Suministros y Especificaciones técnicas

El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos servicios serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.

Los servicios prestados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Detalles de los servicios con las respectivas especificaciones técnicas

Los servicios de seguridad y vigilancia comprenderán las siguientes tareas y funciones a realizar por los agentes de seguridad, de conformidad a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes:

A continuación, se incluye una síntesis de los aspectos relacionados con el fortalecimiento de la seguridad física en el MADES en su Sede Central, a fin de superar los problemas y debilidades existentes, aprovechar adecuadamente los medios tecnológicos con los que ya cuenta la entidad y poder elevar los niveles de seguridad física en orden a garantizar la seguridad de las personas, los bienes y la infraestructura de dicho ministerio.

OBJETIVOS Y ÁMBITOS DE LA SEGURIDAD

El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible, en su sede principal de la ciudad de Asunción, ha tenido incidentes asociados a las falencias y debilidades en materia de seguridad física, por lo que se requiere fortalecer el esquema existente, especialmente en seguridad humana, pero sobre la base del estricto cumplimiento de los protocolos de actuación, la coordinación y el compromiso de todos los funcionarios en ese propósito y objetivo común, cual es la seguridad por consiguiente se plantea los siguientes propósitos:

Contrarrestar las amenazas y administrar los riesgos de seguridad para las personas, los bienes y la infraestructura del MADES, como resultado de la implementación de un eficiente Esquema de Seguridad.

ALCANCE

Se busca establecer un componente de seguridad y vigilancia humana, que además de desarrollar su trabajo básico misional, administre acertadamente las herramientas tecnológicas existentes y de estricto cumplimiento a los protocolos de actuación que se deben establecer, todo ello sobre la base de procedimientos de carácter anticipativo para lograr el objetivo propuesto, por lo tanto, el alcance deberá cubrir las siguientes actividades:

SERVICIO DE SEGURIDAD PRIVADA 24 HS POR 17 MESES

Ítem

Cantidad

Descripción

1.1

3

Servicio de vigilancia privada horario diurno

1.2

3

Servicio de vigilancia privada horario nocturno más un relevo

OBSERVACIONES:

Consiste en la prestación de servicios de Seguridad y Vigilancia para el Predio del MADES, donde se solicita una cobertura eficiente para la custodia y protección de las personas y de los bienes e instalaciones de los inmuebles de la institución; así como las personas que acuden a ella.

REQUISITOS LEGALES

• Las empresas de Seguridad y Vigilancia deberán estar al día con las obligaciones y requerimientos previstos en la Resolución Nº 319/04 QUE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL DE LA DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE EMPRESAS DE SEGURIDAD PRIVADA Y AFINES, DEPENDIENTE DEL DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN DE DELITOS DE LA POLICÍA NACIONAL.

• La empresa deberá vincular a sus oficiales bajo las condiciones legales mínimas exigidas (Salario Mínimo, Seguro IPS, Vacaciones, Aguinaldos Proporcionales, días de descanso, etc.), con contratos legales firmados por las partes, la nómina del personal destinado al servicio será entregada a la contratante dentro de los diez días posteriores a la firma de contrato.

DETALLES DE LAS  ESPECIFICCIONES TÉCNICAS:

A. VIGILANCIA HUMANA

Preliminarmente se considera la necesidad de contar con 3 vigilantes en horario diurno y 2 en horario nocturno, así mismo con el relevo correspondiente para los días de descanso, asegurando de esta manera una cobertura 24/7 en el servicio de vigilancia humana, que además contará con el apoyo del personal policial para cubrir el acceso principal, la sala de monitoreo y realizar rondas de vigilancias por las principales dependencias y la barrera perimetral, todas estas tareas estarán especificadas en los Protocolos de Actuación correspondiente.

Se debe garantizar personal capacitado, con amplia experiencia y preparación, así como todo el equipamiento exigido por la ley que regula la prestación de servicios y seguridad de las personas y bienes patrimoniales en el ámbito de seguridad privada; por lo tanto, además de los uniformes reglamentarios, los guardias tendrán armamento de dotación, equipo de comunicación para la interacción con su empresa y con los funcionarios encargados de seguridad de la institución, así como los demás elementos requeridos para la prestación de un eficiente servicio en horario diurno y nocturno.

B. ADMINISTRACIÓN DE LAS HERRAMIENTAS TECNOLÓGICAS EXISTENTES.

Se trata básicamente de articular el servicio de la vigilancia privada y el apoyo policial con el componente de cámaras que hay instaladas, en orden a garantizar un servicio de seguridad eficiente que privilegie la prevención.

