El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA LPN 2022-2023, CON SUS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
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LOTE 1 PROVISION DE INSUMOS ALIMENTICIOS.- |
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ITEM Nº |
PRODUCTOS ALIMENTICIOS |
SOLICITUD DE MUESTRA |
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
UNIDAD DE MEDIDA |
PRESENTACIÓN |
1 |
ZAPALLO NACIONAL |
NO |
De tamaño mediano a grande, fresco de color verde uniforme por fuera y naranja por dentro, fresco, no deberá estar en estado de descomposición, La cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará por bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo en adelante de acuerdo al cronograma de entrega. Deberá Cumplir con las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de calidad y Sanidad Vegetal y de semilla (SENAVE). |
kilos |
Bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo |
2 |
TOMATE |
NO |
Tipo perita, tamaño mediano de 150 gramos, fresco con una maduración del 80%, sin tumores de color rojo uniforme, en buen estado de conservación, sin contaminación de sustancias extrañas, no deben estar machucadas o golpeadas. . La cotización se hará en kilogramos, y la provisión se hará por bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo o cajas a partir de 10 kilogramos en adelante de acuerdo al cronograma de entrega. Deberá Cumplir con las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de calidad y Sanidad Vegetal y de semilla (SENAVE). |
kilos |
Bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo o cajas a partir de 10 kilogramos |
3 |
REPOLLO BLANCO |
NO |
Fresco y natural, de tamaño mediano a grande, de color verde claro a blanco, exento de gérmenes y suciedad, no deberá estar en estado de descomposición. La cotización se hará en kilogramos la provisión se hará por bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo en adelante de acuerdo al cronograma de entrega. Deberá Cumplir con las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de calidad y Sanidad Vegetal y de semilla (SENAVE). |
kilos |
Bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo |
4 |
LOCOTE VERDE |
NO |
Fresco y natural de tamaño mediano de 100 gramos, de color verde uniforme con una maduración del 80 %, no deberá estar en estado de descomposición. La cotización se hará en kilogramos la provisión se hará por bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo en adelante de acuerdo al cronograma de entrega. Deberá Cumplir con las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de calidad y Sanidad Vegetal y de semilla (SENAVE). |
kilos |
Bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo |
5 |
CEBOLLA |
NO |
Blanca seca de tamaño mediano de 120 gramos. Fresco piel firme, suave exento de brotes no deberá estar en estado de descomposición. La cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará por bolsa de polietileno a partir de 1 kilogramo en adelante de acuerdo al cronograma de entrega, con el etiquetado adecuado del peso en kilogramos. Deberá Cumplir con las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de calidad y Sanidad Vegetal y de semilla (SENAVE). |
kilos |
Bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo |
6 |
ZANAHORIA |
NO |
De tamaño mediano de 100 gramos, frescos color uniforme, con una maduración aproximada del 80%, de color naranja uniforme, no deberá estar en estado de descomposición. La cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará por bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo en adelante de acuerdo al cronograma de entrega, con etiquetado adecuado del peso en kilogramos. Deberá Cumplir con las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de calidad y Sanidad Vegetal y de semilla (SENAVE). |
kilos |
Bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo |
7 |
PAPA NEGRA |
NO |
Fresco y natural de tamaño mediano de 200 gramos, no deberá estar en estado de descomposición, exento de brotes. La cotización se hará en kilogramos la provisión se hará por bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo en adelante de acuerdo al cronograma de entrega, con etiquetado adecuado del peso en kilogramos. Deberá Cumplir con las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de calidad y Sanidad Vegetal y de semilla (SENAVE). |
kilos |
Bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo |
8 |
AJO |
NO |
Cabezas de ajo enteras, frescas y naturales, de tamaño mediano de 50 gramos, de color blanco uniforme, exento de brotes, no debe estar en estado de descomposición. La cotización se hará en unidad y la provisión se hará por bolsas de polietileno a partir de 2 unidades en adelante de acuerdo al cronograma de entrega. Deberá Cumplir con las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de calidad y Sanidad Vegetal y de semilla (SENAVE). |
Unidad |
Bolsas de polietileno |
9 |
MANZANA ROJA |
NO |
Frescas y en buen estado, de tamaño mediano 170 gramos, Rojas de color uniforme, No deben estar en estado de descomposición ni machucada o golpeada, sin contaminación de sustancias extrañas. La cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará por bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo o cajas a partir de 10 kilogramos en adelante de acuerdo al cronograma de entrega. Deberá Cumplir con las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de calidad y Sanidad Vegetal y de semilla (SENAVE). |
kilos |
Bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo o cajas a partir de 10 kilogramos |
10 |
PERA |
NO |
Frescas de tamaño mediano 180 gramos. De color verde a amarillas uniformemente. No deben estar en estado de descomposición ni machucadas o golpeadas, sin contaminación de sustancias extrañas. La cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará por bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo o cajas a partir de 10 kilogramos en adelante de acuerdo al cronograma de entrega. Deberá Cumplir con las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de calidad y Sanidad Vegetal y de semilla (SENAVE). |
kilos |
Bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo o cajas a partir de 10 kilogramos |
11 |
NARANJA |
NO |
Frescas de tamaño mediano 150 gramos, color naranja uniforme, en buen estado, maduras, no deben estar machucados o golpeados, sin contaminación de sustancias extrañas. La cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará por bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo en adelante de acuerdo al cronograma de entrega. Deberá Cumplir con las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de calidad y Sanidad Vegetal y de semilla (SENAVE). |
kilos |
Bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo |
12 |
BANANA NACIONAL |
NO |
