En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección “Datos de la Licitación”, en el apartado Autorización del Fabricante, se solicita lo siguiente:
Los productos a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación: “Si aplica para equipos, presentar carta de autorización o representación general de fabricante, representante y/o distribuidor de los bienes ofertados”
Al respecto, se considera que los productos señalados como equipos son sólo los siguientes ítems:
Nº 1 “Computadoras personales”;
Nº 2 “Computadoras personales”;
Nº 3 “Notebook”;
Nº 4 “Notebook”;
Nº 5 “Escáner”;
Nº 6 “Impresora multifunción laser”;
Nº 7 “Impresora láser blanco y negro”;
Nº 8 “Proyector multimedia”
Por otra parte, se considera que los demás ítems que no corresponden propiamente a equipos no requerirán de la carta de autorización ya que los mismos se tratan de “accesorios varios”. Por tanto, se solicita confirmar que esta apreciación es correcta a fin de presentar una oferta acorde a lo solicitado.
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección “Datos de la Licitación”, en el apartado Autorización del Fabricante, se solicita lo siguiente:
Los productos a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación: “Si aplica para equipos, presentar carta de autorización o representación general de fabricante, representante y/o distribuidor de los bienes ofertados”
Al respecto, se considera que los productos señalados como equipos son sólo los siguientes ítems:
Nº 1 “Computadoras personales”;
Nº 2 “Computadoras personales”;
Nº 3 “Notebook”;
Nº 4 “Notebook”;
Nº 5 “Escáner”;
Nº 6 “Impresora multifunción laser”;
Nº 7 “Impresora láser blanco y negro”;
Nº 8 “Proyector multimedia”
Por otra parte, se considera que los demás ítems que no corresponden propiamente a equipos no requerirán de la carta de autorización ya que los mismos se tratan de “accesorios varios”. Por tanto, se solicita confirmar que esta apreciación es correcta a fin de presentar una oferta acorde a lo solicitado.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Plan de entrega de los bienes, se solicita:
“La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación: Dentro de los 30 días calendario a partir del día siguiente de la recepción de la Orden de Compra emitida”.
Al respecto, se hace constar que debido a la situación de pandemia a consecuencia del Covid-19 que actualmente aún se está atravesando a nivel mundial; las fábricas aun no operan con su normal capacidad de producción y la falta de componentes dificulta la normal producción del tipo de equipos solicitados, lo que como consecuencia, ocasiona sensibles retrasos en la disponibilidad de componentes en el mercado mundial, y que los períodos de tiempo necesarios normalmente para las importaciones y despachos aduaneros se hayan visto significativamente afectados hasta el día de hoy, por las dificultades en fábrica, transporte, disponibilidad de vuelos, etc., de lo cual la prensa internacional viene desde hace semanas e incluso meses haciéndose eco. En este contexto, se solicita a la Convocante que los plazos de entrega en para el Lote 1 sean de 90 (noventa) días como mínimo.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Plan de entrega de los bienes, se solicita:
“La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación: Dentro de los 30 días calendario a partir del día siguiente de la recepción de la Orden de Compra emitida”.
Al respecto, se hace constar que debido a la situación de pandemia a consecuencia del Covid-19 que actualmente aún se está atravesando a nivel mundial; las fábricas aun no operan con su normal capacidad de producción y la falta de componentes dificulta la normal producción del tipo de equipos solicitados, lo que como consecuencia, ocasiona sensibles retrasos en la disponibilidad de componentes en el mercado mundial, y que los períodos de tiempo necesarios normalmente para las importaciones y despachos aduaneros se hayan visto significativamente afectados hasta el día de hoy, por las dificultades en fábrica, transporte, disponibilidad de vuelos, etc., de lo cual la prensa internacional viene desde hace semanas e incluso meses haciéndose eco. En este contexto, se solicita a la Convocante que los plazos de entrega en para el Lote 1 sean de 90 (noventa) días como mínimo.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Llamado 401940 “Adquisición de equipos informáticos y accesorios para el proyecto Formacap del Rectorado UNA” ID 401940
Consulta 01-* :
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección “Datos de la Licitación”, en el apartado Autorización del Fabricante, se solicita lo siguiente:
Los productos a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación: “Si aplica para equipos, presentar carta de autorización o representación general de fabricante, representante y/o distribuidor de los bienes ofertados”
Al respecto, se considera que los productos señalados como equipos son sólo los siguientes ítems:
Nº 1 “Computadoras personales”;
Nº 2 “Computadoras personales”;
Nº 3 “Notebook”;
Nº 4 “Notebook”;
Nº 5 “Escáner”;
Nº 6 “Impresora multifunción laser”;
Nº 7 “Impresora láser blanco y negro”;
Nº 8 “Proyector multimedia”
Por otra parte, se considera que los demás ítems que no corresponden propiamente a equipos no requerirán de la carta de autorización ya que los mismos se tratan de “accesorios varios”. Por tanto, se solicita confirmar que esta apreciación es correcta a fin de presentar una oferta acorde a lo solicitado.