Para ello es necesario que un guardia de seguridad tenga la responsabilidad del monitoreo de las cámaras y que dicho monitoreo se realice en forma permanente 24-7, pues solo de esa manera es posible detectar en tiempo real cualquier intento de intrusión o incidente y reaccionar inmediatamente para impedir que se materialice o reducir sus efectos.

Este monitoreo a cargo de los guardias de seguridad será adicional al que actualmente realizan algunos directos de la entidad para efectos de control.

Los servicios de seguridad y vigilancia comprenderán las siguientes tareas y funciones a realizar por los agentes de seguridad, de conformidad a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes:

  1. Control de acceso y registro de funcionarios, clientes externos e internos y vehículos a la institución, verificando las respectivas autorizaciones de acceso.
  2. Control estricto y registro de ingreso y salida de bienes patrimoniales de la contratante, además de bienes de terceros bajo responsabilidad de la contratante con el fin de evitar sustracciones, robos eventuales o sistemáticos y/o retiros no autorizados de acuerdo a las normas establecidas por la Institución.
  3. Tareas de prevención de accidentes, de sabotaje, de terrorismo, de incendios y cualquier otro tipo de siniestro, daño o deterioro que pudiera presentarse en las instalaciones, maquinaria y equipos en custodia y cuya salvaguarda pueda ser prevista y prevenida por el trabajador asignado a las tareas.
  4. Resguardo de la seguridad de los funcionarios y personal en general.
  1. Vigilancia interna y perimetral de la [indicar sede/s] y control de monitores de seguridad, mediante rondas programadas conforme las normas establecidas por la Institución.
  1. Registrar que todo tipo de cajas, embalajes, paquetes o similares que son retirados de la Institución, portados personalmente o en los vehículos cuenten con la documentación que avale su retiro de acuerdo a las normas establecidas por la Institución.
  2. Contar con un libro de registro o similar donde se asentarán los ingresos y salidas de personas, vehículos, bienes, bultos, etc., durante las horas de realización de la vigilancia.
  3. Vigilar y prevenir que en días y horas inhábiles o no laborales ingresen personas a las instalaciones u oficinas de la Institución sin la autorización correspondiente.
  4. Alertar a las autoridades competentes de la presencia de personas extrañas a la institución en el perímetro de seguridad.
  5. Reaccionar ante la flagrancia de hechos ilícitos cometidos por funcionarios o personas extrañas a la institución, realizando el procedimiento de rigor establecido para el efecto e incluso el uso de fuerza suficiente y razonable en caso que sea el único medio necesario para impedir la consecución del hecho a fin de proteger vidas humanas y/o la propiedad institucional, dando aviso inmediato a la autoridad policial.
  6. Colaborar y resguardar el orden en caso de siniestros por incendio o derrumbe.
  7. Acudir en forma inmediata y diligente ante solicitud de auxilio de parte de las personas que requieran del resguardo de su seguridad dentro de la Institución.
  8. Comunicar de inmediato al agente supervisor o al departamento institucional toda situación de irregularidad que detecte en la sede de la convocante, debiendo asentarse dicha situación en el Registro de Novedades.
  9. Conocer la ubicación y operatividad de los sistemas contra incendios, rutas de evacuación, zonas de seguridad y puntos de concentración, así como su uso a fin de orientar al personal del local en caso de presentarse una emergencia.
  10. El personal de seguridad podrá desempeñar servicios de guardaespaldas, debidamente entrenado y acreditado para el efecto, ante el órgano de aplicación.      
  11. Ejercer la vigilancia y protección de bienes, muebles e inmuebles. Lo mismo que la protección de las personas que se halle bajo su custodia.
  12. Evitar la comisión de hecho punible o infracción en relación con el objeto de su protección.
  13. Comunicar y poner de inmediato a disposición de la Policía Nacional a los sospechosos aprehendidos en el interior del local asignado a su protección, como también las evidencias, efectos y pruebas del hecho punible que hayan sido decomisados durante la captura si fuere el caso.
  14. Ejercer la custodia y protección de los valores en tránsito y atesorados en bóvedas.
  15. Realizar la instalación, controlar el funcionamiento y efectuar la respuesta inmediata de sistemas de seguridad electrónica e informática.

Condiciones de prestación del servicio

Las condiciones de los servicios a ser prestados serán:

1. Los vigilantes no podrán abandonar sus puestos en ningún caso sin que previamente se haya realizado el relevo físico de turno. Este relevo debe realizarse al menos con veinte minutos de anticipación.

2. El personal de vigilancia deberá cumplir los horarios establecidos en estas especificaciones técnicas, que será controlada estrictamente por la contratante.