Variedad karapé, tamaño mediano de 80 gramos, frescas, en su punto optimo de maduración para consumo, y color uniforme amarillo natural, en buen estado, no deben estar machucados o golpeados, sin contaminación de sustancias extrañas. La cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará por bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo o cajas a partir de 10 kilogramos en adelante de acuerdo al cronograma de entrega. Deberá Cumplir con las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de calidad y Sanidad Vegetal y de semilla (SENAVE). |
kilos |
Bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo o cajas a partir de 10 kilogramos |
13 |
LIMÓN |
NO |
Variedad Tahití, Frescos de tamaño mediano de entre de 35 gramos, color verde uniforme, en buen estado, maduros, no deben estar machucados o golpeados, sin contaminación de sustancias extrañas. La cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará por bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo en adelante de acuerdo al cronograma de entrega, Deberá Cumplir con las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de calidad y Sanidad Vegetal y de semilla (SENAVE). |
kilos |
Bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo |
14 |
Harina de maiz FRESCA |
SI |
harina de maíz fresca y natural sin conservantes. Sin sabor ni olor desagradable, sin mezcla de sustancias extrañas, sin mohos. La cotización se hará por kilogramos y la provisión se hará en paquetes de 1 kilogramo, Con fechas de vencimiento 15 días a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
kilos |
Bolsas de polietileno de 1 kilogramo |
15 |
LEVADURA FRESCA |
SI |
Levadura Fresca, fermento biológico, la cotización se hará en unidad y la provisión se hará en paquetes de 500 gramos, en perfecto estado de conservación de 0º a 4º C, no deben estar abolladas, golpeadas o agujereadas, con fechas de vencimiento como mínimo 20 días a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
Unidad |
paquetes de 500 gramos |
16 |
QUESO PARAGUAY |
SI |
Queso 100% Paraguay, fresco, no debe ser mescla, sin olor ni sabor desagradable, en perfecto estado de conservación de 2º a 4º C, garantizando la cadena de frio, exento de sustancias contaminantes, la cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará en bolsas de polietileno, a partir de 1 kilogramo en adelante de acuerdo al cronograma de entrega Requisito: Certificado o copia autenticada del Registro de Establecimientos R.E y Registro Sanitario del Producto Alimenticio R.S.P.A; emitido por el INAN. |
kilos |
Bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo |
17 |
LECHE ENTERA LÍQUIDO UAT |
SI |
Leche entera UAT, envases tetra brick de 1 litro, con fecha de envasado y vencimiento a partir de 4 meses a la fecha de entrega. Deben estar en buenas condiciones sin abolladuras, ni agujereadas. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
litros |
Envases tetra brick de 1 litro |
18 |
LECHE ENTERA O SEMIDESCREMADA UAT CON HIERRO |
SI |
Leche entera o semidescremada UAT, con hierro, fortificada con vitaminas A y D, envases tetra brick de 1 litro, Deben estar en buenas condiciones sin abolladuras, ni agujereadas. Con fecha de envasado y vencimiento a partir de 3 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
litros |
Envases tetra brick de 1 litro |
19 |
LECHE UHT MODIFICADA PARA NIÑOS A PARTIR DE 12 MESES (1 AÑO) CRECIMIENTO CON VITAMINAS A,B,D,C, E,K |
SI |
Leche UAT, modificada para niños a partir de 12 meses (1 año de edad) Crecimiento con vitaminas A,B,D,C, E,K, en envases tetra brick de 1 litro, Deben estar en buenas condiciones sin abolladuras, ni agujereadas. Con fecha de envasado y vencimiento a partir de 3 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
litros |
Envases tetra brick de 1 litro |
20 |
LECHE UAT SIN LACTOSA |
SI |
Leche entera o semidescremada UAT, con hierro, fortificada con vitaminas A y D, envases tetra brick de 1 litro, Deben estar en buenas condiciones sin abolladuras, ni agujereadas. Con fecha de envasado y vencimiento a partir de 3 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
litros |
Envases tetra brick de 1 litro |
21 |
SAL FINA YODADA |
SI |
Grano fino cristalizado, color blanco, iodizado, exento de sustancias extrañas contaminantes, la cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará por paquetes de 1 kilogramo. Con fechas de embasado y vencimiento a partir de 6 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
kilos |
Paquetes de 1 kilogramo |
22 |
HARINA DE TRIGO "0000" |
SI |
Harina de trigo enriquecida con hierro y vitaminas de la clase 0000, sin mezcla de sustancias extrañas etc., en buen estado de conservación, de la zafra del año, libre de insectos, sin mohos, olor ni sabor desagradable, La cotización se hará por kilogramos y la provisión se hará en paquetes de papel kraff de 1 kilogramo. Con fechas de vencimiento de 3 meses, a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
kilos |
Paquetes de papel kraff de 1 kilogramo. |
23 |
ARVEJA EN LATA |
SI |
Conserva de Arvejas secas remojadas (sin cascara), de color verde uniforme, sin mezcla de sustancias extrañas etc., en buen estado de conservación, no deben estar agujereadas, golpeadas o abolladas. La cotización se hará por unidad en presentación en latas de 300 gramos peso neto y 200 gramos peso escurrido. Con fechas de vencimiento a partir de 4 meses, a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
Unidad |
Latas de 300 gramos |
24 |
ARROZ TIPO 1 |
SI |
De granos enteros con características de Arroz largo fino Tipo 1, sin contaminación de sustancias extrañas o granos partidos, mohos, insectos. La cotización se hará por kilogramos y la provisión se hará en paquetes de 1 kilogramo, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
kilos |
Paquetes de 1 kilogramo |
25 |
POROTO |
SI |
Poroto rojo o colorado, seco de Granos enteros, cosecha sin mezcla, sin vestigio de mohos o insectos (gorgojos), sin sustancias extrañas contaminantes de la cosecha del año obtenido de la semilla de la espcie Vigna sinensis, de cualquier tipo. La cotización se hará por unidad y la provisión se hará en paquetes de 500 gramos, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
Unidad |
Paquetes de 500 gramos |
26 |
PORORÓ (GRANOS DE MAIZ) |
SI |
Granos de maíz, sin mezcla, sin vestigio de mohos o insectos (gorgojos), sin sustancias extrañas contaminantes, elaborado a base de algunas variedades especiales de maíz. La cotización se hará por unidad en Paquetes de 400 gramos, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
Unidad |
Paquetes de 400 gramos |
27 |
LENTEJAS |
SI |
Granos enteros circulares aplanados, de color marrón verdoso libre de impurezas, exentos de sustancias extrañas contaminantes. La cotización se hará por unidad y la provisión se hará en paquetes de 500 gramos, con fechas de vencimiento de a partir 6 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
