Donde dice: “… 4. De encontrarse en un radio máximo de 8 kilómetros de la Vicepresidencia de la República. Así también se requiere la presentación de un croquis donde se indique la ubicación del taller propuesto".
Favor ampliar el requisito de 13 (trece) kilómetros de distancia, a fin de dar oportunidad de participación en igualdad de condiciones a los potenciales oferentes, ya que dicho requisito atenta contra el principio de igualdad y libre competencia establecido en el Art. 4º de la Ley 2051/03 De Contrataciones Públicas.
Traemos a colación lo establecido en el Art. 20º de la Ley 2051/03 “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u obras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, NI SE PODRÁN ESTABLECER ELEMENTOS QUE NO RESULTEN TÉCNICAMENTE INDISPENSABLES, SI CON ELLO SE LIMITAN LAS POSIBILIDADES DE CONCURRENCIA A EVENTUALES PROVEEDORES O CONTRATISTAS”.
Donde dice: “… 4. De encontrarse en un radio máximo de 8 kilómetros de la Vicepresidencia de la República. Así también se requiere la presentación de un croquis donde se indique la ubicación del taller propuesto".
Favor ampliar el requisito de 13 (trece) kilómetros de distancia, a fin de dar oportunidad de participación en igualdad de condiciones a los potenciales oferentes, ya que dicho requisito atenta contra el principio de igualdad y libre competencia establecido en el Art. 4º de la Ley 2051/03 De Contrataciones Públicas.
Traemos a colación lo establecido en el Art. 20º de la Ley 2051/03 “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u obras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, NI SE PODRÁN ESTABLECER ELEMENTOS QUE NO RESULTEN TÉCNICAMENTE INDISPENSABLES, SI CON ELLO SE LIMITAN LAS POSIBILIDADES DE CONCURRENCIA A EVENTUALES PROVEEDORES O CONTRATISTAS”.
Favor remitirse a lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones.
2
CAPACIDAD TÉCNICA
Donde dice: "Sala de pintura con extractor de aire... Cabe destacar que el taller deberá realizar estos servicios en su local, no se admitirá la tercerización de estos servicios".
Solicitamos respetuosamente a la Convocante que se acepte la tercerización de dicho servicio, ya que no es el objeto principal del llamado y la sala de pintura con extrator de aire no forma parte de la infraestructura de un taller mecánico convencional sino de un taller de chapería y pintura específicamente.
Al respecto, en base a la experiencia, las entidades públicas generalmente no utilizan dicho servicio ya que los vehículos estatales, en su mayoría, se encuentran asegurados, con lo cual utilizan los servicios de chapería y pintura con la cobertura de dicho seguro.
Por tanto, dicho un requisito atenta contra el principio de igualdad y libre competencia establecido en el Art. 4º de la Ley 2051/03 De Contrataciones Públicas.
Traemos a colación lo establecido en el Art. 20º de la Ley 2051/03 “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u obras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, NI SE PODRÁN ESTABLECER ELEMENTOS QUE NO RESULTEN TÉCNICAMENTE INDISPENSABLES, SI CON ELLO SE LIMITAN LAS POSIBILIDADES DE CONCURRENCIA A EVENTUALES PROVEEDORES O CONTRATISTAS”.
Donde dice: "Sala de pintura con extractor de aire... Cabe destacar que el taller deberá realizar estos servicios en su local, no se admitirá la tercerización de estos servicios".
Solicitamos respetuosamente a la Convocante que se acepte la tercerización de dicho servicio, ya que no es el objeto principal del llamado y la sala de pintura con extrator de aire no forma parte de la infraestructura de un taller mecánico convencional sino de un taller de chapería y pintura específicamente.
Al respecto, en base a la experiencia, las entidades públicas generalmente no utilizan dicho servicio ya que los vehículos estatales, en su mayoría, se encuentran asegurados, con lo cual utilizan los servicios de chapería y pintura con la cobertura de dicho seguro.
Por tanto, dicho un requisito atenta contra el principio de igualdad y libre competencia establecido en el Art. 4º de la Ley 2051/03 De Contrataciones Públicas.
