El TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA ELECTORAL, con domicilio en la Avda. Eusebio Ayala N° 2759 esq. Santa Cruz de la Sierra, de la ciudad de Asunción, representado en este acto por el Sr. Marcelo Andrés Denis Torrez, con Cédula de Identidad N° 2.243.262, designado como Director de la Unidad Ejecutora de Contratos, por Resolución DGAF/PRESIDENCIA N° 522/2019 de fecha 21 de mayo de 2019 y autorizado por Resolución DGAF/PRESIDENCIA Nº 130/2021 de fecha 27 de enero de 2021, para suscribir contratos vinculados a los procesos de adquisiciones de bienes y servicios, así como los demás actos administrativos regidos por la Ley Nº 2051/03 De Contrataciones Públicas, denominado en adelante la CONTRATANTE, por una parte, y, por la otra, la empresa _______, domiciliada en la calle __________, de la ciudad de _________, República del Paraguay, representada para este acto por _______, con Cédula de Identidad N° ______, en carácter de Representante Legal, denominada en adelante el CONTRATISTA, denominadas en conjunto LAS PARTES, acuerdan celebrar el presente Contrato, para la "REMODELACIÓN Y AMPLIACIÓN DEL BLOQUE H DE LA SEDE CENTRAL DE LA JUSTICIA ELECTORAL PARA EL DEPÓSITO Y RESGUARDO DE BIENES INSTITUCIONALES Y BOLETINES DE VOTO EN EL MARCO DE LA LEY N° 6318/19 - PLURIANUAL 2021/2022", N° 403519, derivado de la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL SBE Nº 7/2021, el cual estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
El objeto del contrato es:
"REMODELACIÓN Y AMPLIACIÓN DEL BLOQUE H DE LA SEDE CENTRAL DE LA JUSTICIA ELECTORAL PARA EL DEPÓSITO Y RESGUARDO DE BIENES INSTITUCIONALES Y BOLETINES DE VOTO EN EL MARCO DE LA LEY N° 6318/19 - PLURIANUAL 2021/2022".
Los documentos contractuales firmados por las partes y que forman parte integral del contrato son los siguientes:
Los documentos que forman parte del contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o discrepancia entre los mismos, la prioridad se dará en el orden enunciado anteriormente.
Los documentos adicionales del contrato son:
No aplica
a. El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente contrato está previsto conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria vinculado al Programa Anual de Contrataciones (PAC) con el ID N°: 403519.
b. Otras consideraciones presupuestarias: Contratación PLURIANUAL 2021/2022 (Sujeto a la aprobación del Presupuesto General de la Nación correspondiente al Ejercicio Fiscal 2022).
El contrato es el resultado del procedimiento de LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL SBE Nº 7/2021 para la "REMODELACIÓN Y AMPLIACIÓN DEL BLOQUE H DE LA SEDE CENTRAL DE LA JUSTICIA ELECTORAL PARA EL DEPÓSITO Y RESGUARDO DE BIENES INSTITUCIONALES Y BOLETINES DE VOTO EN EL MARCO DE LA LEY N° 6318/19 - PLURIANUAL 2021/2022", ID Nº 403519, convocado por Unidad Operativa de Contratación (U.O.C.) de la Institución. La adjudicación fue realizada según acto administrativo N°_______/2021.
El precio total del presente contrato asciende a la suma de: __________________________
La Planilla de Adjudicación se encuentra detallado en el Anexo A, del presente Contrato.
El Banco y Número de cuenta, del Contratista/Proveedor, en el que se realizará el pago, vía acreditación en cuenta Bancaria es ______________
El CONTRATISTA se compromete a prestar los servicios de construcción a la CONTRATANTE y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a las disposiciones del contrato.
La CONTRATANTE se compromete a pagar al CONTRATISTA como contrapartida de la prestación de los servicios de construcción y la subsanación de sus defectos, el precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en las Condiciones Contractuales.
Si durante la ejecución de los trabajos contratados se verificaren variaciones de los rubros que integran la fórmula de ajuste prevista en esta Cláusula, se reconocerá un ajuste de precios, en la siguiente proporción:
El ajuste de precio será efectuado sobre los trabajos necesarios para la finalización de la obra contratada de acuerdo al Cronograma de Obra Contractual.
En caso de que el CONTRATISTA se halle atrasado con respecto al Cronograma de Obra, no se reconocerá ajuste de precios sobre las cantidades en atraso.
El ajuste será calculado conforme a la siguiente fórmula:
Ap= P0 (0,20+0,40 J/J0+0,20 C/C0 +0,20 D/D0) P0.
DONDE:
Ap: Ajuste de precios.
P0: Monto Certificado cotizado en guaraníes según Lista de Precios del Contrato, con deducción del Anticipo.
J: Jornal mínimo de peón albañil de la categoría Edificaciones y Obras del Construcción establecido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a partir de la fecha de la vigencia de la variación de este índice, sobre los trabajos a ejecutar conforme al Cronograma de Obras a las que se refiere el ajuste solicitado.
J0: Jornal mínimo de peón albañil de la categoría Edificaciones y Obras del Construcción establecido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, vigente a la fecha de presentación de ofertas.
C: Índice de Precios al Consumidor (IPC) del cemento publicado por el Banco Central del Paraguay, a partir de la vigencia de la variación de este índice sobre los trabajos a ejecutar conforme al Cronograma de Obras a las que se refiere el ajuste solicitado.
C0: índice de Precios al Consumidor (IPC) del cemento publicado por el Banco Central del Paraguay, vigente a la fecha de presentación de las ofertas.