Unidad |
Paquetes de 500 gramos |
28 |
LOCRILLO |
SI |
De maíz tupí blanco sin picaduras, sin mezcla de otro tipo de maíz con humedad de 13/14 máximo sin vestigio de mohos o insectos (gorgojos) sin sustancias extrañas contaminantes. La cotización se hará por kilogramos y la provisión se hará en paquetes de 400 gramos, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
Unidad |
Paquetes de 400 gramos |
29 |
GALLETA MOLIDA |
SI |
Puro sin agregado de ninguna clase libre de cuerpos o sustancias extrañas al producto, seco y limpio. La cotización se hará por unidad y la provisión se hará en paquete de 800 gramos, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses a la fecha de entrega. . Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
Unidad |
Paquetes de 800 gramos |
30 |
FIDEO CORTADITO |
SI |
En paquetes de 400 gramos, en buen estado sin mezclas, no deben estar partidos o aplastados. Con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega, con la marca impresa en cada paquete de la empresa que envasa o elabora dicho producto. La cotización se hará por unidad y la provisión se hará en paquete de 400 gramos, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
Unidad |
Paquetes de 400 gramos |
31 |
FIDEO TALLARIN |
SI |
En paquetes de 400 gramos, en buen estado sin mezclas, no deben estar partidos o aplastados. Con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega, con la marca impresa en cada paquete de la empresa que envasa o elabora dicho producto. La cotización se hará por unidad y la provisión se hará en paquete de 400 gramos, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
Unidad |
Paquetes de 400 gramos |
32 |
FIDEO FINO |
SI |
En paquetes de 400 gramos, en buen estado sin mezclas, no deben estar partidos o aplastados. Con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega, con la marca impresa en cada paquete de la empresa que envasa o elabora dicho producto. La cotización se hará por unidad y la provisión se hará en paquete de 400 gramos, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
Unidad |
Paquetes de 400 gramos |
33 |
ACEITE COMESTIBLE 100% PURO |
SI |
Aceite comestible obtenido de semillas de distintas variedades de Helianthus annuus L. (girasol), deberá ser 100% de girasol, no se admiten mezcla, color líquido amarillo limpio, no se aceptará mezclas, debe ser de olor agradable, característicos del producto, exento de olores y sabores extraños o rancios. Con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega, La cotización se hará por unidad, en presentación de bidones de 5 litros. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
Unidad |
Bidones de 5 litros |
34 |
HUEVOS DE GALLINA |
SI |
De tamaño mediano. Del tipo A, en buen estado, sin olor desagradable. Con fechas de vencimiento de 20 dias a la fecha de entrega. La cotización se hará por unidad, la provisión se hará por planchas de 30 unidades a partir de 1 plancha en adelante de acuerdo al cronograma de entrega. Requisito: Certificado o copia autenticada de habilitación establecimiento y distribución de huevos de aves emitido por el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA). |
Unidad |
Planchas de 30 unidades |
35 |
MANTECA SIN SAL |
SI |
De origen animal fresco, para untar, la cotización se hará en unidad y la provisión se hará por paquetes de 200 gramos, en perfecto estado de conservación de 0º a 4º C, no deben estar abolladas, golpeadas o agujereada con fechas de vencimiento de 1 mes, a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
Unidad |
Paquetes de 200 gramos) |
36 |
PAN DE HAMBURGUESA |
SI |
Pan de hamburguesas de la producción del día, la provisión se hará en paquetes de bolsas de polietileno de 6 unidades. Con fechas de elaboración del día y vencimiento de 8 días a la fecha de entrega, con la marca impresa en cada paquete de la empresa que elabora dicho producto. La cotización se hará por paquetes de 6 unidades. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
Unidad |
Paquetes de 6 unidades |
37 |
GALLETA MEDIANA DE HARINA DE TRIGO |
SI |
Galletas tamaño mediano de harina de trigo, de la producción del día. La provisión se hará en bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo. Con fechas de elaboración del día y vencimiento de 8 días a la fecha de entrega, con la marca impresa en cada paquete de la empresa que elabora dicho producto. La cotización se hará en kilogramos. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA) |
kilos |
Bolsas de polietileno |
38 |
COQUITO DE HARINA DE TRIGO |
SI |
Coquitos de la producción del día. La provisión se hará en bolsas de polietileno de a partir de 1 kilogramos. Con fechas de elaboración del día y vencimiento de 8 días a la fecha de entrega, con la marca impresa en cada paquete de la empresa que elabora dicho producto. La cotización se hará en kilogramos. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
kilos |
Bolsas de polietileno |
39 |
GALLETITAS DULCES DE CHOCOLATE, VAINILLA O COCO |
SI |
Galletitas sabores varios chocolate, coco o vainilla sin relleno, en paquetes de 80 gramos, en buen estado sin mezclas, no deben estar partidos o aplastados. Con fechas de vencimiento de a partir 4 meses, a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
Unidad |
paquetes de 80 gramos |
40 |
YOGURTH ENTERO SABORES FRUTALES |
SI |
En potes de 140 gramos, de sabores frutales, Fresco, en perfecto estado de conservación de 2º a 4º C, garantizando la cadena de frio, con fecha de vencimiento 1 mes a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA) |
Unidad |
En potes de 140 gramos |
41 |
AZÚCAR BLANCA |
SI |
Tipo 1 de la zafra del año, cristalina, blanca, refinada, sin sustancias extrañas contaminantes, con contenido de sacarosa 0,2 insoluble. La cotización se hará por kilogramo y la provisión se hará en paquetes de 1 kilogramo, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
Kilos |
Paquetes de 1 kilogramo |
42 |
YERBA MATE |
SI |
Elaborada de las hojas, no se admitirá agregado de palos o palo triturado de ningún tamaño o clase, en perfecto estado de conservación, estacionada naturalmente, humedad del 15 % (quince por ciento), características granulométricas que definen a la Yerba Mate como de Molienda Granulada. Contenido mínimo de cafeína es de 0.85% y extracto acuoso mínimo de 35%. La cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará en paquetes de papel kraff en presentaciones de 1 kilogramo, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
kilos |
Paquetes de papel kraff de 1 kilogramo |
43 |
CHOCOLATE EN POLVO |
SI |
Alimento achocolatado en polvo de preparación instantánea, La cotización se hará por unidad y la presentación se hará en paquetes de 400 gramos, con fechas de vencimiento a partir 6 meses, a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA) |
