Con relación al tipo de Adjudicación del llamado, POR TOTAL,
consultamos respetuosamente considerar la adjudicación POR ÍTEM, considerando que se requieren varios equipos de diversa índole y no todas las empresas proveen o prestan servicios a diferentes marcas y productos, lo cual representa una limitante para potenciales oferentes. El tipo de adjudicación POR ÍTEM se aplica al 90% de los llamados justamente por ser beneficioso para la Convocante. La modificación beneficiaría a la entidad aumentando considerablemente la cantidad de oferentes, teniendo así la posibilidad de obtener los mejores precios del mercado como lo establece la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas, donde cita textualmente "no se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ellos se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas".
16-09-2021
28-09-2021
Con relación al tipo de Adjudicación del llamado, POR TOTAL,
consultamos respetuosamente considerar la adjudicación POR ÍTEM, considerando que se requieren varios equipos de diversa índole y no todas las empresas proveen o prestan servicios a diferentes marcas y productos, lo cual representa una limitante para potenciales oferentes. El tipo de adjudicación POR ÍTEM se aplica al 90% de los llamados justamente por ser beneficioso para la Convocante. La modificación beneficiaría a la entidad aumentando considerablemente la cantidad de oferentes, teniendo así la posibilidad de obtener los mejores precios del mercado como lo establece la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas, donde cita textualmente "no se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ellos se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas".
Debido a la necesidad existente para el control de los enlaces de fibra óptica e implementación de soluciones, la convocante considera que los productos solicitados pueden proveerse en tiempo y en forma, por lo cual se solicita adecuarse al PBC.
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*-SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. PANTALLAS DE VIDEO WALL
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. PANTALLAS DE VIDEO WALL, Características, se solicita:
Se incluyen los soportes para pantallas, además todos los elementos necesarios para la instalación y operación.
Al respecto, se menciona a la Convocante que no se especifica si los soportes son para Pared, o si se refiere a un Soporte Móvil o Fijo., por lo que se solicita sea indicado qué tipo de Soporte para las Pantallas de Video Wall es el requerido.
Lo solicitado se cursa a los efectos de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante.
17-09-2021
28-09-2021
*-SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. PANTALLAS DE VIDEO WALL
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. PANTALLAS DE VIDEO WALL, Características, se solicita:
Se incluyen los soportes para pantallas, además todos los elementos necesarios para la instalación y operación.
Al respecto, se menciona a la Convocante que no se especifica si los soportes son para Pared, o si se refiere a un Soporte Móvil o Fijo., por lo que se solicita sea indicado qué tipo de Soporte para las Pantallas de Video Wall es el requerido.
Lo solicitado se cursa a los efectos de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante.
La convocante considera deberá contar con el soporte necesario en el momento de colocación de los mismos para la integración de la solución ya que se trata de accesorios de cualquier solución video Wall son siempre soportes de pared que permiten giros en ángulo que soporten el peso del equipamiento ofertado.
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*-Plan de entrega de los bienes. 2. Pantallas de Video Wall, se solicita
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Plan de entrega de los bienes. 2. Pantallas de Video Wall, se solicita:
2. Pantallas de Video Wall. 2. Unidad Ministerio del Interior (Chile esq. Manduvirá) Asunción Paraguay. 30 días Máximos.
Al respecto, SOLICITAMOS a la Convocante que los plazos de entrega sean de 90 (Noventa) días como mínimo ya que las fabricas aun no operan con su normal capacidad de producción, esto debido a la situación de pandemia a consecuencia del Covid-19 que actualmente aún se está atravesando a nivel mundial y esto dificulta la normal producción del tipo de equipos solicitados. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
17-09-2021
28-09-2021
*-Plan de entrega de los bienes. 2. Pantallas de Video Wall, se solicita
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Plan de entrega de los bienes. 2. Pantallas de Video Wall, se solicita:
2. Pantallas de Video Wall. 2. Unidad Ministerio del Interior (Chile esq. Manduvirá) Asunción Paraguay. 30 días Máximos.
Al respecto, SOLICITAMOS a la Convocante que los plazos de entrega sean de 90 (Noventa) días como mínimo ya que las fabricas aun no operan con su normal capacidad de producción, esto debido a la situación de pandemia a consecuencia del Covid-19 que actualmente aún se está atravesando a nivel mundial y esto dificulta la normal producción del tipo de equipos solicitados. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
La convocante considera el libre principio de igualdad y competencia teniendo en cuenta que las pantallas de video Wall no son un producto de difícil inserción en el mercado y que cualquier empresa puede contar con los mismos, pero la consultante no tiene en cuenta la urgencia especifica de hardware de la convocante por lo cual se solicita respetar los plazos establecidos en el PBC.
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1 SISTEMA DE GESTIÓN Y MONITOREO DE LA RED DE FIBRA OPTICA (PLANTA EXTERNA).
