El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Especificaciones Técnicas Mínimas Requeridas
1. OBJETIVO
Contratar una empresa que se encargue de las gestiones para la PRESENTACION DEL INFORME DE AUDITORIA AMBIENTAL (A.A.) de las Licencias Ambientales de Cumplimiento, con la finalidad de determinar el porcentaje de cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental, normativa ambiental vigente y obligaciones que constan en las licencias aprobadas mediante Resoluciones N° 600/16, 437/17, 474/17, 475/17, 476/17, 477/17, 478/17, 479/17 y 690/17.
Aeropuertos y Aeródromos:
Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi (Luque)
Aeropuerto Internacional Guaraní (Minga Guazu)
Aeropuerto Dr. Luis Ma. Argaña (Mcal Estigarribia)
Aeródromo Prof. Dr. Augusto Fuster (Pedro J. Caballero)
Aeródromo Job Von Zastrow (San Pedro)
Aeródromo Bernardino Caballero Álvarez (Salto del Guaira)
Aeródromo Don Carlos Miguel Giménez (Pilar)
Aeródromo Walter Gwynn (Cnel. Oviedo)
Aeródromo Tte.PAM. Carmelo Peralta (Concepción)
Aeródromo Don Eduardo Schaerer Vera y Aragón (Caazapa)
Con el fin de dar cumplimiento a la Ley N° 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental y sus Decretos Reglamentarios N° 453/2013 y 954/2013 cuya autoridad de aplicación es el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sustentable (MADES), donde se deberá iniciar el proceso de Auditoría de Cumplimiento, conforme a los requerimientos exigidos por la mencionada Ley y sus Decretos Reglamentarios, a fin de someter a consideración de la Unidad Ejecutora para análisis, evaluación, aprobación y obtención de la Licencia Ambiental.
2. ACTIVIDADES A EJECUTARSE:
La empresa deberá realizar las siguientes actividades:
• Asesorar a la DINAC en el cumplimiento del Decreto N° 453/13 y 954/13 el cual reglamenta la Ley N° 294/94, para lograr alcanzar las exigencias técnicas y legales exigidas por el MADES.
• Considerar lo expuesto en la Ley N° 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental con sus decretos reglamentarios N°453/2013 y 954/2013 para la elaboración de una propuesta técnica que responda a los objetivos del proyecto.
• La propuesta deberá enmarcarse en las siguientes fases técnicas, como:
Elaboración del INFORME DE AUDITORIA AMBIENTAL (A.A.) del Plan de Gestión Ambiental declarado ante el MADES.
• El coordinador del servicio deberá estar en contacto con el Fiscal y los administradores de cada aeropuerto y articular el trabajo in situ de manera a tener pleno conocimiento de que los mecanismos de mitigación declarados si fueron cumplidos. Los mismos serán comunicados mediante informes o documentos pertinentes. (Informes en Digital, e imágenes de los posibles impactos ambientales)
• Mantener una comunicación fluida entre Coordinador/ Administradores / Fiscal Ambiental
• Las visitas en los aeropuertos afectados para controlar el cumplimiento del Plan de Gestión Ambiental (PGA). Deberá contar con la presencia del Administrador de los respectivos Aeropuertos y el Fiscal designado por la DINAC, de manera a constatar el proceso de la AA y los métodos de mitigación de los impactos o posibles impactos ambientales.
Asesorar y dar recomendaciones a los administradores de aeropuertos en cuanto a los medios ambientales para evitar infracciones ambientales.
• Evaluar los antecedentes del proyecto: objetivos, metas, alcances, tecnologías y la Situación legal actual.
• Evaluar anomalías de las características ambientales y del área afectada por el proyecto, si lo hubiere.
• Cualquier otra actividad ambiental, dentro del marco la consultoría que sea requerida por la DINAC.
CONTENIDO MINIMO REQUERIDO
La empresa adjudicada deberá evaluar como mínimo los aspectos a citar a continuación, sin embargo, sin ser limitativo. El coordinador del servicio tendrá la posibilidad de rebatir, modificar y/o expandir la lista de contenido mínimo presentando los argumentos técnicos-
DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
Seguimiento del PGA de cada Aeropuerto / Aeródromo considerado en el contrato, y obtención de la DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL (DIA)
DIAGNÓSTICO DEL ESTADO INICIAL DEL MEDIO AMBIENTE
Área de influencia ambiental del proyecto, análisis y evaluación de los aspectos ambientales en las áreas de influencia directa e indirecta del proyecto. Los aspectos ambientales analizados y evaluados deberán involucrar el medio físico, biológico y antrópico.
