En el Pliego de bases y condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM N° 3, Switch Tipo 2, Funcionalidades L3, se solicita:
Distance Vector Multicast Routing Protocol
Al respecto, se solicita a la convocante disponer este requisito como OPCIONAL, teniendo en cuenta que no es técnicamente indispensable para el buen funcionamiento del equipo y no se altera o disminuye en cuanto a su funcionalidad y calidad de acuerdo a las necesidades de la Convocante. Además se menciona que dicha especificación fue tomada de la marca y modelo Alcatel-Lucent OmniSwitch 6450 que puede ser verificado desde el catalogo Técnico de esta marca, https://www.al-enterprise.com/-/media/assets/internet/documents/omniswitch-6450-24-48-datasheet-en.pdf
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato , y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el Pliego de bases y condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM N° 3, Switch Tipo 2, Funcionalidades L3, se solicita:
Distance Vector Multicast Routing Protocol
Al respecto, se solicita a la convocante disponer este requisito como OPCIONAL, teniendo en cuenta que no es técnicamente indispensable para el buen funcionamiento del equipo y no se altera o disminuye en cuanto a su funcionalidad y calidad de acuerdo a las necesidades de la Convocante. Además se menciona que dicha especificación fue tomada de la marca y modelo Alcatel-Lucent OmniSwitch 6450 que puede ser verificado desde el catalogo Técnico de esta marca, https://www.al-enterprise.com/-/media/assets/internet/documents/omniswitch-6450-24-48-datasheet-en.pdf
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato , y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
Favor remitirse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones..
32
*-Switch Tipo 2
En el Pliego de bases y condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM N° 3, Switch Tipo 2, Protocolos de DC, se solicita:
Shortest Path Bridging, Edge Virtual Bridging (EVB), Converged Enhanced Ethernet, Enhanced Transmission Selection, Dynamic Virtual Network Profiles, Data Center Bridging Capabilities Exchange Protocol
Al respecto, se solicita a la convocante disponer este requisito como OPCIONAL, teniendo en cuenta que no es técnicamente indispensable para el buen funcionamiento del equipo y no se altera o disminuye en cuanto a su funcionalidad y calidad de acuerdo a las necesidades de la Convocante. Además se menciona que dicha especificación fue tomada de la marca y modelo Alcatel-Lucent OmniSwitch 6450 que puede ser verificado desde el catalogo Técnico de esta marca, https://www.al-enterprise.com/-/media/assets/internet/documents/omniswitch-6450-24-48-datasheet-en.pdf
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato , y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el Pliego de bases y condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM N° 3, Switch Tipo 2, Protocolos de DC, se solicita:
Shortest Path Bridging, Edge Virtual Bridging (EVB), Converged Enhanced Ethernet, Enhanced Transmission Selection, Dynamic Virtual Network Profiles, Data Center Bridging Capabilities Exchange Protocol
Al respecto, se solicita a la convocante disponer este requisito como OPCIONAL, teniendo en cuenta que no es técnicamente indispensable para el buen funcionamiento del equipo y no se altera o disminuye en cuanto a su funcionalidad y calidad de acuerdo a las necesidades de la Convocante. Además se menciona que dicha especificación fue tomada de la marca y modelo Alcatel-Lucent OmniSwitch 6450 que puede ser verificado desde el catalogo Técnico de esta marca, https://www.al-enterprise.com/-/media/assets/internet/documents/omniswitch-6450-24-48-datasheet-en.pdf
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato , y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
Recordamos que son equipos para Datacenter.
Favor remitirse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones.
