Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
21 *-Garantía Mantenimiento de Oferta En el Pliego de Bases y Condiciones, sección Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación, en el apartado REQUISITOS DOCUMENTALES PARA LA EVALUACION DE LAS CONDICIONES DE PARTICIPACION, establece: 2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria; En relación a este requerimiento solicitamos sea aceptada Póliza de caución emitida por una aseguradora para garantizar el mantenimiento de oferta, considerando que con lo solicitado, la Convocante de Igual forma tendrá asegurado el mantenimiento de la oferta en el plazo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/2003, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…, en concordancia con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 23-10-2021 29-10-2021
22 *- Sistema de adjudicacion En el Pliego de Bases y Condiciones, sección Criterios de Evaluación. Otros criterios que la Convocante requiera, se establece: Cada oferente podrá ser adjudicado en máximo dos lotes, salvo que luego de realizar dichas adjudicaciones, aun queden lotes desiertos, en cuyo caso el comité de evaluación podrá adjudicar más lotes. Al respecto, se solicita aclaración a la Convocante con respecto al criterio a ser tenido en cuenta en el sistema de adjudicación previsto en el PBC. Específicamente, se solicita aclaración del criterio de la CONVOCANTE a ser tenido en cuenta en el sistema de adjudicación en caso de que participen empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial, corporación o holding, en dicho caso se entiende que se trataría de un contubernio para favorecer a ese mismo grupo empresarial, corporación o holding, situación que le permitiría ganar más de dos lotes, burlando el sistema de adjudicación del PBC. 23-10-2021 29-10-2021
23 *- Sistema de Adjudicación En el Pliego de Bases y Condiciones, sección Criterios de Evaluación. Otros criterios que le Convocante requiera, se establece: Cada oferente podrá ser adjudicado en máximo dos lotes, salvo que luego de realizar dichas adjudicaciones, aun queden lotes desiertos, en cuyo caso el comité de evaluación podrá adjudicar más lotes. Al respecto, se solicita a la Convocante determine cuál será el criterio de adjudicación a ser aplicado, en caso de que un oferente presente la mejor oferta en más de dos lotes. Específicamente y usando de ejemplo, en el caso de que una misma empresa presente la mejor oferta en los lotes 1, 2, 3, y 4; ¿cuál será el factor determinante para que la Convocante disponga la adjudicación de tal o cual lote de entre los cuatro ofertados como la mejor oferta?, atendiendo a que los valores resultantes de la subasta electrónica no pueden ser modificados. 23-10-2021 29-10-2021
24 *-Forma de Pago En el Pliego de Bases y Condiciones, sección Condiciones Contractuales, en el apartado FORMAS Y CONDICIONES DE PAGO, se solicita lo siguiente: PRIMER PAGO: Posterior a la recepción de los equipos en el depósito del oferente, el Oferente Adjudicado deberá presentar la solicitud de pago por el 35% (treinta y cinco por ciento) del monto total de los ítems recepcionados correspondiente a la Planilla de Precios. Una vez recepcionados los ítems 1 al 4 en el depósito, el proveedor adjudicado podrá solicitar el primer pago del Ítem 5 del lote correspondiente. PAGO POR RECEPCION TECNICA PROVISORIA DEL PROYECTO: Posterior a la emisión del Acta de Recepción Técnica Definitiva del proyecto, el Oferente Adjudicado deberá presentar la solicitud de pago por el 65% (Sesenta y cinco por ciento) del monto total del lote correspondiente de la Planilla de Precios. La solicitud y la factura correspondiente deberán expresar claramente y por separado el monto del impuesto al valor agregado (IVA). Al respecto solicitamos que el primer pago sea por el 50% del monto total de los ítems recepcionados correspondiente a la planilla de precios, y el pago por la recepción Técnica Definitiva del proyecto 50 %. 23-10-2021 29-10-2021
25 *- Notebooks Tipo III Básica, Procesador. En el Pliego de Bases y Condiciones, para los ítems de Notebooks Tipo III Básica, Procesador. Solicitan: 1 – Procesador: Procesador de 2 (dos) núcleos físicos como mínimo. 2.8 GHz o superior. La velocidad puede ser alcanzada con frecuencia Turbo o similar. Antigüedad de lanzamiento al mercado internacional no mayor a 36 meses, verificable en la web del fabricante. Memoria Cache. 4 Mb mínimo Soporte de Virtualización de Hardware. Exigido Al respecto, solicitamos a la convocante que puedan ser aceptados procesadores con frecuencia base de 1.7Ghz o superior, atendiendo a que los nuevos procesadores de la línea básica, que son recomendados para equipos con una configuración básica como la solicitada, normalmente poseen una frecuencia base a partir de 1.7Ghz o superior, sin contar con frecuencia turbo, la cual es una característica de procesadores superiores y de costos más elevados. Así también, es importante mencionar que un procesador con frecuencia base 1.7Ghz o superior, proporcionaría un correcto funcionamiento de acuerdo al tipo de uso que tendrán los mismos atendiendo al objeto del llamado, como también poseen la capacidad de procesamiento suficiente para trabajar correctamente con la mayoría de los software actualmente utilizados, como por ejemplo: Microsoft Office, Libre Office, software de ofimática o educación, etc. Por lo que no es técnicamente necesario ni indispensable que indefectiblemente el procesador deba poseer una frecuencia de 2.8Ghz como lo solicitado. Esta solicitud es cursada de manera a no limitar la presentación de ofertas de modelos de equipos y procesadores que cumplen con la necesidad de la convocante, así como también evitar que la convocante incurra en un gasto innecesario. Atendiendo a la situación creada por la Pandemia del COVID19 de faltantes de componentes electrónicos a nivel mundial, esto permitiría la posibilidad de contar con una gama más amplia para satisfacer las necesidades de la Convocante. Lo solicitado encuentra sustento legal en el Principio de Economía y Eficiencia del Artículo 4° de la Ley 2051/2003: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria. 23-10-2021 29-10-2021
