Entre la AGENCIA FINANCIERA DE DESARROLLO (AFD) con RUC Nº 80035190-8, creada por Ley Nº 2.640 del 27 de julio de 2005, modificada y ampliada por Ley N° 6.769 del 16 de julio del 2021, domiciliada en Herib Campos Cervera Nº 886 c/ Aviadores del Chaco, República del Paraguay, representada para este acto por su Presidenta xxx, y el Gerente General xxx, denominada en adelante la CONTRATANTE, por una parte, y, por la otra, la firma xxx, denominada en adelante el PROVEEDOR; denominadas en conjunto "LAS PARTES" e individualmente, "PARTE"; acuerdan celebrar el presente contrato para la provisión del SERVICIO DE ALQUILER DE MÁQUINAS EXPENDEDORAS DE AGUA PARA LA AFD, el cual estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
El objeto del contrato es:
El objeto del presente contrato es la provisión del servicio de Alquiler de Máquinas Expendedoras de Agua para la AFD; a ser proveído por el Proveedor a la Contratante.
Los documentos contractuales firmados por las partes y que forman parte integral del Contrato son los siguientes:
Los documentos que forman parte del contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o discrepancia entre los mismos, la prioridad se dará en el orden enunciado anteriormente.
El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente contrato está previsto conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria vinculado al Programa Anual de Contrataciones (PAC) con el ID N°: 403.267
El contrato es el resultado del procedimiento de CONTRATACIÓN DIRECTA N° 17 convocado por la AGENCIA FINANCIERA DE DESARROLLO según Resolución de Presidencia N°xxx de fecha xxx. La adjudicación fue realizada según Resolución de Presidencia N° xxx de fecha xxx.
[Formato de Tabla]
N° de Orden |
N° de Ítem/Lote |
Descripción |
Marca |
Procedencia |
Unidad de Medida |
Cantidad |
Precio Unitario |
Monto Total |
1 |
1 |
Alquiler de cinco (5) máquinas expendedoras de agua, según especificaciones técnicas. |
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|
Mes |
24 |
[cargar precio unitario] |
[Cargar precio total] |
El monto total del presente contrato asciende a la suma de: _________________________Total: [sumatoria]
El Proveedor se compromete a proveer los Bienes a la Contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a las disposiciones del Contrato.
La Contratante se compromete a pagar al Proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en esta carta de invitación.
El servicio se estima tendrá una duración de 24(veinticuatro) meses y los pagos serán realizados dentro de los 30 (treinta) días posteriores a la culminación del suministro y/o servicio eventualmente realizada, atendiendo a la presentación de la factura respectiva, siempre y cuando la factura reúna los requisitos/requerimientos exigidos para el pago.
Los pagos estarán sujetos a la disponibilidad del Plan Financiero de la AFD, y la obtención del Código de Contratación emitido por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) y podrán ser efectuados por La Contratante en cheque o transferencia en guaraníes a través del Banco Central del Paraguay, dentro de los 60 días de haber recibido la factura de crédito y previa recepción de los servicios por el área encargada, y una vez constatado el pleno cumplimiento de las cláusulas contractuales por parte del Proveedor.
La Contratante procederá, si corresponde, a la retención de los siguientes impuestos: Renta, IVA y 0,5% sobre el importe de cada factura, una vez deducidos los impuestos mencionados precedentemente, conforme a lo establecido en la Ley Nº 6672/2020 QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN VIGENTE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021, la cual modifica en su Art. 267° la tasa fijada en el artículo 41° de la Ley Nº 2.051/03 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.
La vigencia del presente contrato será:
Este contrato tendrá de vigencia desde el xx hasta el cumplimiento de todas las obligaciones.
El presente llamado es plurianual para los ejercicios fiscales 2021, 2022 y 2023. Los pagos correspondientes a cada ejercicio fiscal estarán sujetos a su aprobación presupuestaria correspondiente.
CONFIDENCIALIDAD
EL CONTRATADO/EL PROVEEDOR, así como cada una de las personas que intervengan en el desarrollo y ejecución de los servicios contratados y su personal dependiente o contratado, se obligan a que cualquier información dada a conocer por LA AFD, así como la que pudiesen desarrollar de forma conjunta durante la ejecución del contrato, será mantenida confidencial, reservada o secreta, y no podrá divulgarse o revelarse total o parcialmente a personas ajenas a las partes, así como tampoco a ningún medio conocido o por conocer. A tales efectos, serán consideradas confidenciales aquellas provenientes de informaciones financieras y técnicas, planes de negocios, información personal, dibujos, ejemplos, prototipos, diseños, herramientas, informes, demostraciones, secretos comerciales, información técnica, sistemas de computación y software, resultados de investigaciones, listas de clientes y otros datos en forma oral o escrita, relacionada con la tecnología, ya sea que dicha comunicación se produzca verbalmente, visualmente, o mediante demostraciones o cualquier otro medio, tanto en forma de dibujos, modelos, documentos impresos, audiovisuales, y/o formato de archivos digitales o electrónicos o de cualquier otra manera.