3. A solicitud de la contratante, el proveedor deberá proceder al remplazo o cambio de puesto  del o los agentes designados, dentro de las 24 horas de recibida notificación por escrito de la solicitud. En caso de sustitución no solicitada por la contratante, el proveedor deberá comunicar los cambios en el mismo plazo y solicitar la aprobación de la institución y deberá demostrar que el cambio se realiza por situación que configure caso fortuito, enfermedad, renuncia o separación del servicio por causas justificadas. El o los agentes que sean puestos en sustitución deberán ser seleccionados de alguno de los indicados como suplente en el formulario de Nómina de Trabajadores que realizarán los servicios contratados. Los agentes separados de las funciones por ineficiencia o indisciplina no podrán ejercer sus servicios dentro de las instalaciones de la institución.

4. Expresarse en términos claros y prudentes toda vez que se dirija al funcionariado en general, como a personas externas a la institución.

5. Se exige que los agentes eviten el exceso de confianza en el trato con los funcionarios y público en general, de forma a evitar la familiaridad de trato y desprolijidades en sus funciones de control y vigilancia.

Requisitos del personal de seguridad privada

Las funciones de guardia de seguridad sólo podrán ser desempeñadas por las personas físicas empleadas por las empresas de seguridad debidamente autorizadas y habilitadas al efecto por la autoridad competente.

Los guardias de seguridad, deben contar con el carné vigente expedido por la División de Fiscalización de Empresas de Seguridad Privada y Afines, y estar registrados en la nómina del personal remitido a la División a nombre de la empresa adjudicada.

Uniforme y equipamiento

Los requerimientos en cuanto a implementos de seguridad serán los siguientes:

1. Carné Identificatorio: el personal asignado para la prestación del servicio deberá portar, en todo momento, el carné identificatorio otorgado por la empresa, el cual es de portación obligatoria.

2. Armas: Cada Agente de Seguridad deberá portar en su turno un Arma de Fuego de uso civil de defensa personal, proveída por la Empresa empleadora. Las características mínimas de las armas serán las siguientes: revólver calibre 38 y escopeta calibre 12.El Proveedor bajo su responsabilidad dará cumplimiento estricto a lo establecido en la Ley N° 5424/15 QUE REGULA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS Y BIENES PATRIMONIALES EN EL ÁMBITO DE SEGURIDAD PRIVADA y lo establecido en la Ley N° 4.036/10 De armas de fuego, sus piezas y componentes, municiones, explosivos, accesorios y afines y todas las legislaciones vigentes relacionadas a armas, licencias, etc. La portación de armas de fuego se limitará exclusivamente al espacio geográfico privado de la institución donde el vigilante desarrolle sus actividades laborales.

Las empresas de seguridad privada de transporte de valores estarán autorizadas a llevar la cantidad de armas que aseguren la protección de la vida de la tripulación y de los valores en tránsito. Las armas a ser empleadas para este servicio, deberán ser de funcionamiento semi automática y no automática.

3. Uniforme: Se exige que los agentes presten los servicios en condiciones óptimas de presencia, vestir el uniforme, y distintivos declarados ante el órgano de Aplicación y Fiscalización de Empresas Privadas y Afines de la Policía Nacional.

4. Sistemas de comunicación: Los sistemas de comunicación con que cuenta la empresa deberán ser equipos de radio comunicación con permiso para operar frecuencia de radiocomunicación o contrato celebrado con concesionaria autorizada, asimismo, la empresa Prestadora deberá contar con equipos de emergencia para reemplazar inmediatamente los que dejen de funcionar al momento de prestar el servicio. Los agentes destacados en las instalaciones de la Entidad, deberán contar con el equipo necesario que les permita comunicarse entre sí. La empresa prestadora deberá reemplazar inmediatamente los que dejen de funcionar al momento de prestar el servicio.

5. Accesorios: Cada Vigilante deberá portar en su turno tonfa (cachiporra) y silbatos a ser provistos por la Empresa, así como un aparato medidor de temperatura infrarrojo para cada acceso de entrada y salida de las sedes del MADES con el fin de realizar testeo de temperatura corporal, linternas de mano, de luz blanca, con tecnología halógenas o led, para quienes presten servicio. Además:

Ejemplos:

  • tonfa (cachiporra),
  • picanas,
  • gas pimienta,
  • silbatos,
  • linternas de mano, (de luz blanca, con tecnología halógenas o led),
  • instalación de detectores de metales manuales,
  • espejo para inspección inferior de vehículos, etc,
  • teléfono Celular y radiocomunicación VHF/UHF Auricular rizado de 3.5mm Cinturón de Seguridad,
  • chaleco antibala: color negro, Nivel IIIA, Material kevlar. Presentar muestra junto con la oferta las tonfas deberán ser de color negro, material polímero presentar muestra junto con la oferta.