33
*-Switch Tipo 2
En el Pliego de bases y condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM N° 3, Switch Tipo 2, Cumplimiento de RFCs, se solicita:
RFC 2698, RFC 1518, RFC 4253, RFC 3542, RFC 2401, RFC 2866, RFC 5060, RFC 3246, RFC 2819, RFC 1256, RFC 2271, RFC 1151, RFC 3021, RFC 3484, RFC 3623, RFC 4541, RFC 2463, RFC 1215, RFC 3176, RFC 1826, RFC 1867, RFC 2251, RFC 1350, RFC 2365, RFC 950, RFC 2674, RFC 4301, RFC 2284, RFC 1493, RFC 2439, RFC 3587, RFC 2570-2576, RFC 6585, RFC 4724, RFC 4007, RFC 2763, RFC 2402, RFC 4252, RFC 2618, RFC 4418, RFC 3636, RFC 2854, RFC 4862, RFC 2710, RFC 3513, RFC 4305, RFC 1142, RFC 2228, RFC 7348, RFC 896, RFC 1981, RFC 1901, RFC 1745, RFC 2858, RFC 4113, RFC 2138, RFC 4601, RFC 2233, RFC 3635, RFC 2620, RFC 1212, RFC 2461, RFC 2933, RFC 2131, RFC 1305, RFC 2465, RFC 1519, RFC 1191, RFC 4122, RFC 5306, RFC 2711, RFC 1058, RFC 2466, RFC 4486, RFC 2396, RFC 3414, RFC 4213, RFC 1403, RFC 2003, RFC 1722, RFC 3493, RFC 2616, RFC 3392, RFC 3056, RFC 2385, RFC 1122, RFC 5059, RFC 3569, RFC 4861, RFC 3023, RFC 1215, RFC 855, RFC 3376, RFC 1765, RFC 5095, RFC 4087, RFC 1321, RFC 3060, RFC 2460, RFC 768, RFC 2104, RFC 4303, RFC 1075, RFC 3315, RFC 1723, RFC 1997, RFC 3596, RFC 5492, RFC 2139, RFC 854, RFC 2784, RFC 2080, RFC 5015, RFC 3595, RFC 4308, RFC 2697, RFC 2715, RFC 4627, RFC 4193, RFC 2452, RFC 2096, RFC 1657, RFC 2740, RFC 4301, RFC 5240, RFC 4234, RFC 1643, RFC 2132, RFC 2042, RFC 2284, RFC 5120, RFC 4251, RFC 2668
Al respecto, se solicita a la convocante disponer este requisito como OPCIONAL, teniendo en cuenta que no es técnicamente indispensable para el buen funcionamiento del equipo y no se altera o disminuye en cuanto a su funcionalidad y calidad de acuerdo a las necesidades de la Convocante. Además se menciona que dicha especificación fue tomada de la marca y modelo Alcatel-Lucent OmniSwitch 6450 que puede ser verificado desde el catalogo Técnico de esta marca, https://www.al-enterprise.com/-/media/assets/internet/documents/omniswitch-6450-24-48-datasheet-en.pdf
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato , y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el Pliego de bases y condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM N° 3, Switch Tipo 2, Cumplimiento de RFCs, se solicita:
RFC 2698, RFC 1518, RFC 4253, RFC 3542, RFC 2401, RFC 2866, RFC 5060, RFC 3246, RFC 2819, RFC 1256, RFC 2271, RFC 1151, RFC 3021, RFC 3484, RFC 3623, RFC 4541, RFC 2463, RFC 1215, RFC 3176, RFC 1826, RFC 1867, RFC 2251, RFC 1350, RFC 2365, RFC 950, RFC 2674, RFC 4301, RFC 2284, RFC 1493, RFC 2439, RFC 3587, RFC 2570-2576, RFC 6585, RFC 4724, RFC 4007, RFC 2763, RFC 2402, RFC 4252, RFC 2618, RFC 4418, RFC 3636, RFC 2854, RFC 4862, RFC 2710, RFC 3513, RFC 4305, RFC 1142, RFC 2228, RFC 7348, RFC 896, RFC 1981, RFC 1901, RFC 1745, RFC 2858, RFC 4113, RFC 2138, RFC 4601, RFC 2233, RFC 3635, RFC 2620, RFC 1212, RFC 2461, RFC 2933, RFC 2131, RFC 1305, RFC 2465, RFC 1519, RFC 1191, RFC 4122, RFC 5306, RFC 2711, RFC 1058, RFC 2466, RFC 4486, RFC 2396, RFC 3414, RFC 4213, RFC 1403, RFC 2003, RFC 1722, RFC 3493, RFC 2616, RFC 3392, RFC 3056, RFC 2385, RFC 1122, RFC 5059, RFC 3569, RFC 4861, RFC 3023, RFC 1215, RFC 855, RFC 3376, RFC 1765, RFC 5095, RFC 4087, RFC 1321, RFC 3060, RFC 2460, RFC 768, RFC 2104, RFC 4303, RFC 1075, RFC 3315, RFC 1723, RFC 1997, RFC 3596, RFC 5492, RFC 2139, RFC 854, RFC 2784, RFC 2080, RFC 5015, RFC 3595, RFC 4308, RFC 2697, RFC 2715, RFC 4627, RFC 4193, RFC 2452, RFC 2096, RFC 1657, RFC 2740, RFC 4301, RFC 5240, RFC 4234, RFC 1643, RFC 2132, RFC 2042, RFC 2284, RFC 5120, RFC 4251, RFC 2668
Al respecto, se solicita a la convocante disponer este requisito como OPCIONAL, teniendo en cuenta que no es técnicamente indispensable para el buen funcionamiento del equipo y no se altera o disminuye en cuanto a su funcionalidad y calidad de acuerdo a las necesidades de la Convocante. Además se menciona que dicha especificación fue tomada de la marca y modelo Alcatel-Lucent OmniSwitch 6450 que puede ser verificado desde el catalogo Técnico de esta marca, https://www.al-enterprise.com/-/media/assets/internet/documents/omniswitch-6450-24-48-datasheet-en.pdf