EL CONTRATADO/EL PROVEEDOR tendrá las siguientes obligaciones:
Mantener la confidencialidad de la información y no revelar a terceras personas, en beneficio propio o ajeno, sin el consentimiento previo y por escrito de LA AFD. Esta obligación se extenderá a los desarrollos, resultados, informes o productos finales o parciales, que se produzcan como consecuencia del uso de la información intercambiada en la ejecución de los servicios.
Instruir que las personas que estén a su cargo y las que intervengan en la ejecución de los servicios, se sometan a la obligación de confidencialidad aquí establecida. Consecuencia de lo anterior, les quedará prohibido a estas personas transferir o suministrar a terceros a cualquier título, información que obtenga de las otras partes en la ejecución de los servicios contratados. Al efecto de lo dispuesto en el presente apartado, las personas que intervengan en la ejecución de los servicios deberán suscribir una Carta Compromiso de Confidencialidad en la cual constarán sus obligaciones.
Divulgar la información de que trata la presente cláusula única y exclusivamente a los empleados, contratistas y dependientes que deban conocerla para el desarrollo de sus actividades dentro del contrato y bajo obligación de confidencialidad.
Tratar confidencialmente toda la información recibida directa o indirectamente de LA AFD, y no utilizar ningún dato de esa información de ninguna manera distinta al propósito del presente contrato
Adoptar todas las medidas de seguridad razonables de acuerdo con la naturaleza de la información para garantizar la confidencialidad, secreto y reserva de la misma.
Mantener en confidencialidad toda información dada a conocer que pueda ser objeto de protección como Propiedad Intelectual en sí misma.
No manejar, usar, explotar, o divulgar la información confidencial a ninguna persona o entidad por ningún motivo en contravención a lo dispuesto en este instrumento, salvo que sea expresamente autorizado por escrito a hacerlo por LA AFD.
No serán consideradas confidenciales en los siguientes casos:
Si se trata de información que sea de dominio público, o en lo sucesivo pase a ser de dominio público, por medios diferentes de una actividad no autorizada o una omisión de EL CONTRATADO/EL PROVEEDOR; o se trate de información que obre en poder de EL CONTRATADO/EL PROVEEDOR y no esté sujeta a obligaciones de secreto y no haya sido obtenida del LA AFD; o se trate de información que deba divulgarse en virtud de la legislación vigente o por disposición de la autoridad competente administrativa o judicial.
Si la Información o cualquier parte de ella es legalmente obtenida por EL CONTRATADO/EL PROVEEDOR de una tercera parte o partes sin infracción de este acuerdo por EL CONTRATADO/EL PROVEEDOR, demostrando que la tercera parte es una fuente legal de Información.
Si la Información o cualquier parte de ella fue conocida por EL CONTRATADO/EL PROVEEDOR antes de su divulgación por LA AFD siempre que aquél sea capaz de acreditar dicho conocimiento.
El incumplimiento a la obligación de confidencialidad será considerado como causal de incumplimiento del contrato y dará derecho a la rescisión del mismo, así como al reclamo de indemnización por daños y perjuicios.
La duración de la obligación de confidencialidad, secreto y/o reserva, se extenderá mientras la información sea considera de carácter confidencial, secreta y/o reservada, e inclusive luego de la terminación de los servicios contratados.
Los bienes y/o servicios deberán ser entregados y/o prestados dentro de los plazos establecidos en el Cronograma de Entregas de la Carta de Invitación.
La administración de éste contrato estará a cargo de:
Servicios Generales de la AFD
La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Contractuales de la presente carta de invitación, la cual se presentará a más tardar dentro de los diez (10) días calendarios siguientes a la firma del contrato.
El adjudicado deberá en el plazo de quince (15) días calendario desde la firma del presente contrato, presentar ante el administrador de contrato, la constancia o constancias de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, de todos los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19.
En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, se deberá remitir a la convocante la actualización de la mencionada declaración jurada, una vez finalizada la ejecución del presente contrato.
Las multas y otras penalidades que rigen en el presente contrato serán aplicadas conforme con lo establecido en las Condiciones Contractuales de la presente carta de invitación. Llegado al monto equivalente a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la Contratante podrá aplicar el procedimiento de rescisión de contratos de conformidad al Artículo 59 inc. c) de la Ley N° 2.051/2003 "De Contrataciones Públicas", caso contrario deberá seguir aplicando el monto de las multas que correspondan.
La rescisión del contrato o la aplicación de multas por encima del porcentaje de la Garantía de Cumplimiento del Contrato deberá comunicarse a la DNCP a los fines previstos en el artículo 72 de la Ley N° 2051/2003 "De Contrataciones Públicas", modificado por Ley N° 6716/2021.
Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2051/2003 y en las condiciones contractuales de la presente carta de invitación.
Cualquier diferencia que surja durante la ejecución del contrato se dirimirá conforme a las reglas establecidas en la legislación aplicable y en las condiciones contractuales.
Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la Contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el Contrato o la parte del mismo que sea afectada por la nulidad, quedará automáticamente sin efecto de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la DNCP, debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato.
EN TESTIMONIO de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de ___________________ República del Paraguay al día___________ mes___________ y año_____________.
Firmado por: _____________________________ en nombre de la Contratante.
Firmado por: _____________________________ en nombre del Proveedor.