Traemos a colación lo establecido en el Art. 20º de la Ley 2051/03 “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u obras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, NI SE PODRÁN ESTABLECER ELEMENTOS QUE NO RESULTEN TÉCNICAMENTE INDISPENSABLES, SI CON ELLO SE LIMITAN LAS POSIBILIDADES DE CONCURRENCIA A EVENTUALES PROVEEDORES O CONTRATISTAS”.
En relación al requisito "6. Certificado de Evaluación de Impacto Ambiental emitido por el MADES que habilite para taller mecanico, deposito de repuestos, lavadero y servicio de colocación de
cubiertas (resolucion y estar al dia)."
El objeto del presente llamado corresponde a servicio de mantenimiento y reparación de vehículos, no así de lavado o colocación de cubiertas, por lo cual los potenciales oferentes deberían estar habilitados por las entidades competentes a operar como taller mecánico, siendo el servicio de lavado y colocación de cubiertas un servicio adicional o conexo.
Por tanto, solicitamos a la convocante la modificación de dicho requisito, indicando que el oferente deberá contar con Certificado de Evaluación de Impacto Ambiental emitido por el MADES que habilite para operar como taller mecanico y deposito de repuestos, no así como lavadero o colocación de cubiertas.
Favor procesder en cumplimiento del principio de igualdad y libre competencia establecido en el Art. 4º de la Ley 2051/03 De Contrataciones Públicas.
Traemos a colación lo establecido en el Art. 20º de la Ley 2051/03 “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u obras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, NI SE PODRÁN ESTABLECER ELEMENTOS QUE NO RESULTEN TÉCNICAMENTE INDISPENSABLES, SI CON ELLO SE LIMITAN LAS POSIBILIDADES DE CONCURRENCIA A EVENTUALES PROVEEDORES O CONTRATISTAS”.
En relación al requisito "6. Certificado de Evaluación de Impacto Ambiental emitido por el MADES que habilite para taller mecanico, deposito de repuestos, lavadero y servicio de colocación de
cubiertas (resolucion y estar al dia)."
El objeto del presente llamado corresponde a servicio de mantenimiento y reparación de vehículos, no así de lavado o colocación de cubiertas, por lo cual los potenciales oferentes deberían estar habilitados por las entidades competentes a operar como taller mecánico, siendo el servicio de lavado y colocación de cubiertas un servicio adicional o conexo.
Por tanto, solicitamos a la convocante la modificación de dicho requisito, indicando que el oferente deberá contar con Certificado de Evaluación de Impacto Ambiental emitido por el MADES que habilite para operar como taller mecanico y deposito de repuestos, no así como lavadero o colocación de cubiertas.
Favor procesder en cumplimiento del principio de igualdad y libre competencia establecido en el Art. 4º de la Ley 2051/03 De Contrataciones Públicas.
Traemos a colación lo establecido en el Art. 20º de la Ley 2051/03 “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u obras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, NI SE PODRÁN ESTABLECER ELEMENTOS QUE NO RESULTEN TÉCNICAMENTE INDISPENSABLES, SI CON ELLO SE LIMITAN LAS POSIBILIDADES DE CONCURRENCIA A EVENTUALES PROVEEDORES O CONTRATISTAS”.
Podría la Convocante considerar disminuir a por lo menos 3 elevadores y aumentar la distancia a 10km como mínimo. Para que mas potenciales oferentes puedan participar del llamado
Podría la Convocante considerar disminuir a por lo menos 3 elevadores y aumentar la distancia a 10km como mínimo. Para que mas potenciales oferentes puedan participar del llamado
Solicitamos a la convocante disminuir la cantidad de elevadores a 3 unidades por como mínimo y aceptar la tenencia de fosas mínimo 3 ya que ambas cumplen la misma función y cubren los trabajos en simultaneo. Sala de pintura con extractor de aire, este equipo seria para servicio de chapería y pintura lo cual no es la actividad principal de un taller mecánico o en todo caso son cubiertas por el seguro de la institución, pedimos a la convocante aceptar una DDJJ de que en el caso de ser adjudicado presentar un contrato o convenio de tercerización de la misma con un taller del área solicitada. En referencia al certificado SEAM favor aceptar la constancia de estar en tramite ya que por burocracia interna del MADES el mismo tarda hasta mas de 4 meses y el tramite es solo de renovación lo cual consta de que la empresa cuenta con el certificado de años anteriores cumpliendo con lo solicitado y que las exigencias de habilitación sean de taller mecánico, no así lavadero y cambio de cubiertas ya que estas se pueden tercerizar con contrato o convenio con otras empresas que se dedican al rubro. Queda claro que con estas exigencias tienen por objetivo eliminar a todo potencial oferente en el radio solicitado, favor considerar lo solicitado para un concurso de ofertas mas democrático.