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato , y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
Favor remitirse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones.
34
*-Switch Tipo 2
En el Pliego de bases y condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM N° 3, Switch Tipo 2, Cumplimiento de RFCs, se solicita:
Unidirectional Link Detection (UDLD) o similar
Al respecto, se solicita a la convocante disponer este requisito como OPCIONAL, teniendo en cuenta que no es técnicamente indispensable para el buen funcionamiento del equipo y no se altera o disminuye en cuanto a su funcionalidad y calidad de acuerdo a las necesidades de la Convocante. Además se menciona que dicha especificación fue tomada de la marca y modelo Alcatel-Lucent OmniSwitch 6450 que puede ser verificado desde el catalogo Técnico de esta marca, https://www.al-enterprise.com/-/media/assets/internet/documents/omniswitch-6450-24-48-datasheet-en.pdf
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato , y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el Pliego de bases y condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM N° 3, Switch Tipo 2, Cumplimiento de RFCs, se solicita:
Unidirectional Link Detection (UDLD) o similar
Al respecto, se solicita a la convocante disponer este requisito como OPCIONAL, teniendo en cuenta que no es técnicamente indispensable para el buen funcionamiento del equipo y no se altera o disminuye en cuanto a su funcionalidad y calidad de acuerdo a las necesidades de la Convocante. Además se menciona que dicha especificación fue tomada de la marca y modelo Alcatel-Lucent OmniSwitch 6450 que puede ser verificado desde el catalogo Técnico de esta marca, https://www.al-enterprise.com/-/media/assets/internet/documents/omniswitch-6450-24-48-datasheet-en.pdf
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato , y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
Favor remitirse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones.
35
*-Switch Tipo 2
En el Pliego de bases y condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM N° 3, Switch Tipo 2, Cumplimiento de RFCs, se solicita:
IEEE 802.1Qbb, IEEE 802.1ak, IEEE 802.1Qaz, IEEE 802.3an, IEEE 802.1 CEE, EN 60825-1, US UL 60950, CDRH, Ethernet Ring Protection conforme recomendación de la ITU-T G.8032, Directiva EMC 89/336/EEC
Al respecto, se solicita a la convocante disponer este requisito como OPCIONAL, teniendo en cuenta que no es técnicamente indispensable para el buen funcionamiento del equipo y no se altera o disminuye en cuanto a su funcionalidad y calidad de acuerdo a las necesidades de la Convocante. Además se menciona que dicha especificación fue tomada de la marca y modelo Alcatel-Lucent OmniSwitch 6450 que puede ser verificado desde el catalogo Técnico de esta marca, https://www.al-enterprise.com/-/media/assets/internet/documents/omniswitch-6450-24-48-datasheet-en.pdf
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato , y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el Pliego de bases y condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM N° 3, Switch Tipo 2, Cumplimiento de RFCs, se solicita:
IEEE 802.1Qbb, IEEE 802.1ak, IEEE 802.1Qaz, IEEE 802.3an, IEEE 802.1 CEE, EN 60825-1, US UL 60950, CDRH, Ethernet Ring Protection conforme recomendación de la ITU-T G.8032, Directiva EMC 89/336/EEC
Al respecto, se solicita a la convocante disponer este requisito como OPCIONAL, teniendo en cuenta que no es técnicamente indispensable para el buen funcionamiento del equipo y no se altera o disminuye en cuanto a su funcionalidad y calidad de acuerdo a las necesidades de la Convocante. Además se menciona que dicha especificación fue tomada de la marca y modelo Alcatel-Lucent OmniSwitch 6450 que puede ser verificado desde el catalogo Técnico de esta marca, https://www.al-enterprise.com/-/media/assets/internet/documents/omniswitch-6450-24-48-datasheet-en.pdf
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato , y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
Favor remitirse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones.