Unidad |
Paquetes de 400 gramos |
44 |
CARNAZA BLANCA DE PRIMERA |
NO |
Cortes de primera, fresca, con poca grasa visible, siempre garantizando la cadena de frio a temperatura adecuada de 0º a 4 °C y libre de insectos, polvo o sustancias extrañas, no deben estar en mal estado con aspecto pegajosos, con olor desagradable, coloración verduzca o negruzca. La cotización se hará en kilogramos, la provisión se hará por bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo en adelante de acuerdo al cronograma de entrega. Además deberá cumplir las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Animal. SENACSA; Certificado o copia autenticada de Habilitación de la Frigorífica correspondiente y para la entrega del producto, el vehículo debe contar con habilitación de trasportes de productos, subproductos y derivados de origen animal, emitido por SENACSA. |
kilos |
Bolsas de polietileno |
45 |
CARNAZA NEGRA DE PRIMERA |
NO |
Cortes de primera, fresca, con poca grasa visible, siempre garantizando la cadena de frio a temperatura adecuada de 0º a 4 °C y libre de insectos, polvo o sustancias extrañas, no deben estar en mal estado con aspecto pegajosos, con olor desagradable, coloración verduzca o negruzca. La cotización se hará en kilogramos, la provisión se hará por bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo en adelante de acuerdo al cronograma de entrega. Además deberá cumplir las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Animal. SENACSA; Certificado o copia autenticada de Habilitación de la Frigorífica correspondiente y para la entrega del producto, el vehículo debe contar con habilitación de trasportes de productos, subproductos y derivados de origen animal, emitido por SENACSA. |
kilos |
Bolsas de polietileno |
46 |
CARNAZA CORTE VACÍO DE PRIMERA |
NO |
Cortes de vacío de primera, fresca, con poca grasa visible, siempre garantizando la cadena de frio a temperatura adecuada de 0º a 4 °C y libre de insectos, polvo o sustancias extrañas, no deben estar en mal estado con aspecto pegajosos, con olor desagradable, coloración verduzca o negruzca. La cotización se hará en kilogramos, la provisión se hará por bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo en adelante de acuerdo al cronograma de entrega. Además deberá cumplir las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Animal. SENACSA; Certificado o copia autenticada de Habilitación de la Frigorífica correspondiente y para la entrega del producto, el vehículo debe contar con habilitación de trasportes de productos, subproductos y derivados de origen animal, emitido por SENACSA. |
kilos |
Bolsas de polietileno |
47 |
CARNAZA MOLIDA DE PRIMERA |
NO |
Molida de primera, fresca, con poca o si es posible ninguna grasa visible, siempre garantizando la cadena de frio a temperatura adecuada de 0º a 4 °C y libre de insectos, polvo o sustancias extrañas, no deben estar en mal estado con aspecto pegajosos, con olor desagradable, coloración verduzca o negruzca. La cotización se hará en kilogramos, la provisión se hará por bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo en adelante de acuerdo al cronograma de entrega. Además deberá cumplir las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Animal. SENACSA; Certificado o copia autenticada de Habilitación de la Frigorífica correspondiente y para la entrega del producto, el vehículo debe contar con habilitación de trasportes de productos, subproductos y derivados de origen animal, emitido por SENACSA. |
kilos |
Bolsas de polietileno |
48 |
PECHUGA DE POLLO FRESCO |
NO |
Pechuga de pollo fresco con hueso, en bolsas plásticas resistentes. La cotización se hará por kilogramos, siempre garantizando la cadena de frio a temperatura adecuada de 0º a 4 °C y libre de insectos, polvo o sustancias extrañas, no deben estar en mal estado con aspecto pegajosos, con olor desagradable, o coloración verduzca. Además deberá cumplir las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Animal. SENACSA; Certificado o copia autenticada de Habilitación de la Frigorífica correspondiente y para la entrega del producto, el vehículo debe contar con habilitación de trasportes de productos, subproductos y derivados de origen animal, emitido por SENACSA. |
kilos |
Bolsas de polietileno |
49 |
MUSLO ENTERO DE POLLO FRESCO |
NO |
Muslos enteros de pollo fresco, sin menudencias, en bolsas plásticas resistentes. La cotización se hará por kilogramos, siempre garantizando la cadena de frio a temperatura adecuada de 0º a 4 °C y libre de insectos, polvo o sustancias extrañas, no deben estar en mal estado con aspecto pegajoso, con olor desagradable, o coloración verduzca. Además deberá cumplir las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Animal. SENACSA; Certificado o copia autenticada de Habilitación de la Frigorífica correspondiente y para la entrega del producto, el vehículo debe contar con habilitación de trasportes de productos, subproductos y derivados de origen animal, emitido por SENACSA. |
kilos |
Bolsas de polietileno |
50 |
BEBIDA LACTEAS SABORES VARIOS |
SI |
Bebida láctea sabor vainilla, frutilla, banana, elaborado a base del suero de la leche de vaca, sabores varios y azúcar, enriquecida con vitaminas, la provisión se hará unidad y la presentación en envases tetra brick de 200 ml, Con fechas de vencimiento a partir de 3 meses a la fecha de entrega. El envase no deberá estar averiado, abollado o golpeado. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
Unidad |
Envases tetra brick de 200 ml |
51 |
BEBIDA LACTEA CHOCOLATADA |
SI |
Bebida láctea sabor chocolate elaborado a base del suero de la leche de vaca, cacao y azúcar, enriquecida con vitaminas, la provisión se hará unidad y la presentación en envases tetra brick de 200 ml, Con fechas de vencimiento a partir de 3 meses a la fecha de entrega. El envase no deberá estar averiado, abollado o golpeado. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
Unidad |
Envases tetra brick de 200 ml |
MONTO MAXIMO: GS. 13.100.000.000.- (Guaraníes trece mil cien millones.-) |
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MONTO MÍNIMO: GS. 6.550.000.000 (Guaraníes seis mil quinientos cincuenta millones.-) |
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE INSUMOS ALIMENTICIOS PARA LAS CESTAS BASICAS - PROYECCIÓN AÑO 2022-2023 |
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LOTE 2 CESTAS BASICAS
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ITEM Nº |
PRODUCTOS ALIMENTICIOS |
SOLICITUD DE MUESTRA |
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
UNIDAD DE MEDIDA |
PRESENTACIÓN |
1 |
FIDEO TALLARIN |
SI |