Solicitamos a la convocante disminuir la cantidad de elevadores a 3 unidades por como mínimo y aceptar la tenencia de fosas mínimo 3 ya que ambas cumplen la misma función y cubren los trabajos en simultaneo. Sala de pintura con extractor de aire, este equipo seria para servicio de chapería y pintura lo cual no es la actividad principal de un taller mecánico o en todo caso son cubiertas por el seguro de la institución, pedimos a la convocante aceptar una DDJJ de que en el caso de ser adjudicado presentar un contrato o convenio de tercerización de la misma con un taller del área solicitada. En referencia al certificado SEAM favor aceptar la constancia de estar en tramite ya que por burocracia interna del MADES el mismo tarda hasta mas de 4 meses y el tramite es solo de renovación lo cual consta de que la empresa cuenta con el certificado de años anteriores cumpliendo con lo solicitado y que las exigencias de habilitación sean de taller mecánico, no así lavadero y cambio de cubiertas ya que estas se pueden tercerizar con contrato o convenio con otras empresas que se dedican al rubro. Queda claro que con estas exigencias tienen por objetivo eliminar a todo potencial oferente en el radio solicitado, favor considerar lo solicitado para un concurso de ofertas mas democrático.
En el apartado de CONSULTA TECNICA punto 2, solicitud de una Sala de pintura con extractor de aire, solicitamos poder adjuntar un contrato con un taller de Chapería y Pintura con muchos más equipamientos que una sala con extractor, y que esté dentro de los limites de distancia que requiere el pbc, ya que la mayor cantidad de trabajos serían del tipo mecánico.
En el punto 6, de Capacidad Técnica solicitan Certificado de Evaluación de Impacto Ambiental emitido por el MADES que habilite para taller mecánico, deposito de repuestos, lavadero y servicio de colocación de cubiertas (resolución y estar al día). Sobre este punto solicitamos respetuosamente, para equiparar y poder tener la mayor cantidad de oferentes, solicitar la habilitación del MADES para taller mecánico, que es el fin de éste llamado, la reparación de los móviles de esa Institución. Sobre el punto de tener licencia habilitada para Lavadero, se ruega aceptar contrato con un lavadero que cumpla las exigencias del MADES y además se encuentre a no más de 500 mts del taller para minimizar el traslado de los móviles. Solicitan además licencia para servicio de colocación de cubiertas (sic), favor eliminar esta requisito, al estar habilitado el Oferente como taller, está contemplado la capacidad de poder colocar cubiertas. Los talleres somos prestadores de servicios, tenemos en stock repuestos en el taller en un sector determinado establecido en el plano aprobado por el municipio al cual pertenece el local, se ruega eliminar este requisito que no condice con la exigencias finales del llamado que es la reparación de los móviles, además, existe la posibilidad de poder enviar a comprar repuestos de acuerdo a las necesidades y el sistema de delivery cumpliendo en tiempo y forma las solicitudes del contrato con las Convocantes.
En el apartado de CONSULTA TECNICA punto 2, solicitud de una Sala de pintura con extractor de aire, solicitamos poder adjuntar un contrato con un taller de Chapería y Pintura con muchos más equipamientos que una sala con extractor, y que esté dentro de los limites de distancia que requiere el pbc, ya que la mayor cantidad de trabajos serían del tipo mecánico.
