Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
71 *-Carro Contenedor. En el PBC de la Adenda 1, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, capítulo 3. Especificaciones Técnicas Mínimas, Item Almacenaje, Logística y Traslado de Equipos, se solicita: 1. El oferente adjudicado tendrá la responsabilidad global de la provisión de equipos, la distribución, la instalación, configuración y puesta en funcionamiento de los equipos en los sitios detallados en los ANEXO I al X. Al respecto del requisito de la Instalación, solicitamos a la Convocante confirmar que el Carro contenedor será conectado a un tomacorriente eléctrico existente en la Sala de Informática o similar, en cada una de las Instituciones afectadas al Proyecto, no requiriéndose la colocación de tomacorrientes nuevos, ni adecuación de circuitos eléctricos y tomacorrientes existentes, ni la implementación de puesta a tierra para el tomacorriente eléctrico destinado a la conexión del Carro contenedor en cada sitio, teniendo en cuenta que no se encuentra referencia alguna al respecto en el Pliego. Lo solicitado se cursa a los efectos de presentar una oferta idónea y que se ajuste a las necesidades de la Convocante. 02-11-2021 05-11-2021
72 *-Fiscalización. En el PBC de la Adenda 1, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, capítulo 5. Fiscalización, se solicita: El oferente adjudicado deberá prever todos los gastos de movilidad, trasladado, alojamiento y además, bajo autorización del MEC deberá asignar un viático equivalente a doscientos mil guaraníes (200.000 Gs) por día por persona a los Fiscales designados para la verificación del cumplimiento del contrato. Al respecto, solicitamos a la Convocante confirmar que el viático establecido de doscientos mil guaraníes (200.000 Gs) por día por persona a los Fiscales, incluye el gasto de alojamiento de los mismos. Lo solicitado se cursa a los efectos de presentar una oferta idónea y que se ajuste a las necesidades de la Convocante. 02-11-2021 05-11-2021
73 -* PROYECTOR MULTIMEDIA En el Pliego de Bases y Condiciones, sección SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, capítulo 3.3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS, PROYECTOR MULTIMEDIA, numeral 5, se solicita: Tecnología 3LCD Exigido Respecto a la tecnología 3LCD exigida, solicitamos sea aceptada también la tecnología DLP, considerando que la DLP es actualmente una de las más utilizadas en los sistemas de proyección en las principales marcas y fabricantes de Sistemas de Proyección Profesional. Los Proyectores con tecnología DLP, ofrecen y garantizan una alta y certificada calidad y prestaciones para los entornos educativos y numerosas ventajas en comparación con la tecnología 3LCD. Exigir solamente la tecnología 3LCD, habiendo a nivel técnico y/o tecnológico disponibles otras que ofrecen iguales o mejores prestaciones, restringe indebidamente la participación de otras marcas y modelos que basan su sistema de proyección en otras tecnologías de proyección. Por otra parte, se hace constar y se denuncia por la presente que los requisitos técnicos de este ítem en su conjunto solo pueden ser cumplidos estricta e íntegramente por el equipo Epson PowerLite E20 cuyas especificaciones técnicas se encuentran disponibles en el siguiente enlace: 02-11-2021 05-11-2021
74 -* PROYECTOR MULTIMEDIA En el Pliego de Bases y Condiciones, sección SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, capítulo 3.3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS, PROYECTOR MULTIMEDIA, numeral 5, se solicita: Tecnología 3LCD Exigido Respecto a la tecnología 3LCD exigida, solicitamos sea aceptada también la tecnología DLP, considerando que la DLP es actualmente una de las más utilizadas en los sistemas de proyección en las principales marcas y fabricantes de Sistemas de Proyección Profesional. Los Proyectores con tecnología DLP, ofrecen y garantizan una alta y certificada calidad y prestaciones para los entornos educativos y numerosas ventajas en comparación con la tecnología 3LCD. Exigir solamente la tecnología 3LCD, habiendo a nivel técnico y/o tecnológico disponibles otras que ofrecen iguales o mejores prestaciones, restringe indebidamente la participación de otras marcas y modelos que basan su sistema de proyección en otras tecnologías de proyección. Por otra parte, se hace constar y se denuncia por la presente que los requisitos técnicos de este ítem en su conjunto solo pueden ser cumplidos estricta e íntegramente por el equipo Epson PowerLite E20 cuyas especificaciones técnicas se encuentran disponibles en el siguiente enlace: https://epson.com.py/Para-el-trabajo/Proyectores/Proyectores-para-Salas-de-Clases-/Proyector-para-Salas-de-Clases-PowerLite-E20/p/V11H981020 De esta forma, queda evidenciado que en los términos actuales del PBC se limita la participación de más oferentes en abierta contravención con el principio de Igualdad y Libre Competencia que impera en las contrataciones públicas. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…; (…) Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, (…) deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante, lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 02-11-2021 05-11-2021
75 -* PROYECTOR MULTIMEDIA En el Pliego de Bases y Condiciones, sección SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, capítulo 3. 3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS, PROYECTOR MULTIMEDIA, numeral 4 Luminosidad / Brillo, dice: > 3000 Lumens en Blanco (norma ISO 21118); > 3000 Lumens en color (norma IDMS 15;4) Solicitamos a la convocante que sean aceptados equipos con luminosidad mayor o igual a 3000 Lumens ANSI considerando que el estándar ANSI lumens es el que ha sido adoptado por los fabricantes de proyectores como criterio común a la hora de medir los niveles de brillo o luminosidad de sus equipos y de esta manera seguir un mismo procedimiento estándar para realizar una comparación entre los niveles de luminosidad de los equipos. Exigir como criterio de medición de luminosidad las normas ISO 21118 e IDMS 15:4 solo evidencia el direccionamiento hacia el equipo Epson PowerLite E20 cuyas especificaciones técnicas se encuentran disponibles en línea en el siguiente enlace: https://mediaserver.goepson.com/ImConvServlet/imconv/212dfc2a73a66938bb7b0220b2797a7b9ca366af/original?assetDescr=PowerLite-E20-EAI-CURVAS Como puede evidenciarse en la hoja de datos disponible en línea, en el punto de Luminosidad se menciona: Salida de luz de color medida de acuerdo con IDMS 15.4; salida de luz blanca medida de acuerdo con ISO 21118. Esto, junto con los demás requisitos técnicos en su conjunto, solo pueden ser cumplidos estrictamente por este equipo de la marca Epson, de cuyo catálogo mencionado más arriba fueron copiados casi textualmente las especificaciones técnicas, con lo cual se estaría favoreciendo a una sola marca. De esta forma, queda evidenciado que en los términos actuales del PBC se limita la participación de más marcas y oferentes en abierta contravención con el principio de Igualdad y Libre Competencia que impera en las contrataciones públicas. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…; (…) Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, (…) deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante, lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 02-11-2021 05-11-2021