En paquetes de 400 gramos, en buen estado sin mezclas, no deben estar partidos o aplastados. Con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega, con la marca impresa en cada paquete de la empresa que envasa o elabora dicho producto. La cotización se hará por unidad y la provisión se hará en paquete de 400 gramos, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
Unidad |
Paquetes de 400 gramos |
2 |
ARROZ TIPO 1 |
SI |
De granos enteros con características de Arroz largo fino Tipo 1, sin contaminación de sustancias extrañas o granos partidos, mohos, insectos. La cotización se hará por kilogramos y la provisión se hará en paquetes de 1 kilogramo, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, nnúmero de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
kilos |
Paquetes de 1 kilogramo |
3 |
ACEITE COMESTIBLE 100% PURO |
SI |
Aceite comestible obtenido de semillas de distintas variedades de Helianthus annuus L. (girasol), deberá ser 100% de girasol, no se admiten mezcla, color líquido amarillo limpio, no se aceptará mezclas, debe ser de olor agradable, característicos del producto, exento de olores y sabores extraños o rancios. Con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega, La cotización se hará por unidad, en presentación de bidones de 5 litros. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
Unidad |
Bidones de 5 litros |
4 |
ACEITE COMESTIBLE 100% PURO |
SI |
Aceite comestible obtenido de semillas de distintas variedades de Helianthus annuus L. (girasol), deberá ser 100% de girasol, no se admiten mezcla, color líquido amarillo limpio, no se aceptará mezclas, debe ser de olor agradable, característicos del producto, exento de olores y sabores extraños o rancios. Con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega. La cotización se hará por unidad, en presentación de bidones de 3 litros. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
Unidad |
Bidones de 3 litros |
5 |
ACEITE COMESTIBLE 100% PURO |
SI |
Aceite comestible obtenido de semillas de distintas variedades de Helianthus annuus L. (girasol), deberá ser 100% de girasol, no se admiten mezcla, color líquido amarillo limpio, no se aceptará mezclas, debe ser de olor agradable, característicos del producto, exento de olores y sabores extraños o rancios. Con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega. La cotización se hará por unidad, en presentación de envases de 900 militros. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
Unidad |
Envases de 900 mililitros |
6 |
YERBA MATE |
SI |
Elaborada de las hojas, no se admitirá agregado de palos o palo triturado de ningún tamaño o clase, en perfecto estado de conservación, estacionada naturalmente, humedad del 15 % (quince por ciento), características granulométricas que definen a la Yerba Mate como de Molienda Granulada. Contenido mínimo de cafeína es de 0.85% y extracto acuoso mínimo de 35%. La cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará en paquetes de papel kraff en presentaciones de 1 kilogramo, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
kilos |
Paquetes de papel kraff de 1 kilogramo |
7 |
HARINA DE TRIGO "0000" |
SI |
Harina de trigo enriquecida con hierro y vitaminas de la clase 0000, sin mezcla de sustancias extrañas etc., en buen estado de conservación, de la zafra del año, libre de insectos, sin mohos, olor ni sabor desagradable, La cotización se hará por kilogramos y la provisión se hará en paquetes de papel kraff de 1 kilogramo. Con fechas de vencimiento de 3 meses, a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
kilos |
Paquetes de papel kraff de 1 kilogramo. |
8 |
POROTO |
SI |
Poroto Rojo o colorado, seco de Granos enteros, cosecha sin mezcla, sin vestigio de mohos o insectos (gorgojos), sin sustancias extrañas contaminantes. de la cosecha del año obtenido de la semilla de la espcie Vigna sinensis, tipo rojo o colorado. La cotización se hará por unidad y la provisión se hará en paquetes de 500 gramos, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
Unidad |
Paquetes de 500 gramos |
9 |
AZÚCAR BLANCA |
SI |
Tipo 1 de la zafra del año, cristalina, blanca, refinada, sin sustancias extrañas contaminantes, con contenido de sacarosa 0,2 insoluble. La cotización se hará por kilogramo y la provisión se hará en paquetes de 1 kilogramo, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
Kilos |
Paquetes de 1 kilogramo |
10 |
LECHE ENTERA LÍQUIDO UAT |
SI |
Leche entera UAT envases tetra brick de 1 litro, con fecha de envasado y vencimiento a partir de 4 meses a la fecha de entrega. Deben estar en buenas condiciones sin abolladuras, ni agujereadas. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
litros |
Envases tetra brick de 1 litro |
11 |
SAL FINA YODADA |
SI |
Grano fino cristalizado, color blanco, iodizado, exento de sustancias extrañas contaminantes, la cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará por paquetes de 1 kilogramo. Con fechas de embasado y vencimiento a partir de 6 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
kilos |
Paquetes de 1 kilogramo |
12 |
SAL FINA YODADA |
SI |
Grano fino cristalizado, color blanco, iodizado, exento de sustancias extrañas contaminantes, la cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará por paquetes de 1 kilogramo. Con fechas de embasado y vencimiento a partir de 6 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
Unidad |
Paquetes de 500 gramos |
13 |
COQUITO DE HARINA DE TRIGO |
SI |
Coquitos de la producción del día. La provisión se hará en bolsas de polietileno de a partir de 1 kilogramos. Con fechas de elaboración del día y vencimiento de 8 días a la fecha de entrega, con la marca impresa en cada paquete de la empresa que elabora dicho producto. La cotización se hará en kilogramos. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
kilos |
Bolsas de polietileno |
MONTO MÁXIMO: GS. 4.800.000.000.- (Guaraníes cuatro mil ochocientos millones.-) |
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MONTO MINIMO: GS. 2.400.000.000.- (Guaraníes dos mil cuatrocientos millones.-) |
VIGENCIA DEL CONTRATO: desde la suscripción hasta el 31 de diciembre de 2023.-
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Item |
Descripción del Servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Servicios |
Lote 1 |
ADQUISICION DE INSUMOS ALIMENTICIOS |
Conforme solicitud de la convocante |
unidad |
conforme cronograma de entregas |
Según orden de compra, cronograma y ruta de entrega |
Lote 2 |
CESTAS BASICAS |
Conforme solicitud de la convocante |
unidad |
conforme cronograma de entregas |
Según orden de compra, cronograma y ruta de entrega |
PLAN DE ENTREGA
PLAN DE ENTREGA DEL LOTE 1: ADQUISICION DE INSUMOS ALIMENTICIOS
Los productos NO PERECEDEROS serán entregados 1 (una) vez al mes y/o a pedido de la convocante, y los PERECEDEROS serán entregados a solicitud de la convocante (cárnicos, productos lácteos, verduras, huevos y panificados).