26 *- de Notebooks Tipo III Básica, Pantalla En el Pliego de Bases y Condiciones, para los ítems de Notebooks Tipo III Básica, Pantalla. Solicitan: 8 – Pantalla: Tipo LED HD mayor o igual a 14'' Pulgadas, y menor o igual a 17,5'', con antirreflejo, Resolución 1366x768 o superior. Exigido Al respecto, solicitamos a la convocante que puedan ser aceptados equipos con pantalla Tipo LED HD mayor o igual a 13.3'' Pulgadas, atendiendo a que este es el tamaño de pantalla recomendada para notebooks del tipo básica destinadas a educación y al objeto del presente llamado, proporcionando al usuario una mayor comodidad y portabilidad al utilizar los equipos, además de representar una ínfima diferencia en tamaño con respecto a lo solicitado, por lo que se la visibilidad o campo visual del usuario no será afectado, pudiendo realizar cualquier tipo de tareas sin ningún inconveniente. Atendiendo a la situación creada por la Pandemia del COVID19 de faltantes de componentes electrónicos a nivel mundial, esto permitiría la posibilidad de contar con una gama más amplia para satisfacer las necesidades de la Convocante. Esta solicitud es cursada de manera a no limitar la presentación de ofertas de modelos de equipos que cumplen con las demás especificaciones técnicas y cubran la necesidad de la convocante, encontrando sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 23-10-2021 29-10-2021
27 *-Notebooks Tipo III Básica, Procesador En el Pliego de Bases y Condiciones, para los ítems de Notebooks Tipo III Básica, Procesador. Solicitan: 1 – Procesador: Procesador de 2 (dos) núcleos físicos como mínimo. 2.8 GHz o superior. La velocidad puede ser alcanzada con frecuencia Turbo o similar. Antigüedad de lanzamiento al mercado internacional no mayor a 36 meses, verificable en la web del fabricante. Memoria Cache. 4 Mb mínimo Soporte de Virtualización de Hardware. Exigido Al respecto, solicitamos a la convocante que puedan ser aceptados equipos con Antigüedad de lanzamiento al mercado internacional no mayor a 48 meses, atendiendo a que en la actualidad varias marca fabrican y comercializan equipos con procesadores que cumplen con las especificaciones técnicas y necesidades de la convocante, con una antigüedad desde el lanzamiento mayor a los 36 meses, lo cual no afecta al rendimiento del equipo y procesador, proporcionando un correcto funcionamiento de acuerdo al tipo de uso que tendrán los mismos, como también poseen la capacidad de procesamiento suficiente para trabajar correctamente con la mayoría de los software actualmente utilizados, como por ejemplo: Microsoft Office, Libre Office, software de ofimática o educación, etc. Por lo que no es técnicamente necesario que indefectiblemente el procesador deba limitarse a poseer una antigüedad de lanzamiento al mercado internacional no mayor a 36 meses. Atendiendo a la situación creada por la Pandemia del COVID19 de faltantes de componentes electrónicos a nivel mundial, esto permitiría la posibilidad de contar con una gama más amplia para satisfacer las necesidades de la Convocante. Esta solicitud es cursada de manera a no limitar la presentación de ofertas de modelos de equipos y procesadores que cumplen con la necesidad de la convocante, así como también evitar que la convocante incurra en un gasto innecesario, encontrando sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 23-10-2021 29-10-2021
28 *- Garantia En el Pliego de Bases y Condiciones, para los ítems de Notebooks Tipo III Básica y Tipo II intermedia, Licencias. Garantía (escrita): Mínimo de 36 meses. Al respecto, solicitamos aclarar si la garantía de 36 meses solicitada para los dos tipos de notebooks mencionadas debe ser del fabricante o del oferente. De manera a ofertar correctamente y conforme a las necesidades de la Convocante. 23-10-2021 29-10-2021
29 *-Carro Contenedor En el Pliego de Bases y Condiciones, sección SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, capítulo 3. Especificaciones Técnicas mínimas, Carro Contenedor para 20 equipos, numeral 16 se solicita: Certificación y documentaciones requeridas Certificación de calidad ISO 9001 del fabricante en el proceso de diseño y/o fabricación y/o comercialización de carros o gabinetes. Entendemos que la certificación de calidad ISO 9001 del fabricante en el proceso de diseño y/o fabricación y/o comercialización debe ser para carros o gabinetes similares y relacionados al objeto del presente llamado, es decir, carros o gabinetes para carga de baterías de notebooks y/o dispositivos móviles. Favor aclarar este punto para que los potenciales oferentes puedan presentar sus ofertas conforme a lo requerido por la convocante. 23-10-2021 29-10-2021
30 **Certificación de calidad ISO 9001 En el PBC, en las especificaciones técnicas del Carro Contenedor para 20 equipos, el numeral 16 solicita: Certificación de calidad ISO 9001 del fabricante en el proceso de diseño y/o fabricación y/o comercialización de carros o gabinetes. Consultamos a la convocante aclarar para qué tipo de carros o gabinetes se requiere la certificación de calidad ISO 9001 en diseño y/o fabricación y/o comercialización. ¿Serán aceptados Certificados de calidad ISO 9001 en diseño y/o fabricación y/o comercialización de carros metálicos, carros de transporte o gabinetes tales como, gabinetes metálicos para libros, herramientas y/o tableros eléctricos?, considerando que lo requerido en el pliego es muy genérico y no resulta claro. 23-10-2021 29-10-2021
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