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*-Switch Tipo 2
En el Pliego de bases y condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM N° 3, Switch Tipo 2, Funcionalidades de L2, se solicita:
HA-VLAN, STP Root Guard, BPDU blocking
Al respecto, se solicita a la convocante disponer este requisito como OPCIONAL, teniendo en cuenta que no es técnicamente indispensable para el buen funcionamiento del equipo y no se altera o disminuye en cuanto a su funcionalidad y calidad de acuerdo a las necesidades de la Convocante. Además se menciona que dicha especificación fue tomada de la marca y modelo Alcatel-Lucent OmniSwitch 6450 que puede ser verificado desde el catalogo Técnico de esta marca, https://www.al-enterprise.com/-/media/assets/internet/documents/omniswitch-6450-24-48-datasheet-en.pdf
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato , y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el Pliego de bases y condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM N° 3, Switch Tipo 2, Funcionalidades de L2, se solicita:
HA-VLAN, STP Root Guard, BPDU blocking
Al respecto, se solicita a la convocante disponer este requisito como OPCIONAL, teniendo en cuenta que no es técnicamente indispensable para el buen funcionamiento del equipo y no se altera o disminuye en cuanto a su funcionalidad y calidad de acuerdo a las necesidades de la Convocante. Además se menciona que dicha especificación fue tomada de la marca y modelo Alcatel-Lucent OmniSwitch 6450 que puede ser verificado desde el catalogo Técnico de esta marca, https://www.al-enterprise.com/-/media/assets/internet/documents/omniswitch-6450-24-48-datasheet-en.pdf
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato , y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
Favor remitirse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones.
37
*-Sistema de Adjudicación
En la parte anexa al llamado publicado, BASES Y CONDICIONES SICP COMPLEMENTO DE LA VERSION IMPRESA, se indica:
Forma de Adjudicación: Por Total
Al respecto solicitamos a la Convocante que el sistema de adjudicación sea establecido por Item, de la siguiente manera:
Item 1 Servidor Tipo 1, Cant. 10;
Item 2. Switch Tipo 1, Cant. 10;
Item 3. Switch Tipo 2 Cant. 6
Hacemos este pedido considerando que los equipos no tienen relación de dependencia tecnológica ni implementación que involucre una interconexión entre ellos. De esta manera se podrán permitir la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Lo solicitado se cursa a los efectos de presentar una oferta que se ajusta a las necesidades de la Convocante.
En la parte anexa al llamado publicado, BASES Y CONDICIONES SICP COMPLEMENTO DE LA VERSION IMPRESA, se indica:
Forma de Adjudicación: Por Total
Al respecto solicitamos a la Convocante que el sistema de adjudicación sea establecido por Item, de la siguiente manera:
Item 1 Servidor Tipo 1, Cant. 10;
Item 2. Switch Tipo 1, Cant. 10;
Item 3. Switch Tipo 2 Cant. 6
Hacemos este pedido considerando que los equipos no tienen relación de dependencia tecnológica ni implementación que involucre una interconexión entre ellos. De esta manera se podrán permitir la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Lo solicitado se cursa a los efectos de presentar una oferta que se ajusta a las necesidades de la Convocante.