Solicitamos la topologia de los enlaces a ser monitoreados
21-09-2021
28-09-2021
1 SISTEMA DE GESTIÓN Y MONITOREO DE LA RED DE FIBRA OPTICA (PLANTA EXTERNA).
La convocante considera que no es relevante, ni sería correcto que el sistema a proveer se ajuste o limite a una topología de monitoreo determinada. Por ese motivo el requerimiento técnico establece condiciones mínimas respecto de la cantidad de vínculos a monitorear, crecimiento futuro, y rango dinámico de medición. De modo que se puedan cubrir vínculos actuales y futuros operando sobre fibras oscuras y/o fibras con tráfico en forma indistinta.
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1 SISTEMA DE GESTIÓN Y MONITOREO DE LA RED DE FIBRA OPTICA (PLANTA EXTERNA).
Solicitamos las distancias de los enlaces a ser monitoreados, pues con la solucitud del rango dinamico de 42 dB, creemos esta sobre valorado este punto
21-09-2021
28-09-2021
1 SISTEMA DE GESTIÓN Y MONITOREO DE LA RED DE FIBRA OPTICA (PLANTA EXTERNA).
Solicitamos las distancias de los enlaces a ser monitoreados, pues con la solucitud del rango dinamico de 42 dB, creemos esta sobre valorado este punto
Como referencia a lo solicitado consultar la página 18 Anexo I, Distancia entre Sitios, de la convocatoria: L I C I T A C I ÓN P Ú B L I C A N A C I O N A L N ° 0 3 / 2 0 1 7 S E R V I C I O D E M O N I T O R E O Y M A N T E N I M I E N T O D E F I B R A Ó P T I C A D E L A P O L I C Í A N A C I O N A L - P L U R I A N U A L ID: 333.928
En función de nuestro conocimiento de la red, su estado y longitudes de enlaces que deseamos monitorear, se han definido los parámetros técnicos de mínima necesidad y escalabilidad que el equipamiento a proveer debe cumplir. Agradecemos que vuestra propuesta se ajuste o mejores las carácteristicas requeridas.
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SISTEMA DE GESTIÓN Y MONITOREO DE LA RED DE FIBRA OPTICA
En el punto donde dice:
El sistema en su totalidad deberá asegurar
configuraciones de alta disponibilidad. Para ello
contará con redundancia de módulos, para
asegurar la continuidad del servicio en
condiciones de contingencia.
Solicitamos el listado de los modulos que deben ser redundantes, de manera a evitar suspicacias en este Item
21-09-2021
28-09-2021
SISTEMA DE GESTIÓN Y MONITOREO DE LA RED DE FIBRA OPTICA
En el punto donde dice:
El sistema en su totalidad deberá asegurar
configuraciones de alta disponibilidad. Para ello
contará con redundancia de módulos, para
asegurar la continuidad del servicio en
condiciones de contingencia.
Solicitamos el listado de los modulos que deben ser redundantes, de manera a evitar suspicacias en este Item
El sistema de monitoreo óptico debe asegurar operación permanente, o sea monitorear los enlaces de fibra óptica en la modalidad 7x254x365.
En función de ese requerimiento las unidades de prueba remota deberán contar como mínimo con:
*Fuente de alimentación redundante (reemplazo hot swap), *Módulos de puertos de conmutador ópticos (con reemplazo hot swap)
*Controlador redundante, que permita acceder a la unidad frente a fallas de conexión/operación del controlador principal, que asegure el acceso remoto al equipo.
*Puertos de conexión local y remotos que permitan el acceso conjunto e indistinto sobre la unidad remota.
* Continuar operando en su función de monitoreo en modo Stand Alone frente fallas del sistema de gestión central, generando comunicación de alarmas en forma autónoma.
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SISTEMA DE GESTIÓN Y MONITOREO DE LA RED DE FIBRA OPTICA
Solicitamos indicar que tipo de fuente de alimentacion es requerida para el Sistema, 220 VAC o -48 VCC
21-09-2021
28-09-2021
SISTEMA DE GESTIÓN Y MONITOREO DE LA RED DE FIBRA OPTICA
Se requiere la provisión de fuentes redundante de 220VCA de modo de asegurar la posibilidad de instalación en cualquier nodo de la red. Será valorado aquellos equipos que permitan que sus fuentes puedan ser combinadas una en 220VCA u una en -48VCC. La redundancia de fuente de alimentación con reemplazo HOT Swap es mandatorio.
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SISTEMA DE GESTIÓN Y MONITOREO DE LA RED DE FIBRA OPTICA
En el Item donde dice:
El sistema deberá proveer información de estado
de la red e información de diagnóstico de estado
propio de cada unidad remota actualizado en
tiempo real.
Solicitamos eliminar este punto, ya que las EETT estan solicitando 01 (un) equipo stand alone y no otras unidades remotas.
21-09-2021
28-09-2021
SISTEMA DE GESTIÓN Y MONITOREO DE LA RED DE FIBRA OPTICA
El sistema deberá proveer información de estado
de la red e información de diagnóstico de estado
propio de cada unidad remota actualizado en
tiempo real.