IDENTIFICACION DE IMPACTOS AMBIENTALES
Identificación de los impactos generados por la actividad humana, inventario, valoración de los impactos causados por la actividad, efectos positivos y negativos en el medio físico, biológico y antrópico de área (directa e indirecta) afectada.
PROGRAMA O PLAN DE PREVENCIÓN, MITIGACIÓN Y COMPENSACIÓN
Formular medidas de mitigación para prevenir, reducir y eliminar los impactos negativos detectados en la Identificación y Evaluación Ambiental, e identificar y solicitar las medidas compensatorias exigidas por el MADES.
Lista de Verificación de las medidas de mitigación propuestas en el PGA y su estado de implementación. (Copia al Fiscal por cada Aeropuerto / Aeródromo)
3. SEGUIMIENTO HASTA LA OBTENCIÓN DE LA LICENCIA AMBIENTAL
• Gestionar y realizar el seguimiento en el MADES hasta la obtención del dictamen.
• Mediante nota comunicar a fiscal titular del ingreso del expediente con copias de mesa de entrada del MADES.
Identificación de la unidad solicitante y Justificaciones
Unidad Solicitante: La Subdirección de Infraestructura (SDI), dependiente de la Dirección de Aeropuertos.
Identificar el nombre: Ing. Miguel A. AQUINO
Cargo: Asesor Ambiental SDI.
La DINAC está enmarcado dentro de la Política Ambiental Nacional del Paraguay (PAN) y una de los instrumentos fundamentales son:
• La UOC de la DINAC, dentro de sus requerimientos, envía solicitudes a la SDI, de proveer o gestionar la licencia ambiental pertinente para los llamados a licitaciones, ya que estas son documentaciones OBLIGATORIAS solicitadas por la DNCP para los llamados respectivos
• Considerar la NOTA N°1484 del MADES, dirigida a la DINAC como un recordatorio en la que se expresa la obligatoriedad de que las instituciones públicas deben adecuarse a la LEY 294/93 DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL (se adjunta Nota 1484 MADES)
. ESTADO ACTUAL DE LAS UCENCIAS AMBIENTALES:
Todas las licencias ambientales de los Aeropuertos y Aeródromos administrado por la DINAC, tienen fecha tope de actualización DICIEMBRE DEL 2021.
A partir de enero del 2022 la DINAC es pasible de sanciones punitorias, compensatorias o amonestaciones según la gravedad de cada caso.
Dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 294/93 DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL.
Las actualizaciones de la Licencias ambientales en base al PLAN DE GESTION AMBIENTAL DE CADA AEROPUETO se debe realizar según LEY 294/93 CADA DOS (AÑOS) SALVO EXCEPCIONES ESTABLECIDAS EN LAS DECLARACIONES DE IMPACTO AMBIENTAL
Las EETT del LCO 26/2021 se confecciono en base a los requerimientos del PLAN DE GENTION AMBIENTAL DE CADA AEROPUERTO y el seguimiento de cada etapa de misma, por la unidad de control designado por la DINAC.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
(Indicar el N°) |
(Indicar la descripción de los bienes) |
(Insertar la cantidad de bienes a proveer) |
(Indicar la unidad de medida de los bienes |
(Indicar el nombre del lugar) |
(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s) |
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El CONTRATISTA se obliga expresamente, salvo motivos de fuerza mayor, a entregar los servicios, objeto de esta Licitación a entera satisfacción de la CONTRATANTE, conforme a los siguientes plazos que a continuación se detallan:
Un plazo de 120 (ciento veinte) días hábiles, contados a partir del cobro del anticipo.
Lugar de entrega: Dirección de Aeropuertos - Luque
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Orden de Servicio/Trabajo |
Nota de Conformidad del Fiscal |
Un plazo de Un plazo de 120 (ciento veinte) días hábiles, contados a partir del cobro del anticipo. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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