa, bien visible con el siguiente contenido: a) N° de Registro de SENAVE b) Nombre comercial del producto c) Formulación: d) Fabricante y lugar de fabricación. e) Industria Paraguaya o de otro origen f) PROHIBIDO SU REVENTA g) Uso exclusivo de PETROPAR |
Observación: PETROPAR solicitará al proveedor adjudicado; cada vez que sea necesario el análisis de calidad del insumo recibido, la extracción de muestra se realizara en forma conjunta. PETROPAR designará a cual o que laboratorio será remitido dichas muestras, y correrá por cuenta del proveedor el costo de dicho análisis.
- Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado.
PLANTA INDUSTRIAL M. J. TROCHE - Gerencia Ing. Sixto Paredes
Dependencia: Dpto. de Planificación Agrícola
Solicitante: Departamento de Planificación Agrícola - Jefe Dpto. Ing. Juan Ayala
- Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada.
Ante el rol social de PETROPAR la de apoyar los cañicultores dependientes de la planta de Petropar-M.J. Troche, para la fertilización de sus cultivos de caña de azúcar, con el fin de mejorar el rendimiento agrícola e industrial de los mismos. Por otro lado la cal agrícola es para uso exclusivo en el suelo de plantaciones de caña de azúcar, ya que permite corregir la acidez excesiva que resulta en una toxicidad por aluminio para las raíces de las plantas, al mismo tiempo que aporta el calcio necesario para el crecimiento y el desarrollo de los cultivos. Mediante el encalado correctivo es posible recuperar la productividad del suelo acidificado y alcanzar los rendimientos potenciales. El encalado de neutralización, por otra parte, posibilita el empleo de fertilizantes acidificantes, controlando el riesgo de acidificación al menor costo alternativo. El encalado, mejora las condiciones físicas y biológicas del suelo.
- Justificar la planificación. (si se trata de un llamado periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal)
Para este llamado la planificación es solo una necesidad temporal, ante las condiciones presentadas en cuanto a los análisis de rendimiento de caña por hectárea y el rendimiento de producción
- Justificar las especificaciones técnicas establecidas
Las especificaciones técnicas establecidas son las que contienen las sustancias químicas necesarias para llegar al objetivo, a parte son las estandarizadas por el INTN y el SENAVE, para obtener la mejor calidad y llegar así al rendimiento deseado.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad Minima |
Cantidad Maxima |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
LOTE 1_ CAL AGRICOLA | ||||||
1 |
CAL AGRICOLA DOLOMITICA EN POLVO | 1500000 | 3000000 | Kilogramos | Planta Ind M. J. Troche |
Dentro de los 10 (diez) dias hábiles contados desde la recepción de la Orden de Suministro emitida por Petropar |
LOTE 2_ FERTILIZANTES | ||||||
2 |
Fertilizante organomineral quimico (70%), mas humus (30%), mesclada y granulada- Base: 05N- 30P- 20K | 300000 | 800000 | Kilogramos | Planta Ind M. J. Troche | Dentro de los 15 (quince) dias hábiles contados desde la recepción de la Orden de Suministro emitida por Petropar |
3 | Fertilizante organomineral quimico (70%), mas humus (30%), mesclada y granulada- Base: 08N- 24P- 20K | 300000 | 800000 | Kilogramos | Planta Ind M. J. Troche | Dentro de los 15 (quince) dias hábiles contados desde la recepción de la Orden de Suministro emitida por Petropar |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Acta de recepción provisoria | Acta de recepción provisoria | Por cada Orden de Suministro emitida por el administrador del contrato |
Acta de recepción definitiva | Acta de recepción definitiva | Hasta 10 días despues de la entrega, una vez que PETROPAR realice los controles pertinentes y certifique adecuadamente que el suministro se ajusta a las Especificaciones Técnicas y demás documentos del Contrato, emitirá Acta de Recepción definitiva. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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