Las entregas se realizarán de lunes a viernes en los horarios de 08:00 a 15:00 Hs, para los centros abiertos, protección y comunitarios (en algunas excepciones justificables se podrían extender el horario de entregas hasta las 17:30 horas) y en el caso de los albergues que son centros con atención directa las 24 horas, serán de lunes a sábado en los horarios de 08:00 a 18:00 Hs
TRASPORTE DE INSUMOS ALIMENTICIOS:
Para la provisión de productos cárnicos, lácteos y derivados los transportes deberán ser adecuados para el traslado, cerrados que cumplan con las condiciones de estructura, que garanticen una adecuada higiene y refrigeración con un máximo de 0° a 4° C para la carne y subproductos cárnicos de manera a no cortar la cadena de frio. Además la estructura debe permitir un adecuado lavado, desinfección, desagüe y circulación de aire en su interior: según lo establecido en el conjunto de normas sobre calidad y gestión de calidad establecida por la Organización Internacional de Normalización (ISO 9000), los cuales deberán estar debidamente habilitados por la SENACSA.
Productos no perecederos y perecederos (Como frutas y verduras) también deberán ser trasportados adecuadamente en móviles cerrados, con refrigeración adecuada a frescos y con sus habilitaciones correspondientes.
La provisión y entrega de los bienes será de la siguiente manera:
Los productos no perecederos serán entregados 1 (una) vez al mes y/o a solicitud de la convocante, en los centros o locales solicitados por la misma y de acuerdo al cronograma y ruta de entrega emitida.
Observación: Los productos perecederos se solicitaran como promedio 2 entregas al mes debido a la durabilidad de los mismos.
El transporte de los productos perecederos y no perecederos, se deberán realizar en vehículos con habilitación vigente.
En caso de la recepción en mal estado o incumplimiento de especificaciones de algunos de los productos alimenticios, es deber del proveedor reponerlo. Dicha reposición deberá ser realizada en el plazo máximo de 24 (veinticuatro) horas contadas desde el momento de la recepción de la notificación por escrito y/o correo electrónico de parte del administrador del contrato.
Cualquier reclamo o faltante que el administrador del contrato realice al proveedor, deberá ser subsanado en un plazo no mayor a 24 (veinticuatro) horas de realizado el reclamo.
DEL LOTE 2: CESTAS BÁSICAS
La solicitud de provisión se realizará para cada local de entrega a través de órdenes de compra, adjuntando un cronograma y ruta de entrega emitida por la Convocante, en la cual se detallarán las cantidades a ser suministradas por el proveedor, en base a los requerimientos institucionales.
En caso de la recepción en mal o incumplimiento de especificaciones estado de algunos de los productos alimenticios, es deber del proveedor reponerlo. Dicha reposición deberá ser realizada en el plazo máximo de 24 (veinticuatro) horas contadas desde el momento de la recepción de la notificación por escrito y/o correo electrónico de parte del administrador del contrato.
Cualquier reclamo o faltante que la administradora realice al proveedor deberá ser subsanado en un plazo no mayor a 24 (veinticuatro) horas de realizado el reclamo.
LISTADO DE CENTROS Y ESPACIOS HABILITADOS ACTUALMENTE PROGRAMAS ABRAZO, PAINAC,P.O, DICUIDA, DGRR |
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1 |
CENTRO SEMILLAS DE ESPERANZA |
2 |
CENTRO ABIERTO CAPIATA |
3 |
CENTRO PRESIDENTE FRANCO |
4 |
CENTRO SALTO DEL GUIARA |
5 |
CENTRO ABIERTO AÑUA |
6 |
CENTRO ABIERTO CAACUPÉ |
7 |
CENTRO ABIERTO CDE |
8 |
CENTRO ABIERTO CORONEL OVIEDO |
9 |
CENTRO ABIERTO CONCEPCION |
10 |
CENTRO ABIERTO FERNANDO DE LA MORA |
11 |
CENTRO ABIERTO HERNADARIAS |
12 |
CENTRO ABIERTO LUCERITO |
13 |
CENTRO ABIERTO LUQUE |
14 |
CENTRO ABIERTO MRA |
15 |
CENTRO ABIERTO RICARDO BRUGADA |
16 |
CENTRO ABIERTO SAN LORENZO |
17 |
CENTRO ABIERTO VILLARRICA |
18 |
CENTRO COMUNITARIO 15 DE MAYO |
19 |
CENTRO COMUNITARIO CAAGUZU |
20 |
CENTRO COMUNITARIO CATEURA |
21 |
CENTRO COMUNITARIO CHE ROGA |
22 |
CENTRO COMUNITARIO GUARAMBARE |
23 |
CENTRO COMUNITARIO GUAVIRAMI |
24 |
CENTRO COMUNITARIO KUARAHY |
25 |
CENTRO COMUNITARIO MAKAI |
26 |
CENTRO COMUNITARIO ÑANDUTI ITAUGUA |
27 |
CENTRO COMUNITARIO PIROY |
28 |
CENTRO COMUNITARIO REMANCITO |
29 |
CENTRO COMUNITARIO SAN FRANCISCO TOBATI |
30 |
CENTRO COMUNITARIO ZABALLOS SAN FRANCISCO |
31 |
CENTRO COMUNITARIO SAN IGNACIO |
32 |
CENTRO COMUNITARIO SAN JOSE TOBATI |
33 |
CENTRO COMUNITARIO SAN ROQUE |
34 |
CENTRO COMUNITARIO SAN SAVADOR AREGUA |
35 |
CENTRO COMUNITARIO TAKUATI RUGUA (6-17) |
36 |
CENTRO COMUNITARIO TAPYIRA |
37 |
CENTRO COMUNITARIO VALLE PUKU |
38 |
CENTRO COMUNITARIO VILLA 24 DE JUNIO |
39 |
CENTRO COMUNITARIO VILLA ELISA |
40 |
CENTRO DE EDUCACION Y ATENCION INTEGRAL SANTIAGO |
41 |
CENTRO DE EDUCACION Y ATENCION INTEGRAL SAN PATRICIO |
42 |
CENTRO COMUNITARIO VILLA ESPERANZA SAN PEDRO |
43 |