76 -* PROYECTOR MULTIMEDIA En el Pliego de Bases y Condiciones, sección SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, capítulo 3. 3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS, PROYECTOR MULTIMEDIA, numeral 8 Vida útil de la fuente de luz, dice: Vida útil de la fuente de luz: mínimo 10.000 horas o superior en modo económico Solicitamos a la convocante que sean aceptados equipos con vida útil de la fuente de luz como mínimo 10.000 horas o superior en alguno de los diferentes modos disponibles en el equipo, considerando que los diversos fabricantes de este tipo de equipamientos tienen distintas denominaciones para los modos de ahorro de energía para proteger la vida útil de la fuente de luz, como por ejemplo modo Normal, Brillante, Dinámico, Eco, etc. Con este cambio, la convocante tendrá la posibilidad de recibir un mayor número de ofertas y marcas internacionalmente reconocidas y certificadas. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…; (…) Las especificaciones técnicas (…) u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, (…) deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante, lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 02-11-2021 05-11-2021
77 -* PROYECTOR MULTIMEDIA En el Pliego de Bases y Condiciones, sección SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, capítulo 3. 3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS, PROYECTOR MULTIMEDIA, numeral 12 Relación de Zoom, dice: Óptico o digital de 1.2 en aumento o superior Solicitamos a la convocante que sean aceptados equipos con Relación de Zoom Óptico o digital de 1.0 o superior, considerando que el cambio propuesto es mínimo a nivel técnico y con esto la convocante tendrá la posibilidad de recibir un mayor número de ofertas convenientes a sus intereses técnicos, funcionales y económicos. Este valor (Relación de zoom 1,0 - 1,35 digital zoom) está dentro del rango mínimo del modelo Epson PowerLite E20 de cuyo catálogo fueron copiadas las especificaciones técnicas. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…; (…) Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, (…) deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante, lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 02-11-2021 05-11-2021
78 -* PROYECTOR MULTIMEDIA En el Pliego de Bases y Condiciones, sección SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, capítulo 3. 3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS, PROYECTOR MULTIMEDIA, numeral 13 Corrección Geométrica, dice: Vertical: ± 30 grados; Horizontal: ± 30 grados Solicitamos a la convocante, que la corrección geométrica horizontal sea considerada OPCIONAL, debido a que no todos los fabricantes de Proyectores incorporan la corrección geométrica horizontal como una función estandarizada en sus equipos, siendo la más común la corrección geométrica vertical. Esta característica, junto con los demás requisitos técnicos en su conjunto, solo pueden ser cumplidos estrictamente por el equipo de la marca Epson PowerLite E20, de cuyo catálogo fueron copiados textualmente estas especificaciones técnicas, como puede verificarse en el siguiente enlace: https://mediaserver.goepson.com/ImConvServlet/imconv/212dfc2a73a66938bb7b0220b2797a7b9ca366af/original?assetDescr=PowerLite-E20-EAI-CURVAS Como puede evidenciarse en la hoja de datos disponible en línea, en el punto Corrección de Keystone, se menciona: +/-30 grados a +/-30 grados Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…; (…) Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, (…) deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante, lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19. 02-11-2021 05-11-2021
79 -* PROYECTOR MULTIMEDIA En el Pliego de Bases y Condiciones, sección SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, capítulo 3. 3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS, PROYECTOR MULTIMEDIA, numeral 15 Garantía, dice: 2 años de fabrica Al respecto de la garantía exigida, solicitamos sea aceptada la garantía del fabricante y/o del oferente, considerando que en ambas opciones la convocante tendrá asegurada la garantía por los equipos. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: (…) Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, (…) deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante, lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19. 02-11-2021 05-11-2021
80 -* PROYECTOR MULTIMEDIA En el Pliego de Bases y Condiciones, sección SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, capítulo 3. 3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS, PROYECTOR MULTIMEDIA, numeral 16 Certificación, se solicita: El oferente debe demostrar ser canal autorizado del fabricante para Paraguay. Debe existir en Paraguay un Centro de Servicio Autorizado por Fabricante para soportar la garantía y el servicio postventa. Para certificar las dos condiciones anteriores, el oferente debe presentar carta emitida por el fabricante dirigido a la institución y haciendo referencia a la licitación Para certificar las dos condiciones anteriores y el cumplimiento de estos puntos, solicitamos sea aceptada carta del Representante o Distribuidor Oficial de la Marca en Paraguay, cumpliendo de esta manera con la cadena de Autorización hasta el Fabricante. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: (…) Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, (…) deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante, lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley. 02-11-2021 05-11-2021
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