Consulta 02-*:
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Plan de entrega de los bienes, se solicita:
“La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación: Dentro de los 30 días calendario a partir del día siguiente de la recepción de la Orden de Compra emitida”.
Al respecto, se hace constar que debido a la situación de pandemia a consecuencia del Covid-19 que actualmente aún se está atravesando a nivel mundial; las fábricas aun no operan con su normal capacidad de producción y la falta de componentes dificulta la normal producción del tipo de equipos solicitados, lo que como consecuencia, ocasiona sensibles retrasos en la disponibilidad de componentes en el mercado mundial, y que los períodos de tiempo necesarios normalmente para las importaciones y despachos aduaneros se hayan visto significativamente afectados hasta el día de hoy, por las dificultades en fábrica, transporte, disponibilidad de vuelos, etc., de lo cual la prensa internacional viene desde hace semanas e incluso meses haciéndose eco. En este contexto, se solicita a la Convocante que los plazos de entrega en para el Lote 1 sean de 90 (noventa) días como mínimo.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Llamado 401940 “Adquisición de equipos informáticos y accesorios para el proyecto Formacap del Rectorado UNA” ID 401940
Consulta 01-* :
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección “Datos de la Licitación”, en el apartado Autorización del Fabricante, se solicita lo siguiente:
Los productos a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación: “Si aplica para equipos, presentar carta de autorización o representación general de fabricante, representante y/o distribuidor de los bienes ofertados”
Al respecto, se considera que los productos señalados como equipos son sólo los siguientes ítems:
Nº 1 “Computadoras personales”;
Nº 2 “Computadoras personales”;
Nº 3 “Notebook”;
Nº 4 “Notebook”;
Nº 5 “Escáner”;
Nº 6 “Impresora multifunción laser”;
Nº 7 “Impresora láser blanco y negro”;
Nº 8 “Proyector multimedia”
Por otra parte, se considera que los demás ítems que no corresponden propiamente a equipos no requerirán de la carta de autorización ya que los mismos se tratan de “accesorios varios”. Por tanto, se solicita confirmar que esta apreciación es correcta a fin de presentar una oferta acorde a lo solicitado.
Consulta 02-*:
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Plan de entrega de los bienes, se solicita:
“La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación: Dentro de los 30 días calendario a partir del día siguiente de la recepción de la Orden de Compra emitida”.
Al respecto, se hace constar que debido a la situación de pandemia a consecuencia del Covid-19 que actualmente aún se está atravesando a nivel mundial; las fábricas aun no operan con su normal capacidad de producción y la falta de componentes dificulta la normal producción del tipo de equipos solicitados, lo que como consecuencia, ocasiona sensibles retrasos en la disponibilidad de componentes en el mercado mundial, y que los períodos de tiempo necesarios normalmente para las importaciones y despachos aduaneros se hayan visto significativamente afectados hasta el día de hoy, por las dificultades en fábrica, transporte, disponibilidad de vuelos, etc., de lo cual la prensa internacional viene desde hace semanas e incluso meses haciéndose eco. En este contexto, se solicita a la Convocante que los plazos de entrega en para el Lote 1 sean de 90 (noventa) días como mínimo.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Solicitamos a la convocante tengan a bien realizar el llamado por sistema de adjudicación por Items , esto le permitirá poder contar con mayor cantidad de oferentes y por ello mejores ofertas económicas.
Solicitar una adjudicación por Lotes en items tan variados no tiene sentido alguno excepto que se busque restringir la libre participación.