Los útiles de escritorio, tales como cuadernos, lapiceros, tablillas, marcadores, libros de apuntes y otros necesarios para el servicio, deberán ser proporcionados por el proveedor, sin costo alguno para los agentes de seguridad.

6. La Empresa Prestadora deberá proveer a cada Vigilante el Uniforme adecuado, calzados y prendas sin costo alguno para el Agente así como el respectivo carnet de Identificación (con el logotipo de la empresa, su dirección y teléfono); con nombre y apellido del personal contratado, fotografía, firma del titular, sus datos personales, número de cédula, tiempo de validez, sello de la empresa y firma del director y del Equipo de Protección Personal (EPP), como ser: Antiparras, mascarillas, etc, los cuales deberán ser utilizados por los mismos en todo momento del ejercicio de sus funciones

Plan de prestación del servicio - horarios y lugar

El plan de la prestación de los servicios se realizará de acuerdo a lo indicado en el presente apartado:

Tiempo

Cantidad de personal

Función a desempeñar

Días

Horario

Lugar

Arma

Radio

Desde

Hasta

12 horas

03

Vigilante

Lunes a Domingos y Feriados

7:00

19:00

MADES - AVDA. MADAME LYNCH N° 3500

12 horas

02

Vigilante

Lunes a Domingos y Feriados

19:00

7:00

MADES - AVDA. MADAME LYNCH N° 3500

24 horas

1

Vigilante

Relevo

(En caso de necesidad para cubrir turnos)

 (En caso de necesidad para cubrir turnos)

MADES - AVDA. MADAME LYNCH N° 3500

 

Dando cumplimiento tanto a los protocolos de actuación como a la política de seguridad del MADES, este plan deberá ser revisado por lo menos en forma mensual para ajustar el servicio a las necesidades de la entidad de acuerdo con la evolución de los problemas de seguridad y los factores de riesgo interior y exterior.

En todo caso en el servicio se debe dar cumplimiento a la Ley N° 5424/15 QUE REGULA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS Y BIENES PATRIMONIALES EN EL ÁMBITO DE SEGURIDAD PRIVADA.

1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.

2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales. 

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

  • Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado.

Lic. Andrés Noguera, Director de la Dirección de Talento Humano del MADES.

  • Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada.

La necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada es la de contar con guardias de seguridad para velar por los bienes del MADES

  • Justificar la planificación. (si se trata de un llamado periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal).

El llamado será realizado de forma sucesiva debido a la naturaleza de la necesidad

  • Justificar las especificaciones técnicas establecidas.

Las Especificaciones técnicas establecidas fueron realizadas de acuerdo las necesidades de la institución

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

En forma periódica y aleatoria el Coordinador de Seguridad y Vigilancia, o quien sea designado en su reemplazo por la máxima autoridad institucional, verificará que el personal designado coincida con la planilla de personal de seguridad responsable de cubrir el turno, control de uniforme, verificar que cuenten con los implementos de seguridad y comunicación respectivos.

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

Frecuencia: Mensual.

Planificación de indicadores de cumplimiento:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA

Informe 1

Informe

Mes N° 1

Informe 2

Informe

Mes N° 2

Informe 3

Informe

Mes N° 3

Informe 4

Informe

Mes N° 4

Informe 5

Informe

Mes N° 5

Informe 6

Informe

Mes N° 6

Informe 7

Informe

Mes N° 7

Informe 8

Informe

Mes N° 8

Informe 9

Informe

Mes N° 9

Informe 10

Informe

Mes N° 10

Informe 11

Informe

Mes N° 11

Informe 12

Informe

Mes N° 12

Informe 13

Informe

Mes N° 13

Informe 14

Informe

Mes N° 14

Informe 15

Informe

Mes N° 15

Informe 16

Informe

Mes N° 16

Informe 17

Informe

Mes N° 17

 

Cada uno de los informes mensuales estará acompañado de las planillas en los que conste la identificación y la firma de cada vigilante en cada uno de los turnos del servicio.

Además de lo anterior, el personal de seguridad informará inmediatamente a la entidad de cualquier incidente de seguridad que se presente o cualquier aspecto que esté relacionado a la seguridad sea de interés para el MADES.

Criterios de Adjudicación

La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:

1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.

2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

 

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.

La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.

Documentación requerida para la firma del contrato

Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.

 

  1. Personas Físicas / Jurídicas
  • Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social.
  • Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo; siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS.
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.
  • Certificado de cumplimiento tributario vigente a la firma del contrato.

       2. Documentos. Consorcios

  • Cada integrante del Consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en el apartado precedente.
  • Original o fotocopia del consorcio constituido.
  • Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio.
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.