En el punto 6, de Capacidad Técnica solicitan Certificado de Evaluación de Impacto Ambiental emitido por el MADES que habilite para taller mecánico, deposito de repuestos, lavadero y servicio de colocación de cubiertas (resolución y estar al día). Sobre este punto solicitamos respetuosamente, para equiparar y poder tener la mayor cantidad de oferentes, solicitar la habilitación del MADES para taller mecánico, que es el fin de éste llamado, la reparación de los móviles de esa Institución. Sobre el punto de tener licencia habilitada para Lavadero, se ruega aceptar contrato con un lavadero que cumpla las exigencias del MADES y además se encuentre a no más de 500 mts del taller para minimizar el traslado de los móviles. Solicitan además licencia para servicio de colocación de cubiertas (sic), favor eliminar esta requisito, al estar habilitado el Oferente como taller, está contemplado la capacidad de poder colocar cubiertas. Los talleres somos prestadores de servicios, tenemos en stock repuestos en el taller en un sector determinado establecido en el plano aprobado por el municipio al cual pertenece el local, se ruega eliminar este requisito que no condice con la exigencias finales del llamado que es la reparación de los móviles, además, existe la posibilidad de poder enviar a comprar repuestos de acuerdo a las necesidades y el sistema de delivery cumpliendo en tiempo y forma las solicitudes del contrato con las Convocantes.
Podria la Convocante considerar aceptar contrato de prestacion de servicios de por lo menos 4 funcionarios, atendiendo que varios de ellos poseen RUC y por ello no se encuentran inscriptos en IPS
Podria la Convocante considerar aceptar contrato de prestacion de servicios de por lo menos 4 funcionarios, atendiendo que varios de ellos poseen RUC y por ello no se encuentran inscriptos en IPS
Favor considerar la ampliación del radio máximo de distancia a 13 kilómetros, a fin de fomentar la participación de potenciales oferentes, lo cual redituará en beneficio de la Vicepresidencia, pues a mayor competencia más participantes y, por ende, más posibilidades de obtener ofertas más convenientes.
Por otro lado, el aumento del radio de distancia a 5km más de lo actualmente establecido, no repercutirá de ninguna manera en la economía y eficiencia del servicio contratado. Por el contrario, al ser tan reducido el radio de distancia muchos potenciales oferentes que cuentan con la infraestructura, capacidad técnica y legal establecidas en el PBC, quedarán fuera de competencia por el solo hecho de encontrarse 5km más allá del radio máximo establecido por la convocante.
Favor considerar lo expuesto conforme al principio de economía, eficiencia, igualdad y libre competencia que debe regir en procesos licitatorios.
Favor considerar la ampliación del radio máximo de distancia a 13 kilómetros, a fin de fomentar la participación de potenciales oferentes, lo cual redituará en beneficio de la Vicepresidencia, pues a mayor competencia más participantes y, por ende, más posibilidades de obtener ofertas más convenientes.
Por otro lado, el aumento del radio de distancia a 5km más de lo actualmente establecido, no repercutirá de ninguna manera en la economía y eficiencia del servicio contratado. Por el contrario, al ser tan reducido el radio de distancia muchos potenciales oferentes que cuentan con la infraestructura, capacidad técnica y legal establecidas en el PBC, quedarán fuera de competencia por el solo hecho de encontrarse 5km más allá del radio máximo establecido por la convocante.
Favor considerar lo expuesto conforme al principio de economía, eficiencia, igualdad y libre competencia que debe regir en procesos licitatorios.
Pedimos a la convocante disminuir la cantidad de personales asegurados a por lo menos 8 (ocho) ya que estos al ser técnicos altamente calificados y con estudios que pueden ser demostrados con certificación del SNPP en el área automotriz, autotrónica, electrónica, entre otros cubren a cabalidad y en simultaneo los trabajos a realizarse en tiempo y forma OFRECIENDO CALIDAD Y NO CANTIDAD. De esta forma estarían recibiendo mejores ofertas y ampliarían la participación de potenciales oferentes con capacidad técnica y profesional.
Pedimos a la convocante disminuir la cantidad de personales asegurados a por lo menos 8 (ocho) ya que estos al ser técnicos altamente calificados y con estudios que pueden ser demostrados con certificación del SNPP en el área automotriz, autotrónica, electrónica, entre otros cubren a cabalidad y en simultaneo los trabajos a realizarse en tiempo y forma OFRECIENDO CALIDAD Y NO CANTIDAD. De esta forma estarían recibiendo mejores ofertas y ampliarían la participación de potenciales oferentes con capacidad técnica y profesional.