Solicitamos a la convocante tengan a bien realizar el llamado por sistema de adjudicación por Items , esto le permitirá poder contar con mayor cantidad de oferentes y por ello mejores ofertas económicas.
Solicitar una adjudicación por Lotes en items tan variados no tiene sentido alguno excepto que se busque restringir la libre participación.
SE HA MODIFICADO EN EL SICP, Remítase a la Adenda 1
75
PARA EL ITEM 5 ESCÁNER,
El PBC expone características exclusivas para la marca HP, cuyos parámetros fueron sacados del catálogo del modelo HP 2000 S1 PRO, convirtiéndose en la UNICA MARCA que pueda cumplir a cabalidad esos requisitos limitantes, por lo que solicitamos que se establezcan parámetros MÍNIMOS no direccionados para definir el porte del equipo, a fin de que TODOS los demás oferentes podamos participar en IGUALDAD DE CONDICIONES, según enuncia el Articulo 20 inciso W, de la Ley 2051/03 de Contrataciones públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Por consiguiente, las Convocante se abstendrán de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley, salvo lo dispuesto por el Título Quinto", y así evitar protestas en el pliego.
El PBC expone características exclusivas para la marca HP, cuyos parámetros fueron sacados del catálogo del modelo HP 2000 S1 PRO, convirtiéndose en la UNICA MARCA que pueda cumplir a cabalidad esos requisitos limitantes, por lo que solicitamos que se establezcan parámetros MÍNIMOS no direccionados para definir el porte del equipo, a fin de que TODOS los demás oferentes podamos participar en IGUALDAD DE CONDICIONES, según enuncia el Articulo 20 inciso W, de la Ley 2051/03 de Contrataciones públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Por consiguiente, las Convocante se abstendrán de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley, salvo lo dispuesto por el Título Quinto", y así evitar protestas en el pliego.
Las especificaciones técnicas solicitadas corresponden exactamente a un catálogo de la marca HP para su modelo LaserJet Pro M501dn, comprobable desde el siguiente link: << https://www8.hp.com/h20195/v2/GetPDF.aspx/4AA7-0747ESE.pdf >>, convirtiéndose en la UNICA MARCA que pueda cumplir a cabalidad esos requisitos limitantes, por lo que solicitamos que se establezcan parámetros MÍNIMOS no direccionados para definir el porte del equipo, a fin de que TODOS los demás oferentes podamos participar en IGUALDAD DE CONDICIONES, según enuncia el Articulo 20 inciso W, de la Ley 2051/03 de Contrataciones públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Por consiguiente, las Convocante se abstendrán de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley, salvo lo dispuesto por el Título Quinto", y así evitar protestas en el pliego.
Las especificaciones técnicas solicitadas corresponden exactamente a un catálogo de la marca HP para su modelo LaserJet Pro M501dn, comprobable desde el siguiente link: << https://www8.hp.com/h20195/v2/GetPDF.aspx/4AA7-0747ESE.pdf >>, convirtiéndose en la UNICA MARCA que pueda cumplir a cabalidad esos requisitos limitantes, por lo que solicitamos que se establezcan parámetros MÍNIMOS no direccionados para definir el porte del equipo, a fin de que TODOS los demás oferentes podamos participar en IGUALDAD DE CONDICIONES, según enuncia el Articulo 20 inciso W, de la Ley 2051/03 de Contrataciones públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Por consiguiente, las Convocante se abstendrán de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley, salvo lo dispuesto por el Título Quinto", y así evitar protestas en el pliego.
Las especificaciones técnicas solicitadas están claramente direccionadas a la marca HP para su modelo LaserJet Pro M428fdw, convirtiéndose en la UNICA MARCA que pueda cumplir a cabalidad esos requisitos limitantes, por lo que solicitamos que se establezcan parámetros MÍNIMOS no direccionados para definir el porte del equipo, a fin de que TODOS los demás oferentes podamos participar en IGUALDAD DE CONDICIONES, según enuncia el Articulo 20 inciso W, de la Ley 2051/03 de Contrataciones públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Por consiguiente, las Convocante se abstendrán de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley, salvo lo dispuesto por el Título Quinto", y así evitar protestas en el pliego.