Solicitamos eliminar este punto, ya que las EETT estan solicitando 01 (un) equipo stand alone y no otras unidades remotas.
Este requerimiento hace referencia a que las unidades remotas de medición deben proveer en forma permanente información del estado de la red, sean unidades stand alone o integradas a un sistema de administración central. Generar alarmas y distribuirlas según se defina por la contratante.
Adicionalmente cada unidad remota debe también correr rutinas de autodiagnóstico del estado de operativo de la misma, y generar alarmas de prevención al superar umbrales programados, por ejemplo, Temperatura del CPU, Uso de memoria, y otras variables.
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*-Idioma de los Catálogos Técnicos.
En el PBC, sección Datos de la Licitación, apartado Idioma de la Oferta, se solicita:
La convocante permitirá con la oferta, la presentación de catálogos, anexos técnicos o folletos en idioma distinto al castellano y sin traducción: La oferta deberá ser presentada en idioma castellano o en su defecto acompañada de su traducción oficial, realizada por un traductor público matriculado en la República del Paraguay.
Al respecto, solicitamos a la Convocante que sea permitida la presentación de catálogos, anexos técnicos o folletos en idioma inglés sin traducción, considerando que es el idioma original y estandarizado de la mayoría de las documentaciones de carácter técnico descriptivo del rubro tecnológico y de conocimiento usual del personal técnico especializado en dicho rubro. Lo solicitado encuentra sustento legal en la Ley 2051/03, específicamente en el inciso d) indicación de que las ofertas se presentarán en idioma castellano, pudiendo entregarse los anexos técnicos y folletos en el idioma del país de origen de los bienes o servicios, lo cual se condice con el artículo 48° del Decreto 2992/19: Las ofertas deberán presentarse en idioma castellano, o en su defecto, acompañados de traducción oficial, salvo el caso de los anexos técnicos y folletos, que podrán ser presentados en el idioma original . Esta petición se formula teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Datos de la Licitación, apartado Idioma de la Oferta, se solicita:
La convocante permitirá con la oferta, la presentación de catálogos, anexos técnicos o folletos en idioma distinto al castellano y sin traducción: La oferta deberá ser presentada en idioma castellano o en su defecto acompañada de su traducción oficial, realizada por un traductor público matriculado en la República del Paraguay.
Al respecto, solicitamos a la Convocante que sea permitida la presentación de catálogos, anexos técnicos o folletos en idioma inglés sin traducción, considerando que es el idioma original y estandarizado de la mayoría de las documentaciones de carácter técnico descriptivo del rubro tecnológico y de conocimiento usual del personal técnico especializado en dicho rubro. Lo solicitado encuentra sustento legal en la Ley 2051/03, específicamente en el inciso d) indicación de que las ofertas se presentarán en idioma castellano, pudiendo entregarse los anexos técnicos y folletos en el idioma del país de origen de los bienes o servicios, lo cual se condice con el artículo 48° del Decreto 2992/19: Las ofertas deberán presentarse en idioma castellano, o en su defecto, acompañados de traducción oficial, salvo el caso de los anexos técnicos y folletos, que podrán ser presentados en el idioma original . Esta petición se formula teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
A modo de facilitar el trabajo del comité evaluador durante la evaluación de las propuestas, resulta necesario contar con la traducción correspondiente, también será útil para cualquier consulta técnica de resolución de problemas sobre el equipamiento. Considerando lo expuesto, se solicita remitirse a lo establecido en el PBC.
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*-Experiencia requerida.
En el PBC, sección Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación, apartado Experiencia Requerida, se solicita:
1) Demostrar la experiencia en la provisión de bienes similares a los solicitados y/o brindar servicios de soporte técnico con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: años 2018-2019-2020.
Al respecto solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptada la experiencia en la provisión de bienes similares a los solicitados y/o brindar servicios de soporte técnico en los últimos años 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, por un monto equivalente al 30 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de forma a permitir la participación de un mayor número de empresas del sector de TI que cuentan con una mayor trayectoria en el rubro y que cuentan con la capacidad y experiencia idóneas para la provisión de los suministros y ejecución de los servicios requeridos. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación, apartado Experiencia Requerida, se solicita:
1) Demostrar la experiencia en la provisión de bienes similares a los solicitados y/o brindar servicios de soporte técnico con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: años 2018-2019-2020.
Al respecto solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptada la experiencia en la provisión de bienes similares a los solicitados y/o brindar servicios de soporte técnico en los últimos años 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, por un monto equivalente al 30 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de forma a permitir la participación de un mayor número de empresas del sector de TI que cuentan con una mayor trayectoria en el rubro y que cuentan con la capacidad y experiencia idóneas para la provisión de los suministros y ejecución de los servicios requeridos. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
La convocante considera que lo solicitado es suficiente requisito para permitir empresas que están incursionando en el ámbito tecnológico inherente a los componentes del llamado para permitir la libre participación de potenciales oferentes según la ley de contrataciones, por lo cual solicita tener en cuenta lo solicitado en el PBC como parámetro mínimo.