Las ofertas podrán ser presentadas por las compañías aseguradoras que cuentan con capacidad de contratar legalmente y cuyo giro actual se halle estrictamente ajustado a las normas que regulan el régimen de seguros en la República del Paraguay, en un todo conforme a la normativa vigente en materia de seguros en el territorio de la República a la fecha de la convocatoria. En caso de que la oferta se presente en forma de coaseguro, cada empresa coaseguradora debe cumplir con los requisitos exigidos para tales figuras, indicados en el presente documento.
Podrán participar en esta licitación, individualmente o en forma conjunta bajo la figura del coaseguro o grupos coaseguradores, los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas o para contratar.
Para participar en procesos de licitación pública nacional (LPN), las empresas deberán contar mínimamente con 5 (cinco) años de experiencia en el mercado de seguros.
Adicionalmente a lo establecido en el párrafo anterior el oferente deberá considerar las siguientes condiciones de participación:
Que se encuentren registrados/as en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE), debiendo suscribir ante el mismo una Declaración Jurada en la cual manifiesta que tiene pleno conocimiento y acepta las reglas del proceso para su activación como oferente. La Declaración Jurada referida, podrá ser descargada desde el SICP, modulo del SIPE.
Que activados/as conforme al SIPE posean su Usuario y Contraseña, personal e intransferible, salvo que los mismos hayan sido cancelados por el Sistema, de conformidad a la reglamentación específica. La pérdida del usuario y contraseña deberá ser comunicada a la DNCP para que, a través del Sistema, sea bloqueado el acceso inmediatamente; y
Como requisito para la participación en la Subasta a la Baja Electrónica, el oferente deberá manifestar en el campo previsto en el Sistema Electrónico, que cumple plenamente los requisitos de habilitación y que su propuesta de precios está conforme con las exigencias del pliego de bases y condiciones.
Calificación Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora de la etapa competitiva.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a) Coaseguros:
a.1. Provisión de Servicios (se entenderá por el término “servicio” aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del coaseguro deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del coaseguro cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del coaseguro (acuerdo de intención o coaseguro constituido) se desprenda que el integrante del coaseguro que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
1. Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deberán ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1 de la Ley N° 6355/19.(**) |
6.Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
7. Patente comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
8. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios. (**) |
9. Documentos legales |
9.1. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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9.2. Oferentes Coaseguradores. |
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4. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes de la oferta para comprometer al coaseguro, cuando se haya formalizado el coaseguro. Estos documentos pueden consistir en (*):
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes al inicio de la etapa competitiva.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
1. Margen de solvencia: Coeficiente mínimo: 3.0 (tres punto cero) al cierre de los tres últimos ejercicios fenecidos, siendo este el 30 de junio de 2020.
2. Calificación de la aseguradora: "AA-" al cierre de los tres últimos ejercicios financieros, siendo este último al 30 de junio 2020 publicado por la Superintendencia de Seguros del Banco Central de Paraguay. Adjuntar copia de los indicadores financieros y calificación de riesgos.
3. Patrimonio propio no comprometido: treinta mil millones de guaraníes (Gs. 30.000.000.000.-) al 30 de junio de 2020.
4. Fondo de garantía: veinticinco mil millones de guaraníes (Gs. 25.000.000.000.-) al 30 de Junio de 2020.
5. Cantidad de reaseguradores: por lo menos 3 (tres) para Riesgos Técnicos Equipos de Computación y Comunicación, contra incendio y contra robo.
6. Calificación de Reaseguradores: a (Standard & Poor’s) y/o A (Fitch) y/o A (A.M. Best) o equivalentes según lo publicado por el Banco Central del Paraguay.
Disponibilidades:
Al 30/06/2018: Gs. 25.000.000.000.- (Guaraníes, veinticinco mil millones);
Al 30/06/2019: Gs. 30.000.000.000.- (Guaraníes, treinta mil millones);
Al 30/06/2020: Gs. 35.000.000.000.- (Guaraníes, treinta y cinco mil millones).
Capital Social:
Al 30/06/2018: Gs. 35.000.000.000.- (Guaraníes, treinta y cinco mil millones);
Al 30/06/2019: Gs. 36.000.000.000.- (Guaraníes, treinta y seis mil millones);
Al 30/06/2020: Gs. 40.000.000.000.- (Guaraníes, cuarenta mil millones).
Observación: Así también los parámetros a tener en cuenta para verificar lo solicitado en el punto g) Disponibilidades, son las disponibilidades en cuentas corrientes, caja de ahorro a la vista, excluyéndose de este monto lo concerniente a las inversiones financieras pues estas se hallan comprometidas de acuerdo a sus vencimientos y lo que a la institución le interesa es el importe líquido que tiene las compañías para hacer frente de forma inmediata a los siniestros que incurrieran, especialmente los que son de gran envergadura, ya que la Institución cuenta con equipo tecnológicos de un alto costo, y todo esto en base a precautelar las mejores condiciones para la Institución y salvaguardar los Bienes Patrimoniales.
Oferentes en Co Aseguro: El socio líder deberá cumplir con el 60% de todos los requisitos, y los demás miembros deberán cumplir con el 40% de los requisitos.
El oferente presentará una declaración jurada en la que exponga cada uno de los datos señalados en los puntos 1, 3, 4, 5.
El oferente deberá presentar el informe de la Calificadora de Riesgo para el punto 2 y la presentación de la lista donde consta la inscripción de la reaseguradora ante el órgano rector para el punto 6.