Las especificaciones técnicas solicitadas están claramente direccionadas a la marca HP para su modelo LaserJet Pro M428fdw, convirtiéndose en la UNICA MARCA que pueda cumplir a cabalidad esos requisitos limitantes, por lo que solicitamos que se establezcan parámetros MÍNIMOS no direccionados para definir el porte del equipo, a fin de que TODOS los demás oferentes podamos participar en IGUALDAD DE CONDICIONES, según enuncia el Articulo 20 inciso W, de la Ley 2051/03 de Contrataciones públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Por consiguiente, las Convocante se abstendrán de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley, salvo lo dispuesto por el Título Quinto", y así evitar protestas en el pliego.
*- Consulta sobre especificaciones técnicas del ítem 4
Consulta 1: *-Especificaciones técnicas del ítem 4
En el Pliego de Bases y Condiciones, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Notebook tipo 2 - Intermedia, CARACTERÍSTICAS A SER MODIFICADAS, Especificaciones: Características de comunicaciones, dice: “Bluetooth mayor o igual a 5.0 integrada”
Al respecto, solicitamos a la convocante sean aceptadas Bluetooth 4.2 integrada a la placa como mínimo, considerando que la diferencia es mínima. Con esta modificación, se podrá dar mayor oportunidad de participación a potenciales oferentes que cumplen a nivel técnico y funcional con lo requerido.
Dicha solicitud encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
28-10-2021
03-11-2021
*- Consulta sobre especificaciones técnicas del ítem 4
Consulta 1: *-Especificaciones técnicas del ítem 4
En el Pliego de Bases y Condiciones, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Notebook tipo 2 - Intermedia, CARACTERÍSTICAS A SER MODIFICADAS, Especificaciones: Características de comunicaciones, dice: “Bluetooth mayor o igual a 5.0 integrada”
Al respecto, solicitamos a la convocante sean aceptadas Bluetooth 4.2 integrada a la placa como mínimo, considerando que la diferencia es mínima. Con esta modificación, se podrá dar mayor oportunidad de participación a potenciales oferentes que cumplen a nivel técnico y funcional con lo requerido.
Dicha solicitud encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Ajustarse al Dictamen MITIC Certificado Nro. 32285
79
*-Especificaciones técnicas del ítem 4
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Notebook tipo 2 - Intermedia, CARACTERÍSTICAS A SER MODIFICADAS, Especificaciones: Características de comunicaciones, se solicita: “1 pin inteligente de CA”
Al respecto, solicitamos a la convocante realice la aclaración sobre el término utilizado, ya que se podrá dar mayor oportunidad de participación a potenciales oferentes que cumplen a nivel técnico y funcional con lo requerido.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “(…) Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, (…) deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Notebook tipo 2 - Intermedia, CARACTERÍSTICAS A SER MODIFICADAS, Especificaciones: Características de comunicaciones, se solicita: “1 pin inteligente de CA”
Al respecto, solicitamos a la convocante realice la aclaración sobre el término utilizado, ya que se podrá dar mayor oportunidad de participación a potenciales oferentes que cumplen a nivel técnico y funcional con lo requerido.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “(…) Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, (…) deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
Ajustarse al Dictamen MITIC Certificado Nro. 32285
80
*-Especificaciones técnicas del ítem 4
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Notebook tipo 2 - Intermedia, CARACTERÍSTICAS A SER MODIFICADAS, Especificaciones: Características de comunicaciones, dice: “1 pin inteligente de CA”
Al respecto, solicitamos a la convocante sobre el término utilizado y/o característica solicitada sea requerida de manera opcional, ya que es una función exclusiva de la marca HP lo cual genera un direccionamiento hacia dicha marca, con este pedido se busca dar oportunidad de participación a potenciales oferentes que cumplen a nivel técnico y funcional con lo requerido.
Dicha solicitud encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Notebook tipo 2 - Intermedia, CARACTERÍSTICAS A SER MODIFICADAS, Especificaciones: Características de comunicaciones, dice: “1 pin inteligente de CA”
Al respecto, solicitamos a la convocante sobre el término utilizado y/o característica solicitada sea requerida de manera opcional, ya que es una función exclusiva de la marca HP lo cual genera un direccionamiento hacia dicha marca, con este pedido se busca dar oportunidad de participación a potenciales oferentes que cumplen a nivel técnico y funcional con lo requerido.
Dicha solicitud encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”