D: Precio de un litro de Gs Oil, establecido por el Ministerio de Industria y Comercio, a partir de la fecha de la vigencia de la variación de este índice, sobre los trabajos a ejecutar conforme al Cronograma de Obras a las que se refiere el ajuste solicitado.
D0: Precio de un litro de Gas Oil, establecido por el Ministerio de Industria y Comercio, vigente a la fecha de presentación de las ofertas.
El plazo de vigencia del presente contrato será a partir de la firma hasta el cumplimiento total de las obligaciones con el otorgamiento de la recepción definitiva de las obras.
Teniendo en cuenta que el plazo de ejecución del Contrato excede el presente ejercicio presupuestario, se aclara que la validez de la contratación quedará sujeta a la aprobación de la partida presupuestaria correspondiente. Art. 14 de la Ley 2051/03.
Los servicios deberán ser prestados dentro de los plazos establecidos en el Plan de Prestación de Servicios del pliego de bases y condiciones.
La administración de éste contrato estará a cargo de:
La administración del contrato estará a cargo, de la Dirección de Logística Administrativa, y ésta tendrá la responsabilidad de la gestión de éste, monitoreando el cumplimiento de las condiciones pactadas, los plazos, la prestación de los servicios de construcción a conformidad, el seguimiento continuo al Contrato con el acompañamiento necesario, además de realizar las acciones necesarias para asegurar una correcta ejecución contractual.
Los Fiscales de Obra, en coordinación con el administrador del Contrato serán los responsables de solicitar la emisión para la suscripción de la Orden de Inicio de la Obra. En caso de ausencia justificada de éstos, podrá suscribir el Coordinador General u otro funcionario designado del área respectiva, junto con los fiscales de la obra, previa autorización de la Coordinación General de Administración y Finanzas (CGAF).
Corresponderá a la Dirección de la Unidad Ejecutora de Contratos (UEC) en coordinación con la Dirección de la Unidad Operativa de Contrataciones (UOC), de manera enunciativa y no limitativa, gestionar garantías, Adendas, realizar el seguimiento de la ejecución contractual de conformidad a las condiciones pactadas, gestionar aplicación de multas, sanciones y la rescisión del Contrato cuando corresponda.
El responsable de la administración del Contrato, deberá remitir a la Dirección de Tesorería, un Informe del avance de las obras y los servicios efectivamente prestados, así como el porcentaje de ejecución del Contrato, a fin de contar con todas las documentaciones respaldatorias necesarias para realizar el registro contable de obligación y la generación de la solicitud de transferencia de recursos para el pago correspondiente al CONTRATISTA.
Así mismo, el responsable de la administración del Contrato, deberá remitir a la Dirección de la Unidad Ejecutora de Contratos (UEC), un Informe del avance de las obras y los servicios efectivamente prestados, así como el porcentaje de ejecución del Contrato, de manera a que ésta cuente con todas las documentaciones respaldatorias para realizar el seguimiento de las condiciones pactadas, a los efectos de dar acompañamiento a la correcta ejecución de los mismos de acuerdo a los plazos establecidos.
El programa de ejecución de los trabajos es el establecido en la oferta, conforme con las Condiciones Contractuales.
Las obras serán como se describen a continuación:
Las obras se deberán ajustar estrictamente a lo establecido en la Sección Especificaciones Técnicas y Suministros Requeridos del Pliego de Bases y Condiciones y sus Adendas o modificaciones; y a la oferta presentada por el CONTRATISTA.
El porcentaje, número y fechas de entrega de anticipos y amortizaciones son los determinados en las condiciones contractuales.
La garantía de fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en el pliego de bases y condiciones, la cual se presentará a más tardar dentro de los diez (10) días calendarios siguientes a la firma del contrato.
El adjudicado deberá en el plazo de quince (15) días calendario desde la firma del presente contrato, presentar ante el administrador de contrato, la constancia o constancias de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, de todos los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19.
En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, se deberá remitir a la convocante la actualización de la mencionada declaración jurada, una vez finalizada la ejecución del presente contrato.
Las multas y otras penalidades que rigen en el presente contrato serán aplicadas conforme con lo establecido en el pliego de bases y condiciones. Superado el monto equivalente a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la contratante podrá aplicar el procedimiento de rescisión de contratos de conformidad al Artículo 59 inc. c) de la Ley N° 2051/03 “De Contrataciones Públicas”, caso contrario deberá seguir aplicando el monto de las multas que correspondan.
La rescisión del contrato o la aplicación de multas por encima del porcentaje de la Garantía de Cumplimiento del Contrato deberá comunicarse a la DNCP a los fines previstos en el artículo 72 de la Ley N° 2051/2003 “De Contrataciones Públicas”, modificado por Ley N° 6716/2021.
Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2051/2003 y en las condiciones contractuales.
Cualquier diferencia que surja durante la ejecución del contrato se dirimirá conforme con las reglas establecidas en la legislación aplicable y en las condiciones contractuales del presente pliego de bases y condiciones.
Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el contrato o la parte del mismo que sea afectada por la nulidad, quedará automáticamente sin efecto de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la DNCP, debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato.
EN TESTIMONIO de conformidad se suscriben 3 (tres) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de ___________________ República del Paraguay al día [___________] mes [___________] y año [_____________].
Señor Sr. Marcelo Andres Denis Torrez
Por y en nombre del PROVEEDOR Por y en nombre de la CONTRATANTE
Tribunal Superior de Justicia Electoral