Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 *- Experiencia En el Pliego de Bases y Condiciones en la sección de REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Experiencia Requerida, se solicita: “El oferente deberá contar con antecedentes en la provisión de bienes objeto de la presente licitación, realizadas para la ANDE, Entes Públicos y/o Privados, acreditadas mediante Certificados expedidos por clientes, Contratos finiquitados y/o facturaciones expedidas, de cualquiera de los últimos cinco (5) años (2017, 2018, 2019, 2020 y 2021), o que en sumatoria totalicen el cincuenta por ciento (50%) de lo ofertado en esta Licitación.” Al respecto, SOLICITAMOS a la convocante que sean aceptados como experiencia la provisión de Equipo Digital para Registro de Tiempo y/o Equipos Informáticos, realizadas para la ANDE, Entes Públicos y/o Privados, acreditadas mediante Certificados expedidos por clientes, Contratos finiquitados y/o facturaciones expedidas, de cualquiera de los últimos cinco (5) años (2017, 2018, 2019, 2020 y 2021, o que en sumatoria totalicen el cincuenta por ciento (50%) de lo ofertado en esta Licitación. Con esto la convocante se verá beneficiada al recibir una mayor cantidad de ofertas de otros potenciales oferentes. Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 02-09-2022 08-09-2022
2 *- Software - Equipo Digital para registro de tiempo– Tipo I En Pliego de Bases y Condiciones en la sección de ESPECIFICACIÓN TÉCNICA Nº: 07092021-1; Referencia: Adquisición de Equipo Digital para registro de tiempo– Tipo I, Item 2. Software se solicita: “Software: Software de Gestión de Horarios y Asistencia basado en la WEB, para integración con el sistema actual de la institución. Exigido.” Al respecto, SOLICITAMOS a la convocante indique cual es el sistema que actualmente es utilizado por la ANDE para realizar la gestión de Horarios y Asistencia, cual es el nombre del software y la versión del mismo. Se requiere de esta información a fin de considerar la compatibilidad requerida; y de esta manera los potenciales oferentes podrán ofertar de manera apropiada según las especificaciones de la convocante. Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 02-09-2022 08-09-2022
3 *- Autorización del Fabricante- Equipo Digital para registro de tiempo– Tipo I En Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de ESPECIFICACIÓN TÉCNICA Nº: 07092021-1; Referencia: Adquisición de Equipo Digital para registro de tiempo– Tipo I, Item 4. Autorización del Fabricante se solicita: “Autorización del fabricante: Para los equipos y accesorios ofertados (equipo digital, UPS, Protector de Red Ethernet) se deben incluir en la oferta una carta de autorización del fabricante, representante o distribuidor para presentar la oferta de los bienes solicitados. En los casos de Distribuidores o Representantes, estos deberán contar con la carta del Fabricante dirigida al Representante Regional o Distribuidor Autorizado que le extendió la carta, a fin de demostrar la cadena de autorizaciones que debe ser originada y partir necesariamente del Fabricante. Exigido.” Al respecto, SOLICITAMOS a la convocante indique a qué se refiere con equipo digital; y mencione una descripción técnica de la función que tiene este equipo ya que siendo el protector de red Ethernet un accesorio que normalmente no requiere de Autorizaciones de Fábrica para su comercialización, entendemos que la única razón de solicitar este requerimiento es de favorecer de manera inapropiada a un oferente. En consecuencia se solicita que por estos motivos se requiera únicamente la Carta de Autorización del fabricante, representante o distribuidor para la UPS. Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 02-09-2022 08-09-2022
4 *- Soporte Técnico - Equipo Digital para registro de tiempo– Tipo I En Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de ESPECIFICACIÓN TÉCNICA Nº: 07092021-1; Referencia: Adquisición de Equipo Digital para registro de tiempo– Tipo I, Item 6. Soporte Técnico se solicita: “Soporte Técnico: El oferente deberá poseer como mínimo 2 técnicos certificados en la marca ofertada. Exigido.” Al respecto, SOLICITAMOS a la convocante que sean aceptados al menos 1 técnico certificado en la marca ofertada; de esta manera la convocante se verá beneficiada al recibir mayor cantidad de ofertas de los potenciales oferentes. Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 02-09-2022 08-09-2022
5 *- Software - Equipo Digital para registro de tiempo Tipo II En Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de ESPECIFICACIÓN TÉCNICA Nº: 07092021-2; Referencia: Adquisición de Equipo Digital para registro de tiempo– Tipo II, Item 2. Software se solicita: “Software: Software de Gestión de Horarios y Asistencia basado en la WEB, para integración con el sistema actual de la institución. Exigido.” Al respecto, SOLICITAMOS a la convocante indique cual es el sistema que actualmente es utilizado por la ANDE para realizar la gestión de Horarios y Asistencia, cual es el nombre del software y la versión del mismo. Se requiere de esta información a fin de considerar la compatibilidad requerida; y de esta manera los potenciales oferentes podrán ofertar de manera apropiada. Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 02-09-2022 08-09-2022