El oferente presentará una declaración jurada en la que exponga cada uno de los datos señalados en los puntos 1, 3, 4, 5.
El oferente deberá presentar el informe de la Calificadora de Riesgo para el punto 2 y la presentación de la lista donde consta la inscripción de la reaseguradora ante el órgano rector para el punto 6.
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
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Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
1. El oferente deberá demostrar experiencia en coberturas a instituciones públicas y/o empresas privadas, de los años 2018, 2019, 2020. Las coberturas deberán ser por un valor igual o superior al 50 % del monto total ofertado.
2. Deberá demostrar el cumplimiento de siniestros cancelados a instituciones públicas y privadas de los años 2018, 2019, 2020. En caso de haberse reportado siniestros, la cantidad de siniestros indemnizados deberá ser superior al 50 % del total denunciado.
3. El oferente deberá contar con una antigüedad mínima de 3 (tres) años de existencia legal e inicio de actividades comerciales específicas en la provisión de servicios de cobertura de seguro de bienes para lo cual se deberá presentar la Constancia del RUC. Para confirmar la antigüedad del oferente se tendrá en cuenta la fecha de inscripción en la SET, y se procederá a la verificación de los datos asentados en la constancia del RUC del oferente, a fin de confirmar que su actividad comercial o industrial se encuentre vinculada con los servicios ofertados.
4. Copia de contratos ejecutados, y/o pólizas de seguros, de servicio de seguros a instituciones públicas y/o privadas, de los últimos 3 años (2018, 2019, 2020) por montos o volúmenes equivalentes al 50% del monto total ofertado en la presente licitación como mínimo.
5. Copia de la resolución de la superintendencia de seguros del BCP, certificando la habilitación del oferente para operar en los ramos de la licitación.
Oferentes en Coaseguros: en todas las evidencias documentadas presentadas se deberán indicar en la oferta cual es el Líder del Consorcio quien deberá cumplir con al menos al 60% de los criterios de calificación y el 40% restante lo cumplirán el o los demás integrantes del Consorcio.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
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El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
Oferentes en Co-Aseguro: El socio líder deberá cumplir con el 60% de todos los requisitos, y los demás miembros deberán cumplir con el 40% de los requisitos.
*El grupo o las empresas de seguros en coaseguro interesados en formular propuestas como grupo de Coasegurador o Coaseguro según sea el caso, deberán registrarse como tal y tener su cuenta activa en el SIPE previamente a la etapa de carga de propuestas.
En caso de requerirse REASEGURO FACULTATIVO, carta de compromiso del (los) reasegurador (es), inscripto (s) en la Superintendencia de Seguros, dirigida al oferente, manifestando que, en caso de adjudicarse la cobertura licitada, cubrirá cuanto menos el porcentaje requerido del riesgo asegurado, con la mención de su participación, así como el país de origen, dirección, y su calificación. En el caso de la participación de corredor de reaseguro (Bróker), este deberá estar inscripto en la Superintendencia de Seguros y presentar una carta compromiso dirigida al oferente manifestando su compromiso de colocación con uno o varios reaseguradores que, en caso de adjudicación de la cobertura licitada, cubrirá cuanto menos el porcentaje requerido del riesgo asegurado. Si el capital en riesgo licitado supera la capacidad automática del contrato de reaseguro del oferente, éste deberá colocar el excedente del capital en riesgo en reaseguros facultativos en la forma señalada precedentemente. Si la oferente manifiesta que el capital en riesgo licitado es parcial o totalmente cubierto por su contrato automático de reaseguros, deberá acompañar copia autenticada de dicho documento.
En caso de que el oferente, realice cesión de riesgos, deberá presentar documentación que pruebe o evidencie que los riesgos a ser cedidos cubren la cuantía necesaria para el cumplimiento de la reglamentación establecida por el ente regulador referente a la capacidad de retención mínima requerida. Esto podrá consistir en una carta compromiso de los reaseguradores o corredores de reaseguros dirigida al oferente o copia autenticada de los contratos de reaseguro, en los que se evidencia fehacientemente la magnitud del capital en riesgo a ser cedida por la cedente (oferente/aseguradora) para la cobertura respectiva en caso de adjudicación del seguro solicitado. Los reaseguradores o corredores de reaseguros que emitan el presente documento, deben estar inscriptos en la Superintendencia de Seguros.
En caso de que intervengan corredores de reaseguros en la colocación del Riesgo, los mismos deberán estar inscriptos en el registro de corredores que lleva la Superintendencia de Seguros. Para el efecto, deberán presentar una copia de la resolución de inscripción y/o renovación correspondiente emitida por dicha autoridad de control. Además de una declaración jurada de que tal disposición sigue vigente.
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El vencedor de cada grupo subastado será el oferente que ingresó el menor precio. En los casos de igualdad de precios, queda como vencedor el que lo haya ingresado primero.
Siempre que el criterio de desempate establecido, no sea aplicable, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.
Nota1: Conforme a lo previsto en el Decreto reglamentario de la Ley de Contrataciones los adjudicatarios de los contratos resultantes de los procesos licitatorios, deberán inscribirse en el Sistema de Información de Proveedores del Estado - SIPE, como requisito previo a la emisión del Código de Contratación respectivo, no siendo la inscripción una exigencia para participar en el proceso tradicional.