CENTRO DE ATENCION A LA PRIMERA INFANCIA KUNUÚ RENDA |
44 |
CENTRO DE ATENCION A LA PRIMERA INFANCIA KUNUÚ MARIA FELICIDAD |
45 |
CENTRO ABIERTO REFUGIO CDE |
46 |
CENTRO ABIERTO REFUGIO ASUNCION |
47 |
CENTRO TRANSITORIO DE PROTECCIÓN CTP |
48 |
CENTRO DE CONVIVENCIA ÑEMITY |
49 |
CENTRO DE ATENCION INTEGRAL ABASTO |
50 |
CENTRO DE PROTECCION Y ALBERGUE KUARAHY RESE |
51 |
CENTRO COMUNITARIO TARUMANDYMI |
52 |
CENTRO DE PROTECCION Y REHABILITACION YHOVY´I |
53 |
CENTRO DE REHABILITACION PUNTA PORA |
54 |
ESPACIO DE PROTECCION INMEDIATA EPI |
55 |
DIRECCION DE CUIDADOS ALTERNATIVOS DICUIDA |
56 |
ESPACIO ASUNCION -USF YUKYTY |
57 |
ESPACIO REFUGIO RC4- ASUNCIÓN ZEBALLOS CUÉ |
58 |
ESPACIO COMUNITARIO SAN MIGUEL - COPACO, ASUNCIÓN |
59 |
ESPACIO VILLA ESPERANZA -RI 14, ASUNCIÓN TACUMBÚ |
60 |
ESPACIO ADOLESCENTE B° SAN FRANCISCO ZEBALLOS |
Obs. Esta lista de centros y posibles destinos se realiza en carácter ilustrativo y podría estar sujeto a modificaciones según los requerimientos de la convocante.-
COMPOSICIÓN DE LAS CESTAS BÁSICAS PARA BENEFICIARIOS DEL MINNA
OPCION 1
Serán 2 bolsas de plástico transparentes, resistentes, de mínimo 100 micrones, para la conformación de las canastas básicas de alimentos para 5 enterantes
En 1 bolsa sellada, los siguientes productos
PRODUCTO |
CANTIDAD |
Fideo Tallarín |
5 paquetes de 400 gramos |
Arroz tipo 1 |
5 paquetes de 1 kilo |
Yerba Mate |
3 paquetes de 1 kilo |
Harina de trigo 0000 |
4 paquetes de 1 kilo |
Poroto |
4 paquetes de 500 gramos |
Azúcar Blanca |
5 paquetes de 1 kilo |
Sal yodada |
1 paquete de 1 kilo |
En otra bolsa sellada los siguientes productos:
Coquito |
1 bolsa de 5 kilos |
Aceite 100% de girasol |
1 bidón de 5 litros |
Leche Entera Líquida UHT |
24 unidades de 1 litro |
OPCION 2:
1 bolsa de plástico transparente, resistente, de mínimo 100 micrones, para la conformación de las canastas básicas de alimentos para 3 integrantes.
PRODUCTO |
CANTIDAD |
Fideo Tallarín |
4 paquetes de 400 gramos |
Arroz tipo 1 |
4 paquetes de 1 kilo |
Yerba Mate |
2 paquetes de 1 kilo |
Harina de trigo 0000 |
3 paquetes de 1 kilo |
Poroto |
3 paquetes de 500 gramos |
Azúcar Blanca |
4 paquetes de 1 kilo |
Sal yodada |
1 paquete de 1 kilo |
Coquito |
1 bolsa de 5 kilos |
Aceite 100% de girasol |
1 bidón de 3 litros |
Leche Entera Líquida UHT |
12 unidades de 1 litro |
OPCION 3:
1 bolsa de plástico transparente, resistente, de mínimo 100 micrones, para la conformación de las canastas básicas de alimentos para 1 integrante.
PRODUCTO |
CANTIDAD |
Fideo Tallarín |
3 paquetes de 400 gramos |
Arroz tipo 1 |
3 paquetes de 1 kilo |
Yerba Mate |
1 paquetes de 1 kilo |
Harina de trigo 0000 |
2 paquetes de 1 kilo |
Poroto |
2 paquetes de 500 gramos |
Azúcar Blanca |
3 paquetes de 1 kilo |
Sal yodada |
1 paquete de 500 gramos |
Coquito |
1 bolsa de 2 kilos |
Aceite 100% de girasol |
1 bidón de 900 litros |
Leche Entera Líquida UHT |
12 unidades de 1 litro |
MULTAS.
Las multas y otras penalidades que regirán el contrato serán aplicadas conjuntamente a las Condiciones Generales del Contrato y las insertas en el contrato mismo. Llegado al monto equivalente a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la Contratante podrá aplicar el procedimiento de rescisión de contratos de conformidad al Artículo 59 inc. c) de la Ley N° 2.051/03 De Contrataciones Públicas, caso contrario deberá seguir aplicando el monto de las multas que correspondan.
El valor de las multas se calculará en los siguientes casos:
La rescisión del contrato o la aplicación de multas por encima del porcentaje de la Garantía de Cumplimiento del Contrato deberá comunicarse a la DNCP a los fines previstos en el artículo 72 de la Ley N° 2051/03 De Contrataciones Públicas.
NO APLICA.-
Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
(Indicar el N°) |
(Indicar la descripción de los servicios) |
(Insertar la cantidad de rubros de servicios a proveer) |
(Indicar la unidad de medida de los rubros de servicios |
(Indicar el nombre del lugar) |
(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s) |
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Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
Todos los productos deberán estar contenidos en envases aptos para estar en contacto con
Alimentos; que confieran protección contra la contaminación del producto, y salvaguarden las cualidades higiénicas, nutricionales, tecnológicas y organolépticas del alimento, con tapa o cierre inviolables y deberán cumplir con la Resolución MERCOSUR GMC 03/92 Reglamento Técnico de criterios generales de envases y equipamientos alimentarios, vigente.-El envase contenedor de los alimentos, en los casos que se aplique, deberá ser de material resistente al peso contenido en ella, que no permita el deterioro del envase individual, resistente al apilamiento según indicaciones del fabricante, con la parte superior e inferior lacradas, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidos.