6 *- Autorización del Fabricante - Equipo Digital para registro de tiempo– Tipo II En Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de ESPECIFICACIÓN TÉCNICA Nº: 07092021-2; Referencia: Adquisición de Equipo Digital para registro de tiempo– Tipo II, Item 4. Autorización del Fabricante se solicita: “Autorización del fabricante: Para los equipos y accesorios ofertados (equipo digital, UPS, Protector de Red Ethernet) se deben incluir en la oferta una carta de autorización del fabricante, representante o distribuidor para presentar la oferta de los bienes solicitados. En los casos de Distribuidores o Representantes, estos deberán contar con la carta del Fabricante dirigida al Representante Regional o Distribuidor Autorizado que le extendió la carta, a fin de demostrar la cadena de autorizaciones que debe ser originada y partir necesariamente del Fabricante. Exigido.” Al respecto, SOLICITAMOS a la convocante indique a qué se refiere con equipo digital; y mencione una descripción técnica de la función que tiene este equipo ya que siendo el protector de red Ethernet un accesorio que normalmente no requiere de Autorizaciones de Fábrica para su comercialización, entendemos que la única razón de solicitar este requerimiento es de favorecer de manera inapropiada a un oferente. En consecuencia se solicita que por estos motivos se requiera únicamente la Carta de Autorización del fabricante, representante o distribuidor para la UPS. Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 02-09-2022 08-09-2022
7 *- Soporte Técnico - Equipo Digital para registro de tiempo– Tipo II En Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de ESPECIFICACIÓN TÉCNICA Nº: 07092021-2; Referencia: Adquisición de Equipo Digital para registro de tiempo– Tipo II, Item 6. Soporte Técnico se solicita: “Soporte Técnico: El oferente deberá poseer como mínimo 2 técnicos certificados en la marca ofertada. Exigido.” Al respecto, SOLICITAMOS a la convocante que sean aceptados al menos 1 técnico certificado en la marca ofertada; de esta manera la convocante se verá beneficiada al recibir mayor cantidad de ofertas de los potenciales oferentes. Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 02-09-2022 08-09-2022
8 *- Capacitación En Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de ESPECIFICACIÓN TÉCNICA Nº: 07092021-2; Referencia: Adquisición de Equipo Digital para registro de tiempo– Tipo II, Item 5. Capacitación se solicita: “Capacitación: El oferente realizará capacitaciones hasta a 10 funcionarios de la institución para la administración y operación de los equipos. Exigido.” Luego en Pliego de Bases y Condiciones, ESPECIFICACIÓN TÉCNICA Nº: 07092021-2; Referencia: Adquisición de Equipo Digital para registro de tiempo– Tipo I, Item 5. Capacitación se solicita: “Capacitación: El oferente realizará capacitaciones hasta a 10 funcionarios de la institución para la administración y operación de los equipos. Exigido.” Al respecto, entendemos que la capacitación requerida por la convocante será impartida por los técnicos de la empresa adjudicada en las oficinas de la ANDE sito en Av. España 1268 de la ciudad de Asunción en horario a definir de Lunes a Viernes de 07:30 a 17:30 hs., SOLICITAMOS a la convocante confirmar si nuestra apreciación es correcta; y de no ser así favor indicar dónde se realizarán las capacitaciones y el horario en que será realizado; de esta manera los potenciales oferentes puedan ofertar de manera apropiada. Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 02-09-2022 08-09-2022
9 *- Plazo de Entrega En el Pliego de Bases y Condiciones. SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICASTÉCNICAS. Plan de entrega de los bienes, se solicita: “Fecha (s) final (es) de Ejecución de los Bienes: Treinta (30) días calendario contados a partir de la suscripción del Contrato.” SOLICITAMOS a la convocante una prórroga para la entrega de los bienes de unos 60 (sesenta) días a partir de la suscripción del contrato; considerando los prolongados períodos de tiempo que actualmente son necesarios para la fabricación e importación de estos equipos que no se fabrican en nuestro país, y atendiendo además a que continua vigente la situación de estado de emergencia ante la pandemia declarada por la organización mundial de la salud a causa del Covid – 19, a lo que se suma la situación de los enfrentamientos bélicos entre Rusia y Ucrania con la afectación internacional que ello conlleva, lo que como consecuencia, ocasiona sensibles retrasos en la disponibilidad de componentes en el mercado mundial, y que los períodos de tiempo necesarios normalmente para las importaciones y despachos aduaneros se están viendo significativamente afectados por las dificultades en fábrica, transporte, disponibilidad de vuelos, etc., de lo cual la prensa internacional viene desde hace semanas haciéndose eco. Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 02-09-2022 08-09-2022
10 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - SOFTWARE En Pliego de Bases y Condiciones en la sección de ESPECIFICACIÓN TÉCNICA Nº: 07092021-1; Referencia: Adquisición de Equipo Digital para registro de tiempo– Tipo I, Item 2. Software se solicita: “Software: Software de Gestión de Horarios y Asistencia basado en la WEB, para integración con el sistema actual de la institución. Exigido.” Al respecto, SOLICITAMOS a la convocante indique cual es el sistema que actualmente es utilizado por la ANDE para realizar la gestión de Horarios y Asistencia, cual es el nombre del software y la versión del mismo. Se requiere de esta información a fin de considerar la compatibilidad requerida; y de esta manera los potenciales oferentes podrán ofertar de manera apropiada según las especificaciones de la convocante. Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 07-09-2022 08-09-2022
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