ESPECIFICACIONES DEL ROTULADO GENERAL Y NUTRICIONAL
El alimento deberá cumplir con lo establecido en la Resolución MERCOSUR GMC 26/03 RTM
Para Rotulado de Alimentos Envasados y la Resolución MERCOSUR GMC 22/02 RTM Para expresar la Indicación Cuantitativa del Contenido Neto de los Productos Promediados y con lo establecido en el Decreto Nº 1.635/99 que Reglamenta el art. 175 de la Ley Nº 836/80 Código Sanitario, Resolución GMC 46/03 Para Rotulado Nutricional de Alimentos Envasados y Resolución 47/03 Porciones de Alimentos envasados a los fines del Rotulado Nutricional. De acuerdo a las reglamentaciones arriba citadas las etiquetas de los envases deberán estar impresas de forma clara e indeleble, y deberá presentar la siguiente información:
Requisito General
Los oferentes deben proveer toda la información necesaria que permita al MINISTERIO DE LA DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA, analizar y determinar, si los productos ofertados, cumplen con cada característica establecida a través de la presente especificación técnica.
Las bolsas con los productos alimenticios deben ser transportadas en camiones cerrados, debidamente acondicionados para el transporte de los alimentos, bien acondicionados, con buena higiene y protegidos de agua y contaminación.
Además la estructura de los camiones, el mismo debe permitir un adecuado lavado, desinfección, desagüe y circulación de aire en su interior.
VENCIMIENTOS: Los vencimientos de los productos deberán estar registrados en los envases de manera clara y visible. Los vencimientos solicitados están señalados en las especificaciones técnicas para cada insumo requerido.
Para el Lote 2 CESTAS BASICAS: Por cada envase y/o paquete de productos no perecederos, leches y aceites, deberán llevar la inscripción en forma legible y con tinta indeleble lo siguiente:
USO EXCLUSIVO DEL MINISTERIO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA PROHIBIDA SU VENTA. |
ESPECIFICACIÓN TECNICA DE LA BOLSA DE CESTAS BÁSICAS:
PRODUCTO |
PRESENTACIÓN |
Bolsas de Plástico |
El contenido de cada cesta deberá entregarse dentro de una Bolsa de plástico polietileno de baja densidad, de mínimo 100 micrones, resistentes, gruesas con la leyenda USO EXCLUSIVO DEL MINISTERIO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA PROHIBIDA SU VENTA, con tinta indeleble. (Visible a simple vista en el centro de la bolsa). |
SERAN ENTREGADAS EN 1 BOLSA DE PLASTICO TRASPARENTES, RESISTENTES PARA LA CONFORMACIÓN DE LAS CANASTAS BASICAS DE ALIMENTOS, para facilitar la provisión y traslado de las entregas.
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
La empresa oferente deberá presentar las Muestras de los ítems solicitados, el mismo día y hora de la apertura de ofertas y formará parte de la oferta.
Todas las muestras se deberán presentar por escrito dirigido a la convocante indicando el Listado de todas las muestras entregadas, y deberán ser debidamente identificadas, rotuladas, indicando la empresa y número de ítem.
Las Muestras solicitadas son los siguientes:
LOTE 1: Se deberán presentar las muestras de los siguientes ítems: 14;15;16;17;18;19;20;21;22;23;24;25;26;27;28;29;30;31;32;33;34;35;36;37;38;39;40;41;42;43; 50;51.
LOTE 2: Se deberán presentar las muestras de todos los items solicitados: Las muestras que componen el Lote N° 2 CESTAS BASICAS deberán ser entregadas dentro de una bolsa plástica de polietileno trasparente de baja densidad, de 100 micrones aproximadamente. La mismas deberán ser resistentes, gruesas y contener en forma legible y con tinta indeleble la siguiente leyenda: USO EXCLUISO DEL MINISTERIO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA- PROHIBIDO SU VENTA.
LA FALTA DE PRESENTACIÓN DE LAS MUESTRAS SOLICITADAS EN LA FORMA Y PLAZO ESTABLECIDOS EN EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, SERÁ CAUSAL DE DESCALIFICACIÓN DE LA OFERTA.
Se evaluará en detalle el cumplimento de las Especificaciones Técnicas donde se corroborará la correspondencia de la marca, procedencia, presentación, tamaños, según los datos de la oferta y la documentación presentada.
Con este se criterio determinará si los alimentos cumplen o no con las Especificaciones Técnicas y el Plan de entregas, que serán aplicados al total de lo ofertado acorde a las muestras solicitadas junto a la oferta.
Una vez concluida las inspecciones hechas a las muestras provistas por los oferentes, quedarán en poder de la Dirección Unidad Operativa de Contrataciones momentáneamente, entendiendo que como dicha presentación es de categoría sustancial y no subsanable; las muestras serán aval del acta de evaluación y ante cualquier discrepancia o cuestionamiento sobre lo dicho en el informe, será prueba fiel del desarrollo del contenido.
Las muestras podrán ser devueltas a los oferentes, una vez de que haya finiquitado el periodo de protesta contemplado en la ley 2051/03, para los oferentes que no hayan calificado, y para los oferentes que hayan sido adjudicados una vez de que se haya cumplido el total de las obligaciones contraídas.
Las entregas de las muestras serán reclamadas por los oferentes de la siguiente manera:
Para los oferentes que no hayan calificado: por escrito presentado en la mesa de entrada de la Dirección Operativa de Contrataciones, hasta 2 (dos) días hábiles posteriores a la fecha límite de presentación de protestas.
Para los oferentes adjudicados: por escrito presentado en la mesa de entrada de la Dirección Operativa de Contrataciones, hasta 2 (dos) días hábiles posteriores al término de las obligaciones contraídas, salvo que por las características del producto el mismo no pueda ser almacenado por dicho tiempo.
Pasado el tiempo límite, no se realizará ninguna devolución.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Orden de compra, cronograma, ruta de entrega |
Nota de Remisión |
Enero 2022 a Diciembre 2023 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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